Nomenclatura de las partes que intervienen en el interrogatorio:
D TRASHORRAS Ministerio Fiscal - Olga Emma Sánchez Gómez GB Presidente del Tribunal – Gómez Bermúdez
GB: ...al 21 del 2007, la defensa de José Emilio Suárez Trashorras tiene la palabra, para informe.
D TRASHORRAS: Con la venia del Tribunal, para interesar el dictado de una sentencia de conformidad con las conclusiones que en su momento procesal elevamos a definitivas. Permítame la Sala que al principio de este informe diga, sin pedir perdón por ello, que voy a dedicar todo el tiempo que la justicia necesita para defender a mi cliente, a mi patrocinado, al que le piden, sólo, 40 mil años de cárcel, eso sí, voy a intentar sintetizar, es una de las labores jurídicas, de verdad la más difícil, pero no voy a intentar ahorrar ni un minuto que entienda que sea necesario para la defensa de Emilio Suárez Trashorras, también es cierto que quiero cumplir el programa del tribunal, programa, que por cierto, dijo el primer día, me acuerdo perfectamente, a ver si terminamos antes del verano, el verano empieza hoy a las ocho de la tarde, espero terminar antes del verano.
Bien, dicho esto, diré que éste es un procedimiento extraordinario. Lo he pensado mucho de calificar extraordinario este procedimiento o no, es extraordinario porque nos lo dijeron aquí todo el mundo, bueno esta sala es un espejo vivo de esto, es el procedimiento más grande, es el supuesto más importante, es el atentado más grave que se ha dado en la historia de España y de Europa, y es un procedimiento que tiene todos esos folios que están ahí detrás del tribunal. Bueno por eso seguramente será extraordinario, pero sin duda era un procedimiento ordinario, era un sumario ordinario, el tema fue que en este sumario ordinario se le aplicaron, yo diría que trámites, normas, cuestiones que sí que son extraordinarias, porque extraordinario es el supuesto procesal del secreto sumarial, ése es un trámite procesal que se sale de lo ordinario, y la ley lo tiene previsto, porque por descontado que es legal, la ley lo tiene previsto. En un momento determinado y con unas causas y con unos motivos que el juez debe dejar plasmados en su auto decreta el proceso sumarial, el secreto sumarial, pero lo grande es que como suele ocurrir con muchas normas en este país, transformamos lo ordinario en extraordinario, e hicimos del secreto sumarial una permanente actitud procesal, eso sí que fue extraordinario, porque una medida tomada como excepcional en los procesos ordinarios, fue lo ordinario en este excepcional proceso, y eso fue muy grave Señoría, yo ya no voy a entrar en lo que dijeron, y muy bien, por cierto, todos los compañeros, respecto a las consecuencias jurídicas de la decisión que el señor instructor tomó del secreto sumarial, no voy a entrar porque, bueno, me ratifico en ellas y tengo que decir, que además discrepo de alguna cosa, yo por ejemplo no la invoqué como causa de nulidad, pero esto ya es un problema teórico, a mi me parece que teóricamente desde el punto de vista doctrinal eso no es una causa de nulidad procesal, a otros señores sí, les parece, y tienen tanto derecho o más que yo, afortunadamente en el derecho, en nada, en mi opinión en la vida hay dogmas y verdades absolutas, y eso tampoco tiene porque serlo. A unos señores les parece que el secreto sumarial, la, la vulneración de la publicidad, y sobre todo una cosa muy grave, que ahora voy a hablar de ella, de la posibilidad de intervención de las partes en el proceso puede ser causa de nulidad, yo entiendo que no es una causa de nulidad procesal, pero me da igual, el tribunal, como ha invocado, tendrá oportunidad de pronunciarse sobre ellas.
Pero sí la invoco por otra razón, porque esa sí que ha sido, y también lo dijeron los compañeros, una indudable causa de indefensión, una indudable causa de indefensión, verá el tribunal, hasta que yo llegué aquí, y yo me personé en el sumario, aproximadamente al mes de haberse instruido, porque yo no fui el primer letrado que asistió a Emilio Suárez Trashorras, Cuando la familia del señor Suárez Trashorras vino a verme el sumario ya se había iniciado, incluso él había prestado ya su primera declaración, yo me personé en el sumario al mes aproximadamente y pedí intervenir, bueno, no los he contado, puse como once recursos, frente a los autos del secreto sumarial, o nueve, ya no me acuerdo, bueno, por descontado, Emilio y yo los perdimos todos, ¿y por qué los perdimos?, pues porque la idea que se movía en la mentalidad de la instrucción, era que la instrucción se tenía que llevar bajo secreto, nunca llegué a saber por qué.
No he tenido ahora oportunidad de ver cuál era la razón por la que eso tenía que ser secreto, y tuve, incluso, en algún momento, y no la deshecho, lamentablemente, la idea de que, ya cada vez menos, ciertamente, pero todavía está en la cabeza de muchos de nuestros jueces, de que vendrán estos abogados aquí a dar la lata, que me dejen trabajar en el proceso, mucha gente que cree que los abogados damos la lata en el proceso, pero si a mí me hubieran dejado intervenir, yo hubiera podido en que supiéramos antes, que no hace 20 días, qué estaba pasando con el análisis de la dinamita. Y fíjese bien, Señorías, yo no invoco sólo el secreto sumarial, como una causa formal, por no haber podido intervenir, y el principio de contradicción, etcétera, etcétera, que hemos invocado todos en el procedimiento, no, es que a mi cliente le afectó extraordinariamente, Señoría, es que mi cliente es el más perjudicado en este asunto, fíjese, Señoría, ¿de qué acusan a Emilio Suárez Trashorras? A Emilio Suárez Trashorras le acusan de haber suministrado la dinamita con la que se volaron los trenes, de eso le acusan, no le acusan de otra cosa. Que ya es bastante acusación. Bueno pues no he podido intervenir en su nombre para averiguar cuál era esta dinamita, no he podido intervenir. Y aquí, cuando por fin pudimos intervenir, nos hemos encontrado, con que ni la Señora Fiscal, ni yo, y me temo que tampoco este tribunal, podamos decir ahora cuál era la dinamita. ¿Cuál?, ¿la que trajo Suárez Trashorras?, ¿la que vendió, luego hablaré de eso, al moro?, bueno, pero es una cosa, y fíjese Señoría, esto es muy importante, esto es muy importante por una razón, porque si a un señor al que le cogen matando a un paisano con una pistola, eh, se empieza a discutir en su proceso si la pistola era astra o parabellum, si era del nueve corto o del nueve largo, uno puede decir: no nos perdamos, no nos perdamos en cosas que no tienen interés, usted le mató, y seguramente esa apelación pudiera en ese caso tener cierta razón, pero aquí es otra cosa. La señora Fiscal, la fiscalía en general, la fiscalía en general, no fue la señora fiscal ciertamente, la fiscalía que es una institución, como dijo mi compañero Echarániz, es esa institución que no parte, discrepo de ese asunto, pero bueno eso es lo de menos, la institución dijo una cosa tremenda, que, dice “mire me da igual que sea Goma2 que tal, la que sea, me da igual”. Sí pero a Suárez Trashorras no, a Suárez Trashorras claro que no le da igual, porque aun en el supuesto de que Suárez Trashorras hubiera facilitado una, eso sí que es importante, la que mató a unos señores es la de Trashorras o no, claro que no nos da igual a nosotros, a nosotros sí que no nos da igual, y mientras no se diga cuál es, mientras no se diga cuál es no se le puede acusa a este señor nada menos que de 192 asesinatos. No es el caso de la pistola, que sí sabemos quién lo mató, es el caso que esta dinamita es clave para calificar el delito, y al no dejarme intervenir, no se ha vulnerado el principio de participación y de contradicción, no, se ha vulnerado otra cosa, se ha vulnerado, nada menos, que la posibilidad de que Trashorras pudiera probar en el juicio qué dinamita era y qué relación tenía él, nunca pudimos hablar de eso, porque no sabíamos de qué iba ese asunto. La indefensión absoluta, y esta sí que es una causa que invoco aquí especialmente, y lo digo de una manera formal a efectos que en su día si fuera necesario formularía el pertinente recurso de amparo, no sé si decir llevado de mejor voluntad, porque frente a todos los autos, todos los recursos que he interpuesto, frente a la vulneración del proceso, por no saltar por el secreto del sumario, también fui al Tribunal Constitucional, y el Tribunal Constitucional, ni, no es que no me estimó el recurso, es que ni me lo admitió, dijo, vaya usted al juicio, y cuando termine el juicio ya hablaremos. Bueno, pues yo por si acaso, ya hablaremos, digo aquí que invoco especialmente la indefensión a efectos de la vulneración de los derechos fundamentales del señor Emilio Suárez Trashorras, justamente por eso, porque a mí sí que me interesa, y a mi cliente el señor Suárez Trashorras sí que nos interesa saber qué explotó, porque nos interesa saber qué relación tenemos nosotros con eso. Por eso digo que yo no lo invoco como causa de nulidad, sino como otros, estos otros argumentos.
Pero, me gustaría también añadir una cosa, ya dije antes, que ese secreto del sumario, convirtió un hecho excepcional, un trámite extraordinario, el secreto sumarial, en un trámite normal, ordinario, Todavía me acuerdo Señoría, en la primera de las apelaciones que hice yo frente a ese auto, su Señoría, quiero creer que con razón, me llamó la atención, porque yo saqué un librito, se acuerda su Señoría, y leí un párrafo del auto y un párrafo del librito, y tuve la osadía, lo comprendo, de volver el librito y decir, Manual del Inquisidor, Gregorio IX, 1612. Su Señoría me dijo señor letrado hágame usted el favor, porque ése es el problema, Señoría, ése es el problema. Era una pequeña ironía, el problema es que este sumario se llevó un viejo, con una vieja concepción instructora, afortunadamente nosotros hemos ido cambiando ya de sistema procesal, no son muchos los juzgados que se han amoldado al sistema, pero cada vez más, vamos viendo un sistema procesal instructorio más moderno.
Ahora ya los procesalistas reniegan del sistema inquisitivo, bueno, inquisitorial es más fuerte, pero bueno en el fondo es era el sistema, y esto fue lo que paso aquí, ¿por qué no nos dejan intervenir?, porque en ese tipo de procedimiento la intervención es un engorro, no está prevista, eso es una molestia, eso es una molestia, y entonces hay que tomar una medida clara, que no participen, que no sepan nada. En el viejo sistema, y en la vieja norma inquisitorial se decía, ni siquiera hay por qué decirle al delincuente de qué está acusado, ni quién le acusa, bueno, pues, yo no diría tanto, pero es que durante un tiempo estuvimos en ello, estuvimos en eso.
Bueno, yo quiero denunciarlo expresamente, y aunque me he pasado la vida, sobre todo mi relación, la segunda parte de mi vida forense denunciando eso, espero que algún día esto cambie de verdad, no, y ahora hablaré de ello, por los caminos que pretende el ministerio fiscal, no por esos caminos, por otros, por otros.
Verá, no quiero dejar de decir, que no era sólo, que no podíamos intervenir y se vulneraba nuestro derecho de defensa, el principio de contradicción y la indefensión en que se encontraba mi cliente, es que dicho, con el mayor de los cariños, se nos vapuleó como letrados. Todavía recuerdo, después de que yo hubiera puesto un auto, pues a lo mejor duro, contra uno de los autos, hubiera puesto un recurso perdón, contra uno de los autos de procedimiento de, de, sobre el secreto del sumario, uno de ellos, uno de los muchos, de los últimos, además, todavía recuerdo que obtuvimos una resolución judicial que levantaba, en parte, el secreto del sumario, y que a mí me pareció una terrible ofensa al derecho de letrado, porque el tribunal me decía en ese auto, nos decía a todos nosotros, que se levante el secreto para que no tengan luego derecho a andar protestando, sepan de qué va este asunto, pero lo sepan ellos, y decía, textual: para que personal e individualmente en la soledad de sus despachos lleguen a conocer lo que este instructor entienda, entiende, que ya pueden saber conocer. Como que el señor instructor me dice a mí qué tengo que hacer en su despacho, y el señor instructor me dice a mí que yo no puedo hablar de esto con mi cliente. Bueno, el asunto fue grave, se nos dio un disco que tenía unas marcas, que eran imposible abrir, que tenía unas marcas, una para cada letrado, por si había por ahí una filtración supiéramos quién era el que no había cumplido, por descontado a mi me faltó tiempo para ir a ver al señor Suárez Trashorras y decir mire el señor instructor nos acusa de esto, y recuerdo todavía la cara del ministerio fiscal cuando el señor Suárez Trashorras unos días después fue llamado a declarar y dijo, es que dice en el sumario, y le dijo la señora Fiscal, pero usted conoce el sumario, y le dije: sí claro, se lo di yo, y no hubo más, ¿se acuerda?señora Fiscal, y no hubo más. Ése es el problema Señoría, de verdad que quiero decir, con 50 años de ejercicio que nunca me sentí tan vapuleado en un juzgado, y esto quiero denunciarlo expresamente, porque eso es parte de ese asunto. Yo decía que espero, de hecho eso está ocurriendo, espero que la práctica, la vida moderna nos esté llevando a otras, de hecho ya se está instruyendo de otra manera, los jueces instructores, no los fiscales, antes de ayer, venía aquí una reseña, eh, reunión del 12, 22 congreso de los fiscales progresistas, y aquí viene, estoy leyendo de antes de ayer, del periódico de antes de ayer, los fiscales progresistas abogan por una reforma del proceso tal, dicen que ellos están no considerados en el proceso y quieren instruir, permítaseme una frase vulgar, se me abren las carnes pensar que instruyan los fiscales, se me abren las carnes. Los fiscales ignoran, no ignoran, que van a ignorar, hombre por favor, los fiscales quieren como todo el mundo acaparar poder, tienen mucho poder en nuestro procedimiento, pero hay otros que le dan más poder, y quieren en este procedimiento, sin cambiar nuestro procedimiento tener el poder, que en otros, tienen los fiscales. Los fiscales que instruyen tienen otro sistema procesal, bueno los jueces no se llaman de instrucción, se llama juez de garantías, y a mí no me importaría que eso ocurriera aquí, pero ellos quieren tener juez de instrucción, instruir ellos, no sé qué, siempre recuerdo cuando se dice, las partes están en igualdad de, igualdad de posición en el juicio, y a lo largo de mi vida esta parte siempre entró por una puerta y el fiscal por otra, nunca entramos por la misma y salimos por otra, eso lo llamamos igualdad de procedimiento, a mi realmente me parece, no sé si este exordio me ha salido demasiado largo, a mi me parece que es bueno que en estos juicios los abogados denunciemos esta situación, denunciemos esta situación y pongamos de relieve, los señores del tribunal lo saben, estoy seguro que también la fiscalía, qué voy a decir del abogado del Estado, ante la sociedad, que es lo que está pasando debajo de esto, que está ocurriendo, y esto no es lo único grave que ocurrió en este procedimiento.
Porque en esa manera de instruir que sigue ese viejo proceso, teóricamente llamado, inquisitivo, pues resulta que a parte de la poca participación, que en este en concreto tuvieron las partes, se llevan a cabo una serie de situaciones que en un proceso moderno no tendrían lugar, no tendrían lugar, voy a decir un par de ellas, un par de ellas, se aportan al proceso una serie de informes, bueno, si informes, son informes, yo diría que muchas veces son atestados policiales, son los atestados, va un atestado, que recoge los datos del hecho, que sobre el supuesto fáctico del constitutivo de delito y luego hay un informe de la policía sobre los datos y su opinión y tal y cual.
Vienen una serie de informes, que se aportan al, al, al sumario, bueno, no tuvimos razón, no tuvimos oportunidad de entrar en esos informes, porque luego esos informes, y esto no es baladí, no es baladí, esos informes se pretenden convertir en periciales, aquí tuvimos, yo lo tenía por aquí encima pero con tanto papel no sé donde lo tengo, aquí tuvimos noventa y tantas periciales, y yo lo miraba y hablaba con mis compañeros de despacho y decía, y cómo tenéis tantas periciales, no, no si periciales tenemos dos, que yo creo que es las que fueron aquí, porque todos los demás, hemos transformado, los ha transformado una mala instrucción, hemos transformado, los atestados y los informes periciales, y los informes policiales en puras periciales, y digo que no es baladí, Señoría. Bueno qué más da, qué más da que les llamemos de una manera que de otra, sí qué más da, porque el atestado tiene un valor jurídico, y el informe policial, el informe pericial tiene otro. No me cuele usted de rondón la opinión de un policía, que no es experto de nada, que no hace ninguna pericia, y a esa opinión policial le llame usted pericia, eso no puede ser, y aquí ha habido muchas, yo puse de relieve un par de ellas, recordará todavía la sala que el señor presidente me ayudó a ello, usted qué sabe de tarjetas de, de peaje, hombre soy licenciado universitario, dijo el policía que armado de razón para decirte que era un perito experto en tarjetas de, de viaje, de peaje. Eso, eso es grave señoría, eso es muy grave, aquí no hubo más que dos periciales, luego me ocuparé de ellas, la pericial médica y la pericial de explosivos, y es sorprendente que la pericial médica la tuvo que pedir esta parte, y es sorprendente que la pericial de explosivos la tuvo que pedir su Señoría, porque en la instrucción eso ni se lo vio, eso se lo vio todo, totalmente. Y vuelvo a decir eso no es un problema de puro formalismo es un problema que tiene una importantísima consecuencia procesal. Yo estoy seguro que la sala, la sala le da a cada una de las pruebas, a cada una de las actuaciones que se vieron aquí en vía de prueba no el título que le pone un papel sino el valor jurídico que la sala sabe que tiene, y muchas de esas policia… periciales, falsas periciales, jamás las llamarán periciales.
