INFORME DE CONCLUSIONES DEFINITIVAS DE LA DEFENSA DE BASEL GHALYOUN.

  1. o En cursiva azul, las preguntas del Ministerio Fiscal y los abogados.

  2. o En normal negro, las respuestas.

  3. oLos comentarios del juez, comienzan por GB

  4. oEn rojo, lo que no se entiende bien y es de libre trascripción.

  5. o NOTA del Transcriptor (n.t.)

Nomenclatura de las partes que intervienen en el interrogatorio:

D ZOUGAM Defensa de Jamal Zougam y Basel Ghalyoun

GB Presidente del Tribunal – Gómez Bermúdez

I Imputado-Basel Ghalyoun

Informe de Conclusiones Definitivas. Defensa de Basel Ghalyoun.
00:00:00

GB: ¿Quiere auriculares?, Basel.

I: No, no.

GB: Bien. Se reanuda la sesión. La Defensa de Basel Ghalyoun tiene la palabra para informe. Cuando quiera.

D ZOUGAM: Sí, con la venia de la Sala. La Defensa de, de Basel Ghalyoun. Con la venia del Excelentísimo Tribunal, Ilustre Ministerio Fiscal, la Abogacía del Estado, de todos mis ilustres compañeros de acusación y defensa, con los cuales he tenido el honor de compartir desde el 15 de febrero, estrados en esta Sala, en unas condiciones, para esta defensa, a veces muy difíciles.

Quisiera en este momento, en este primer momento, sí, sí manifestar mi agradecimiento al personal de Secretaría de este Tribunal, incluyendo a Roberto, lo que no sabe secretaría, forma parte de la misma causa. También quisiera manifestar a las víctimas mi más profundo respeto y el de mi cliente, de Basel Ghalyoun, mis condolencias más sentidas y quiero que sepan, que si en algún momento, mi intervención como letrado en este procedimiento les ha podido importunar, desde luego, ha sido involuntariamente y les pido las más sinceras disculpas.

El 19 de marzo del 2004, a las once de la noche, este letrado recibía una llamada del Colegio de Abogados, del turno de oficio, para asistir a un detenido en la Comisaría General de Información. Me advirtieron que se trataba de uno de los detenidos, sospechosos de haber cometido el atentado del 11 de marzo. Se trataba de Abdelaziz Berrak, el célebre peluquero de Lavapiés. Posteriormente, el peluquero de Lavapiés fue, fueron retirados los cargos contra él y quedó en libertad. Más tarde, Basel Ghalyoun y Jamal Zougam creyeron oportuno, depositar su confianza en este letrado. Las pruebas contra Abdelaziz Berrak consistían entonces en que tenía una peluquería. En que a esa peluquería iban muchos musulmanes y que allí tenían una garrafa de agua de La Meca, de la que todos sus amigos bebían. La exégesis que realizó la Fiscalía y el Juez Instructor de aquellos datos, fueron que en la peluquería se realizaban reuniones de islamistas radicales para captar y adoctrinar en la Yihad, a muyaidines para mandarlos a hacer la Yihad en cualquier parte del mundo, incluida España. Y que el agua de La Meca, que había en la peluquería, sirvió para purificarse los terroristas, que cometieron los atentados del 11 de marzo, a través de un ritual basado en el Corán.

Después de este atractivo y espectacular arranque de la acusación contra Abdelaziz Berrak, toda la carga probatoria se diluyó y Berrak quedó libre. Creo que este sencillo ejemplo, ilustra bastante lo ocurrido bajo la Instrucción del Sumario 20/2004. Con estos mismos criterios, la acusación, el Ministerio Fiscal, y después las acusaciones particulares, han venido acusando a todos los procesados, sacando de la nada, acusaciones desmedidas. Allí donde hubiera cuatro musulmanes juntos, se instalaba la posibilidad de inventar esa historia acerca de sus conversaciones, de su manera de vivir, o de su manera de rezar. Si vivían juntos y cerca de una mezquita, como era el caso de Basel Ghalyoun, mucho peor pronóstico tenían.

Alguna acusación ha dicho que, que la Instrucción ha hecho historia, efectivamente, ha creado historias. Lo que ahora se llama novela histórica de ficción, ha mezclado La Meca con una peluquería, Asturias con Tetuán, de la Virgen del Coro con Bin Laden. Pero pruebas, lo que se dice pruebas, no existen, ni existirán. Porque todas una ilusión creada, para las elecciones del año 2004, en eso consiste, de acuerdo con el Ministerio Fiscal.

Recordaba esta defensa y sus conclusiones provisionales, que el Juez Instructor en su voto de procesamiento, venía a reconocer que la investigación no había sabido determinar, cuántas personas habían participado en el atentado, en el traslado y colocación de las bombas, la forma de distribución de las mismas en los trenes y los concretos medios de transporte utilizados para llegar hasta Alcalá de Henares.

00:04:37

El Juez Instructor sólo consideraba la celebérrima Kangoo. Ahora el informe de la Fiscalía y los de las Acusaciones que la secundan, dice que está todo claro. Que existen cientos de pruebas que confirman sus tesis. Existe un saco o un festival probatorio, para acreditar la culpabilidad, que la Instrucción no supo ver con tanta claridad.

Para, para demostrar, para respaldar esta pretendida claridad de las Acusaciones, las Acusaciones, la Fiscalía, no han tenido reparos en recurrir a todo tipo de cambios o mutaciones asombrosas en sus escritos iniciales de acusación. Y lo que no han podido mutar, lo mantienen contra toda lógica y demostraciones, hechas en Sala. No he escuchado ninguna novedad acusatoria, con base probatoria, durante las sesiones que se han desarrollado en este juicio oral. Yo sólo he escuchado disparatadas hipótesis, como las diversas teorías de la contaminación, a ver cuál cuela, conjeturas sin rigor, como el patrón de Vicálvaro, inventado a última hora para enterrar a Jamal Zougam en los trenes para siempre. Para evitar explicaciones como lo dicho, por entonces, por el General, Comisario General de Información, señor de la Morena, en referencia a los motivos de la detención de Jamal Zougam: “fue la mejor decisión de nuestras vidas”. Y desplome espectacular de muchas de las pruebas de cargo, como por ejemplo vale el reconocimiento de testificales, entre ellos los de mis clientes Jamal Zougam y Basel Ghalyoun. Ni una sola novedad acusatoria desde el punto de vista de los hechos.

La Fiscalía, las Acusaciones, pretenden convencernos sin argumentos, ni pruebas. Pretenden que la sociedad, realice un verdadero acto de fe, y que acepten sin rechistar su versión, porque da igual. Inventan teorías, gráficos y esquemas a cada momento, para que todo se encaje, porque en definitiva, para ellos, da igual. Lo importante es que sean condenados esos personajes de la pecera, como sea. Este pensamiento no es moral, ni legítimo, ni mucho menos legal. Unos sacan esquemas y diagramas, siempre extraídos del ordenador de un muerto. Y rellenan casillas con los nombres de los personajes, para que todo encaje.

De los cromatogramas de los explosivos, en cambio, no quieren oír ni hablar. Y no los sacan, ni exigen. Otros como no pueden explicar lo inexplicable, recurren a la cuarta trama, para justificar su propia acusación, para justificar las pruebas falsas sembradas por doquier. Y es claro, que si la cuarta clara, entiende esta acusación, ha colocado pruebas, estas pruebas son falsas, se mire como se mire. Sí o sí, desde cualquier punto de vista.

No obstante, y a pesar de esta reconocida menesterosidad argumental y probatoria, se piden para los procesados, decenas de miles de años de condena. Quieren una sentencia ejemplar, dura, sin pruebas, y sin saber nada de lo que ha ocurrido.

La Fiscalía ha rescatado del pasado, la sentencia del juicio de la colza, para convencer al Tribunal que este juicio tiene que resolverse como aquel. Aquel se resolvió mal. La sentencia del juicio de la colza, como todo el mundo ya sabe, no aclaró nada de lo que ocurrió. No se averiguó qué había causado el envenenamiento. Eso sí, se pagaron las indemnizaciones. Muy poca gente cree hoy en día, que aquel envenenamiento masivo, fuera provocado por el aceite de colza. Más bien piensan que fueron, fue provocado por tomates, órgano fosforados, según mantenían el eminente forense Luis Frontela, el doctor Muro Fernández que fue el primer médico que se encargó de tratar la epidemia, con los epidemiólogos, María Jesús Clavera y Javier Martínez.

Invoca sutilmente el Ministerio Fiscal, oscuros intereses generales. También denominados de Estado, para justificar su petición al Tribunal. Como en tantas ocasiones ha ocurrido en la reciente historia de España, en el caso de la colza, pero también en el caso del bar “El Descanso”, el asesinato de Carrero Blanco, el Hotel Corona de Aragón, los abogados de Atocha, o en el 23-F, por no remontarme al desastre de Annual. Esto no son intereses de Estado, es decir, de todos. Son intereses espurios de cloaca de Estado, España ya no es la democracia adolescente, y sabemos que el Estado somos todos. España no puede seguir ocultando sus tragedias, en virtudes eufemísticamente llamadas, intereses de Estado. España debe plantarse y salir al paso de sus demonios. O se volverá a repetir una atrocidad similar, cada vez con más frecuencia y cada vez de manera más cruel. No podemos tapar los crímenes con colza o malos, porque todo sale gratis para los de siempre y siempre acaban pagando los mismos. Las víctimas y el pueblo engañado.

00:09:43

Este país, además, tiene la insalubre costumbre de resolver sus grandes problemas, sus catástrofes nacionales con pseudos investigaciones pactadas, que terminan en informes tipo Picasso, tipo Turrón Negro, tipo Jáudenes, en las que sólo después de ser investigados, los que se investigan, esto sólo sirve para disfrazar la realidad y que la sociedad quede anestesiada por un tiempo. Pero al cabo del tiempo, vuelve a recrudecer.

Lo que plantea el Ministerio Fiscal en su primer alegato, no es más que despotismo democrático: “dejadme a mí, que lo que hago yo es por vuestro bien, pero sin vuestro conocimiento. Esto es lo mejor para vosotros, hacedme caso”. Pues no, esto ya no es así, ya no se permite la inmunidad y el paternalismo en la era de Internet. En el siglo XXI, estos comportamientos profundamente antidemocráticos, ya no son aceptados con tanta docilidad. Como antes, cuando España no era más que una cobaya internacional. Hemos crecido y no vamos a aceptar “el da igual”, guste o no guste.

En este sumario, ya se han producido otros tipos de informes, fenómenos parecidos a los anteriormente mencionados, como es el caso del ácido bórico, la detención de Parrilla, el caso Díaz de Mera, con el famoso informe perdido acerca de ETA, que sólo ha servido en este juicio para mandarse reproches unos a otros. Si ETA tuvo algo que ver con los atentados del 11 de marzo, estoy seguro que lo sabremos a no mucho tardar. Yo no sé si tuvo algo que ver, pero los abogados, como bien recordaba un letrado de la acusación hace poco, creemos poco en las casualidades. Y, acerca de esta cuestión, ha habido, unas cuantas contra investigación, como todo el mundo ha podido comprobar, aunque no lo quieran ver.