Bueno, quiero por último en este largo exordio, ocuparme de otra cosa, aquí se ha hablado mucho, ha habido incluso una polémica pública, hemos tenido un pequeño incidente, desagradable, molesto, a mí no me gustan los incidentes, sobre la opinión y la relación prensa-juicio; yo no quiero, no entro en esa lucha, pero sí quiero decir una cosa, sí quiero decir una cosa, a mí me parece que sería muy grave que los hombres que estamos en el mundo del derecho, porque la sociedad nos encarga una función, a todos, que es la aplicación de la norma, del juicio, pensábamos que ese es un asunto en una burbuja y que la sociedad está al margen, no, la sociedad que está ahí sentada es parte de este asunto, en eso lo tengo clarísimo, lo que pasa es que ellos tienen su función y yo la mía.
Todo el mundo sabe, es casi, casi comentario jocoso, diría, por una razón de concepciones mentales, la poca relación no personal, que me llevo encantador con los periodistas, sobre todo con las periodistas, pero la poca relación profesional que tengo con todos los periodistas. ¿Por qué?, porque creo que no tenemos de verdad nuestros asuntos, ellos están no solamente en su derecho, sino están cumpliendo su obligación de decirle a la sociedad lo que ellos creen que está pasando aquí, y hacen muy bien, y nadie debe de decirles cómo lo tienen que hacer, como nadie, ni ellos ni nadie, me debe a mí decir como tengo que hacer mi cosa, por eso quiero decir que, por Dios, que no crea yo que, que, quiero establecer una distancia, esto es un asunto de experto, esto es un asunto de la sociedad, es que el derecho es un asunto de la sociedad, el derecho no es un asunto de los listos, el derecho es una norma que pone la sociedad para regir la conductas de los individuos, de la sociedad, y por eso nacen los jurados, etcétera, etcétera, no vamos a estar aquí ahora un discurso sobre la naturaleza del derecho, lo malo es, que enlazo con lo que acabo de decir ahora, cuando una parte, a la que no le encomienda la sociedad una función, la de juzgar, que se la encomienda a este tribunal, trata de imponer su criterio, eso es muy peligroso.
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El tribunal supremos lo ha dicho muchas veces, con los peritos, el perito tiene que facilitarle al tribunal los datos para que el tribunal decida y juzgue, los peritos creen que ellos son los que deciden si éste es bueno, si éste es malo, si éste es..., no, no, usted nos da su opinión, su criterio técnico, para esto le reconocemos como técnico y el tribunal lo valora después de oír aquella parte y de oír a ésta, el tribunal lo valora. Y eso mismo se aplica ahí, ¡es que el periódico A dice no sé qué!, dice lo que dice, eso no nos tiene, no tenemos que estar ajenos a ese mundo social, no, somos parte de ese mundo social, pero ese mundo social no dicta sentencia, la sentencia la dictan ustedes, el viejo libro de todos conocido del siglo XIX, que tiene ese nombre, los jueces apolíticos, recuerdan, eso es lo que no podemos convertir, ni los peritos ni la prensa en jueces apolíticos.
Bien, entonces digo que, el juicio, y más éste, todos son parte de la sociedad, la sociedad nos encarga que veamos cuál fue la conducta de este miembro social, y si merece ser sancionado o no, sancionada conforme al derecho, el problema es, que la sociedades atraviesan crisis importantes. Recientemente se ha puesto, iba a decir, iba a decir, ha aparecido, y no es que ha aparecido, se ha vuelto a poner de moda, pero ya había aparecido con anterioridad, se ha vuelto a poner de moda una frase, una doctrina, que se llama la doctrina de el derecho penal del enemigo, bueno pues verán, el profesor García Martín al que todos conocemos, catedrático de penal de la universidad de Zaragoza que ha escrito un librito sobre eso, El profesor García Martín ha puesto de relieve cómo en todas las sociedades, en todas las épocas siempre se han dado esos presupuestos que desembocaron en esto que llamamos hoy el derecho penal del enemigo.
Todos los penalistas modernos, teóricos, dicen es que eso es una doctrina perniciosa expansiva que aparece en el derecho penal moderno porque la complejidad política de las sociedades modernas lleva a ese asunto. Bueno, perfecto, pero es que no es política Señoría, es que es jurídica.
En su día, en su día, sus Señorías lo conocen seguro, tan bien como yo, cuando se hizo aquel simposio, sobre, para el análisis de la teoría de Jacobs, que es el que ha sentado todo este enmarañado mundo, este artificio del derecho penal del enemigo, en su día cuando se habló de esto se crearon dos principios, cuidado, o se crearon dos doctrinas, dos grupos, cuidado, decía, el derecho penal del enemigo es aplicar una norma que no es, que no está en el derecho, que no es conforme al estado de derecho, y de eso se nos llena la boca, el estado de derecho es algo que invocamos, vaya por Dios, permanentemente. Un viejo amigo mío, que seguro que, profesor de muchos de mis compañeros, el profesor Elías Díaz, en ese simposio, decía, cuidado, cuidado, una cosa es el Estado de derecho, es decir un estado que en su norma jurídica, leo textualmente, respeta y garantiza las libertades y derechos fundamentales de la persona, y otra cosa es el estado con derecho, que es cuando, llevado por otras ideas, algo que no respeta ni las garantías ni los principios fundamentales de la persona, lo convertimos en una norma, ahora ya lo respeta, porque eso es normativo, eso lo dice la ley, eso es un estado con derecho, con normas jurídicas, pero no un estado de derecho, bueno todos entramos en esa polémica, los derechos de las sociedades totalitarias, etcétera, etcétera, etcétera, ¿por qué digo esto?, digo esto porque cuando se da ese, esa situación, seguramente se dice, hombre letrado, por Dios no sea usted, exagerado, no nos venga con llantos, del derecho penal del enemigo, nos apoyamos en normas jurídicas.
Bueno permítaseme una pequeña reflexión si no se me toma por exageración, también el instructor se apoyo en norma jurídica para no dejarme intervenir en dos años en el asunto, también, porque hay una norma que lo dice y lo interpreta él a su manera, nos entendamos en normas jurídicas. Pues bien cuando esto ocurre, cuando esto ocurre, suceden dos supuestos, dos supuestos, primero, que tratamos de llevar al ordenamiento ordinario, aquellas normas que nos pueden servir manipulablemente, para negar lo que es el estado de derecho, las garantías y los derechos de los individuos, para negarlas las llevamos a la norma, segundo: damos un salto en el análisis, el derecho tiene que hacer entre la conducta del individuo y la aplicación de la norma, no, sin más acusamos al individuo éste, por eso se llama así, éste es el enemigo, vamos a ver ahora qué norma le aplicamos porque este enemigo hay que destruirlo.
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Bueno decía yo que, hace un momento, en ese seminario que se hizo estudiando, el famoso estudio de Jacobs, sobre el Estado, sobre el derecho penal del enemigo en el que intervino el profesor Elías Díaz en esa teoría que acabo de decir, hay unas conclusiones que son muy bonitas Señoría. Se dice, ¿qué ocurre ahí?, dice, ocurre lo siguiente, leo textual: Se cuestiona, cuando eso ocurre, introduciendo en las normas jurídicas, esas normas espurias, diría yo, dice: se cuestiona la presunción de inocencia, lo primero que pasa, bueno, la cantidad de veces que he oído aquí hablar, de que se ha cuestionado la presunción de inocencia, se redicen los requisitos legales para la licitud de pruebas, esto es un ejemplo, señalo, y se hace secreta la investigación y se introducen en la norma legal principios que son contrarios a los fundamentales, y en las conclusiones del congreso hay una lista como de sesenta normas en el derecho alemán, esta y esta en el derecho tal, y leo las dos que dice en el derecho español, el 576 y el 578 del código penal. Mire qué casualidad, mire qué casualidad, de los que le acusan a este señor del que nos ocupamos hoy, porque ésta es una norma excepcional señoría, de verdad que es una norma excepcional, y estamos ante un supuesto estado de derecho, yo no quiero, no quiero trasladar esto a un terreno apologético teórico político, quiero sencillamente dejar claro que ha sido una constante de este asunto, una invocación teórica, yo diría que en las ideas, ¿usted rezaba?, ¿usted cantaba salmos árabes?, ¿usted a qué mezquita iba?, usted con quién se reunía, vamos es mi enemigo, porque mi enemigo es el Islam, bueno yo, siempre que oía eso decía, menos mal que Suárez Trashorras no reza ni sabe árabe, me llevé una gran satisfacción cuando salió ahí el esquema de la conspiración, de, de los autores del delito y Suárez Trashorras no estaba, bueno ya me explicará el fiscal por qué, por qué lo acusa si no está ahí en ese delito, ése es el problema señoría, no quiero digo tratar aquí, porque el estado del, el derecho penal del enemigo tiene también sus exageraciones, todos hemos leído el gravísimo asunto de Guantánamo, por Dios, esto no es Guantánamo, pero por este camino vamos, eh, por este camino vamos.
El estado de, del derecho penal del enemigo lleva a concebir al enemigo como un sujeto pernicioso a la sociedad que hay que destruir pase lo que pase, y cuando se traslada al derecho penal, porque ésa es su naturaleza conduce a una cosa que a lo mejor diríamos es menos grave teóricamente, pero que es más grave prácticamente, es el que venimos en llamar derecho penal de autor, derecho penal de autor, cuando se persigue a un individuo, no analizando la conducta y el hecho, sino por lo que es él mismo, nos da lo mismo lo que haya hecho, él es un malvado, a él hay que condenarle, convertimos al derecho en un derecho penal de autor, y toda la doctrina es contraria a este asunto, aunque lamentablemente luego suceden muchas cosas.
Verá cuando una de las cosas que se, que se, tenía por aquí el artículo del catedrático de la... Don Nicolás García Rivas, que me viene muy bien y al pelo para este asunto, me viene muy bien y al pelo, porque, porque, insiste en este punto del derecho penal de autor, y dice, el problema del derecho penal de autor es que se desvirtúa el sujeto del derecho, el sujeto del derecho no es un ciudadano que ha violado una norma, no es una persona, todo ciudadano ya, naturalmente hemos pasado el derecho romano en que no todos eran personas, hoy día ya todos somos personas afortunadamente y lo que hacemos, es le quitamos esa condición de persona, ya no es una persona, es un malvado al que hay que castigar. Se dijeron tres o cuatro frases terribles señoría, terribles, el ministerio fiscal empezó diciendo una despectiva, esos personajes, ya no eran personas, eran personajes, con esa carga de desprecio y humillación que llevó, que llevó y ese gesto que hizo, esos personajes, aquí algunos creyendo que estaba en el ejercicio de su derecho y a lo mejor estaba, vaya usted a saber, pero esas fieras, esas fieras que están en jaulas, llegaron a decir y yo miraba para mi cliente y decía, y ése es, eso es a lo que hemos llegado, eso es a lo que hemos llegado, a convertir a estos señores en ese tipo de fieras, el, el señor fiscal, que hizo una cita, porque este es un juicio de citas, el señor fiscal que hizo una cita de Cicerón, a mí enseguida me entró la gana de decir, perdón señor fiscal, este es un tribunal de derecho y Cicerón no era un jurista, era un retórico que es una cosa muy distinta que un jurista, y si usted dice esa frase de Cicerón sobre la verdad, le voy a decir yo tres, que dice precisamente en su libro de retórica que se pueden defender, que también es lo contrario. También de Cicerón, pero no juguemos con las palabras por favor.
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El señor fiscal que hizo esa cita de Cicerón hizo otra cita, más jurídica, evidentemente por Dios, faltaría más, la de las 12 Tablas, dijo: y ya estos personajes ya los califico el rey sabio, los delincuentes son gente que goza con el delito. Yo quiero creer que el señor fiscal sabe perfectamente, el Rey Sabio dice al inicio de las Doce Tablas, que hay que cuidarse, hay que cuidarse de los malos ciudadanos porque los malos ciudadanos son los que incumplen la norma social, por eso ellos no son hijos de Dios sino del Diablo, y yo estuve a punto de decir, ¿es que los va a acusar a todos de ser hijos del Diablo?, porque eso es cómo termina la frase de las Doce Tablas que aquí citó el ministerio fiscal, eso es cómo termina, porque ese momento, siglo XII, se tenía otra concepción del delito y del derecho, yo incluso me eché a temblar, digo por ese camino el señor fiscal, porque un poco después, cierto que un poco después, porque eso está en la tabla primera, pero es que cuando se ocupa de los delitos, que como el tribunal sabe es la tabla séptima, ordenanza y atrevimiento, en los títulos quince y dieciséis, al hablar de esos malvados hijos del demonio, que hay que acabar porque gozan con el delito y sois contrarios a la sociedad, como él califico a todos esos, dice título quince, de los moros, título dieciséis, de los herejes; digo Madre de Dios, en qué nos hemos metido, bueno, el señor fiscal terminó ahí, pero eso es el derecho penal de autor Señoría, esto es el problema de esta gente, ¿qué estamos juzgando aquí?, ¿estamos juzgando una ideología?, ¿estamos juzgando a los enemigos de la sociedad moderna?, ¿estamos juzgando a los enemigos de nuestra sociedad? de nuestros valores. Yo creo que es muy peligroso entrar por esa dinámica y que convendría que reconsideráramos sobre este tema a propósito de este juicio.
De todas maneras, sea el que sea el derecho que aplicamos, estemos o no estemos en el proceso en el que nos encontremos lo que sí yo creo que lo que hay que hacer es analizar claramente la participación de cada acusado en el hecho que se le imputa, en eso consiste el derecho. Y tengo que decir que respondiendo o solidarizándose con mucho de lo que dijeron mis compañeros, yo vi muy poco de eso, yo más bien vi: mire a ese señor lo que acuso de eso por esta prueba que se interpreta así, y por lo tanto conduce a esto, pero es verdad, prueba hay un saco. Sí, un saco, pero dígame ¿cuál y en qué consiste?, ¿dígame de qué va?, a ver ¿por qué acusa usted al señor éste?, pues si le acuso, porque lo voy a acusar, porque goza con el delito, porque es un depravado dijo otro, está claro que es un depravado, no, no, no esto, ¿qué participación tiene?, cada uno de los letrados se ocuparan de esos señores, esa es su función, yo me ocupare del mío, ¿qué participación tiene aquí Suárez Trashorras?, bueno las cosas no nacen en el mundo porque sí, no en absoluto, las cosas nacen porque tienen un principio y responden a las circunstancias de un momento.
El señor Fiscal trajo aquí a colación, me parece que inconvenientemente, luego me ocuparé de ello, técnicamente hablando, la llamada Operación Pípol, pero bueno, seguramente tiene su interés porque ahí empieza Suárez Trashorras a tener su participación en este asunto. ¿Qué pasó en la Operación Pípol? Yo creí que nos lo iban a contar, porque aquí hay el fiscal de la Pípol en los primeros días, Dije hombre bien, debió de venir de visita pero bueno, no nos lo contaron, pero yo sí se lo voy a contar porque además está en los autos Señoría, porque está en los autos la Operación Pípol, no estoy hablando de las estrellas, estoy hablando de algo que está en los autos.
La Operación Pípol empieza porque un buen día la policía de Avilés, la policía de Gijón, realmente no la policía de Avilés, la policía de Gijón, detiene a unos señores entre los cuales estaban Suárez Trashorras y Emilio Toro, detiene a unos señores, Emilio Toro no, Antonio Toro, perdón Antonio Toro, detiene a unos señores por tráfico de drogas, por tráfico de drogas.
En esa Operación Pípol, en esa Operación Pípol había, si no recuerdo yo mal, diecisiete procesados más, que luego menos tres fueron condenados, tres fueron absueltos, dos mujeres y un hombre, dos esposas de dos procesados y otra persona, un empleado de un bar, fueron condenados por tráfico de drogas, menos, ahora lo vamos a hablar también, Suárez Trashorras y Toro, que también lo fueron por tenencia de sustancias explosivas, pues bien, en esa Operación Pípol, que había todos esos procesados, ninguno de ellos, de ahí, de esa pecera, pero me interesa mucho dejar claro esto, ninguno de ellos, de estos señores que están aquí en la trama de Asturias... es que estos son ya la trama de Asturias que ya empezó la Operación Pípol, pero que dice la Operación Pípol, estamos hablando de otra cosa, ninguno de ellos era eso, en esa Operación Pípol sucedió un hecho, sucedieron dos importantísimos con gran efecto en este juicio.
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Primero, el jefe de la policía de Avilés, el jefe de la policía de Avilés, insta al señor Suárez Trashorras para que colabore con ellos, se introduzca en esa trama, trama de tráfico de droga, que ellos querían desmontar con la Operación Pípol, se introduzca en eso y les informe, y no es un invento mío señoría, está en los papelinos de la Operación Pípol, está ahí el acta, van al fiscal jefe de Asturias a decirle que de su visto bueno sobre eso, y el fiscal jefe de Asturias, y así lo dice, lo declara en el periódico. Hemos metido a un confidente para que nos informe de este asunto, y el señor Suárez Trashorras entra en este asunto, entra en este asunto, porque con ocasión de la Operación Pípol, la policía y el fiscal jefe, dicen oiga, intervenga usted, téngame informado, pero luego hablaré de los confidentes.
Dije antes que se me abrían las carnes si se encargaba la instrucción al ministerio fiscal, se me erizan los cabellos, el día que se haga el estatuto del confidente. Pero por Dios, el estatuto del confidente quiere usted decir: elevemos a la condición de oficial un hecho absolutamente ilícito, eso es lo que se pretende, que supuestos ilícitos los convirtamos en bueno, esto como no se debe hacer, lo metemos en un estatuto y lo convertimos en norma. Es lo que decía yo hace un momento. Pero bueno, bueno, entonces al señor Suárez Trashorras en esa Operación Pípol le dicen esto, ¿y por qué?, bueno aquí lo dijo Manolón, además, perdón el señor García Nosecuántos, Manolón al que todo el mundo le llamaba Manolón y todo el mundo le llama Manolón, ¿por qué? Pues porque lo que se pretendía, lo que se pretendía era que el señor Suárez Trashorras se introdujera y les tuviera informados de todo el asunto de la droga, que se estaba tramitando, la Operación Pípol fue una operación muy compleja, donde había señores de, de los Oubiña, de, de Galicia, de Santander, de no sé qué, usted entre ahí y manténganos informados, y se hizo un pacto, qué terrible los pactos con la policía, qué terribles Señoría, se hizo un pacto: si usted interviene en esto su cuñado es puesto en libertad, y ese pacto se hizo a finales de Noviembre, a finales de noviembre del 2001 se hizo ese pacto.
Bueno qué importa que sea, sí, sí que importa Señoría, mire Señoría, uno de los argumentos probatorios que el ministerio fiscal, tiene, y lo dice en su escrito y se apoya en él, contra Emilio Suárez Trashorras, es que ya en su día, ya en su día, y dice, julio del 2001, alguien le denunció por tráfico de explosivos, no de droga, de explosivos. ¡Cartagena!, bueno, yo decía hace un momento que, el pacto para que Emilio, para que Emilio Suárez Trashorras fuera confidente de la policía y a cambio pusieran en libertad a su cuñado, entonces no es su cuñado. Lavandera dice, iba a decir Lavandera por Dios, si además le llamé Lavandera cuando no debía, y cuando debo no se lo llamo, bah es igual no pasa nada, Lavandera, es igual tiene usted razón Señoría. El pacto que Emilio Suárez Trashorras hizo para eso fue en Noviembre, en Noviembre del 2001, y en Diciembre salió Toro. Tuvo su pequeña broma, porque incluso le regalaron, y figura también unas cestas de navidad a los policías de Avilés, bueno lo cual es de bien nacido es ser agradecido dice el refrán, y seguramente ellos fueron agradecidos, pero verá señoría, el ministerio fiscal trae a este juicio como prueba acusatoria que en el 2001, Toro y Trashorras negociaban con dinamita, que le habían encontrado dinamita en el trastero del señor Toro y que ya estaban negociando, y que eso ya venía siendo así porque Lavandera ya lo había dicho en Julio del 2001.
Bueno pues voy a empezar a desmontar esta especie de fabulación que se ha montado sobre este tema, Lavandera dijo aquí que sí, que lo había dicho y no sé qué y patatín y hay una cinta, también está en este sumario, que hay una cinta, la famosa cinta de Cancienes. Bueno la cinta es porque Lavandero o Lavandera, dice que cansado de haber ido varias veces antes, tanto a la policía nacional, que el vio que Toro llevaba unos explosivos en el coche y que le fue a ofrecer explosivos, y que cuando Toro le metieron en la cárcel fue Trashorras y le dijo, oye vengo de parte de mi cuñado. ¿Tú sabes quién compra explosivos? Tengo 250 kilos para vender, te los doy baratos a ver si me buscas un comprador. Cansado de que dijeran esto y temiendo que se pudieran, dice Lavandera, meter en esto, fue a un policía amigo suyo y le dijo oye te digo esto, y te lo vengo a decir porque ya he dicho, ya te he dicho otras veces más cosas y ahora ya se esto también.
El policía dijo tate, esto hay que amarrarlo, vamos a grabar una cinta, y esa es la famosa cinta de Lavandero.
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Aquí vino otro policía, Campillo, esta vez no me equivoco de nombre, que es el que la grabó, por cierto ya no es policía, está dado de baja, aquel Campillo que dijo que es el que la grabó que dijo yo, le pregunté yo, le pregunté yo, eh, ¿cuándo la grabó?, yo creo que fue en julio, sí, sí fue el 28 de julio, vino a decirme. Mira esto que me dices es muy grave, vamos a grabar una cinta, y la grabaron, bueno la cinta tiene una extensión larguísima, y está además la cinta y la transcripción ahí, y en la cinta se dice: no, ellos vinieron y me ofrecieron y yo le di a Toro no sé cuántos libros y bla, bla. Es más se también, dice Lavandera, se también que a base de esto llegaron a un acuerdo, llegaron a un acuerdo con la policía y con el fiscal y entonces Trashorras pues va a denunciar y entonces le van a poner en libertad a Toro, o ya le pusieron en libertad a Toro, no me acuerdo si la iban a poner o ya le pusieron,
o estos días le ponen en libertad a Toro, y cuando llegué a ello dije quieto, si esto fue en noviembre, cómo me dice el señor Lavandera y el señor Campillo que grabaron esta cinta en julio del 2001, si me están contando cosas que ocurrieron en Noviembre, que verosimilitud tiene esta declaración. Bueno declaración que hay que ver, no solamente le van a vender 200 Kilos de explosivos, es que le van a falsificar no sé cuántos pasaportes, es que hacía tráfico de armas, bueno, lo que quieran, vamos los delincuentes más peligrosos del mundo, y esto se cita en la acusación del ministerio fiscal. Pero por si esto no fuera poco, resulta que esta cinta no sabemos cuando se grabó, por descontado no cuando dice Campillo, que es en Julio del 2001, desde luego después de noviembre del 2001, ¿donde se grabó? Bueno, ubicuo, estos señores estaban en todos los sitios, la empieza a grabar en comisaría, luego que fue a casa de Lavandero, luego Lavandero dijo, si vino a mi casa pero no subió a casa y la grabamos en el portal. Recuerdo que yo hice una pequeña broma diciendo, por Dios si la policía empieza a, porque Lavandero era un delincuente conocido, si empieza a interrogar a los delincuentes en los portales que se preparen los abogados de oficio para ir a los sitios más insospechados a asistir a esos señores, ¿cómo en el portal? Y Campillo dijo aquí que la grabó en su coche, pero ¿donde se grabó esta cinta? por Dios, ¿dónde se grabó esta cinta?, ya no digo cuándo que ya no lo sabemos. ¿Dónde?, es que en esta cinta hay unas cosas terribles, dice de pronto Lavandera, y quiero decir también una cosa, que Toro y Trashorras me preguntaron si yo sabía quién podía montar teléfonos móviles para explotar bombas. Pero qué me dice en el 2001, eso lo dice la cinta, en el 2001, ¿quién hablaba de teléfonos móviles para explotar bombas?, ¿quién hablaba de esto? Bueno pues se da la circunstancia de que esta cinta aparece en octubre del 2004, en octubre, ahora sí, que ya todo el mundo hablaba de teléfonos móviles y ya había una acusación. Trashorras ese malvado que le vende la dinamita, vamos a montar una prueba contra Trashorras, contra Trashorras, es evidente, y aparece, fíjense que cosas, aparece tirada en el patio de cuartel de la Guardia Civil de Cancienes. Dice, bueno, me encontré esta cinta y se la lleva al capitán, comandante de puesto, bueno, las peripecias de la cinta tuvimos también oportunidad de verlas ahí, llegaron hasta el teniente coronel jefe de la Guardia Civil, eh, hay que ver sus declaraciones, sencillamente me remito a ellas. Si esto hubiera sido así, dice el teniente coronel todos íbamos a la cárcel, dice el teniente coronel de al Guardia Civil, pero esto es tremendo señoría, el señor Secretario leyó aquí, por orden de su Señoría una serie de oficios remitidos por la policía para decir, vamos a ver, sabemos de verdad que es esta cinta, esta cinta que yo digo, y yo digo que las pruebas lo dicen se manipuló, se creó, se hizo artificialmente en el 2004. El señor Secretario leyó aquí una serie de oficios de la policía para decir, en tal fecha, en tal fecha, en esas fechas que se dicen, ni en julio, ni en agosto, ni en septiembre, ni en octubre, ni en noviembre del 2001, nadie vio al señor Lavandera haciendo aquí una declaración, nadie sabe de una declaración de cinta, a nadie le fue dada una declaración diciendo que alguien estaba vendiendo explosivos, eso lo vemos aquí, está en los autos. Señorías, esto es, no tiene más que un nombre, un nombre, que porque no es de mi incumbencia, yo me ocupo de defender a Suárez Trashorras, alguien lo dirá, un hombre que inicia una manipulación, la falsificación de pruebas. Este letrado tiene muchos años de juicios, jamás vio un juicio donde se manipularan y se extorsionaran de tal manera los hechos para crear una auténtica manipulación de pruebas, no es mi problema, la que me afecta si lo digo, esa cinta, esa cinta. Pues bien, por eso, por eso, porque con ocasión de la Operación Pípol el fiscal de Asturias, instado por el jefe de la policía de Gijón llega a un acuerdo con Suárez Trashorras, y le dice oiga introdúzcase usted ahí, y ahí tiene usted un señor con el que tiene usted entenderse y que nos va a informar. Nunca le hubiera conocido Suárez Trashorras. Recuerdo la primera vez o la segunda que yo le fui a visitar a Alcalá de Henares, y decía pero oiga, que llamen a Manolón, que Manolón es amigo mío, que él diga la verdad, bueno vamos a llamarle, vaya por Dios, vaya por Dios, aquí lo tuvimos, aquí lo tuvimos, la sala tuvo oportunidad de verle, me ahorro todo comentario. Pero bueno, que durante cuatro años fue el hombre que controlaba a Trashorras
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Todo el mundo que vino aquí dice, ¿Trashorras? Manolón es muy amigo suyo, si es el amigo de Manolón. Manolón dice, sí, sí nos informó de muchas cosas, sí pero yo de esto no sé nada, no, yo no, que no sabía, hablando de cosas como ésta. No si él me llamaba a mí muchas veces yo creo que para tenerme controlado, no pues me llamaba al móvil. seguramente Trashorras sabe las BTS, dice a ver dónde está, a ver la BTS, tal, le conozco, tal, le llamaba al móvil, como si supiera dónde estaba, luego hablaré de dos o tres llamadas de ésas. Manolón dijo, dijo en el juzgado, ahí están sus declaraciones, no si él me dijo a mí, de, de, de dinamita. Luego tendré oportunidad de ocuparme un poco de, de los explosivos, sí no, sí me dijo de la dinamita, me dijo que había una tal, pero ya sabe, la dinamita él sabrá muchas cosas, además que era, sí que era para robar joyerías.
Bueno voy a hacer aquí un pequeño alto, porque mucha gente, cuando dijeron bueno, aquí la gente cree que uno se toma, se chupa el dedo. Eh, una cosa es que el señor Suárez Trashorras esté de baja por una enfermedad mental de la que luego me ocuparé, y otra cosa es que crea él que los enfermos mentales somos nosotros. Cómo va a decir el señor Suárez Trashorras que le dijo el Chino o Rafa, ya no me acuerdo cuál de los dos, que era, sí, que era para robar joyerías. Bueno, ven aquí, Rafa conoce a Toro en la cárcel de Villabona justamente en el 2001, justamente en el 2001, no conoce a Trashorras, hasta que Trashorras por esa maniobra que ya hemos dicho antes, entra en contacto con el grupo de la venta del hachís, pero eso es año y medio después, Rafa y Trashorras no se conocían entonces. Rafa conocía a Toro. ¿Y por qué estaba Rafa en Villabona?, ¿Y por qué estaba Rafa en Villabona?, es fácil de saber viendo la sentencia, porque había volado una joyería en Pola de Lena, por eso estaba. Luego a Suárez Trashorras no le sonaba nada, nada distinto, hay unos señores que quieren usar dinamita para, para entrar en joyerías, para por las noches de los sábados, o no sé qué, entrar en joyerías, por eso estaba, estaba condenado por eso, no por otra cosa, pero no es mi problema, ni le he hecho tal yo a Rafa, por Dios, en absoluto, Rafa también tenía, vuelvo a decir por Dios, el estatuto del confidente, acabemos con los confidentes por Dios.
Bien, por eso estaba, y entonces, entonces, Manolón dijo aquí, Manolón dijo aquí, no si yo sí, sí sabía, él me controlaba, él me decía, sí, y llegó a reconocer, en su declaración ante el juzgado, sí me dijo que lo usaban para, para cuestiones de, de la pesca, y de cosa, y que los amigos esos lo querían para unas minas en, en Marruecos y para tal, no, no le di mayor importancia, cierto no le dio mayor importancia. Bueno qué tremendo, en las declaraciones del fiscal jefe de Asturias, eh, dice se inició la investigación por el tráfico de drogas, se siguió por eso y eso fue lo importante, dice, porque el explosivo no tiene importancia, no tiene importancia, no la tiene, eso fue lo que paso señoría, estoy hablando de la Pípol, no tiene importancia.
Bueno, entonces Manolón que era el controlador, creo que se dice técnicamente, del confidente Trashorras, nos dice aquí que él no sabía nada. Bien señorías, hay cientos de llamadas, no una ni dos, cientos de llamadas de Trashorras a Manolón, pero es que hay más, pero es que hay más, hay incluso, incluso, ofrecimientos para decir mira vienen estos, el Mowgli. Trashorras nunca conoció a Jamal Ahmidan por el Chino, porque él lo sabía, era al que conocía, Trashorras a ninguno de ésos, y ninguno de ésos conoce a Trashorras, por descontado. Alguna vez, creo que una vez conoció a Rachid Aglif, porque estuvo en una reunión, y jamás habló con él tampoco, en una reunión del McDonald’s, donde se habló de la devolución, luego hablaré de eso, de una, de una partida de hachís en mal estado. Perdón, y Mowgli, que era como le llamaba Trashorras al, al que nosotros llamamos el Chino, Mowgli llegó a darle, luego hablaré de ello también, un documento de identidad falso, ¿y qué creen que hizo el señor Trashorras con el documento? Se lo dio a Manolón, se lo dio a Manolón, un documento de identidad, y lo reconoció Manolón, y Mowgli fue retratado con Trashorras, y la foto la tenía Manolón. Pero es que es más Señoría, es sorprendente, y este es un juicio, bueno estamos en la, en la vida moderna y seguramente la técnica moderna nos permite todo, yo también a medida que iba viendo desarrollarse este juicio decía, Madre de Dios en qué sociedad vivimos, espero no hacer un mal gesto porque esto se entera hasta la policía de Albolote, porque aquí estamos controlados para todo, es una sociedad tremenda, la sociedad del enemigo. Y están buscando enemigos y por Dios, hay que huir de eso.