Decía alguien que la política hace extraños compañeros de viaje, o de cama. A partir de este juicio, deberemos también decir que los juicios también hacen extraños compañeros de viaje

o de cama. Aunque quizás la explicación, no se halle en el derecho, ni en el juicio. Sino que estribe que la política en su turbiedad nata, ya había convertido antes en compañeros de viaje, para este juicio, a los que luego se han manifestado como tales.

Ya sé que al Ministerio Fiscal y algunas Acusaciones, les molesta que se compare lo sucedido en este proceso con Guantánamo, o con los métodos desarrollados por Goebbels en la Alemania nazi, de modo que yo, me voy a inclinar más por Alabama en los años cincuenta, cuando los negros querían que se les reconocieran los mismos derechos que los blancos, por Alabama, en que los negros eran detenidos sin pruebas y encarcelados, por el mero hecho de ser negros y escuchar jazz. Las pruebas es lo de menos, luego se fabricaban.

Nadie puede discutir, nadie podía discutir arbitrarias acusaciones de la Policía y aparatos de justicia. Quien lo hiciera, era acusado, de inmediato, de antiamericano, comunista y conspirador. Los tiempos cambian y ahora te tachan de españolista, facha y conspirador. Quien defendía los derechos de los negros y se mezclara con ellos, quien osara cuestionarles ofensas policiales o judiciales, quien defendiera que se les dispensara un trato digno, y un juicio justo, era inmediatamente repudiado por la sociedad coral y constantemente. La sociedad que ya había condenado de antemano a todos los procesados.

Todos hemos visto películas de, de la problemática de Alabama y Mississippi, en los años cincuenta o sesenta, todos sabemos que la injusticia se extendió en los estados de América del Sur, los estados americanos del sur. Sabemos de linchamientos del Ku Klux Klan, de gobernadores y de sheriffs. Los americanos, lograron vencer aquella pandemia. ¿Lo lograremos nosotros? Somos una vieja y sabia nación, con una larga historia, que no debiera sucumbir a estas plagas de sectarismo irracional.

¿Se podría calificar la instrucción de este sumario de “limbo jurídico”?, pues habría mucho que discutir al respecto. Pero es evidente y ha quedado de manifiesto a lo largo de todo el juicio oral, que no se han respetado derechos procesales, de los procesados en muchos casos, ni se han observado prescripciones a la Ley de Enjuiciamiento Criminal. .

El pasado martes día 12, nos explicaba el representante del Ministerio Fiscal, de manera tan brillante, como equivocada y contradictoria, las razones por las que opinaba lo contrario que esta defensa, en cuanto a la Instrucción de la causa y su posible nulidad. Esta defensa modificó sus conclusiones provisionales en el escrito de definitivas, al entender, tras presenciar todas las sesiones de este juicio oral y escuchar a testigos y peritos, que el sumario incurre en numerosas causas de nulidad.

00:14:10

El sumario adolece de una grave enfermedad desde su principio, que ha ido extendiéndose como un cáncer provocando que su metástasis haya causado la nulidad absoluta de la investigación.

Se extraña el Ministerio Fiscal de la gran cantidad de causas de nulidad que esta defensa, en particular, ha percibido en la Instrucción. La explicación es muy sencilla, y al alcance de cualquier apasionado de la serie de Barrio Sésamo. Las defensas no han podido conocer ni han podido intervenir en las actuaciones, en la diligencia de prueba, en los interrogatorios, en nada, en ninguna actuación durante la Instrucción del sumario.

Esta falta de participación, esta falta de comunicación, este secreto extendido sobre todo el sumario, durante tanto tiempo, ha causado un grave, una grave indefensión a los procesados y se han visto vulnerados sus derechos garantizados por la Constitución.

No creo que Alonso Martínez, cuando quisiera convertir el secreto del sumario en una carta blanca, para alejar a de los abogados de la defensa de la Instrucción y dejar a los imputados sin recursos de defensa, cuando dibujaba así, en la exposición de motivos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo siguiente: “Es preciso en primer término, sustituir la marcha perezosa y lenta del actual procedimiento, por un sistema que dando amplitud a la defensa y garantía al acierto al fallo, asegure, sin embargo, la celeridad del juicio para la realización de dos fines, a cual más importantes. Que la suerte del ciudadano, no esté indefinidamente en su incierto, ni se le causen más vejaciones que las absolutamente indispensables para la averiguación del delito y el descubrimiento del verdadero delincuente; el otro es que la pena siga de cerca a la culpa para su debida eficacia y ejemplaridad”.

Es evidente que el espíritu de la ley no ha estado presente en la Instrucción del sumario, porque ya no es que la defensa haya disfrutado de amplitud, es que no ha dejado participar en ninguna actividad de la Instrucción. Y la incertidumbre del destino de los ciudadanos que nosotros representábamos, ha quedado sometida a un desconocimiento total, hasta el levantamiento del secreto del sumario. Ya muy cercana a la apertura del juicio oral.

Alguna acusación ha tenido la descortesía de acusar al contrario. Nos ha acusado de ausencia y pasividad durante la Instrucción. Cuando en realidad, es fácilmente comprobable, de que ha ocurrido todo lo contrario. Para las defensas, por lo tanto, era difícil saber o imaginar, entonces, cuando el secreto del sumario abarcaba todo, no digamos ya ponernos a impugnar, por ejemplo, que los únicos restos recogidos de los focos de explosión de los trenes, que facilitaría la Instrucción para su análisis, eran veintitrés muestras, previamente lavadas con agua y acetona, y otra muestra recogida en el tren de El Pozo, que milagrosamente, había llegado a Policía Científica sin adulterar.

Que se incineraron cientos de restos procedentes de los trenes, que enterraron toda la información sobre el explosivo utilizado. Que el señor Juan Jesús Sánchez-Manzano, Comisario General de TEDAX, ignoraba la materia policial, mediante la cual era su máximo responsable, y que no firmaba sus informes como perito, sino que solo daba su visto bueno.

Que el laboratorio químico de los TEDAX, lo componía una sola funcionaria química, y que ella realizó en solitario, todos los análisis sobre restos recogidos de explosiones, en lo que podría considerarse un trabajo titánico, digno de recompensa. Sino fuera, porque la sospecha derivada de su comportamiento, nos hacen pensar lo contrario. Que esta misma funcionaria, nunca quiso decir, ni poner por escrito, el resultado de los análisis que efectuaba, y ningún superior, ni la Instrucción, ni la Fiscalía se lo exigió. Que esta misma funcionaria no guardó los cromatogramas resultantes de las pruebas que efectuó. Que las destruyó y no dejó rastro. O que los trenes, según una última providencia resultante de esta Sala, fueron destruidos entre el 13 y 14 de abril, sin dejar lugar a las partes a oponernos, a decir algo, en contra o a favor, sobre esa medida.

Lógicamente, tras conocer todos estos datos y otros muchos que iré desgranado a lo largo del informe, podemos asegurar, de manera categórica, que la causa es nula, porque se ha prescindido total y absolutamente, de las normas esenciales del procedimiento establecidas en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Además de con infracción del principio de Audiencia, asistencia de defensa, que han provocado una indefensión de libro, de la que pueden percatarse hasta los fans menos aventajados de “Barrio Sésamo”.

00:18:37

Y por muchas sentencias escogidas de las bases no contaminadas de la Fiscalía, que pretende invocar el Ministerio Público, jamás podrán convencer a un Tribunal de lo contrario, porque si no, podemos coger la Ley de Enjuiciamiento Criminal y guardarla en un cajón.

En asombroso ditirambofacha argumental, el Ministerio Fiscal nos justificó el aseguramiento de pruebas, de manera ilegal, por parte de compañías privadas, como demostraremos más adelante, en el caso de telefonía, y en general, todo el tema relacionado con la telefonía, y disculpa la falta de conservación en depósitos adecuados de los restos y efectos recogidos en los trenes, por parte de la Policía de la autoridad judicial. Es decir, nos encontramos ante la paradoja, de que quienes tienen que cumplir el imperativo legal, no lo hacen, y de que quienes no lo tienen, a pesar del mal dato cuestionado genérico, lo hace. Son extremadamente diligentes y traspasan todos sus límites solamente por la llamada de un amigo. Este es el caso más ejemplar, acerca de este, de esta manera de actuar, es el del, el Jefe de la UCAO, Enrique García Castaño y su amigo José Domingo Ríos, Jefe de Seguridad de Amena, que a través de una llamada, organizaron todo, todo el entramado telefónico, que hoy sirve de sustento a la causa.

Señores del Ministerio Fiscal, si hay algo que no se puede exigir al Juez, es que actúe como un policía, y caricaturizaba, lo que según el Ministerio Fiscal pretendían que hubiese sido la actuación del Juez. Sabe perfectamente el Ministerio Fiscal, a qué se refiere esta defensa, cuando explica que el Juez Instructor, se ajuste a lo prescrito por la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en sus capítulos dedicados a la inspección ocular y al cuerpo del delito.

La misma, evidentemente, no dice nada acerca de que tenga que ser el Juez Instructor, quien recoja personalmente los efectos y restos de los focos de explosión. Lo que prescribe taxativamente, es que tiene de ser el Juez el que vele por su custodia, y los guarde en depósitos adecuados y también que los conservará hasta el juicio oral.

Qué dirá el Ministerio Fiscal, en otro caso, si fuera un acusado un asesino, y cuando llegaran al juicio oral, no tienen ni balas, ni revólver. ¿Daría, diría “da igual”? Estoy seguro de que no. Aunque el Ministerio Fiscal se ampare en Montesquieu, la Ley de Enjuiciamiento Criminal dice lo que dice en este caso, y esta defensa se ampara en su articulado, que rige para todos, en la jurisprudencia correspondiente, conocida por el Tribunal, para pedir la nulidad de actuaciones a este Tribunal.

En parecidos términos irónicos, se refirió a la petición de esta parte, en referencia al artículo 459 y su exigencia, de que firmaran dos peritos, los informes periciales, que obran en el sumario. Este cumplimiento, en virtud de la Ley de Enjuiciamiento Criminal sirve de excusa, si no existiera más de un, de, si existiera, si no existiera más de un perito en la plaza, que no es el caso que nos ocupa.

El caso de Madrid capital, evidentemente, no hay un solo perito en la plaza, aunque haya pasado más de cien años desde la ley de Enjuiciamiento, desde la ley adjetiva. Es evidente que el análisis de los explosivos utilizados en el mayor atentado terrorista de la historia de España y de Europa, merece más medios humanos y técnicos, que una solo perita química. Al menos, hubiese merecido trasladar a la Policía Científica esos restos recogidos en los trenes, para que pudiesen analizar todo aquello que para la atareadísima perito, era una incógnita que no conseguía desvelar. He de unirme en esta ocasión a lo, a lo ya expuesto por la acusación de Ayuda a las Víctimas, para recordar al Ministerio Fiscal, que la sentencia rescatada del año 99, referente a que los informes periciales, de laboratorios oficiales, pueden ser válidos con la única firma de un perito, no se puede aplicar a los informes emitidos por el laboratorio TEDAX, al no ser un laboratorio oficial.

Lo que tampoco entendemos es, por qué del laboratorio TEDAX, no llevaron las muestras al laboratorio oficial, que era el laboratorio de la Policía Científica. Laboratorio que ha sido marginado de la investigación desde su comienzo, nadie sabe bien por qué. Nadie nos lo ha podido explicar, y a todos nos sigue pareciendo insólito.

También tendrá el Tribunal, que no habiendo descubierto la perito química, más que componentes genéricos de dinamita, eso decía, tampoco se entiende muy bien, que no haya

00:23:13

trasladado la investigación a un laboratorio mucho más preparado técnicamente, como es el de la Policía Científica. Es evidente que la investigación fue frenada por alguien. Es evidente que alguien quiso que no se investigara más. Que no se analizara más. Alguien bloqueó el normal desarrollo de una investigación de este tipo, provocando una enorme indefensión a los procesados.

Hemos escuchado en esta Sala, en varias ocasiones, que primero se realiza un somero análisis de los explosivos en laboratorio TEDAX, y que luego se somete a un análisis, mucho más detallado, en los laboratorios de la Policía Científica, mucho más preparados técnicamente. Esto ha sido así, siempre. Y está documentado en el rollo que obra en Sala. No sabemos cuál fue la razón, que impidió que los atentados del 11 de marzo, esto fuera distinto, y nadie nos lo ha explicado.

Esto también lo conformó el señor Escribano en esta Sala, el perito de mayor antigüedad y prestigio, dentro de la Comisaría General de Policía Científica. Al que el Ministerio Fiscal, se ocupó aquel día de estigmatizar públicamente, por haber osado a decir la verdad en este proceso y no ceder a presiones, a las que fue sometido. El resultado de todo aquel embrollo montado por la Fiscalía sobre el ácido bórico, para desvincular a ETA del 11-M, fue el posterior procesamiento de sus superiores, entre ellos el recusado por esta parte, Comisario Santano, por falsificación de documentos oficiales. Y la marginación profesional de los peritos que no cedieron a las presiones, pues ha de contradecir órdenes, en una maniobra de la Policía, que no tiene nada que envidiar, a la política de Louissiana.

Comparaba el Ministerio Fiscal, la recusación de los peritos policiales nombrados por Santano, por parte de esta Defensa, con la de los agentes tributarios nombrados por Hacienda. Independientemente de que no es el mismo caso, porque no es lo mismo analizar explosivos, que analizar declaraciones de la renta, es evidente que la actuación de los peritosnombrados por Miguel Ángel Santano y su influencia sobre la pericia ha sido decisiva, que su actuación ha venido únicamente encaminada a respaldar la versión mantenida por la Fiscalía y abiertamente en contra del sentido común, como quedó de manifiesto en la pericial practicada ante esta Sala. Si hubiese prosperado la recusación de esta Defensa, posiblemente esta Sala y el Plenario, hubiese tenido la oportunidad de haber escuchado la teoría de la contaminación, y la teoría de la contaminación determinada.

El Ministerio Fiscal, no puede explicar los atentados del 11 de marzo acudiendo a la numerología. Por mucho que se escude en que han pasado 911 días, desde el 11 de septiembre del 2011, del 2001, es muy poco serio. Muy poco riguroso, y desde luego, muy poco legal. Este es uno de los principales argumentos de la acusación y tiene el mismo origen racional que los empleados en Alabama, para acusar y condenar negros injustamente. Es decir, son los culpables porque son musulmanes y como fueron musulmanes que realizaron los atentados del 11 de septiembre, no hay ninguna duda de que también fueron musulmanes los que realizaron los del 11 de marzo.

El Ministerio Fiscal nos ha vuelto a hablar del atentado de las Torres Gemelas, del atentado de Djerba, en Túnez, del de Bali, del de Bombay, del de Casablanca, del último de Londres. Ha sido retirada del catálogo verbal, el del World Trade Center, no sabemos por qué. El Ministerio Fiscal olvida que en todos estos casos, en todos estos atentados, tienen en común un elemento que no tienen, que no comparten con los atentados del 11 de marzo del 2004, en Madrid. Ese elemento esencial que caracteriza a los atentados islamistas, es la presencia de terroristas suicidas. Además los autores del atentado del 11 de septiembre, estuvieron siempre en contínuo contacto con Bin Laden. Y con la organización Al-Quaeda. Como se comprobó durante la investigación. Atta conocía a Bin Laden y se entrevistó con él con anterioridad a los atentados.

En el caso del atentado del 11 de marzo del 2004 de Madrid, no hay ningún procesado, ninguno que haya tenido contactos con Bin Laden, ni con nadie conocido por los servicios de Información o por los servicios amigos, de pertenecer a la organización de Al-Quaeda. En España, lo que nos han presentado para explicar la conexión con Al-Quaeda son unas muy oportunas lecturas de prensa noruegas, por parte de un miembro del Instituto ElCano, Haizam Fernández.

00:27:45

Las propias investigaciones de este miembro en Internet, acerca de Global Islamic Media, que luego desaparecen de modo mágico, para que no se pueda comprobar. Y los muchos más oportunos hallazgos, en los ordenadores de los muertos, de los mismos contenidos de esas webs.

Esta defensa entiende que todos esa explicación es sumamente artificial, y desde luego sin carga probatoria alguna, para la pretensión de la Fiscalía de acreditar la conexión de los procesados con Al-Quaeda, o con alguna organización similar.

Esta característica de la ausencia de terroristas suicidas, aunque hubiese voces que dijeran que existían en los trenes, luego se demostró que no, impedía en un primer momento la adjudicación del atentado a la organización terrorista Al Quaeda, o a algún acto paralelo. Entonces, se solucionó rápidamente a media mañana del 11 de marzo del 2004, hallando en una Kangoo, una cinta de mercadillo, con versos coránicos.

Esta claro que cuando más se profundiza la Instrucción, cuantas más pruebas se han ido practicando en el juicio oral, más evidente es que el último clavo lavado que la Fiscalía tiene para agarrarse, es sólo un número encerrado en otro número, que guarda otro número, que a su vez, esconde otro número. Como los recipientes del, en los que la funcionaria química 27602, asegura que guardaba las muestras lavadas con agua y acetona. Y es que me da igual cuál sea el explosivo que mató a ciento noventa y dos personas, e hirió a casi dos mil. No da igual. Al igual que no da igual, acusaron a los personajes detrás de un cristal, porque han sido ellos sin más, guste o no guste, en palabras de la Fiscalía.

Porque lo que para el Ministerio Fiscal son personajes de una obra de teatro que ellos dirigen, en realidad son también, seres humanos. Esos personajes son seres humanos de carne y hueso que no deben de ser condenados con argumentos tipo: “ha sido Goma2-ECO y vale ya”, “da igual qué explosivo haya sido”, o “guste o no guste, han sido estos personajes”. Argumentos como estos se han hallado a pares en la situación de Alabama de los años cincuenta. Esos personajes son seres humanos, y el Ministerio Fiscal no es Pirandello. Este sumario sólo se convirtió en un proceso legal, cuando llegó ante este Tribunal. Cuando los verdaderos personajes ante esta Sala, fueron saliendo a escena, desprendiéndose de la máscara, respondiendo a las preguntas de las partes y quedando al descubierto, muchas mentiras, falsedades, iniquidades, embelecos y trucos, de los que trufan desde el primer día el mayor atentado de la historia de España.

Dicen las acusaciones que esto no acaba aquí, y que habrá otros juicios para seguir investigando. Desgraciadamente los acusados, los procesados no pueden permitirse demorar la investigación. No tienen más oportunidad para esclarecer su inocencia, que ante esta Sala ante el Tribunal. Y su actitud, a lo largo del proceso, ha sido acreditado.

Se asombra el Ministerio Fiscal, de que los acusados, los acusados conozcan la causa, de que compartan con sus letrados, sus ideas, de que les manden notas, de que demuestren tanto interés en el juicio. Preferiría el Ministerio Fiscal su actitud preferiría el Ministerio Fiscal la patada, la falta de respeto Tribunal, el silencio absoluto. Solo durante la fase intermedia de este procedimiento y ante este Tribunal, han podido conocer los procesados por qué se les acusa y en base a qué. Esta defensa no entiende por qué molesta tanto la actitud colaboradora de los procesados en este procedimiento. Aunque casi la intuye, la participación activa de los procesados muestra una vez más su inocencia y les aleja del viejo y malvado terrorismo, porque hallen culpables, es evidente que mantendrían una actitud mucho más posible en este juicio.

Basel Ghalyoun y Jamal Zougam han demostrado desde el primer momento, desde el primer día de las sesiones de este juicio oral, y estoy seguro que lo harán hasta el final de este juicio oral, un profundo respeto por nuestras leyes, por el Tribunal, que tienen su futuro en sus manos. Por todas las partes aquí representadas, y por cada una de las personas que tienen a bien, presenciar en Sala, alguna de las sesiones.

Basel Ghalyoun y Jamal Zougam quisieron voluntariamente contestar a todas las partes durante el interrogatorio. Contestaron con educación a cualquier pregunta que se les fue realizada, que fueron muchas. Resolvieron dudas. Explicaron con todo lujo de detalles su vida y sus actividades.

00:32:19

Llevaban sus notas manuscritas para defenderse, evidentemente, en una causa de este volumen, es muy complicado defenderse, y mantuvieron una actitud colaboradora al máximo, a pesar de lo injusta que creen, que es su situación.

Cuando ayer escuché a un letrado de la acusación, acusar a Basel Ghalyoun, de silencio parcial, por no responderle a él, si el gorro que se encontró en Leganés, era el mismo que el de la persona que iba con el tren con gorro, me sorprendió. ¿Cómo espera el letrado que Basel Ghalyoun sepa si es el mismo gorro, si ha declarado repetitivamente que no estuvo en los trenes ni en Leganés?

De todas formas existen acusaciones que ni demostrando con un vídeo que el procesado estaba, al tiempo de los hechos, participando en el “Gran Hermano”, retiraría su acusación. De modo que es estéril intentar hacerles cambiar de opinión. El Ministerio habla, Fiscal, hablando del silencio de los procesados, habla de trasvase de maniobras entre el viejo y malvado terrorismo de ETA, y el nuevo y malvado terrorismo islamista, en referencia a las torturas y al silencio de los procesados.

Como ha escuchado el Ministerio Fiscal no ha existido trasvase alguno de estrategias. Basel Ghalyoun y Jamal Zougam han respondido a todas las preguntas. El Ministerio Fiscal habla de silencio, el único silencio que se percibe es el de la Instrucción, el silencio de su secreto, el silencio de su oscurantismo, la destrucción de trenes en silencio, los efectos recogidos silenciados, el silencio provocado por la obstrucción continua a la intervención de las defensas en el proceso instructor, el silencio de los procesados que no tienen intérprete para explicarse, el silencio atronador de muchos de los policías que dijeron: “juro defender a España” y que han olvidado todo lo ocurrido aquellos días, el silencio de amnesia de muchos de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que han prestado declaración ante esta Sala, en relación con aquellos hechos. A este juicio oral hemos llegado, y el Ministerio Fiscal exige al Tribunal que aplique la lógica y no la pericia, que aplique su lógica algebraica y desdeñosa, la numerología tan detalladamente explicada, que firme las condenas de los personajes, guste o no guste, porque han sido ellos. Como lo fueron en su día los negros en Alabama, por ser negros y escuchar jazz, entonces. Ahora por musulmanes y por rezar. Señala el Ministerio Fiscal, que guste o no guste, olvidándose, olvidando que las acusaciones se acredita con el deseo, sino con las pruebas, que la prueba pericial de explosivos, no ha aclarado nada, dice el Ministerio Fiscal, que ha sido inútil. Que ha complicado la tramoya.