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Bueno, pues Suárez Trashorras, en este juicio donde parece ser que llamar por teléfono es un delito, no sé de qué artículo pero estará seguramente en algún artículo del código penal, es un delito, Mowgli tiene muchas llamadas con Suárez Trashorras. Pero qué casualidad Señorías, qué casualidad, en más de un sesenta por ciento, cada vez que hay una llamada de Mowgli, del Chino, o de Trashorras al Chino, hay otra de Trashorras a Manolón. Manolón me lo reconoció a mí aquí, yo, le llamó Suárez Trashorras cuando estaba de viaje de novios en Tenerife, y le dijo a su controlador, oye que me ha llamado Mowgli y quiere que vaya a Morata de Tajuña, y le dijo Manolón, vete y nos dices dónde está, pero es que esa llamada es simultanea, es que hay un minuto entre una y otra, hay una llamada del Chino a Trashorras y al minuto de Trashorras a Manolón, ¿cómo es eso?, ¿cómo es posible?.
Pero es que se da, ahora nadie dice..., no, no yo no sabía nada, no él me informaba, yo no sabía, no, no, a mí no me dijo, pero es que Trashorras, me ocuparé de esto, Trashorras es recogido por unos policías, y trasladado, en la llamada detención, entre comillas, a Morata de Tajuña, que menuda detención, ya hablaremos de ello. A Morata de Tajuña, y cuando van a Morata de Tajuña para averiguar, justamente respondiendo a esto, era el día 26, el día 25 de febrero se da esa llamada, el 25 de Febrero Suárez Trashorras está en Tenerife, y llama a Manolón y dice que me llama Mowgli, y me dice eso. Y dice cuándo vas para allá, que te vaya a recoger y vete a ver dónde está la finca, y el 26 va Trashorras a Madrid, y lo recoge Mowgli, y van a la finca, bueno, y cuando un par de meses, el 17 de mayo, el 17 de marzo, ocurre el 26 de Febrero, el 17 de Marzo Suárez Trashorras es detenido, aproximadamente, eh, y va con los policías, a ver dónde está la finca de Morata de Tajuña, llama nuevamente a Manolón y llama a su mujer para decir, oye que, que no me acuerdo dónde está, ¿tú sabes por dónde se va?, y nos lo dicen, que hay que llegar hasta el parque Warner y no sé qué, y esa llamada sorprendentemente tiene receptor pero no emisor, sabemos que la hicieron porque lo reconocieron aquí. ¿Y sabe por qué no tiene emisor? Porque el emisor era la policía, llama desde el teléfono de la policía del coche, llama desde el teléfono de Parrilla, por eso como el teléfono de Parrilla no está controlado no tiene emisor, pero ya habla desde el teléfono de Parrilla.
De tal manera que hay una relación absoluta, total, entre Trashorras, cumpliendo la función que le habían encomendado con su controlador. Bueno, pero es que todavía hay más, yo recuerdo, y la señora fiscal también, porque estaba presente como yo y mucho más atenta evidentemente, yo recuerdo que Suárez Trashorras le dijo al instructor, le di una agenda, ¿y usted le informo?, sí le informó, si dice que no le informó, hombre le di una agenda, con todos los teléfonos de todas las personas que yo tenía controladas y que tal, le di una agenda. Y Manolón fue al instructor y dijo, ¿una agenda?, ¿a quién?, ¿a mí?, ¿qué dice?, una agenda no tengo, venga usted para acá, vamos a hacer un careo. ¿Usted le dio una agenda?, Oye Manolo, no te di yo una agenda, sí, ahora que lo dices, sí, creo que me la diste, es verdad sí, seguramente me la diste, (n.t.: ininteligible) tiene usted 24 horas para traérmela. Y a las 24 horas saben qué pasó, que Manolón mandó una fotocopia de una parte de la agenda, dice: es que me olvide de decirle que la agenda la destruí y me quedan estas fotocopias. Y Trashorras lo vio y dice, aquí faltan hojas, dónde están la del Chino, y la de no sé quién, yo son las que tengo. Eso es lo que pasó, señoría, eso es lo que pasó, y por eso este señor va a ir 40.000 años a la cárcel, lo cual tiene mucha, mucha historia eh, porque es verdad, decía yo antes que el derecho penal del enemigo, él es el enemigo, porque está ahí, siempre las sociedades requieren un enemigo, perfecto sí, comprendo que su señoría necesite un descanso.
Eh, decía que, decía que, no sé qué es lo que decía, ah, decía yo que el derecho penal del enemigo, todas las sociedades es característico también de eso, entre el enemigo y la sociedad siempre hay un nexo de conexión, el traidor; Bellido Dolfos, no sé quién, eh, que traicionó a Rodrigo, aquí se ha mencionado a Rodrigo, a Don Julián, el Conde Don Julián traidor, la sociedad encontró un traidor está ahí sentado, hombre y por descontado, faltaría más, la sociedad moderna, no quiere, como decía Jacobs, es decir la sociedad mata el enemigo, en la sociedad moderna eso. No, no por Dios, que esta es una sociedad civilizada, ¿cómo le voy a matar a usted?, me conformo con que vaya 40.000 años a la cárcel, hasta ahí podríamos llegar.
Y todo esto ocurre porque Suárez Trashorras está cumpliendo la función, la función que le tienen encomendada. ¿Cómo se liga esto con los, con los explosivos?, Eso en el segundo capítulo nos ocuparemos de esto, Gracias Señorías, diez minutos o...
01:16:56
GB: Como quiera, o interrumpimos ahora o...
D TRASHORRAS: No, no, yo como quiera...
GB: Si va a tardar...
D TRASHORRAS: Voy a tardar un poquitín.
GB: ¿Cuarenta minutos o más? No lo sabe, bien, 30 minutos de descanso.
D TRASHORRAS: Vale.
GB: Silencio, que vamos a reanudar la sesión.
D TRASHORRAS: ..de la acusación que se le hace a Emilio y que no es otra que la de facilitar la dinamita, sintiéndolo mucho requiere esto un pequeño preámbulo, seguramente, bueno eso lo sabemos todos, seguramente las percepciones que de la realidad tiene cada sujeto están íntimamente relacionadas con el tipo de circunstancia que la realidad misma le presenta, yo soy yo y mis circunstancias, decía Ortega. No es lo mismo, no es lo mismo, hablar de dinamita a un minero, no es lo mismo hablar de dinamita a un asturiano, sea o no minero, que hay asturianos que no somos mineros, que hablar de dinamita supongo que, que a un señor de un pueblo de Albacete, va a decir, oiga la dinamita, pero si eso es peligrosísimo, son cosas distintas, es lo que en el mundo de la sociología se llama la cultura de, ¿no? Y aquí podemos hablar, y voy a decir dos cosas, de la llamada cultura de la dinamita, aquí, incluso se ha dicho, que no nos digan, el señor Suárez Trashorras, ¿pero no sabemos todos lo peligrosa que es la dinamita?, ¿no sabemos?, claro, sí lo sabemos desde otra concepción, verá voy a dar tres o cuatro pinceladas.
Basta leer, o ver, las declaraciones que hicieron muchas de las personas que aquí estuvieron, muchas de las personas que aquí estuvieron, oficiales y no oficiales, los propios miembros de la Guardia Civil y policía, que hablaron de la policía en Asturias, acabo de leer unas, unas declaraciones del fiscal jefe de Asturias, diciendo no si eso de los cartuchos, que se vieron los cartuchos no tenía importancia, no puedo leer todas porque son muy largas, voy a decir que: todo el mundo tiene dinamita, y ya se sabe que por aquí circula la dinamita. El ingeniero que estuvo aquí de minas, el presidente de la sociedad: no si ya se sabe que se anda con dinamita, es otra historia.
Hay otra concepción distinta de la dinamita, ¿y por qué viene esa concepción? Pues viene de dos, de dos supuestos. Primero por que es un útil de trabajo con que uno se ha familiarizado en Asturias y no parece grave, y segundo, se lo he prometido a este presidente y aquí lo traigo. Porque ya desde los más antiguos convenios laborales, se dice eso. Aquí tengo el convenio, justo, uno, un modelo, los convenios todos, todos son iguales, yo no soy un experto en derecho laboral, los convenios son todos iguales, hay pequeñas modificaciones, eh, aquí traigo el convenio de las minas de caolín, y dice, dice, articulo 20: Dinamita, será a cargo de los trabajadores, el importe de los explosivos, según de detalla en concepto importe en la tabla salarial de destajos anexa. Y uno va a la tabla salarial de destajos anexa y dice lo que se descuenta a cada uno, descuentos por explosivos, por paquete de dinamita 0,60 por paquete pequeño, detonador, 0,09, por..., viene una tabla.
Bueno esto, a nosotros nos suena raro, honradamente que es difícil de explicar, ¿cómo, pero unos señores que están trabajando para una empresa, están utilizando un material para trabajar y lo pagan? Bueno, verán esto es muy antiguo, tiene, tiene, tiene su explicación histórica. Las minas, las minas, eran privadas, como todo el mundo sabe, las minas eran privadas, y a los empresarios les importaba mucho llevar a cabo un control, y el régimen del control, fundamentalmente, era eso, un control de producción, un control de, no, no un control de peligro, no a los empresarios eso me temo que los tiene sin cuidado, un control de producción, ¿qué gasta usted?, y tenga cuidado con lo que gasta, porque se lo cobro, usted gaste lo que necesite, y por eso se lo cobro. Y dice uno de los primitivos convenios, el preámbulo de uno de los más antiguos de Asturias, cuando todo todavía eran privadas las minas de carbón: para evitar el despilfarro de una... cosa tal que no tal, que los mineros pagaran la dinamita, y, y se sigue manteniendo, el convenio de este año, que es el que traigo, dice lo que yo dije aquí, lo que acabo de leer.
01:22:47
Pero luego no es verdad que les descuentan todo, porque luego les descuentan 0,60 por no sé qué, no es el valor total de la dinamita. ¿Por qué se sigue haciendo eso?, pues porque es un sistema de control, es un sistema del que los mineros contrólese, se autocontrolen porque lo van a pagar. Luego vinieron la, la nacionalización de las minas, vino Unosa, etcétera, eso desapareció, el Estado dijo no, pero las minas privadas, ésta es una mina privada, sigue existiendo, sigue existiendo. A los mineros de Unosa ya no se los descuenta se ha cambiado por otra, que se llama el vale de carbón, pero bueno ésa es otra historia.
Bueno, entonces sucede eso, esto conduce a una cosa, conduce a una cosa, todo el mundo, sea cual sea su filiación política, socialistas, liberalistas, no sé qué, tienen una concepción clara en la cabeza, lo mío es mío, y lo que yo pago es mío, oiga si yo pago la dinamita es mía, los mineros no dejan de brr… ¿oye tu como te llevas la dinamita?, oye que la pago, lo primero que te dice, porque a eso conduce esto, es que la pago, es que la pagan, ése es un gran problema, pero ahí está. Cualquiera que haya ido por Asturias, cualquiera que sepa como va eso, bueno pues la dinamita se lleva porque es de uno, ya, por lo tanto es así.
Yo que no soy precisamente un experto en los adelantos modernos, he pedido a mis ayudantes que me sacaran un par de cosas, una cosa que se llama, ¿cómo se llama? Uel, web, la web, la web, y me han dado tres webes, aquí, se dice web, una, está en internet, he, está en internet, eh, una que dice, una que dice, riberas de las mestas del Narcea, donde está esta mina, está en el río Narcea, que va desde el río Narcea hasta, hasta, el Nalón va a desembocar arriba, que va a desembocar al Nalón y a desembocar arriba en, en Soto del Barco, bueno, no sé como se llama, San Juan de la Arena, San Juan de la Arena. Ribera de las Mestas del Narcea, y es una web que explica qué pasa. Leo solo el título: Pesca en Asturias, Pesca con dinamita de las minas del Narcea. Está en la web, pero es que es más grave, hay otra, Manolón nos dijo, no sé si ustedes se acuerdan, no es que, decía: ¿pero el no le dijo algo de la dinamita?, sí pero me dijo que lo quería para arrancar unos árboles, ¿se acuerdan?, lo dijo, lo dijo también en el juicio, en el, en el, en el juzgado. ¿Cómo arrancar unos árboles? Asturias es una sociedad agrícola, forestal, en que se está transformando mucho el campo, entonces, mucho, mucho terreno que en su momento se dedicó a terreno forestal fundamentalmente, ganadero cada vez está quedando menos, se está convirtiendo, ese terreno hay que reconvertirlo, ese terreno hay que cavarlo, eso pasa en los amazolas, eh, en la amazonía creo que se dice ahora, bien, amazonía, ¿Y como se hace?, pues hay otra web, hay otra web, dice, modo de desmochar un tocón de árbol con dinamita, y dice, se toma una dinamita de la que se usa en las minas. Es que hay otra, hay otra que es mucho más sorprendente, es la web oficial del Ministerio de Medio Ambiente, la web oficial del Ministerio de Medio Ambiente, y dice, supuestos para controlar la dinamita en Asturias a los efectos de la pesca y el uso de los terrenos, está aquí, en la web oficial del Ministerio de Medio Ambiente, se acepta, es una cosa aceptada por esta sociedad, no digo ni buena ni mala, yo no la califico, digo que esta es la cultura, esta es la cultura, y en esta cultura, un minero paga la dinamita, si hombre solo faltaría, claro que me la llevo, por eso dice el fiscal jefe, hombre eso no tiene importancia, tienen unos cartuchos, son unos mineros, eso lo tiene todo el mundo, pero hombre esto es una cosa un poco extraña, pero ¿tantos kilos? Bueno yo no quiero entrar en eso, hay sobre todo el abogado del Estado, no me quiero meter yo en jaleos. Aquí dijo el, dijo el empresario, una cosa, no sé si fue el empresario o el ingeniero de la mina, una cosa, dinamita comprada, dinamita gastada, lo dijo aquí, bueno será cierto, usted sabrá, ésa es una manera de justificarlo. Mire es que yo tengo que justificar una producción, yo tengo que justificar una producción, por esa producción a mí me dan una subvención, el Estado, la Comunidad Europea, pero si yo no consumo 100 de dinamita cómo digo que saqué dos mil, si hacen falta 100 de dinamita, tengo que comprarla, si lo saco o no, no es ya es otra cosa, a mí me dan la subvención, hubo pleitos importantes por eso, creo que uno de esos en esta Audiencia Nacional, el pleito de la camocha, me parece que se vio en la Audiencia Nacional eh, se declaró que no, se decretó que no era cuestión penal, porque se dice que se explota, se gasta, se compra mucha dinamita y no se usa, hay que tirarla. ¿Hay que tirarla?, hay que dejarla, porque esa es la manera de subvencionar, dinamita comprada, dinamita gastada. Y eso justifica una, toda una cultura de la dinamita que de otra manera sería difícil de explicar, sería muy difícil de explicar. Pues en esa cultura de la dinamita nos movemos, nos movemos y decimos: alguien se llevó dinamita de el, el, el, de la mina, la mina Conchita, de Caolines de Merilés.
01:29:46
Ayer un querido y brillante compañero, dijo, verán, aquí se ha hablado de mina Conchita, pero yo he encontrado un papelín que me dice que la empresa suministradora también mandaba a otra mina, ¿cómo se llama?, Nueva Perdiz, que nos dijo, y casualmente, que casualmente he estado mirando este elemento diabólico que es internet y Nueva Perdiz es de, es de Caolines de Merilés. Y yo me fui rápidamente a Emilio y le dije, oiga Emilio ¿dónde está Nueva Perdiz? Dijo él, si lo dije ya en el juicio, hace unos días, claro hombre es que yo lo dije como le llamamos, inmediatamente fui a mis notas y allí estaba, Farandón. Dijo no, pero sí había dinamita tirada por ahí, en Caolines de Merilés y en Farandón, Farandón es Nueva Perdiz, es Caolines de Merilés, y está exacta..., se llama Farandón, Mina Conchita está, ayer nos lo dijeron, con esas técnicas modernas, un magnífico gráfico para ir por donde iba la gente y tal. Está allí, es un arroyo que desemboca justo ahí, en ese ángulo, el arroyo Farandón que va al Narcea, debajo de donde está la mina, la presa Calabazos tan, dice aquí, y ya Emilio había dicho, si está tirada, se puede coger en cualquier sitio, se puede coger en cualquier sitio. Nosotros, nos hicieron creer, unos falsos peritos, no, hicimos una averiguación y tantos kilos, bueno no les salía ni a ellos mismos la cuenta, ni a ellos mismos la cuenta, yo no quiero ahora, la tengo aquí, pero bueno, me limito a ello, porque tuvimos una, una larguísima sesión sobre eso. Oiga ¿dónde iba la mina Goma2-ECO ésta? No, iba fundamentalmente a Caolines de Merilés desde el sitio, bueno también iba a otros, no sé qué, no sé cuál, iba a muchos. Un, un llamado perito, eso es informe policial, que no informe pericial, eh, y que nos dice que la mina iba de Páramo de Masa y que iban a Mina Cardiez, no sé qué, patatín, y aquí... una enorme cantidad eh, enorme cantidad a Columbiello, Columbiello, Asturias, Minas del Narcea, Minas Tarles, Anea, a Caolines de Merilés. Nos dice que buena parte de esa Goma2-ECO que se fabrico no sé dónde, que no me interesa, eh, iba a Caolines de Merilés, de pronto nos sorprendió, porque Caolines de Merilés es mina Conchita, y ayer tuvimos oportunidad de enterarnos que Caolines de Merilés son 17 minas en Asturias, 17 minas, entre ellas Farandón, ésa, Nueva Perdiz, ¿y qué usan?, Goma2-ECO, si son minas de caolín. Entonces nos deslumbró ese asunto, y por si ya había pocas interrogantes que des..., interrogantes y pocas incógnitas que despejar en el asunto de, que la Goma2-ECO, voy a leer, voy a leer lo que dice este llamado informe pericial y que yo digo que es un mero atestado policial. Por lo tanto al no existir un control en las numeraciones de los explosivos enviados a mina conchita desde el depósito de Vallellano, no se puede afirmar con certeza que los cartuchos hallados en Leganés con las numeraciones investigados procedan de mina Conchita.
Porque todos hemos presentado, que no los cartuchos, las envolturas que ésa es otra, como Leganés no me afecta, bueno no me afecta, ahí tengo que agradecerle al ministerio fiscal, no a alguna acusación, que yo no le agradezco a nadie nada, pero tengo que agradecerle al ministerio fiscal que por lo menos no haya imputado a mi defendido del asesinato de Leganés. Alguna acusación sí me lo imputa, tengo que agradecerle que por lo menos no lo haya imputado, porque yo tenía un miedo, cuando fui a ver a Trashorras con la calificación, dice oiga, está mal pero no mal, nos podían haber acusado en el asunto de Leganés de inducción y auxilio al suicidio, pero bueno libramos de ésa, de ésa libramos.
Entonces todos caímos en la trampa de que las envolturas, que no dinamita, nadie hizo un análisis, no sabemos dónde están, dicen que en unos...., unas cartucheras, o cinturones de los suicidas, no tengo ni idea, no me interesa, eran de mina Conchita, no perdón, eran de Caolines de Merilés, y Caolines de Merilés, ayer nos enteramos que son muchas minas, y que todas usan ese explosivo, y que todas usan ese explosivo, yo ya no quiero decir, uno puede decir, y qué pasa señor letrado, ¿y entonces cuántas minas?, ¿por qué no lo, no lo investigaron?, mire usted no tuve tiempo, no tuve, no tuve oportunidad, si me lo hubieran dicho a mí cuando se empezó este asunto hubiera hecho una investigación, pregúntenle al compañero cuando tuvo que subir a, a, a mina Conchita, y cuando tuve que subir yo, dos años después de que ocurriera esto, dos años, eso no es nada. Y ya no quiero decir nada, y lo dejo ahí, porque no son sólo mina Conchita y mina Collada y ahora Farandón, Nueva Perdiz, sino todas esas minas, pseudo minas, semi clandestinas. En Asturias son conocidos, cualquier asturiano que está aquí sabe de que estoy hablando, los chamizos, los chamizos que usan esa dinamita, que se trafica con esa dinamita, bueno pues con esta cultura nos encontramos con que alguien se lleva mina, se lleva de mina Conchita, exactamente de mina Conchita, y la policía dice: No se puede decir con certeza que halla salido de mina Conchita. Bueno pero no me interesa, eso no lo leo, leo la hoja anterior y asunto concluido. Con esa cultura digo, con esa cultura nos enteramos de que sale, al parecer cartuchos de dinamita de Goma2-ECO, eso sí que parece claro, Goma2-ECO de mina Conchita.
01:36:55
Mi pregunta es: ¿cómo sale?, ¿cuándo sale? y ¿quién la saca?, y bien. En autos el fiscal, el fiscal, aporta una serie de elementos, él dice probatorios, y lo dice bien. Lo que pasa es que a mi modo de ver no prueban nada pero son instrumentos probatorios, más o menos válidos, más o menos ineficaces pero son elementos probatorios, en autos figuran, aporta el ministerio fiscal una serie de elementos probatorios para decir que salen de mina Conchita, y el primero incide en esa cosa que yo ya denuncié aquí antes, en esa llamada de alguna manera corruptela procesal, que es un supuesto informe pericial, pericial, el informe pericial, que es de un inspector de policía, hace un cálculo aproximado. Bueno mire usted si es una pericia aproximada no es pericia, olvídese usted de este asunto, no te dice cómo lo hace, no es que a mí me dijeron que habían bajado tres bolsas. Teniendo en cuenta, ¿cuáles eran las bolsas?, voy a suponer eh, estos muchachitos que están ahí sentados, ¿si hubieran llevado unas bolsas a Madrid?, el perito las, las computó, cuales eran las que llevaron, ¿más grandes?, no la media, no sabemos cuánto era, pero caben aproximadamen..., el dijo que le pesaba unos 40 kilos, el perito dice, ¿perito?, pseudo perito, a mí no me caben más que 30, pero a lo mejor llevaba 25, bueno voy a poner a 25, y pone 25 y se queda tan tranquilo. Tres viajes a 25, 75, dice hombre ahí estuvo usted acertado, la cuenta le salió bien, ¿Pero el resto?, ¿pero cuáles son las bolsas?, ¿qué bolsas eran?, ¿quién las pesó?, y esto, y como calculamos que explotaron no sé qué, y como vi el libro, ahí está el problema, vi el libro, y en el libro entraron en la mina, entraron en la mina, 200 de, de cartuchos que le suministró Vallellano, me parece que se llama, polvorín de Vallellano, como solo se usaron 50, volvió a hacer una cuenta, eso si le sale perfecta 150, más 75 que llevaron estos 225, se gastaron, se llevaron 225. Oiga ¿usted sabe de qué va ese asunto?, ¿de qué va ese asunto?, ¿a dónde fue esa mina?, ahora nos enteramos, ahora estoy yo diciendo una, mire una fue a Farandón, ¿y la otra?, ¿y por qué dice usted que son 225 y no 275?, ¿que pericia es ésa?
En primer lugar hay una cosa que yo quiero desde el punto de vista técnico jurídico dejar aquí claro. Nadie ha probado aquí, porque no se puede probar, cuánta dinamita salió de mina Conchita, ya no cuál, y encima cuál estalló en los trenes, que eso ya lo dije antes, sino cuánta. De pronto por las buenas, seguramente metiendo todas las pruebas en un saco, que eso se llama un saco de pruebas, y de tal manera que no se analiza, metiendo todo eso en un saco me salen 250, y lo pongo, fulano llevó 250, y Suárez Trashorras suministró 250 kilos de dinamita. Que eso no lo probó nadie, no lo podemos saber, señorías, nadie lo puede saber, no solamente nadie lo demostró, que seguramente en una investigación de verdad se hubiera podido demostrar, pero es que nadie lo puede saber, que es peor.
Bueno ¿y cómo se llevó? Que eso es otra, ésa es otra. Pues verá, se llevó porque Trashorras, que ya se sabe que era un malvado y que andaba con dinamita para ver qué se podía hacer de malo, Trashorras cogió a unos muchachos de su banda, luego hablaremos de la banda, cogió a unos muchachos de su banda y los mandó a Madrid con unas bolsas que no sabemos exactamente cuánta dinamita llevaba.
Bueno, primero no sabemos ni lo que llevaba. Tanto los chicos, como el propio Trashorras, le dijo al juez en un primer momento, que eso era un tráfico de hachís, porque lo que tenía él en ese momento, en ese momento, con el Chino, era un tráfico de hachís, y se lo explicó al Juez, por aquella delante de mí, nos mandaron una partida de hachís, de hachís en mal estado, yo en mal estado y no la pagamos, tuvimos un problema, me la tienes que pagar y no me la pagas, por eso fue la reunión de Carabanchel, porque discutieron ese tema, no porque vieran a nadie hablando de dinamita, porque estaban discutiendo el tema del pago, del, de Caraban...., de la droga, pues me la bajas o no me la bajas, cuando bajaron tuvieron otra, te bajé ésta ya, ésa fue preparatoria para discutir eso, y eso fue lo que llevaron esos chicos. Pero es que hay más, yo me hago una pregunta señorías, resulta que hay un grupo que quiere hacer un atentado, quiere cometer unos delitos con dinamita, bueno supongo que si es un grupo tendrá una cierta organización, un grupo que además piensa, proyecta, programa y además lo realiza, subir un día a Asturias con dos coches y llevarse la dinamita, que parece ser que si lo hicieron, están locos, aquí el único trastornado mental no es Trashorras, pero cómo se le ocurre ir mandando la dinamita a pedacitos, y por, y por el servicio público del Alsa, ¿pero cómo es esto?, ahora lleva un poco de dinamita, mañana lleva otro poco, y luego lleva otro, otro poco, y luego que venga el otro con el coche, eso es disparatado. Yo si lo leen con cuidado desde el primer momento, desde el primer momento los chicos, y el propio Trashorras dice, mira era un tráfico de hachís. Se lo estabamos devolviendo, teníamos un problema, el hachís estaba en mal estado y en otros muchos sitios así se dice.
01:43:56
En ese terreno uno de los grandes acusadores en los que se basa el ministerio fiscal, el pobre Iván Granados, dice, no si yo fui con, con, con Emilio y fuimos a buscar a otro que conocía él, unos CD’s, uno también, cuando no está en el negocio dice pero bueno, va a buscar unos CD’s y necesita un tío para buscar unos CD’s, y luego bajan los CD’s a Madrid. Bueno, vamos a ver hombre, señor fiscal hombre, por Dios, ¿y usted intervino aquí?, aquí está la sentencia Pípol, y aquí se habla de droga, aquí se dice en la página 12 para entenderse a la droga se la llama CD’s, y cada vez que hay una conversación se dice, me bajas los CD’s, te mando los CD’s, que sí, y esto era ese asunto, estos tipos no estaban en Pípol, pero la nomenclatura era la misma para el traficante, no tiene sentido que alguien que va a cometer unos atentados con una, o que va a vender una partida de droga, perdón de explosivos, la mande a plazos. No sé si se sujeta a la ley de plazos o no, pero bueno seguramente, y hablando de la ley de plazos, es sorprendente, señorías, es sorprendente, la variación del lenguaje. Los lingüistas dicen que el lenguaje no es neutral. Todas las palabras se dicen por algo, al principio le hablaba, le vendió, dinamita, luego ya no le vendió, le cambiaba, los juristas que son más finos decían, es una permuta. Le cambiaba dinamita por hachís, pero nadie pudo explicar cuánto le cambiaba, cuánto, alguien nos lo preguntó, no lo intentó aquí, no le cambiaban 1000 kilos de dinamita o no sé cuántos, 5000 de dinamita por 1000 de hachís, y yo inmediatamente eché una cuenta así, y dije vaya, va, la ....edención del Chino va a la ruina, va a la ruina, el delegado de finanzas está perdido, porque mil kilos de dinamita valen la centésima parte que mil kilos de hachís, la finanza lamentable, es una finanza lamentable.
Pero yo le pregunté aquí a un inspector que estuvo aquí, y por aquí tengo su respuesta, bueno, me acuerdo de ella perfectamente. ¿Oiga y usted sabe cuánto, cuánto ganó? Quién, Trashorras, no, dice yo hice la inspección financiera. ¿Y qué sacó usted en consecuencia?, no nada, no ganó nada, le sorprendió, porque él tenía, después de esta operación, los mismos bienes, los mismos coches, que él se dedicaba al tráfico de coches y tal, le gustaba tener coches, lo dijo aquí, quería tener unos cres tal, segunda mano todos, la misma cuenta, y el mismo dinero. Trashorras no ganó nada, y dices bueno, ¿cómo es esto?, y entonces se cambió la nomenclatura, se cambió la nomenclatura, ahora ya no se habla de: le vendía dinamita, ni le permutaba dinamita, que hubiera sido una cursilería por cierto, sino que se dice, y le suministró dinamita, y ahí queda eso, porque en el tipo penal cualquier tipo de suministro es delito, luego hablaré de eso, entonces Trashorras le suministraba dinamita.
Ya digo que resulta inconcebible que se la suministrara por pequeños envíos a plazos a través de unos muchachos que realmente llevaban hachís. Cuál es el argumento que emplea el ministerio fiscal para decir que eso era dinamita y que eso se completó porque el día 27, 27 de febrero, no, perdón, la noche del 28 al 29 de febrero el Chino subió con dos amigos y se llevaron una serie de dinamita, todo eso constituyó ese cúmulo de dinamita, de esa dinamita desconocida que no sabemos de dónde y cuál es. Cuál es el argumento, pues hay dos, hay dos, dos fundamentales, primero, la declaración de Gabriel Montoya Vidal. Yo no tengo con él la suficiente confianza ni para llamarle el Gitanillo, ni para llamarle sencillamente “hola Gabriel”, pero sí puedo decir que Gabriel Montoya Vidal es un paisano que figura aquí como un testigo muy cualificado del ministerio fiscal, por cierto un testigo, yo no quiero ser malvado, aunque a veces no lo puedo evitar, confieso honradamente, pero un testigo al que el ministerio fiscal le hizo el favor, le hizo el favor de decirle que se conformara con una pena que es dos años superior a la que le piden a estos otros señores, por el mismo asunto, por el mismo asunto.
Bueno, y un testigo por cierto, y esto es otra cosa que también quiero denunciar, que significó en el curso del proceso, otra de esas, incorrecciones, corruptelas, como queramos llamarle, que se vieron en este extraordinario proceso, Gabriel Montoya Vidal era un implicado en este asunto, es más, luego, luego, incluso se decía que había ido él conduciendo a los moros a la propia mina, ya veremos que no es verdad, pero bueno se decía eso, eh, incluso, conduciendo a los moros a la propia mina. Eh, pues Gabriel Montoya Vidal era entonces menor de edad y el fiscal, el fiscal de esta causa, el fiscal que acusa e instruye esta acusación y que buscan los elementos de acusación para esta causa eh, asiste a esta declaración como tutor del menor, le asiste en su beneficio, y yo me quedé, puse en duda, toda, toda la teoría que yo había estudiado sobre la protección de los menores y sobre el defensor del menor, ¿pero cómo puede ser defensor del menor el acusador?, no tengo nada personal en el asunto, pero me permito constatarlo como un supuesto jurídico.
01:51:24
Bueno pero esto señor, este señor Don Gabriel Montoya Vidal declara como cinco veces, declara como cinco veces, declara como cinco veces y yo tengo aquí siete paginas de sus declaraciones, voy a hacer un resumen en dos minutos, prometo por Dios dos minutos. Y en su primera declaración dice, pero luego la ratifica incluso: no, a mí me llamó la policía y un policía que se llama Rafa me dijo lo que había pasado y lo que tenía que decir, lo dice así, un policía que se llama Rafa, tiré de papel, tate, Rafa era el amigo de Víctor, era compañero de Víctor, resulta que Rafa es el controlador de Rafa Zouhier, o, o el amigo del controlador, ya no sé quién es... Resulta que es el, es el que le dice a Gabriel Montoya Vidal, tienes que decir esto, y Gabriel Montoya Vidal que dice eso en su primera declaración, va luego al juzgado y se lo dice al Juez del Olmo, no a mí yo dije eso porque me lo dijo Rafa. Iba a decir una inconveniencia, iba a decir la fiscal monta en cólera, ¿cómo dices eso? no sé qué, no, no, no, no es verdad, digo lo que digo otra cosa, y allí mismo Gabriel Montoya Vidal cambia de criterio. Entonces hay cinco declaraciones, cinco versiones, cinco versiones de Gabriel Montoya Vidal, cinco versiones. A mí me hubiera gustado hablar con Gabriel Montoya Vidal, pero no tuve oportunidad, no tuve oportunidad ni en el sumario, yo pedí que se me dejara ir al juicio de los menores, no para intervenir, que sé que no puedo, algo de derecho uno sabe, pero que se me dejará ir, yo quería ver que pasaba, no pude, pero a mí sí que me hubiera gustado hablar con Gabriel Montoya Vidal más de lo que pude hablar aquí que fue prácticamente nada. Otros sí que hablaron, antes, después y antes de sentarse aquí y después de sentarse aquí, y eso a mí me parece otra corruptela procesal, y a mí me parece que esa declaración está viciada y que esa declaración no puede servir para nada.