Bien, si no ha aclarado nada, es que la Fiscalía no puede acreditar su acusación de ninguna forma. De lo contrario la pericia hubiese dejado cristalino, que lo que explotó en los trenes era Goma2-ECO. La carga de la prueba, la sigue ostentado la Fiscalía, por mucho que se intente invertir la carga de la prueba. La responsabilidad que no existan muestras que analizar, de que no existan trenes, de que se hayan quemado cientos de efectos hallados en los trenes, de que no se hayan hecho análisis detallados de las muestras recogidas en los trenes, corresponde a la Instrucción y a la Fiscalía.

Y esa responsabilidad no puede trasladarle, no pueden trasladarla a nadie y desentenderse de ella. Porque guste o no guste la pericia está ahí. Por si acaso, por si el Tribunal entendiera que la pericia sirvió de algo, el Ministerio Fiscal ofrece también, una explicación alternativa. Defiende que los resultados de la pericia son debidos a la contaminación de las muestras. El Ministerio Fiscal se sumerge en una hipótesis, dentro de otra hipótesis, dentro de un número, el 17.632, para argumentar que las escasas muestras, veintitrés, lavadas con agua y acetona, que quedaron de la explosión de doce bombas, han sido contaminadas por moléculas volátiles sin origen cierto, ni determinado, que aparecieron por arte de magia. Por arte de magia y por primera vez en la historia de los laboratorios policiales de este país. Debía de tratarse de un laboratorio mágico.

Aunque esta defensa no descarta que la contaminación no fuera tan mágica, y que fuese intervención humana, la explicación a tan extraña contaminación en el laboratorio. Es evidente, que los peritos de parte, no han estado presentes en el laboratorio, veinticuatro horas al día, durante todos los meses que duró la pericia, por las dificultades que atravesaron, por la actuación de los peritos recusados en su día. Ni siquiera estos peritos recusados en su día, estuvieron siempre presentes durante las veinticuatro horas del día.

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Por tanto, no se puede descartar la intervención humana en la contaminación. Máxime si tenemos en cuenta episodios, como el de la mochila de Vallecas. Los peritos lo único que dijeron en esta Sala, es que durante la pericia, es decir, durante la práctica de la pericia, mientras ensayaban allí, nadie contaminó de manera voluntaria las muestras. Y volvemos al mismo lugar anterior, ese mismo, es el Ministerio Fiscal, el que tiene que acreditar el foco de la contaminación, para demostrar su hipótesis, quien ha de acreditar cuál fue el foco de la contaminación y dónde se encontraba ese foco.

En la mina, en la fábrica, en el laboratorio TEDAX, o en el laboratorio mágico de la Científica. Y el Ministerio Fiscal no ha demostrado nada, sólo especula una y otra vez, para que los resultados de la pericia le gusten. Si le sale mal una hipótesis, pues tiene otra, a ver cuál compra. Admitir la teoría de la contaminación, un invento a posteriori creado ex profeso, para explicar unos resultados de pericia que no gustan, significaría convertir todos los procesos penales de este país, en un caos recurrido por doquier. Significaría que el sistema judicial de este país está viciado desde siempre. Que ninguna prueba procedente de un laboratorio policial, por muy homologado que esté, puede tenerse en consideración, pues puede haber ocurrido una contaminación.

Hemos escuchado a, en esta Sala a diversos técnicos policiales y policías, que una contaminación de esta manera, jamás se ha producido en un laboratorio policial. Hemos escuchado que se realizan revisiones e inspecciones de los laboratorios, precisamente para prevenir este tipo de circunstancias. Hemos escuchado que tras el 11 de marzo, tampoco se han producido otras contaminaciones. Y que se han efectuado revisiones e inspecciones, tras el 11 de marzo. Y que estas inspecciones no han detectado nada.

Hemos querido preguntar por el presunto origen de esta contaminación y no hemos logrado nuestro propósito. Los peritos de la Policía designados por el Comisario General, Miguel Ángel Santano, recusados por esta defensa, al inicio de la prueba, como ya he dicho antes, han cumplido los peores augurios. Han terminado agarrándose a otro clavo, igual de endeble, igual de patético que un número. En este caso, se agarran a la teoría de la contaminación indeterminada.

Los peritos nombrados por el comisario Santano, a los que posteriormente se han sumado, extrañamente, los de la Guardia Civil, se ha producido lo que suele llamarse en tintes sociales, el efecto Rosenthal. Que dice que es un hecho comprobado, que si un experimentador tiene una hipótesis respecto a lo que espera encontrar, obtendrá resultados que concuerden con esa hipótesis. También lo señaló Feyerabend, cada teoría produce su propia base empírica, incluso en el campo sensible de la visión, recordemos los experimentos de Ames, que se han desarrollado por Loftus, prevalece el concepto: “no creemos lo que vemos, sino creemos lo que creemos.” Las percepciones y las creencias tienden a reforzarse mutuamente. Cuando uno cree que algo es verdad, la percepción lo refuerza de modo selectivo. Estas ideas son fácilmente aplicables a los reconocimientos visuales, que analizaremos, de forma más detallada, en el informe de Jamal Zougam.

Es la llamada psicología del reconocimiento, que tan oportunamente trajo a colación, un letrado de la acusación. La actuación de los peritos nombrados por el comisario Santano en torno a la pericia, ha embarrado el terreno de juego, han querido inventar contaminaciones en fábrica que no trascendieron, porque la fábrica se negó a respaldar sus alocadas tesis. Han pretendido siempre, entiendo que a través del Ministerio Fiscal, que la explicación al hallazgo de nitroglicerina y DNT en la única muestra no lavada, que el Juzgado Central de Instrucción consiguió traer al juicio oral, sea debida a un supuesto amasamiento de Goma2ECO y Goma2-EC. Desprecia los certificados de MAXAM, documento aportado al rollo, fabricante de ambas gomas, que indica que la Goma2-EC dejó de fabricarse con nitroglicerina en el año 92. Da igual. Dice sin rubor que la Goma2 hallada en la bolsa de la Comisaría de Vallecas, procede de Mina Conchita. Nadie sabe por qué, cuál es la razón. A esta defensa sí le importa saber qué explosivo mató a ciento noventa y dos personas, e hirió a más de dos mil. También le importa a España y a estos personajes que el Ministerio Fiscal colocó en el papel de bufones de esta obra de Ionesco.

El Ministerio Fiscal y las Acusaciones tienen un problema, un problema, entendemos que muy serio e insalvable.

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Y es que la responsabilidad de que no existan más muestras sin lavar, recogidas de los focos de explosión, para haberles podido analizar en la pericia, descansa exclusivamente en el Juzgado Central de Instrucción número seis y en la Instrucción de la Fiscalía. La responsabilidad de que no existan esos análisis detallados, de lo encontrado en los focos de explosión, reposa también, exclusivamente, en el Juzgado Central de Instrucción y en la Fiscalía.

Todas las actuaciones y omisiones señaladas con anterioridad se fundamentan sólidamente, a juicio de esta defensa, de las causas de nulidad interesadas, artículo 334 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el 388 y el 326.

Para no repetir los argumentos de la exposición de mi ilustre compañero de acusación de Ayuda a las Víctimas del 11-M, también compartido con los argumentos expuestos porÁngeles Pedraza y otros, por la acusación de Ángeles Pedraza y otros, reitero los argumentos respecto a los resultados obtenidos en la pericia, salvo un extremo. Señala mi ilustre compañero que fue, que como salió el ftalato de dibutilo en la muestra uno, estallaron juntos Titadyne y Goma2-ECO. Esta defensa no puede estar de acuerdo con esta, con esta conclusión, porque concurre, debo advertirlo, en la misma contradicción que el Ministerio Fiscal, convirtiendo una hipótesis en una realidad. El ftalato de dibutilo es un componente químico, presente en numerosísimas cosas que tenemos alrededor, tal y como señalaron los peritos en Sala, que estuvieron aquí. Por ejemplo, en pinturas, en plásticos y estas dos materias se encontraban presentes en muchos de los elementos quemados, que formaban parte de los trenes. El ftalato de dibutilo no es, no es un componente exclusivo de la Goma2ECO, o de cualquier otro explosivo. Es un componente de muchísimos elementos que podemos encontrar en, normalmente. Por lo que inferir que sea ftalato de dibutilo, en el resto de muestras analizadas nos encontramos ante Goma2-ECO, nos parece una conclusión errónea tal y como en Sala ha quedado acreditado. Nosotros tenemos que decir que lo que sí se tendría que haber hallado en la muestra uno, para acreditar, sin lugar a dudas, que se trataba de Goma2-ECO, era carbonato cálcico, como materia inerte del explosivo, y exclusivo marcador de la Goma2-ECO. Y ahí no se halló carbonato cálcico. De modo que técnicamente es imposible acreditar, que ahí estallara Goma2-ECO con el Titadyne.

De todas formas, esta defensa tampoco entiende, también entiende que no ha quedado acreditado, que en los trenes estallara sólo dinamita. Y en las pruebas lavadas, a los efectos quemados y a los trenes, me remito. No ha podido descartarse por la pericia, posiblemente por tener a su disposición, muestras lavadas, que hubiese podido ser utilizado un explosivo militar, tipo C4, en los trenes.

La extrema debilidad de las pruebas concretas aportadas por el Ministerio Fiscal, en las conclusiones sobre Basel Ghalyoun, conducen inexorablemente a su libre absolución. Porque no existen pruebas de cargo contra Basel Ghalyoun, que le impliquen en los atentados del 11 de marzo, de ningunas de las maneras. Y los atentados del 11 de marzo es lo que estamos aquí juzgando. No hay rastro de él en ninguno de los escenarios, que considera el Ministerio Fiscal importantes, dentro de los hechos. A pesar de que ya en la Instrucción, el Juez Instructor estimó que los argumentos esgrimidos por esta defensa, expuestos detalladamente en las conclusiones provisionales y consideraba que Basel Ghalyoun no había participado, como autor material de los atentados, el Ministerio Fiscal no comparte dicha opinión y decidió acusarle en su escrito de calificaciones provisionales, como autor material. A pesar de las evidencias en su contra, puestas reiteradamente de manifiesto en la Instrucción, por esta defensa.

Esta diferencia de criterio fue una de las pocas que existió en la Instrucción, ante el Juez Instructor y el Ministerio Fiscal. El Ministerio Fiscal insistió en la autoría material de Basel Ghalyoun, ignorando los testimonios posteriores, de la testigo principal y única, que trata de poner la testigo protegido 620-04-B78, en la Sala. El testimonio de esa testigo no hizo más que corroborar la versión del Juez Instructor. La testigo no reconoció a Basel Ghalyoun, como la persona que vio en el tren, aquel 11 de marzo, a pesar del agresivo, capcioso y sugestivo interrogatorio, al que se vio sometida por el representante del Ministerio Fiscal. Cuya circunstancia, esta defensa se ve obligada a reflejar, ya que incluso llegó a falsear la realidad, para confundir al testigo, asegurando que dos de las fotos exhibidas, correspondían a distintas personas, cuando no era cierto.

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A preguntas del Ministerio Fiscal, la testigo aseguró, sin lugar a ningún género de dudas, que vio perfectamente la cara de la persona que viajaba en el tren con ella y su amiga. Que portaba una bolsa con algo pesado y circular en ella. Que esa persona vestía gorro y bufanda a juego, y abrigo negro, y que el tren iba lleno de gente. Lo normal a esa hora.

Cuando el Ministerio Fiscal empezó a preguntarle si firmó el acta de reconocimiento, la testigo le interrumpió, y he indicó que se había comprado un libro, recientemente, sobre el 11-M, una vez encontrada la foto de la persona que vio en el tren.

El Tribunal admitió el libro como prueba, a través del artículo 729, y ninguna de las acusaciones, ni el Ministerio Fiscal se opuso a tal emisión. A pesar de ello, el Ministerio Fiscal prosigue su interrogatorio y se pospone la exhibición de la foto del libro. El Ministerio Fiscal durante su interrogatorio, exhibió primero la exhibición de un álbum de fotos de varias páginas. Cuando llegó, durante el transcurso del, del visaje de las hojas de fotos de sospechosos, el Ministerio Fiscal guardó silencio. Salvo cuando llegó a la última hoja de ese álbum de fotos, en la cual se encontraba la foto de Basel Ghalyoun. Ahí dijo: “¿reconoce usted en esa página, la foto de la persona que vio en los trenes?”

A pesar de la maniobra, claramente irregular, conductiva, la testigo afirmó que no le reconocía, que la persona que ella vio en el tren, no se encontraba entre esas fotografías. El Ministerio Fiscal cambió, inmediatamente, el álbum de fotos, y ahora aportó uno con tres fotos de cuerpo entero, de tres sospechosos. Entre los que se encontraba Basel Ghalyoun, volvió a interrogar si estaba allí la persona que vio en los trenes. La testigo vuelve a repetir que ninguna de esas tres personas se encontraba en los trenes, el día del 11 de marzo. Posteriormente se analiza el visionado de las fotos del libro, y la testigo asegura firmemente que la persona que vio en el tren, era Daoud Ouhnane y le reconoce sin género de duda y se reitera en el reconocimiento ante el Tribunal y ante el Ministerio Fiscal.

A pesar de las evidencias, el Ministerio Fiscal intentó nuevamente, que la testigo identificara a mi cliente, recurriendo para ello, a una maniobra, a juicio de esta defensa, torticera, consistente en exhibirle dos fotos de Basel Ghalyoun, una de ellas absolutamente distorsionada y desenfocada, como todos pudimos apreciar, afirmando que se trataba de dos personas distintas, y que si reconocía entre esas dos personas, la persona que vio en el tren. La testigo volvió a responder que esas, no eran ninguna de las personas que ella vio en el tren. En realidad, ambas fotos correspondían a Basel Ghalyoun.

¿Qué otras cosas habrán podido ocurrir? Al menos el Ministerio Fiscal ha terminado admitiendo, ante la evidencia de sus definitivas, que Basel Ghalyoun no es autor material, dado el contundente testimonio de esta testigo. Admisión de retirada de cargos, que no han podido compartir de manera increíble, varias de las acusaciones, que persisten de manera insensata y temeraria, en seguir acusando a Basel Ghalyoun, de autor material, sin razón, ni prueba de cargo alguna. Y no es que, no existan pruebas de cargo a Basel Ghalyoun, sino que miembros de las propias Fuerzas de Seguridad del Estado, han acudido a Sala y lo han reconocido explícitamente.

Es incompatible que Basel Ghalyoun siga siendo acusado de integración en banda armada, cuando uno de los máximos jefes de la UCIE, inspector 84128, el encargado de la investigación del atentado del 11 de marzo a nivel doméstico, en sus propias palabras, felicitar en esta Sala a Basel Ghalyoun, por enfrentarse a Serhane y no seguir sus guías extremistas y radicales.

Si partimos de una de las bases de la Fiscalía, es que van variando, según la cual Serhane era el líder que iba aglutinaba a su alrededor a toda la célula islamista, que supuestamente cometió los atentados, no podemos concluir que Basel formaba parte de esta célula o banda armada, por la razón anterior, expuesta en Sala por el mando policial encargado de la investigación. Y mucho menos miembro de cualquier otra célula, ya que Basel Ghalyoun ni conocía a Jamal Ahmidan, ni a Allekema Lamari, los otros dos líderes de la banda armada de quita y pon, que según el Ministerio Fiscal, dirigían a los terroristas. La banda llega un momento que tenía más líderes que terroristas. Efectivamente la sentencia aquí traída por el Ministerio Fiscal del Tribunal Supremo, del 7 de julio del 2002, precisa que la organización

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terrorista, requiere como sustrato primario, una pluralidad de personas, la existencia de los vínculos entre ellas y el establecimiento de cierta jerarquía y subordinación. Pero claro, sin datos denodados, a la par con calzador, esta sentencia, a los hechos que nos ocupan, son sencillamente estériles, ya que ha quedado demostrado que Basel Ghalyoun no obedecía a Serhane, no tenía ninguna dependencia jerárquica y no estaba subordinado. Y no porque lo diga yo, sino porque lo dice el Inspector Jefe de la UCIE, encargado de la investigación doméstica de los atentados. El propio miembro de la UCIE felicitó públicamente en esta Sala a Basel Ghalyoun, por no acceder a seguir los pasos de Serhane, en una actitud que a este miembro de la Policía le llamaba.

Si este alto Tribunal, si el alto Tribunal considera imprescindible para aplicar el tipo penal de integración en banda armada, la, el requisito de subordinación o jerarquía, es evidente que tras esta prueba practicada aquí en el juicio oral y traída por el Ministerio Fiscal, es imposible condenar a Basel Ghalyoun de integración en banda armada, bajo la sombra de Serhane. Basel Ghalyoun no seguía las órdenes, ni las directrices de Serhane Ben Abdelmajid Ben Fakhet, ni de nadie. Mientras Serhane se escondía en Leganés, Basel comenzaba a trabajar en Ugena, ajeno a la vorágine, en la que se hallaba sumergido supuestamente Serhane. Basel Ghalyoun no estaba sometido a ninguna dinámica de grupo terrorista, ni recibía órdenes, ni directrices, como estamos comprobando. Basel Ghalyoun era un estudiante que luego se convirtió en trabajador.

Este mismo inspector, y en este mismo acto de juicio oral, acusó contradictoriamente a Basel Ghalyoun, y Fouad El Morabit de adoctrinar a Rifaat Anouar, en la religión musulmana. Basándose exclusivamente en el testimonio de un confidente llamado Mohamed Bassa, con un amplio historial delictivo, y del que se sospechó y sospecha, que pudiera estar involucrado en el tráfico de armas. Quizás fuera el precio que tuvo que pagar, para quedar fuera de la Instrucción. Nos ilustró el meritado inspector durante el interrogatorio del Ministerio Fiscal, acerca de las cualidades filantrópicas de un sujeto con antecedentes por robo con violencia, entre otros delitos y dejase sin ser investigado por tráfico de armas, de coches, de droga y falsificar documentos y por su relación con la verdadera célula de Serhane y los hermanos Chergui.

A la pregunta de esta defensa de si conocía antecedentes de Mohamed Bassa, el miembro policía, el policía de la UCIE, el inspector de la UCIE contestó que los ignoraba, a pesar de que el informe donde constan todos estos datos procede de la UCIE, y era a la que pertenece y le dije, por lo que entendemos que las informaciones procedentes de Mohamed Bassa les llegaron por un tercer cauce.

Concretamente, el informe que contiene todos estos datos de lo que estamos hablando y que la UCIE remite al Juzgado Central de Instrucción número seis, a través de un oficio, solicitando nuevas órdenes de detención y titularidad de tarjeta de telefonía, con fecha del 6 de mayo del 2005, consta en el tomo 132, al folio 48.169, concretamente referente a Mohamed Bassa, alias Teyeb, en el folio 48.178, este oficio concretamente relaciona a Souffiane Rayfak, con otros individuos entre los que se encuentran Mohamed Bassa, implicados en falsificación de documentos, almacenaje de explosivos, adquisición de armas, preparación de teléfonos móviles con temporizadores y activadores de artefactos explosivos y otros de carácter logístico y apoyo, a los principales implicados en la comisión de los atentados terroristas del 11 de marzo, entre los que no está incluido, evidentemente, en todo este oficio de las diligencias, Basel Ghalyoun, que vuelvo a repetir, no tiene antecedentes penales, ni siquiera relación alguna con Mohamed Bassa, no le conoce.

En definitiva, es imposible que este inspector desconociera la verdadera naturaleza y circunstancias del que dice ser su fuente de información única, respecto a Basel Ghalyoun y Fouad El Morabit, y de muy negativa influencia sobre Rifaat. Esta defensa está absolutamente segura de que con estas características, la influencia de Mohamed Bassa sobre Rifaat era mucho más perniciosa que la que podría tener Fouad El Morabit y Basel Ghalyoun, posiblemente Basel no sepa distinguir entre lo que es hablar de religión y adoctrinar en la Yihad.

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En cambio, a pesar de que este inspector de la UCIE expone el testimonio de Mohamed Bassa, como una fuente de información esencial de su investigación, parece desconocer, parece que no ha leído jamás notas informativas, que realizaba el confidente Cartagena para la UCIE, desde el 15 de octubre del 2002, hasta el 24 de octubre del 2003, en las que no aparece, no es nombrado ni una sola vez, el nombre de Basel Ghalyoun, a pesar de que había, de que habla reiteradamente de la investigación sobre Serhane El Tunecino, de su grupo, sus reuniones, sus contactos y su célula.

Lógicamente si el Ministerio Fiscal ha acusado a Basel Ghalyoun de integración en banda armada, deberá hacerlo con un respaldo probatorio previo de la policía y éste no existe, entre otras razones, porque la persona que tenía infiltrada la policía desde el 15 de octubre del 2002 hasta el 24 de octubre del 2003, en el círculo de Serhane y Maymouni, jamás ha detectado la presencia de Basel en ninguna de las reuniones. Es evidente que las notas informativas de Cartagena, las primeras y después ratificadas y corroboradas por su declaración, aportada al rollo de la Sala del 1 de diciembre, se convierten en prueba de descargo notorio para Basel Ghalyoun, y a mayor abundamiento, habría de recordar, que el testimonio claro y rotundo que se expuso en Sala. En este sentido y en caso similar, nos encontramos con lo que se llama sentencia de la Sala Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional 22/2007, del 27 de marzo, en lo que se llama, lo que es conocido como Operación Nova, en la que la Sentencia establece que Cartagena, es la persona que no ha sido inculpada, ni procesada, que no es miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, ni actuaba bajo su mandato, sino que es un testigo en sentido estricto, ni como imputado, ni agente provocador, ni agente infiltrado.