Pero si además de todos estos datos procesales no fueran bastantes voy a decir dos cosas o tres, Gabriel Montoya Vidal dice que subió un día por la tarde a la mina con Emilio Suárez Trashorras y allí se entrevistaron con dos mineros de mono azul que le dijo, bueno esto ya está echo, esto está arreglado, ya es... Bueno, cualquiera que conozca las minas sabe que los mineros no van de uniforme. Segundo, el uniforme no podría ser un mono azul, bueno eso es un disparate, eso es un disparate, un mono es todo lo contrario a la vestimenta que necesita uno para estar en la mina. Pero si aquí vinieron todos los mineros y dijeron que sólo trabajaban por las mañana, ¿qué hacían los dos mineros de mono azul en la tarde en la mina?, ¿estaban de guardia?, de guardia no porque sabemos que no había guardia, no había nadie. ¿Cómo que dos mineros de mono azul?, ¿pero qué dice?, según sus declaraciones la fiscal dice, y lo dice además basándose en su testigo, pues si la fiscal no cree en su testigo ¿a dónde va? El seis de febrero Gabriel Montoya Vidal bajó a llevar una bolsa de dinamita a no sé qué, pero el seis de febrero Gabriel Montoya Vidal está en un centro de menores, y esta sala tiene ahí entre los documentos de, de, de la documental del sumario una certificación del documento del (n.t.: ininteligible) que dice que el día seis estaba aquí, tuvimos una bronca con él, y no sé qué y patatín y patatán.
El fiscal en su último caso dice, los primeros días, pero es que estuvo allí del uno al seis, el uno, el dos, el tres, el cuatro, el cinco y el seis estaba en el centro Trama. Gabriel Montoya Vidal yo no sé si bajó una bolsa o no la bajó, ya no, no puedo poner nada, pero desde luego no cuando dice el ministerio fiscal. Esto Gabriel Montoya Vidal dice una cosa tremenda, tremenda, dice, el día, el día 26 de febrero fui por la mañana a la mina con Emilio Suárez Trashorras y hablamos con no sé quién, cuenta tres versiones, hablaron con el Rulo, luego no fueron al Rulo, luego resulta que no era el Rulo que era otro, luego no sé qué. Tres versiones. Eh, bueno, pero en autos figura la documental, toda la documental probatoria, y antes hablé de ella, que Emilio Suárez Trashorras volvía de su viaje de novios, y vino a Madrid, y desembarcó en el avión y fue a Morata de Tajuña con el Chino, y cogió el avión de vuelta que sale a las ocho y media de la noche y llegó a Avilés por la noche, y no fue con Gabriel Montoya Vidal a la mina evidentemente, porque no estaba ese día, estaba de viaje, estaba por aquí, ¿cómo dice Gabriel Montoya Vidal que pasó eso?, ¿quién le cree al querido Gabi?, nadie le puede creer.
Para apoyar la declaración de Gabriel Montoya Vidal el ministerio fiscal la hace coincidir con la de Iván Granados, el pobre Iván Granados que está también el pobre ahí, sentado siendo acusado de este asunto, Iván Granados habló, querido compañero. Iván Granados nos dijo una cosa terrible, yo dije esto porque me lo dijo la policía y me dijo que me iba a dar una pizza, vaya por Dios, vaya por Dios, pero es que basta leer la declaración de Iván Granados, es que la declaración de Iván Granados.
01:58:29
La declaración de Iván Granados que son dos declaraciones de Iván Granados que hay por ahí, dice cosas inverosímiles, inverosímiles, no, yo vi, yo, primero dice que, que vio el, que una vez fue el con la mina a Trashorras y que hablaron con un minero, luego dice que no, que no fue él, que le dijo Gabriel que había ido Gabriel con él, luego dice no, fui yo una vez, fui hasta, hasta cerca de Tineo allí en la mina Carabazos no sé qué. ¿Y con quién hablaron?, pues no me acuerdo, ¿era el Rulo?, no, no era el Rulo, no lo sé, no mira, parece que me lo dijo Gabriel. La fiscal le preguntó luego, oiga dice Iván Granados, y dijo Gabriel, no, no, yo no se lo dije, me lo dijo él a mí, bueno yo no entiendo nada. Iván Granados dice cosas tremendas, dice y fueron a la mina, y fueron a la mina, y fueron a la mina, Gabriel, y Emilio y, y, y el Chino y dos más, y, y volvieron con un BMW. Bueno yo creo que se probó que allí no había ningún BMW, que los coches que llevaban no eran ningún BMW. Iván y..., Iván Granados quiere que le crean e inventa y dice sí el BMW se pegó con una columna al entrar en el garaje de Trashorras, mire no era un garaje, era un trastero, allí no había ningún coche, allí había, en el mejor de los casos droga. Ya, ya no sabemos qué, quién, quien iba, ni quién no iba, ni en qué coches, ni quién volvió. Aquí hubo un momento dramático cuando el Gitanillo a preguntas de esta parte, o a preguntas de otro letrado, ya no me acuerdo, yo creo que se lo pregunté yo, dije ¿y en que coche?, no, no a preguntas del fiscal, ¿qué estoy diciendo?, ¿en qué coche?, dice, no, si fuimos, y, a la mina, y, y metimos el coch.., la dinamita, metieron ellos, yo me quedé vigilando, y metieron la dinamita en el Golf y llegamos al garaje de Trashorras y lo pasamos al Toyota Corolla. Y el ministerio fiscal pega un respingo y dijo, pero si me dijo usted que habían ido con el Toyota Corola, y dijo Gabriel, ah pues habrá sido así, sería en el Toyota Corolla, y eso pasó aquí, eh, eso paso aquí. Entonces no sabemos, pero es que además en el cúmulo de este, de este disparate Iván Granados, y, y, y, y Gabriel Montoya dicen, y entonces el Chino se marchó, iba en el Golf con la dinamita, y le pusieron una multa, no le pusieron una multa en el Golf, la multa se la pusieron en el Toyota Corolla de la que luego hablaré. Es decir, uno, por Dios, ruego que se lea detenidamente, el cúmulo de declaraciones, de contradicciones, de rectificaciones que hace Gabriel Montoya Vidal en, en este pleito, se pongan al habla con el cúmulo de fantasías que dice el pobre Iván Granados, y se saque la única conclusión posible, todo eso es una fabulosa mentira que tiene una explicación y nos la dio desde el principio Gabriel Montoya y nos la dijo también Iván Granados, la policía me dijo que dijera que..., porque ésta, y aprovecho, otra vez más, la policía me dijo que dijera que...
Cuánto, cuántas veces, en cuántos juicios, hemos tenido que ver, soportar, que no, es que la policía le dijo, es que la policía habló. Yo antes hablaba de esa multitud de normas que vamos metiendo en nuestro estado de derecho, convirtiéndolo en un estado con derecho, entre ellas, no, no, la policía sí, el fiscal dijo no. La conversación luego perderé el tiempo también de hablar de esto, que tuvo la policía con Emilio, la polisación, no era una declaración, para qué quería, ¿para qué quería abogado?, esa era una declaración voluntaria, todo el mundo sabe que los, la gente que, a la que le llama la policía, incluso a veces a la comisaría, hace declaraciones voluntarias, y cuelan en los juzgados, y las tenemos en cuanta, y de eso tenemos tanta culpa nosotros como todos. Cómo podemos tener en cuenta eso, ¿cómo es posible?, ¿cómo es posible?, y después de que técnicamente dice no, la declaración no prestada con abogado es nula, pero resulta que todo eso no lo tenemos en cuenta, y aquí nos pasamos la vida hablando de lo que dijeron unos y otros, vuelvo a decir el estado con derecho, de pronto decimos bueno, venga la policía tiene derecho a detener a un tío e interrogarle y tenerle, cuánto, ahora en este tremendo estado, que yo ya he calificado antes de que, en algunos sitios 60 días, y yo siempre digo, y 60 noches, y algunos de estos han estado cinco, siete. Sí es legal, ya pero, eso es lo que se llama la reflexión nocturna, seguro que se está aquí 15 días, de noche le da tiempo a reflexionar y nos dice la verdad, este es el problema, y lo digo aquí denunciándolo seriamente. Los tribunales no podemos, no debemos jamás, ni unos ni otros, los de este lado, ni los de ese eso, pasar por esta corruptela, que es, que la declaración de los, de los imputados, de cualquiera que llame la policía, no se lleve con todo el rigor formal. Luego informalmente decimos, no como no tenía abogado, no vale, pero resulta que todo eso vale. A mí me hacía mucha gracia, eh, el ministerio fiscal, el fiscal jefe, cuando hablaba de éste, y se refería a la declaración de Trashorras, como sabía que yo había hecho hincapié en esto, y era lógico, echar esto también, digo, se nos va a decir que no tenía abogado en esa declaración, que duró, que duró catorce horas, en Avilés, fueron a comer amablemente, eso sí, usted no pagó, pagaron ellos, al Jose’s, que duro amablemente, era una declaración voluntaria, que él no tenía por qué prestar.
02:04:48
Y se le escapó una cosa, dijo, porque no tenía nada que temer. Si no tenía nada que temer ¿para qué le llaman?, ¿y por qué ahora le acusa usted algo?, si él no tenía nada que temer, claro que no tenía nada que temer. Bueno, pues todo esto que decía, en base, a que, uno y otro, Gabriel Montoya Vidal, Iván Granados Peña, fueron aleccionados por la policía, y esa declaración, luego dice, no, la prestó en el juzgado, no dijo nada, eso va a misa. Bueno, acepto que vaya formalmente a misa, pido al tribunal que la lea en su contenido, y sólo, no porque haya sido amañada, no me interesa, sólo de las tremendas contradicciones que hay entre ambas, y de las, y de las imposibilidades, no puede el señor Suárez Trashorras subir a la mina con el Gitanillo el día 26 porque el 26 estaba en Morata de Tajuña. Mire usted sólo eso todas éstas, todas éstas y las doy por dichas, y todas las tremendas contradicciones, y tengo siete folios de contradicciones, entre Gabriel Montoya Vidal y, Iván Granados con todo el resto del sumario, sólo lo que le sirve al ministerio fiscal para acusar a mi, a Emilio Suárez Trashorras.
¿Para acusarle de qué?, para acusarle de siete delitos, primero, y muy importante 192 o 191, 191 asesinatos, 1.841 en grado de ten, de tentativa, en fin, de tentativa. Bueno, ¿en virtud de?, en virtud de esa figura que está en el código penal, está desde hace mucho tiempo, es eso que los tratadistas, lo, los teóricos del derecho penal le llamáis una reliquia histórica, una reliquia tradicional, el autor por cooperación necesaria, está ya ahí, la moderna doctrina está diciendo por Dios a ver si sacan esto de la, del código de una vez que eso es una reliquia que hay que acabar con eso, entonces hay esa polémica otra vez, es una complicidad, no es una complicidad, es autoría o no sé qué, bueno, creo que no estoy aquí para dar clase aunque a veces se me va la olla, pero no vamos a estar en este asunto.
Vamos a ver, le acusa de cooperador necesario, le acusa de cooperador necesario, bueno, digo que no vamos aquí a dar una disertación teórica de la cooperación necesaria. ¿Por qué es cooperador necesario Suárez Trashorras?, ¿porque llevó a la mina al Chino?, ¿porque le vendió a él?, ¿le suministró?, ¿cómo fue? No lo sabemos, hemos dicho que no lo sabemos. Parece ser, y es verdad, Trashorras nunca lo ha negado, eh, que el Chino le preguntó a él un día, un buen día, oye alguien, una cosa de joyerías y tal ¿tú sabes dónde hay dinamita?, se, sí, las minas, por aquí hay dinamita en muchos sitios, incluso dijo Trashorras una vez, incluso una vez, eh, le enseñé, le dije yo mira en esa mina, vamos camino de Narcea, y en esa mina estuve yo allí. Bueno, ojo, y esto que le dijo el Chino, automáticamente se lo dijo a Manolón, Manolón lo ratificó y me dijo que le había dicho no sé qué, fue el día en que dijo: y se ofreció a ir de lanzadera por no sé cuál, lo dijo Manolón.
Y yo acepto, fíjese el ministerio fiscal, yo acepto, que porque él mismo lo dijo alguna noticia que le dio Suárez Trashorras al Chino, sirvió para que éste se hiciera con la dinamita, lo acepto, bueno, a lo mejor, lo veremos, el ministerio fiscal dice que eso es colaboración necesaria, o, o por lo menos suministro de explosivos, yo ya digo, y lo dejo aquí dicho de mano, lo dejo aquí dicho ya de mano, que esta noticia que el Chino sabía, sabía seguramente por Suárez Trashorras y que habían hablado de esto, fue automáticamente e inmediatamente trasladada a la policía de Avilés, automáticamente trasladada. Cada vez, cada vez que el Chino iba a Asturias, ahí están, algo que no dije, pero que también está en eso, en esas, en esas cosas de Gabriel Montoya, de dice, y desde la mina el Chino llamó a Suárez Trashorras, resulta que desde la mina no se puede llamar, pero la fiscal estuvo en ese, en ese asunto, intentaron llamar desde la mina, hay tres ochocientos, y tres doscientos, de un lado a otro de la mina hasta las próximas BTS que eso es un, una zona, no sé si se llama oscura o negra, desde ahí no se llama. Y Gabriel Montoya, sí, sí llamamos desde la mina y él dijo, voy ahora, voy a buscaros, pues desde la mina no se puede llamar.
Bueno, pues cada vez que el Chino sube a Asturias a buscar explosivos, o a llevar, o a traer droga, hay unas, hay unas conversaciones que se cogen en el, en, y que figuran en autos, hay otras tantas entre Emilio Suárez Trashorras y Manolón, y cada vez que habla Emilio Suárez Trashorras se lo dice a Manolón. Bueno pues en éstas tenemos que, con esos datos el fiscal acusa a Emilio Suárez Trashorras de cooperador necesario, decía que yo no creo que ya estemos, ni en hora ni en disposición de hacer disquisiciones teóricas sobre si la cooperación necesaria es, viene dada de la teoría del dominio, o de los bienes escasos, o de aquella vieja teoría, que yo pienso que es la misma que la de los bienes escasos, pero bueno da lo mismo eh, la teoría de la cooperación ideal abstracta, o de la cooperación concreta y que a mí me parece que ésta es la de los bienes escasos, pero bueno va, es igual, es una cosa bonita, técnicamente, pero no vamos a distraer a la gente con tecnicismos jurídicos.
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Eso es lo que le sirve, para decir, no mire, usted, usted de alguna manera, y eso además el lenguaje castellano dice, usted colabora, usted coopera a este asunto, usted coopera a este asunto. Eso nos llevaría a otro asunto, la cooperación necesaria es en la ejecución o es en la preparación otro problema teórico. Bueno esto sería en la preparación, la ejecución sería lo de los trenes ¿no?, otro problema teórico. Pero sea donde sea, cualquiera de las teorías, la del dominio, la de la, la, la cooperación ideal abstracta o concreta, la del los bienes concretos, ésa es allá por los años setenta, la de los bienes escasos, dicen dos cosas: cualquiera, y esto es el tribunal supremo, dice cualquiera, sentencia del 9 del 5 del 95, cual..., por cierto traigo aquí una, una serie de... que pone jurisprudencia del 11M, como uno no, yo no domino, no lo pude traer en un disco porque saben que yo lo del disco no me va, pero yo uso, uso el Aranzadi, he hecho fotocopias del Aranzadi, no sé si atreverme a dejárselas a sus Señorías.
Pero además sus Señorías las conocen, cualquiera, cualquiera que invoque la teoría de la cooperación, de la colaboración y de la cooperación necesaria para considerar a un individuo autor por cooperación necesaria, en ejecución o en preparación, ya hemos, ahora por fin creo que en preparación, tiene que tener en cuenta dos cosas, dos cosas. Primero que en el concierto de voluntades, segundo existen, dice la doctrina del 19.5.95, un doble dolo, uno, que se conozca el propósito criminal del autor material, dos que su voluntad se oriente a contribuir de manera consciente y voluntaria a la realización de aquel propósito. Y eso lo aceptan todos. Gil Bernat, que es el que anda por ahí discutiendo esas cosas de los bienes escasos. Es evidente, no puede decir colabora, pero espere, usted colabora con algo que sabe, que es consciente que se va a hacer, con algo que usted quiere dolosamente hacer, porque si no, no hay colaboración necesaria, si no, no hay colaboración necesaria. Es que además habría un último argumento, ya cuando entramos en los bienes escasos, bueno hay la doctrina es muy bonita por cierto, escasos para quién, para el que lo da, para el que lo recibe, para el hecho mismo, la doctrina es preciosa, es, jurídicamente es bonita, algún día la discutiremos, pero yo digo una cosa, todos, Tribunal Supremo incluido, dicen, miren, en líneas generales y sin entrar en esa, en ese problema de ¿escasos para quién? Se puede decir de una manera objetiva, que escasos objetivamente porque no estarían al alcance de cualquiera.