Otro factor claramente indicativo de las relaciones existentes entre Basel y Serhane, se encuentra en la posición que manifestaba Serhane de que Basel participara en actividades culturales en la Mezquita de la M-30. Esa misma mezquita, a la que según Mouad Mekhalafa, llama de manera despectiva el Ministerio Fiscal, Basel acusaba de falsos musulmanes y de hipócritas. ¿Qué sentido tendría Basel, que Basel dijera una cosa a Mouad, y que sus actos demostraran lo contrario? Sencillamente ninguno, lo único que demuestra son las mentiras de Mouad. Es evidente que si Basel colaboraba con la mezquita de la M-30 en actividades culturales, lo que manifiesta Mouad Mekhalafa acerca de lo que decía Basel, es absolutamente falso.

O en caso distinto, Basel le invitó a Fouad, porque Basel acudía a la mezquita. Esto es un ejemplo de la no supeditación de Basel a Serhane. Serhane se opuso radicalmente a que Basel participara en una obra de teatro que se celebraba en la mezquita, como técnico de sonido, poco antes de los acontecimientos que juzgamos. Serhane clamaba contra toda actividad cultural en, obras de teatros, otras actividades de la mezquita, porque según su extremismo, no formaba parte de su diario, de su ideología radical. Basel no se sometió a la voluntad de Serhane, por lo que no se le puede de nuevo, acusar de dependencia jerárquica y de subordinación. Basel siguió con independencia su vida y siguió colaborando en la obra de teatro de la Mezquita de la M-30, a diferencia de Asrih Rifaat Anouar, que sí cedió ante la presión de Serhane y abandonó la obra.

¿Quién le iba a decir a Basel que el teatro le podía convertir en personaje de otra obra mucho más terrible, aunque afortunadamente esa obra de teatro, contribuirá a absolverle? Otros ejemplos del distanciamiento entre Basel Ghalyoun y Serhane “El Tunecino” en los, desde el año 2003, es las propias declaraciones judiciales de Basel Ghalyoun, en las que manifiesta haberse distanciado mucho de Serhane, porque había radicalizado sus pensamientos. Esto lo declara desde el principio Basel Ghalyoun. Y Serhane “El Tunecino” aún no estaba localizado, ni detenido, ni muerto. También declara Basel Ghalyoun en sus declaraciones, que habían mantenido discusiones con Serhane, debido a las ideas extremistas de Serhane. Esto lo han confirmado en declaraciones obrantes en autos, de Khaled Zeimi Pardo, Mouhannad Almallah, también ha quedado acreditado que, que Basel Ghalyoun discutió con Mustafá Maymouni en otra ocasión en el domicilio de Serhane, al entender éste, ideas radicales. Es la única vez que Basel Ghalyoun vio al cuñado de Serhane “El Tunecino”.

Basel Ghalyoun también explicó, en su día, que la radicalización de Serhane “El Tunecino” se provocó a raíz de que contrajo matrimonio y de que tenía como cuñado a Mustafá Maymouni.

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Con anterioridad, Serhane “El Tunecino”, Serhane Ben Abdelmajid Fakhet era una persona absolutamente normal. Todas estas discusiones prueban y acreditan que Basel Ghalyoun jamás ha tenido subordinación, ni ha dependido jerárquicamente de Serhane “El Tunecino”, y sería grotesco que se condenara por un delito de terrorismo, precisamente, a una persona que se opone al mismo y que llega a discutir con quienes defienden unas ideas extremas.

Uno de los pilares, sobre los que se apoyaba la teoría acusatoria del Ministerio Fiscal, era el testimonio de Mouad Mekhalafa. Este individuo era el testigo de cargo estrella, que aportaba la Fiscalía contra Basel Ghalyoun, y sus declaraciones se basaban en tres vídeos, para demostrar que todo lo que había contado en la Instrucción era mentira. Y además una mentira detrás de otra.

Las reuniones en el río Alberche, a las que asistió Mouad Mekhalafa han vuelto a servir como prueba de cargo, para acusar a cualquier persona que pudiera ir por allí, de extremista radical. Según el Ministerio Fiscal, cualquier musulmán que acudiera al río Alberche es un terrorista en potencia. Un extremista radical, integrado en banda armada. En este sentido ha utilizado las declaraciones realizadas por Mouad Mekhalafa para incriminar a Basel y a otros, de pertenencia a banda armada. Recordemos, de todas formas, que en las tres primeras declaraciones realizadas por Mouad Mekhalafa no dicen nada de la presencia de Basel Ghalyoun en el río Alberche. Es sólo cuando llega al Juzgado, cuando misteriosamente se acuerda. Y digo, ha vuelto a servir a la Fiscalía como prueba de cargo, porque como bien sabe esta Sala, ya se utilizó en su día en la Operación Dátil, este, el hecho de los encuentros en el río Alberche, para fundamentar la, la posición del Ministerio Fiscal.

Esta defensa estima que si tanta importancia tiene a nivel criminal, penal, aquellas reuniones de musulmanes en el río Alberche, se podía haber puesto coto a esas reuniones, hace muchísimo tiempo. Y no seguir utilizando esa presencia de musulmanes, en el río Alberche, para fundamentar acusaciones de integración en banda armada. A estas alturas, lo único que sabemos de aquellas reuniones, es que allí se juntaban musulmanes para jugar al fútbol, a nadar, a comer y a pasar el día. Y que de esa jornada de descanso, algunos de los invitados, quizás lanzaba un alegato, quizás, demasiado vehemente a favor del Islam, cual predicador de Hyde Park, Hyde Park Corner.

No sabe la Sala la cantidad y variedad de discursos violentos que lanzan los oradores en Hyde Park Corner. Los hay que incluso repiten, tanto los orates, como los espectadores y de momento, no se ha detenido a nadie en Inglaterra, por defender en aquel estrado, u otro similar, la figura de tantos déspotas y sátrapas, como los que han pasado por la historia de la humanidad. No se ha detenido a nadie por lanzar esas diatribas, pero mucho menos por escucharlas. Por muy sofisticado que sea nuestro ordenamiento penal en materia de terrorismo, por muy avanzada que sea nuestra legislación, y precisamente por ello, no podemos detener, ni encarcelar a nadie por escuchar un discurso. Y si detenemos a la gente por escuchar soflamas, tenemos que advertirlo y tipificarlo, para que la gente siga el caso y se tape los oídos. Tendríamos que tipificar qué tipo de discursos son los delictivos, susceptibles de imputar un delito de pertenencia a banda armada. Sólo los islamistas o las diatribas nazis también, o las canciones violentas.

¿Por qué razón imputan un delito de terrorismo a Basel Ghalyoun y no se le imputan también a Mouad Mekhalafa? Que según él mismo y sus propias declaraciones, ha declarado, que ha acudido más veces al río Alberche que Basel. O a otras tantas personas que han acudido al río Alberche. ¿Cuál es el criterio judicial o la acusación, para acusar a una persona y no a otras a este tipo de delitos? ¿Por qué se acusa a una persona por escuchar una sola vez? Esta defensa entiende por otra parte, que aquellos musulmanes que pasaban el día en el río, aquellos musulmanes que se apuntaban a pasar el día, los musulmanes que son mayoría, habían escapado de sus países huyendo de la presión, de la falta de libertad de expresión, no pensarían que allí estaban cometiendo una ilegalidad, por escuchar a un individuo que no se escondía para discursear, un individuo que lanzaba sus mensajes a plena luz del día. Ellos, estimo, pensarían que no se trataba de nada prohibido.

Curiosamente el Ministerio Fiscal, solamente se ha fijado, ha fijado su celo inquisidor, en los oyentes de un discurso, parece ser que emitido en el año 2001, un discurso que ni siquiera sabemos exactamente qué proclamaba, ni qué defendía.

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Ya que archivamos a orates, escapó de España, Amer el Azizi, nos cuentan que vestido de mujer, y nada más se volvió a saber de él, ni de sus supuestas intenciones.

Basel Ghalyoun llegó a España en el año 2001, cuando Mouad Mekhalafa ya se encontraba aquí. Posiblemente en la primera y única vez que Basel fue al río, en una actividad que desde ahora debemos anunciar de alto riesgo penal, tuvo la desdicha de escuchar entre cous-cous y baño, un extraordinario mitin al que ni siquiera prestó mucha atención. En compañía de su otrora amigo Mouad, que le llevó allí. Este episodio del río Alberche, al que tanta trascendencia le concede el Ministerio Fiscal, sucedía en el año 2001, recién aterrizado Basel Ghalyoun en España. A mi cliente le detienen en marzo del 2004, y ya nos lo presentan como prueba de cargo contra Basel Ghalyoun. El Ministerio Fiscal pretende que escuchar un discurso en el año 2001, según el propio Mekhalafa, sobre la oportunidad de enviar dinero a Afganistán, no sabemos ni siquiera, si Basel prestó mucha o nula atención y si estaba de acuerdo con todo lo que decían o no, ni qué decía exactamente el discurso.

El Ministerio Fiscal pretende que escuchar un discurso en el río Alberche, tiene que ser en el río Alberche, hemos llegado hasta el absurdo de convertir a un río en sospechoso, llega a condenar a una persona por integración en banda armada. Manifiesta la Fiscalía y las acusaciones, que aquellas reuniones en el río Alberche, también otras, se utilizaban para adoctrinamiento y para captar muyaidines y enviarlos a Afganistán, Chechenia e Irak. Pero lógicamente, resulta que después de preguntar a los miembros de la Policía, encargados de la investigación, si tan violentas y sutiles declamaciones habían conseguido convencer a alguno de los asistentes y enviar a algún muyaidín, resulta que no sabe de ninguno, relacionado con la investigación, que se haya marchado a hacer la Yihad a ningún lado. O relacionado con Basel, claro.

De la otra declaración que realiza Mouad Mekhalafa, al Ministerio Fiscal y al Juez Instructor en sus declaraciones, en aquellos días, en que Mouad no sabía si convertir, si se iba a convertir en preso o sólo en mero testigo, declaraciones que tiene, evidentemente, metido, incrustado el miedo, Mekhalafa, a convertirse en otro procesado, de no contar las cosas como se querían escuchar. La otra declaración que tiene la Fiscalía contra Basel, es que visionaba, visionó un día, vídeos de Chechenia en casa de Serhane. Esta declaración de Mekhalafa es absolutamente falsa, dice que aquello sucedió cuando él, Mekhalafa, tenía quince años. Si Mekhalafa, según declaró ante la Sala, tiene en la actualidad veintitrés años, y aquellos visionados se produjeron cuando tenía quince, folios 7.080, tomo 26, estamos hablando del año 97. Si Basel llegó a España en el 2001, tal y como consta en el sumario, es literalmente imposible que lo que declara Mekhalafa sea cierto.

Esta sencilla operación matemática ha estado disponible para la Instrucción desde siempre. Y nada se ha hecho por remediar esta situación. Mouad ha acabado por admitir en esta Sala, que Basel no es una persona radical y que si acaso tiene pensamientos, que no son como los suyos. Mouad ha afirmado en esta Sala no saber qué actos practica Basel, que le convierten en un islamista radical. No ha sabido contestar qué actos o qué comportamientos o qué ha realizado Basel, que para él, le hagan un islamista radical. Lo único que ha acreditado es, que Basel Ghalyoun es un musulmán cumplidor de su religión.