Bueno, es una de las teorías, yo discrepo un poco de ella, pero son lo que se dice, no estarían (n.t.: ininteligible), claro, si, si yo te facilito una cosa, y si no es por mí la puedes conseguir de otra manera, yo no soy un colaborador necesario, a parte de que no tengo móvil, etcétera, etcétera, no estarían, sentencia del 19 del 5 del 95, no estarían al alcance de cualquiera. Uno coge la, informe, informe de la policía sobre el tema, lo vimos aquí, dice la mina está por allí, y dice, y cualquiera puede coger la dinamita que quiera, usa esa palabra, cualquiera podría coger. Y yo ya hablé antes, que no en mina Conchita, en Farandón y en no sé dónde, en todas las minas que andan por ahí, cualquiera podría cogerlo. Luego no se cumple el requisito objetivo material, ya no el subjetivo del dolo y del concierto de voluntades, de que: voy a suponer que él participó, colaboró, en el asunto de la dinamita diciéndole al Chino que allí había una cosa, que no cogiendo.
Bueno, se me había olvidado decir, en ese cúmulo de barbaridades que dijeron Iván Granados y Gabriel Montoya, el ministerio fiscal recoge en su escrito una frase que yo no me atrevo a calificar, dice: y no solamente le dijo de la dinamita si no que el Gitanillo, eso demuestra la maldad de Trashorras, le dijo, y no te olvides, de los puntas y, y los clavos.
Bueno, la policía que hizo la inspección dice allí no había puntas, ni clavos, ni tornillos, ni nada. En la mina no se usan, en la mina no se usan, pero es que además, hay un informe en los autos, hay un informe en los autos, voy a citar un folio, aquí todo el mundo cita folios, 73209 y siguientes, queda muy bien citar un folio en los autos, que dice: análisis de los clavos, dice: se recogen en toda la mina tres clavos, de distinta, que hay por allí, y dice: no tiene nada que ver con los que estaban en los trenes, no tiene nada que ver, hay un informe aquí, y está, hay unos preciosos gráficos, eso sí, los gráficos de la policía los hacen preciosos, no tienen nada que ver, los clavos que se encontraron, los pocos clavos, los clavos que podrían constituir la metralla de ese asunto, que, de los trenes, no tienen nada que ver con los tres que se recogieron en la mina, y que no tiene nada que ver con esto, dice el ... Y al ministerio fiscal le parece un hecho fundamental, que fíjense ustedes, si este hombre depravado, sino que le dijo, no solamente coges la dinamita, mételes clavos, a ver si estallan de una vez. Pero hombre por favor.
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Pues bien, esa es la teoría de la cooperación necesaria, ¿en qué cooperó?, porque vuelvo a decir, el hecho concreto, es que cualquiera, no hacía falta Emilio, para que el Chino cogiera dinamita, pero desde luego no sabía que el Chino era un terrorista, no sabía qué había detrás del Chino, no conocía a nadie, vuelvo a decir, ¿y por qué digo yo que Emilio no sabía?, y ahí llegamos a otro punto maravilloso de este sumario.
En su momento, aparece en el sumario algo que hemos venido llamando, yo mismo, ¿por qué lo llamaré yo así?, la detención de Emilio. ¿Por qué la detención?, aquella amable conversación voluntaria que tuvo, y que por cierto nunca llegué a enterarme cuando le detuvieron, quién dio la orden, y por qué le detuvieron. Ese es un tema también teórico, con el que tendré que discutir con la presidencia en algún congreso algún día. Yo creo que sí, creo porque en aplicación del reglamento policial, no se puede detener a un señor porque me parece usted malo y sospechoso, le detengo porque, le, le digo que está usted cometiendo este delito, o le digo a usted que participó usted en este tipo de delito. Pero bueno eso es otra cosa, nunca llegamos a saberlo, nunca llegamos a saberlo.
Pero en esa llamada de atención que termina, que termina, cogiendo los tres policías, no quiero entrar en eso, de distintas cosas, uno de la UCI, otro de, de, del, de la policía de investigación, que termina. Manolón, Parrilla y el otro, no me acuerdo cómo se llama, que termina con los tres policías bajando con Emilio a Madrid y yendo a Morata de Tajuña, no a la comisaría de policía, ni al juzgado de guardia, y yendo a Morata de Tajuña, En ese, no sé cómo llamarle, en ese corrupto papel que aparece en el sumario, porque en mi opinión, no tiene más que un nombre, es una corruptela, no, es que no es, un, un, un informe, es un, es una nota interna, las notas internas se las dan a cualquiera, mañana te llamo y dice oye destruye la nota interna, pero como si es una nota interna no, no sabemos lo que es. En ese corrupto papel que incluso uno de los, de los policías, dice, no, no, pues, pues yo no, no me acuerdo de haberlo dicho, además yo no lo hice, ¿está firmado por mí? Dice no está firmada por nadie, no me acuerdo, en ese corrupto papel que son las notas internas que los tres policías, que están en ese acto voluntario con Emilio, en ese acto con Emilio, dicen cosa como ésta, dicen cosas como ésta: Emilio, Gamonal policía 15540, Emilio nos informa que conoce unos moros, que por lo que él sabe podrían estar relacionados con el asunt... con los asuntos de Madrid, con el asuntos de Madrid, dice, continua Gamonal en esa entorna, en es nota interna y dice, y trato de investigar si tiene relación con, con el asunto, con, con el hecho, o con la organización, dice esa palabra, y dice, dice: llego a la conclusión de que tenía con el Chino una relación personal en el tráfico de drogas en modo alguno orgánica. Eso es lo que dice la nota, está ahí. Y, y continua más adelante, nos informe que cómo sabía que el Chino había estado por allí, y dice: y ya había informado a Manolón de esto, una vez que ocurrieron los atentados, pensó que podrían estar relacionados con lo que el Chino se había llevado, eso, eso es lo que está informando la policía, de esa reunión con Emilio, ese es uno, el 15540. Y el 23599 es Parrilla, dice, nos informa Manolón de las sospechas que le había dejado caer Emilio el mismo día once, porque es verdad, que Emilio llama a Manolón y dijo ¿oye estás viendo la tele? ¿Oye no será uno de los moros?. Hay que leer la declaración de Manolón, que dice Manolón, no, yo le dije, no hombre, si lo dice la radio, esos son los de ETA, lo de los moros no tiene nada que ver con esto.
Yo no entro en esa lucha, por lo que yo estoy desvinculado. Eso es lo que dice Manolón, eso lo dijo Manolón a Emilio el dia 11. Y dice Parrilla, 23599, nos informa de eso, y dice Parrilla, he tomado cua, cuatro frases, Emilio en esta conversación está colaborando con nosotros, e insiste en que se aclare este asunto. He llegado a la conclusión que en ningún momento Emilio ha estado metido en la trama de los implosivos. Nos invita, no, le invitamos, perdón, le invitamos a que nos acompañe, le invitamos a que nos acompañe y dice que no tiene inconveniente a intentar localizar la casa de Morata de Tajuña, y termina diciendo: no tengo dudas de que Trashorras está colaborando con nosotros. Eso está ahí, entonces vuelvo a la teoría de la, de la cooperación necesaria, pero si hace falta saber, si hay que saber con qué se está colaborando, si yo tengo que saber, para que se me acuse a mí de colaborar con ese señor y ser autor de lo que él hace, yo tengo que tener concierto de voluntades y el dolo específico orientado a cometer esos actos, y eso está en autos. Y es sorprendente, que el otro el de la UCI, que no figura en la misma, en la misma declaración, ni vino el mismo día, sino que vino de testigo, ésta es otra, bueno, digo de testigo, vino de perito, bueno eh, al de la UCI, le pregunté lo mismo. Y le dije, oiga ¿usted era el de la UCI?, sí, y, y ¿Emilio colaboró?, sí, sí. Lo dijo muy a regañadientes, sí, sí, nos dijo, sí, ¿estaba colaborando?, dijo sí estaba colaborando, ¿y les dijo a ustedes lo que había?, ¿qué sabía de los Chinos?, sí, sí...
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En definitiva colaboraba, entonces él se dio cuenta, el señor Astorga, haciendo caer en un, en una, entre comillas trampa, dijo bueno sí, colaboraba pero es un depravado, recordará la sala, es el derecho penal de autor, qué más da lo que haga, es un depravado.
Bueno, por lo tanto yo digo que sea lo que sea, sea lo que sea, dígase lo que se quiera, yo no sé qué hay probado, en torno a esto, no he llegado a saber, Emilio dice, y lo dijo, lo repitió muchas veces, yo le dije al Chino, le dije al Chino lo de las minas, y se lo dije a Manolón, y lo dije a los otros y tal, cómo me pueden meter a mí en este asunto, eh, bueno, esa, esa relación, como quiera calificarse, podrá ser, de cualquier manera jurídica, menos de colaboración necesaria. Es suministro de explosivos, yo hice, hice una alternativa, me molesta llamarle alternativa, porque es un error, en mi modo de ver del procedimiento, porque una alternativa es de alter, uno u otro, eh, me da lo mismo ésta que ésta. No, no me da lo mismo, yo quiero ésta y a, y a falta de ésta, ésta, ésa es una subsidiaria, pero el código penal llama una alternativa, puede usted hacer una alternativa, vale, pues le llamo una alternativa. Yo hice una alternativa, dice mire, todo lo más que se puede decir de Emilio Suárez Trashorras, es que por una vía indirecta, que si usted la quiere calificar de directa, se lo acepto, suministró o le dio datos al Chino para que se hiciera con los explosivos. Pero de ahí a colaborador necesario falta absolutamente todos los requisitos. Y no hay ningún dato fáctico, porque ya dijimos que los que había son los que dicen el Gitanillo e Iván Granados, que ya acabamos de mencionar. Por lo tanto colaboración necesaria, por Dios olvidémonos que en derecho, yo he venido aquí, aunque no lo parezca a hablar de derecho, pues no hay colaboración necesaria.
Luego, y, por, no nos olvidemos eh, esto no es una cuestión puramente teórica, por colaboración necesaria a este señor, yo prefiero llamarle persona, que es mi cliente, le piden más de 38 mil años, esto no es una cuestión teórica, esto es una cuestión importante, además se le acusa del apartado f, colaboración con organización terrorista, el artículo 576, bueno yo ya he dicho antes, lo que en el terreno de la hipótesis doctrinal opino del, no opino yo, opina la doctrina, pero el hecho es que está ahí, este tribunal tiene que aplicarlo, porque el tribunal tiene que aplicar la ley.
Bueno, lo que sí es cierto es que toda la doctrina está de acuerdo, hay una vieja sentencia, sentencia de 27.3 de, perdón, perdón, no. La sentencia de 5 del 11 del 2003, eh y que luego cita muchas, otras, hay una más reciente, la sentencia de 27 del 3 del 07, muy reciente, de la sección primera, eh bueno, todas las sentencias, toda la doctrina está de acuerdo que el tipo del 576 requiere una serie de requisitos, entre ellos, entre ellos, ¿qué? Primero: que el individuo no sea integrante. Bueno afortunadamente, Emilio nadie dice eh, que sea integrante de una banda armada, eh, no, no estaba en el gráfico que salió ahí, tal, da una cierta tranquilidad, que le dice, que no sea integrante, y que sus actos eh, para colaborar hay que hacer unos actos, que sus actos no estén causalmente conectados con la producción de un resultado delictivo concreto. A uno no le pueden acusar de este acto, de éste, y decir que por éste es parte de la banda, a lo mejor hay otros, porque se puede hacer una perfecta distinción, estos son los actos, ser parte de una banda es una cosa, y, y, y el bien jurídico atacable, bueno todas esas historias es uno. Es que a Emilio le acusa de una cosa, hacer un acto en, en relación con esto concreto, el atentado terrorista. O una de dos, o le acusan de eso o le acusan de lo otro, de las dos no puede ser, de las dos no puede ser. Pero es que además, aun siendo así, en esa, hay un, en esa sentencia que he citado, hay un bonito razonamiento, muy bonito, técnicamente hablando, del Tribunal Supremo, eh, sobre cómo se interpreta el, el artículo 8 del concurso de normas, y cuál esa, esa regla tercera, creo que es la tercera, sí, la tercera, que es la que llamamos la regla de la absorción, la regla de la absorción, un, un hecho estaría absorbido por el otro.
Bueno, pero con independencia de eso, de ese tema teórico, hay otra cosa, en esa misma sentencia, y en otras muchas, el Aranzadi, el Tribunal Supremo dice otra cosa, no solamente requiere eso, se requiere conciencia y voluntad de prestar ayuda y apoyo a una banda terrorista. Emilio, jamás hubo, supo que Mowgli tenía una banda ni que era un terrorista, era un delincuente de hachís. Va, cosnc..., bueno lo dijimos, Manolón lo dijo, cuando ocurrieron los..., anda, oye, el Chino ése era más de lo que parecía. Lo dice Manolón aquí, que le llamó ese día, conciencia y voluntad de prestar apoyo a una banda terrorista, ni conocía a nadie en la banda, nadie, ni nadie..., si había una banda ¿eh?, pero bueno no, no es mi tema, ni nadie le conocía a él. Entonces ¿cómo se le puede acusar de organización terrorista, del 576?, En otra vieja sentencia también que aquí está, eh, se dice, 20 de julio del 99, se dice:
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El hecho de que se tenga conciencia de que existe una banda terrorista y se colabore conscientemente de, de ello dota a esta estructura de una figura dolosa. Y yo pregunto: ¿dónde está el dolo de este señor para que le podamos achacar este asunto?
Pero también se nos acusa de otro, del 515 primero y 517 primero, asociación ilícita. Bueno, ya sabemos que la asociación ilícita son delitos de características formales, que se suele decir de naturaleza pasiva, que la mera constitución de una asociación. Bueno, pero, có… yo no llegue a saber por el escrito del fiscal, ¿no sé si le acusa de asociación ilícita por lo de las bombas o por lo del hachís?, pero si lo del hachís aquí no estamos hablando. Es lo de las bombas, pues es ¿asociación ilícita?, ¿o es organización terrorista?, ¿o la asociación ilícita?, ¿la organización terrorista es de ese cristal pa’llí?, ¿y la asociación ilícita es de esta cristal pa’quí?, ¿es eso la asociación ilícita?, ¿la asociación ilícita es esa asociación que tenía él con estos muchachos de Avilés?
Yo, el ministerio fiscal se limitó a decir una cosa, dijo, mire la asociación ilícita viene dada ya, porque ya tenían una asociación ilícita desde el caso Pípol. Vuelvo a decirle lo mismo, señora Fiscal, aquí está la sentencia del caso Pípol, y usted la conoce tan bien como yo, o mejor, ha tenido más tiempo para leerla, o mejor, aquí se dice que no hay asociación ilícita, les absuelven de eso, y dicen que no hay organización delictiva, y que no le ponen el tipo agravado de organización porque no hay una organización delictiva. Y esto es lo misma que eso, ¿pero cuál es la organización delictiva?, una banda, jerarquizada, organizada, con carácter permanente. Alguien dijo aquí, por Dios no se me tome como una ofensa, tres pringaos que llevaban por una pizza una bolsa no sé dónde, ¿pero cuál es la organización?, ¿dónde está el contenido?, ¿el núcleo asociativo, jerarquizado?, con, con, caracterización de funciones, etcétera, etcétera, y no esporádica, por descontado.
Bueno, me limito a la sentencia 12.3.92, es un caso muy, muy similar, que por ahí está también.
De qué más se nos acusa, también, no podía ser menos, del 573 y del 568, tenencia y transporte de explosivos. Nosotros ni tuvimos, ni transportamos, pero no dudo, eh, no dudo, eh, que pueda intuirse de alguna manera el tipo que configura el objeto de este delito, entrañe, en una interpretación, que dudo mucho que pueda hacerse extensiva en el derecho penal, el suministro, enlaza cualquier tipo de suministro. Si es así, por descontado, nunca podría ser, al servicio de bandas armadas, por lo mismo que he dicho, que he dicho, por lo mismo que he dicho, que el de bandas armadas no sabe nada. Era un, un traficante de hachís, vuelvo a lo primero, porque estaba allí mandado para controlar el tema, ese es el problema, ese es el problema de los confidentes y de los delitos provocados, pero ya no quiero hablar de eso.