Basel es simplemente un musulmán practicante que acude a la mezquita y que además se involucra en la vida de la mezquita. Participa en actividades culturales y Basel no miente. Basel es un musulmán practicante y le honra admitirlo en estos momentos tan difíciles para él. Otra muestra de las falsedades vertidas por Mouad Mekhalafa, es que ha variado la versión de los hechos, según sus circunstancias. Si al principio dijo que conocía a Basel de la Selectividad, en la declaración policial de 5 de abril del 2004, del tomo 25, al folio 6794, luego dice que se lo presentó Serhane. Y que le conoció en la Mezquita de la M-30.

Pero Mouad, posiblemente, se ha hecho sus mentiras, posiblemente sean provocadas por el miedo a ser procesado, ha dibujado perfectamente la conducta de Basel, el comportamiento de Basel, en los días inmediatamente anteriores y posteriores al 11 de marzo del 2004. Ha quedado acreditado que Basel estaba buscando trabajo y quedaba, y llamaba a Mouad por este motivo. El propio Mekhalafa confirmó en Sala, a preguntas de esta defensa, por estos extremos, y todos los pudimos escuchar. Mouad dice en su primera declaración, que vio a Basel y a Fouad en la primera semana de marzo en el locutorio de Salvador de Madariaga, donde quedaban para hablar de trabajo y que esto ocurría prácticamente todos los días, de

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aquella primera semana de marzo. Y que la semana del 8 al 14, no les vio, pero hablaba todos los días con él, por el tema del trabajo. Pero ya antes de aquellos días, en el mes de febrero, Basel también le pidió trabajo, dándole Mouad el teléfono de Rufino, de la empresa Vilusa. Ocurriendo que no tenía trabajo, en aquellos momentos para él. Esto lo ha declarado Mouad Mekhalafa en esta Sala. Es decir, queda perfectamente acreditado que en el mes anterior a los atentados, Basel Ghalyoun se encontraba buscando trabajo.

No tenía más planes en la cabeza Basel Ghalyoun, que buscar trabajo. Este empeño no parece compatible con una persona que estuviera implicada en la preparación de los atentados. Jamal Ahmidan o Serhane “El Tunecino”, parece que tenían una actividad, mucho más, mucho más activa en otros, en otros frentes, y que no trabajaban.

Posteriormente al 11 de marzo del 2004, y cuando Mouad le llamó para decirle que tenía trabajos para ellos, Basel y Fouad aceptaron. Y comenzaron a trabajar el 15 de marzo en Ugena. Para la empresa “Construcciones Mena”, hasta que fue detenido en su puesto de trabajo. No sólo comenzaron a trabajar ese día, 15 de marzo, Basel y Fouad, ese día también empezó a trabajar Ahmed Naboulsi, el inquilino fantasma de Virgen del Coro. El comportamiento de Basel durante las fechas inmediatamente anteriores y posteriores a los atentados, puede calificarse de absolutamente normal, e incompatible con la actuación de un terrorista, por más fantasía que se le quiera echar al asunto.

Y aquí enlazamos con otro de los grandes misterios de la Instrucción, el inquilino fantasma, como he llamado anteriormente, a Ahmed Naboulsi. También vivía en Virgen del Coro con, junto a Basel y Fouad. También trabajó con Basel y Fouad en Ugena. Y también fue detenido con Basel y Fouad en Ugena. Ahmed Naboulsi también se encontraba en la tarde del 11 de marzo del 2004, en Virgen del Coro. Cuando Asrih Rifaat Anouar apareció, para recoger sus cosas. Ahmed Naboulsi entonces y tomando la expresión del Ministerio Fiscal, también cobijó a Rifaat.

Pero Ahmed Naboulsi, al contrario que Basel Ghalyoun y Fouad El Morabit, ni fue imputado, ni ingresó en prisión, ni siquiera llegó a declarar ante el Juez. Es evidente que las circunstancias de los tres, eran las mismas. Pero el Ministerio Fiscal parece ser, que no puso tanto ardor, en la persecución de Ahmed Naboulsi durante la Instrucción, como en las de Basel y Fouad. Que esta defensa en numerosos recursos y apelaciones, ha insistido que, en que se localizara a Ahmed Naboulsi, recibiendo siempre la misma respuesta. Que se encontraba en paradero desconocido. Ni siquiera parecían conocerle, hasta que un día cuando se levantó una parte del secreto del sumario, esta defensa leyó incrédula, que Mohamed Taylouni, imputado y no procesado, había trasladado a Italia a Ahmed Naboulsi y lo había ingresado en un psiquiátrico. La prueba, mujer de Taylouni, E.G.P, que depuso como testigo en esta Sala, confirmó estos extremos. Y estos extremos estaban confirmados y la declaración que Mohamed Taylouni, prestó ante el Juzgado de Instrucción Central número seis.

Incluso la madre, la madre de E.G.P, y suegra de Taylouni, grabó un vídeo en la Mezquita de la M-30, sobre la obra de teatro, en la que participó Basel Ghalyoun y en la que salía él. Este vídeo parece ser que ahora lo tiene Mohamed Taylouni, el cual, tampoco ha aparecido por el juicio, a pesar que esta defensa ha solicitado su presencia, como testigo. Mohamed Taylouni fue la persona que se llevó a Ahmed Naboulsi a Italia, y Mohamed Taylouni declaró estos extremos al Juzgado. Ninguno de los dos, han sido presentados ante este juicio oral, para que depongan. A pesar de la evidencia de la declaración de Taylouni y de la remisión a la misma, que hizo esta defensa, en sus numerosas apelaciones y recursos, la respuesta que recibimos, seguía siendo la misma, que Ahmed Naboulsi se encontraba en paradero desconocido. Hemos vuelto a solicitar, como diligencia probatoria testifical para este juicio oral, la declaración de Ahmed Naboulsi y tampoco ha aparecido a deponer.

Qué gran diferencia existe con la intensa persecución policial, de la que fue objeto Rabei Osman El Sayed, por la Policía italiana y la española, en perfecta simbiosis, ¿por qué no ha colaborado la Policía italiana en localizar y traer también a declarar a Ahmed Naboulsi?

Para esta defensa es fundamental y esencial el testimonio de Ahmed Naboulsi, por una razón muy sencilla, muy fácil de entender, si acusan a mi cliente de cobijar a Asrih Rifaat, la tarde del 11 de marzo del 2004, es esencial que deponga, un testigo directo de los hechos, al que

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nunca el Ministerio Fiscal ha tenido el más mínimo interés en interrogar y es esencial, porque ese testigo permitirá demostrar que Asrih Rifaat entró en Virgen del Coro con su propia llave.

Hecho que también ha quedado acreditado durante las sesiones de este juicio. Permitirá demostrar que Basel Ghalyoun no sabía nada, antes de que llegara Rifaat, de los atentados, ni después de que se marchara. Los atentados que supuestamente acababa de cometer Asrih Rifaat. En definitiva, Ahmed Naboulsi permitiría demostrar y acreditar de manera fidedigna, que Basel Ghalyoun no dio refugio a Rifaat, aquel 11 de marzo, y que por ello, no se le puede acusar de integración en banda armada.

La ausencia del testimonio de Ahmed Naboulsi durante toda la Instrucción, todo el procedimiento, coloca en gran indefensión a mi cliente, porque nadie se ha preocupado de traer a este testigo, tan esencial y definitivo, para la defensa del proceso. Nadie se ha preocupado de garantizar los derechos de Basel Ghalyoun. Y todo ello, a pesar de que esta defensa ha indicado y ha señalado, dónde estaba Ahmed Naboulsi.

Y debiera haber interesado al Ministerio Fiscal, traer a declarar a Ahmed Naboulsi, porque según su versión, también tendría que haber participado en algunas reuniones de esas que se celebraban en Virgen del Coro. Reuniones que nadie ha sido capaz de precisar en qué consistían, ni quiénes acudían, reuniones en las que dice la Policía que se veían vídeos, que luego no se han encontrado.

Prueba de todo ello es la declaración, ante esta Sala, del miembro del Cuerpo Nacional de Policía, con carné número 56.589, perteneciente a la Brigada Provincial de Información, que se encargaba primordialmente de la investigación de Virgen del Coro y sus habitantes, desde enero del 2003. Coincidiendo en el tiempo, con la denuncia interpuesta contra Mouhannad Almallah, por su novia resentida, por el incumplimiento de promesa de matrimonio. Ex novia que por cierto, siempre declaró y ahí consta en sus declaraciones, que nunca vio a Basel en el piso, entre otras cosas, porque Basel Ghalyoun estuvo viviendo por primera vez en Virgen del Coro, dos semanas, en abril del 2003 y luego se marchó para volver, definitivamente hasta su detención, en julio del 2003. Por lo tanto, la ex novia, testigo protegido de la Fiscalía, jamás pudo ver a Basel Ghalyoun, en esas reuniones que dijo ella, o que decía ella que presenciaba.

Este número de la Policía, perteneciente al Jefe, es el Jefe de la Brigada Provincial de Información, Jefe de Grupo de Terrorismo Internacional, es un claro ejemplo de generalidades y vaguedades, sin demostrar, que quiere presentar la Fiscalía como prueba de cargo.

En primer lugar, quisiera resultar, resaltar, una grave contradicción, o algo importante también relacionado con Ahmed Naboulsi, que consta en la declaración policial de este policía, de fecha 17 de enero del 2005, a tomo 102, folio 34.106. En esa fecha, declara el policía, Jefe de Grupo de Terrorismo Internacional de la Brigada Provincial de Información, número 56589, que conoce a Ahmed Naboulsi y a Mohamed Taylouni, y dice que ambos están en Italia. Luego en Sala, en esta Sala, no recordaba, ni quién era Ahmed Naboulsi, y con dificultad, a Taylouni. Es decir, que desde el 17 de enero del 2005, la Instrucción sabía por el Jefe de Grupo de Terrorismo Internacional, de la Brigada Provincial de Información, que Ahmed Naboulsi se encontraba en un psiquiátrico en Italia. Y siempre nos han contado que se hallaba en paradero desconocido.

El jefe de este grupo policial confirmó también, que la investigación emprendida sobre el local de Virgen del Coro y sus habitantes, comenzó en enero del 2003, y no se suspendió nunca. Dicha investigación quedó judicializada en el Juzgado Central de Instrucción, número cuatro. Es decir, los habitantes de Virgen del Coro y el piso mismo, estaban siendo vigilados el 11 de marzo del 2004. Y posteriormente continuaron siendo vigilados, hasta pasado el 3 de abril, el 3 de abril del 2004. Incluso a partir del 14 de marzo del 2004, mucho más intensamente, según nos contó aquí, el Jefe de la UCAO, señor Enrique García Castaño. En estas condiciones, es difícilmente admisible que los habitantes del, los habitantes, al tiempo del 11 de marzo del 2004, de Virgen del Coro, pudieran haber participado de alguna manera en los atentados. Recordemos también que sus teléfonos fueron intervenidos y que no se extrajeron ningún tipo de conclusiones, respecto a las conversaciones o llamadas de Basel Ghalyoun.