Pero yo podría aceptar, dice, oiga señor letrado, señor letrado, no se puede venir aquí, con un señor acusado de ocho delitos y 40 mil años y decirle usted a la sala, dice oiga por favor, haga el favor de soltarle y pídanle disculpas, bueno a lo mejor, evidentemente este es el problema de meter a esta gente con las bandas, que ahí, pues se trafica con el hachís, y ahora me das, y ahora te doy, y no se sabe donde va, por cierto, alguien se acuerda que no hace dos meses, se incoo, y se está incoando en la propia audiencia nacional un procedimiento, porque un policía estaba no sé qué, quería meter en jaleo a no sé qué señora y le encontró dinamita, y que casualidad, del número y la serie de la Goma2-ECO de mina Conchita, no se acuerdan señoría, ahí está, ¿que pasó con esa dinamita?, es uno de esos grandes problemas, alguien trajo dinamita, ¿y a dónde fue?, ¿y quién se la quedó?, ¿y qué pasa con eso? El confidente y no sé qué, pues por ahí anda la dinamita, por ahí la encontró alguien, un juez, afortunadamente, y era la misma, y del mismo número. Bueno, pues en ese maremágnum, bueno, pues a lo mejor Emilio, metido en este asunto, puede decirse que de alguna manera suministró, facilitó, no a una banda armada, sino a un delincuente común, para él era el Chino eso, bueno, pues a lo mejor ahí, subsidiariamente, alternativamente, dice la ley podríamos encajar, lo que ya es un disparate es que se nos acuse del apartado m, robo de vehículo de motor ajeno. Bueno, en no sé qué sitio de Madrid, se roba un Toyota Corolla, el Chino sube a Oviedo con el Toyota Corolla, se lo trata de vender a Emilio, se lo trata de vender a Emilio, Emilio dice te lo compro y Emilio coge la documentación y la lleva a tráfico, ahí está el papel oficial de tráfico y dice, oiga con esta documentación oficial que me hagan esto, el Toyota Corolla venía muy deteriorado.
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Y… y se dice en la descripción, dice con las, con las placas de matrícula estropeadas, dice y que me hagan unas placas nuevas, y Emilio va a un taller, a un taller oficial, y cubre un papel, que le dan en tráfico, es el papel de tráfico, para hacer placas nuevas de este vehículo y hacen las placas y se las ponen, que casualidad. Cuando llega el momento de hacer la transferencia, el Chino le da un documento falso, y Emilio le dice, no gra..., no mira no, no te lo compro, y se lo da a Manolón. El documento falso, el documento falso, lo sabemos porque está en autos, su señoría lo sacó aquí y lo puso en la pantalla, no sé cuántos Ben Salam, porque es el mismo que el Chino llevó en su camino con el Toyota Corolla de vuelta, Emilio no se lo compró, y le pusieron una multa. Por cierto que casualidad que la señora que era la propietaria, vino aquí y dijo, vino un policía y me dijo ¿a usted le robaron un Toyota Corolla?, le pusimos una multa a un moro que se llamaba tal y a un señor eh, eh, a un asturiano que se llama Suárez Trashorras, y la señora lo dijo, y no lo dijo aquí, me dijo el policía que Suárez Trashorras y tal, y lo multa no está a nombre de Suárez Trashorras, está a nombre del documento falso del Chino.
De tal manera que alguien roba un, un, un coche, jamás dice el, el, la, el relato de hechos del ministerio fiscal, Emilio lo robó en tal sitio, a tal hora, de tal manera, dice bueno, pues si es así, robo de vehículo de motor, artículo 237, 240 y no sé cuántos más, y falsificación de placas de matrícula 390. ¿Pero cómo?, ¿pero qué dice?, si la matrícula la pidió a tráfico, ahí está el papel, yo qué sé de eso, es decir ya puestos en ese asunto, yo no sé, ya le decía yo, a Emilio en su día, mire usted señor, dese usted con un canto en los dientes que no es usted auxilio a suicidas, que afortunadamente no me tengo que ocupar de ese asunto, afortunadamente, porque él no es mi asunto. Bueno pues en todo este asunto y con lo que ya he dicho, tengo que decir algo todavía en derecho, que es, que esta parte ha alegado una eximente, en su caso atenuante, de trastorno mental. No sé, es más, apareció por ahí, como es su obligación, en alguna prensa, hay alguna gente que opina, porque tiene derecho y obligación de opinar de eso, es que quieren hacerlo pasar por loco, es que es una maniobra hábil del abogado que quiere que sea loco, y tal, por qué. No, no mire, yo no quiero hacer pasar por loco a nadie, yo no quiero hacer pasar por loco a nadie, me limito a hacer una cosa señoría, me limito a decir una cosa, señoría, le voy a decir que en autos está la certificación de la seguridad social, la certificación de que cuando Emilio trabajaba en mina Conchita, las bajas que tuvo, las bajas que tuvo por enfermedad mental, y cómo, definitivamente, después de una larga baja que va del 2001 al primer, al primer mes del 2002, porque es esa baja de los laborales, de los 18 meses y no sé qué, yo de eso no entiendo nada, eh, le dan la baja definitiva, y dice, esquizofrenia paranoide, dice la baja de Emilio Suárez Trashorras, y lo tiene ahí su señoría. Bueno, luego por lo tanto, no es que yo me invente una cosa a favor de mi cliente, a ver qué me saco de la manga para sacarle de este apuro. Es que está desde el primer momento, pre sigue esa baja la seguridad social lo manda a las comisiones ésas de valoración, y salvo que el estado sea prevaricador, y no me atrevería a decirlo jamás delante de los abogados del Estado, el estado le da una incapacidad permanente en grado de absoluta por minusvalía psíquica y le da una pensión. Y yo no creo que el Estado esté para dar pensiones a gente que no las tenga.
Por lo tanto no me lo saco yo de la manga, Emilio tiene eso, pero si es peor señoría, es que es peor, es que como corresponde a toda incapacidad permanente y absoluta y a una pensión, tenía una incapacidad que se le da en su día del 57 por cien y en febrero del 2006, le corresponde una revisión, y los médicos de la comisión de la seguridad social le ven y dice, se está agravando, hay que subirle el grado de deficiencia, y se lo suben del 57 al 65, y le suben la pensión. Esto no se lo digo yo porque es mi cliente y, no, no, es que lo dice el Estado qué le voy a hacer.
Bueno, pues con todas estas resulta de que celebramos aquí la, la que yo digo, junto con la de, de los peritos de, de, de los explosivos la auténtica pericial. Lo he visto en la prensa, lo vuelvo a decir están en su derecho, claro traen unos peritos que les pagan, no, buf, les pagan a los peritos o a los magistrados, a los abogados, a todos, no vamos a hacer el trabajo gratis. Pero por qué a los peritos les pagan ya quiere decir que nosotros tenemos que decir no, a éstos que les pagan tienen que decir lo que dice el que le paga, ¿y al que le paga el Estado qué tiene que decir, lo que le dice el Estado? Porque a los otros peritos también les paga el Estado digo yo, o vinieron gratis et amore, que decían mis queridos amigos los romanos, no, no, entonces claro, es que además es un desconocimiento absoluto.
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Hoy se tiene a la moderna doctrina, yo no estoy muy de acuerdo pero se tiende, eh, a que los peritos, hemos hecho una reforma importante, la reforma del año 2000 de la ley de enjuiciamiento, sean peritos de parte, yo, eso me rechinó siempre, es una cosa que me cae un poco mal, eh, yo siempre preferí peritos judiciales pero bueno, ¿y por eso vamos a desconfiar?, no, no si los peritos son eso.
Pero aquí estuvieron, los dos forenses y los dos peritos que propuso esta parte, y dijeron, primero, los dos forenses nos dijeron que ellos no eran psiquiatras, y perfecto, pero lo que estaban haciendo era una pericial psiquiátrica, y yo les pregunté, y le hicieron ustedes las pruebas psicosociométricas, dijeron, no, tuvimos una pequeña conversación con ellos. Y a un señor que está incapacitado permanente absoluto, con una minusvalía psíquica, el señor forense no le interesa, dice no, está bien, está normal. Y a mí no me parece normal, y espero que a este tribunal tampoco, porque aquí vinieron los que yo tengo que traer, ¿quién?, el que le trató ocho años, el, el psiquiatra que le trató ocho años. Y aquí estuvo, y el tribunal tuvo oportunidad de verlo y de oírle, y el psiquiatra que le trató, a una pregunta del presidente del tribunal, mucha gente no lo entendió, dice, y usted cree que su capacidad y..., me hizo mucha gracia porque, he leído en algún sitio, he leído, y a mi me hicieron la pregunta, ¿oiga este señor es inteligente o es tonto?, ¿y sabe distinguir el bien y el mal? …Eh, si ésas no son las preguntas que hay que hacer, eso está mal enfocado, pues claro hay una sentencia del Tribunal Supremo, me parece que también está ahí, hay una sentencia del Tribunal Supremo que dice, que dice, hace un análisis a fondo del asunto y dice, no, no, hay que partir de la base que los señores que tienen este tipo de problema, este tipo de psicosis, ahora voy a decir cuál, no por eso dejan de ser inteligentes, eso no afecta a su capacidad intelectiva, tienen otra concepción del bien y el mal, saben distinguir, tienen otra concepción distinta, sus parámetros son diferentes ahora hablaré de esto. Eh, pero trajo aquí, al perito que era el psiquiatra de toda la vida, y ese perito le dijo a su señoría, sabe mal, bueno a veces tiene, lo que pasa es que es así lo (n.t.: ininteligible), la capacidad volitiva a mi modo de ver muchas veces nula, y su señoría se quedó así, y le preguntó al otro. ¿Y quién era el otro?, bueno, el otro era, seguramente, bueno catedrático de psiquiatría de la universidad de Oviedo, no pude traer otro, de verdad no encuentro otro mejor, y además sus compañeros le podrán informar, el perito de más fama forense en aquella zona. El perito además, me gustó una cosa, yo comentaba luego con el señor presidente, fue, hacía años que no veía una pericial tan perfecta, tan correcta como fue aquí. Eso es la pericial de verdad, unos señores, no pretendiendo decirle al tribunal tiene esto o tiene está incapacitado, o no sabe lo que hace, no, no, diciendo técnicamente lo que tenían ellos.
No eran, lo que decía yo antes los jueces apolíticos, no, no, ellos informaban al tribunal y ustedes dirán cómo se califica jurídicamente y qué valor jurídico le da a eso. Y el perito, doctor Bodes le dijo, el presidente no sé, quería, le estrujó, perdóneseme la expresión, pero bueno ¿usted qué?, ¿pero él sabe lo que hace?, ¿pero es un enfermo mental? ¿Siendo un enfermo mental conoce?, y el perito, pues mire qué quiere que le diga, es un enfermo mental grave, y conoce y unas veces conoce y otras veces no conoce, yo le digo lo que tiene, y esto es lo que hay.
¿Y qué es lo que tiene?, bueno, pues verán, con todos estos antecedentes, a mi modo hay en autos una cosa, el señor Suárez Trashorras ingresa en Alcalá-Meco, y el psiquiatra, doctor Vicente, conocido además de todos, de Alcalá-Meco, dice, ingresa un psicótico. Dice, tiene, es un psicótico, y un psicótico grave, trae esta medicación y se la voy a subir, tal cual, y le subió la medicación de psicótico, porque eso es lo que tiene, una psicosis endógena, por Dios, Madre de Dios.
Bueno, es una psicosis endógena que ya no solamente los médicos, sino también los juristas, el Tribunal Supremo, ha dicho, desemboca en ésa, que no es una enfermedad sino un conjunto de circunstancias que hemos venido en llamar, de una manera, seguramente errónea, dentro de los trastornos, la esquizofrenia, la esquizofrenia no es nada, como sabe perfectamente la sala. La esquizofrenia es una palabra que empleamos para unas situaciones, la esquizofrenia es una psicosis endógena que desemboca en muchas cosas, que desemboca en muchas cosas, y que incluso el Tribunal Supremo tiene dicha, tiene, tiene, tiene, estadios, estadíos, estadíos, que afectan fundamentalmente a las facultades volitivas, porque dice, dice sus facultades cognoscitivas pueden no estar alteradas, sus facultades intelectuales pueden conservarse, afectan a sus facultades volitivas, y a la facultad de querer
o no querer según los parámetros que él aplica al entorno.
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¿Porque qué es lo que hace? Él tiene otro entorno. Lo, lo, lo, los múltiples informes que hay aquí, los múltiples informes que hay aquí, dicen, se produce una escisión en la estructura de su personalidad. Hay mucha gente que me preguntaba, ¿oye qué le pasa hoy?, está en lo suyo, si es que es así, si es que es así, él tiene su decisión y su estructura de la personalidad, y le pasa eso, una vez está más medicado, el mismo, ¿oye tu cuando lo viste estaba medicado?, sí, ¿entonces cómo puedes saber lo que tenía?, le preguntó Bodes al, al forense, y eso es lo que pasa, tiene ahí, está ahí, y tiene una percepción distinta, tiene una escisión en la estructura de la personalidad, y esto permítame la sala que lo recalque mucho, porque esto ha creado, ha creado un cierto malestar en mucha gente frente a la persona de Emilio Suárez Trashorras, porque él da otro valor a las cosas que le rodean. Lo puede ver, y lo dice además el informe psiquiátrico de la prisión, dice: no sabe calibrar los entornos que le rodean, y la mayoría de ellos lo repele o le son ajenos. No son su problema, Emilio dijo aquí una cosa tremenda y la gente se erizó. Le preguntó, me parece que era un abogado de la acusación ¿y a usted que le parecen las víctimas?, y dijo, no me afectan, no quería decir que no le importan, no, no son su cosa. Ese es el ejemplo más claro de la estructura de la personalidad, de la ruptura, no es su problema. No quiere decir que no le afecta, pues claro que le afecta, Emilio y yo hablamos muchas veces y oiga pero qué me van a cargar a mí pero por Dios, esos señores, ésa es otra historia, ésa es otra historia.
Y aquello fue un, un detonante aquí, Emilio no, se lo dije yo, y no lo entendía, pero qué medice abogado, yo no quise decir eso, digo que eso no es un problema mío. Ésa, ésa es la psicosis endógena que llamamos patología de esquizofrenia paranoide. ¿Cuándo se da?, bueno, yo aquí también le pregunté al doctor Bodes, mire de todas estas, y la sala lo conoce, qué no va a conocer la sala también como yo o mejor. En determinados aspectos puede ser incluso una eximente, en otros grados puede ser una atenuante muy cualificada, número uno del 21, si no incluso una analógica, pero siempre dice el Tribunal Supremo es circunstancia que se aplica a los hechos. No es que no tenga nada que ver, es una circunstancia, de mayor
o de menor importancia, pero esa enfermedad conduce siempre a la pre… a la aplicación de la circunstancia, eximente o atenuante, el tribunal es el calificador. Pero claro yo tampoco quiero ser juez apodíctico, ustedes lo dirán, pero esa circunstancia, y a esa añadimos otra. Otra que se ha venido en llamar también, y meterle en ese cajón de sastre que no saco de las analógicas, que es la colaboración con la policía. Está súper probado en los actos que Emilio tiene de colaboración con la policía y esa también debería ser una atenuante.
Entonces, yo pienso, y permítame que me disculpe por la largura de mi discurso, yo pienso que en derecho, en derecho, que es para lo que este letrado está aquí sentado, no se ha podido probar que se dé ninguna de las circunstancias técnico jurídicas que requiere la ley para que se le imputen a Emilio determinados delitos, y mucho menos los graves delitos y la pena que se le piden, en derecho podríamos aceptar, que de alguna manera colaboró, no como colaborador necesario, sino en el termino colaborador material del suministro, que implicaría, alternativa o subsidiariamente la aplicación de la disposición correspondiente al delito de suministro, con las dos circunstancias eximentes o atenuantes.
Y vuelvo a decir señoría, lo pido en derecho, no pido que juzguen a este depravado, como dijo aquel señor, enlace entre los terroristas y la sociedad, no, no. Tengo la confianza, tengo la confianza porque estoy ante un tribunal de derecho, y si yo no creyera en los tribunales de derecho, me sacaba la toga y me iba y me dedicaba a otra cosa, por eso estoy aquí. Pero tengo la confianza además porque se da la circunstancia, se da la circunstancia de que esta misma audiencia, y qué casualidad, qué casualidad, un miembro, un dignísimo miembro de este tribunal, me dio una reconfortante dosis de creencia en el derecho el 23 de noviembre del 2006, ahí a la vuelta, ahí a la vuelta, cuando juzgando a un terrorista ya condenado por cuatro sentencias anteriores de terrorismo y que estaba organizando un follón, le dijo el tribunal, mire usted es un terrorista y no me dé la guerra con esas cosas, usted viene aquí por otro acto, y tenga usted en cuenta una cosa, le voy a juzgar en derecho, porque ayer le juzgue a usted en derecho y le absolví, porque a mí no me importa lo que usted sea, me importa lo que haga y cómo se califique en derecho, eso es exactamente aplicar el derecho penal en contra de esa nefasta teoría del derecho penal de autor. Y esa magnífica lección que está en una sentencia de 23 de noviembre y que agradezco al miembro de este tribunal, ésa es la que le pido yo a este tribunal. Muchísimas gracias.
GB: Gracias se interrumpe la vista hasta mañana a las diez de la mañana.