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Sus conversaciones no indicaban que tuviese relación alguna, con una banda terrorista, ni que estuviera implicado en delito alguno, como consta en la documentación obrante en Sala, procedente del Juzgado Central de Instrucción, número cuatro.

Si Basel fuera responsable del delito del que le acusa el Ministerio Fiscal y las Acusaciones, de integración en banda armada, tendríamos que reconocer, y de otros, de las acusaciones, que tenemos el sistema policial y judicial, más torpe del mundo, porque permitir, que tras una investigación de más de un año, con los habitantes del piso y el propio piso vigilados y los teléfonos intervenidos, que se produzca lo que se produjo el 11 de marzo, ante, valga la expresión, mismas narices, es absolutamente inconcebible, y nadie se puede creer esto.

Tampoco podemos creer, aquella expresión tan desafortunada o tan oportuna, cuando decía la Policía, que siempre fueron, un paso por detrás. En Virgen del Coro, no. En Virgen del Coro siempre fueron un paso por delante.

El meritado funcionario policial manifestó también, que al local de Virgen del Coro, iban muchos visitantes. No pudo, supo precisar ni cuántos, ni cuándo, ni quiénes eran esos visitantes. Más allá de los conocidos habitantes de la casa, durante ese período, el arrendador y Serhane, en dos ocasiones. Acudió en dos ocasiones. Y las dos, acompañados de Mohamed Taylouni. Este señor que no ha venido a declarar al juicio oral y que se llevó a Ahmed Naboulsi a Italia. No saber ni cuántos, ni cuándo, ni quiénes, eran esos visitantes que iban a Virgen del Coro, evidentemente es una muestra, la primera muestra en este caso, de imprecisión y vaguedad, en la declaración del miembro policial.

Este mismo miembro policial también dijo que se celebraban reuniones de adoctrinamiento, para enviar gente a Chechenia, cuando es evidente, que la guerra de Chechenia, ya no era destino de los muyaidines, sino Irak o Afganistán, segunda muestra de imprecisión o desconocimiento.

En cuanto a los resultados de esas reuniones, el funcionario no pudo darnos un solo caso de un individuo, que hubiese aceptado, en el período temporal, en que Basel estuvo allí, y ni siquiera antes, marcharse como muyaidín, a donde fuera desde enero del 2003, hasta el cese de la investigación. Tercera muestra de imprecisión.

Cuando se preguntaron al funcionario por qué sabía que se celebraban, se celebraban reuniones en Virgen del Coro, respondió porque se veían las sombras de la gente, en una habitación. No pudo precisar cuántas sombras, ni qué personas, ni dar una explicación a por qué decía que se celebraba una reunión de adoctrinamiento y no una reunión normal. Es evidente, que viviendo de cuatro o seis personas, como han llegado a vivir en Virgen del Coro, es normal que coincidan para cenar o charlar. Cuarta muestra de imprecisión y desconocimiento y vaguedad en su declaración.

También aseguró que sabía lo de las reuniones de adoctrinamiento por la ex novia de Mouhannad Almallah, que los veía rezar cuando el Ramadán y juntarse a comer. Vuelvo a repetir que esta testigo, jamás pudo ver a Basel Ghalyoun en Virgen del Coro. De todas formas, esta defensa piensa que la libertad religiosa sigue permitida en España.

Esta defensa no entiende que la Policía disponiendo de una confidente infiltrada en la casa y con llaves de la misma, no colocara escuchas u otros medios, para asegurar la prueba de la Fiscalía, dejando todo al aire de la vaguedad. La quinta muestra de imprecisión y desconocimiento, de la policía encargada de la vigilancia de Virgen del Coro.

Aseguró también este funcionario policial, que Basel Ghalyoun trabajaba muy esporádicamente, que trabajaba de vigilante y que no ganaba más de cuatrocientos euros al mes. Y que eso no se correspondía con los gastos de vida en Madrid. Cuando esta defensa le preguntó al Inspector, sobre los trabajos que efectivamente había realizado Basel Ghalyoun, desde que llegó a España, y que constan debidamente acreditados en el sumario, en el tomo 100, folio 33.452 y siguientes, el funcionario admitió no saber de su existencia y que a efectos de brevedad, no cree necesarios volver a repetir aquí.

El funcionario policial, el Inspector Jefe encargado de Virgen del Coro, de vigilar a sus habitantes, no sabía en qué había trabajado Basel Ghalyoun, ni en qué trabajaba.

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Y pese a no saberlo, acusaba a Basel Ghalyoun de que no se correspondían sus ingresos con sus gastos. Sexta muestra de imprecisión, desconocimiento y vaguedad.

Como ya he dicho antes, dijo que no conocía a Ahmed Naboulsi en esta Sala, a quién aseguraba que le identificaba bajo el alias de “El Estudiante”, en la declaración policial, en la declaración judicial de la Instrucción, de enero del 2005, sí le conocía y sabía que estaba en Italia, en un psiquiátrico, al que le había llevado Taylouni.

Tampoco sabía este funcionario, ni los peritos judiciales, policiales, que declaran anteriormente, de telefonía, que Basel Ghalyoun tiene un hermano llamado Bilal, que vive enEmiratos Árabes Unidos, y que las llamadas allí, realizadas, que tan sospechosas les resultaban, eran por esa razón. Lo ignoraba completamente.

Por cierto, un detalle importante que también dejó este miembro policial y que aquí debe quedar constancia de mi parte, es que no se constató en ningún momento, que existiesen relaciones o contactos entre Mouhannad Almallah y Jamal Zougam. Por lo que es evidente, que la declaración de la ex novia del primero, utilizada por la Fiscalía, como prueba de cargo, intentando que el encuentro fortuito en Tánger, fuese algo más que eso, queda también vacía de contenido.

Este inspector también acreditó que Jamal Zougam no se le vio jamás por Virgen del Coro, con lo cual también queda acreditado, que Jamal Zougam no formaba parte de ningún grupo con Mouhannad Almallah, Basel o Fouad.

Debemos concluir que si durante un año entero de investigación, vigilante de la casa, sus habitantes, intervención de teléfonos, sino se apreciaron motivos para imputar a los habitantes de Virgen del Coro, por pertenencia a banda armada, ni pruebas sólidas en que basar tal acusación, parece absurdo e irracional, la vigilancias para acusar a Basel Ghalyoun, de integrante de banda armada, por una conducta, que durante el año de investigación, no se le halló mácula alguna.

Un detalle muy llamativo de la actuación policial sobre Virgen del Coro, es que se supone que le estaban vigilando con más ahínco, como dijo el policía ante la Sala, a partir de los atentados, no entendemos cómo no pudieron, no vieron entrar en Virgen del Coro el 11 de marzo, a Asrih Rifaat, ni le vieron salir el día 12. Porque tuvo que ser Basel Ghalyoun, quien declarara esto a la Instrucción. Si Basel Ghalyoun no hubiese colaborado desde el principio ante la Policía, y con el Juez Instructor, explicando todo lo que había hecho y todo lo que sabía, la Fiscalía jamás abría podido acusar a Basel Ghalyoun, de cobijar a Rifaat. La Fiscalía ha utilizado la actitud colaboradora de Basel, para inculparle con posterioridad. De manera rebuscada y si utiliza su declaración, debe utilizarla en su conjunto, no sólo una parte. No sólo cogiendo lo que le interesa y descartando todo lo demás.

Si Basel tuviera algo que ocultar, o supiera en aquel momento, que Rifaat estaba involucrado, de alguna manera, en los atentados, no habría, no habría declarado que Rifaat estuvo en Virgen del Coro el día 11 de marzo, ya que eso, evidentemente, le pondría ante la Policía en una situación muy comprometida.

Hay que preguntarse, por qué no se calló. Dijo la verdad, porque no tenía nada que ocultar y porque no sabía, o ignoraba, que Rifaat tuviese algo que ver con aquello.

Pero todo es casi peor, porque si la Policía vigilaba Virgen del Coro, desde el 11 de marzo del 2004, tal y como ha asegurado aquí el Inspector, Basel Ghalyoun estaría vigilado y aceptada su presencia, y las BTSs de su teléfono localizadas, entonces, por qué se ha insistido desde el principio de esa manera, por parte de la Fiscalía y la Instrucción, en acusar a Basel Ghalyoun de autor material y de pertenecer a la banda que participó en los atentados del 11 de marzo. Esta defensa no entiende nada.

Basel Ghalyoun llegó a España en 2001, sin conocer a nadie, salvo a un compatriota suyo, de su ciudad, llamado Kinan al Nahas, que disfrutaba de la doble nacionalidad sirio-española. A este señor, esta defensa también le ha llamado, en repetidas ocasiones, como testigo, tanto en la Instrucción, como luego en apelaciones, como ante este juicio oral y tampoco se le ha localizado.

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Este señor le aconsejó que si tras su llegada a España, Basel Ghalyoun, tenía algún problema de adaptación, contactara con Serhane, para pedirle ayuda. También le facilitó el nombre de dos personas, que Serhane le aconsejaría, ya que conocía bien España y trabajaba en la Mezquita de la M-30. De ese modo, conoció Basel a Serhane, y nunca lo ha ocultado. Siempre lo ha explicado. Y en ese momento, Serhane trabajaba en la Mezquita de la M-30.

La ilocalización reiterada, y durante toda la Instrucción, y posteriormente, para este juicio oral, de este señor, Kinan al Nahas, vuelve a provocar otra grave indefensión en mi cliente, al privársele durante toda la Instrucción, de explicar cómo conoció a Serhane Ben Abdelmajid Fakhet. Y esta ilocalización, esta falta de presentación del testigo a la causa, no puede perjudicar nunca, a Basel Ghalyoun, que se esfuerza continuamente en ofrecer, todas las pruebas de descargo posibles, y que no se consiguen, por causas ajenas a él.

He de recordar a la Sala, que Serhane, en el momento que Basel Ghalyoun llegó a España, disfrutaba y disfrutó durante mucho tiempo de una beca, concedida por una agencia española llamada, la Agencia de Cooperación Española, es decir, una persona respetable, sin antecedentes penales, nada sospechosa para las autoridades españolas, con medios económicos, que pagaba regularmente al casero, dentro de los cinco primeros días de cada mes. Y que llegó a prestar a Hatem Ghanouid Jebnoun, setecientas mil pesetas para tu empresa. Una persona, digamos, sin nada sospechoso, sin ninguna sombra que hiciera pensar a Basel Ghalyoun, que se trataba de una persona relacionada con elementos radicales extremistas, ni a Basel Ghalyoun, ni a la mezquita, ni a la Agencia de Cooperación Española.

El retrato que de Serhane hace Hatem, en su declaración ante la Sala, y que consta en el sumario, al tomo 24, es muy similar al que realiza Basel Ghalyoun. Al principio de conocerle Hatem, dice que Serhane era una persona normal, y después comenzó a radicalizarse, a hacerse violento, hasta llegar a exigirle el pago de la deuda de manera violenta. Este mismo testigo, también confirma por otra parte, la relación de Serhane, o las posibles relaciones de Serhane, con la Policía. Cuando en su declaración manifiesta que Serhane, el último día que le vio, marzo del 2004, en marzo del 2004, le pidió que le acercara a la Comisaría de Ventas, recordemos, que según el testimonio depuesto en Sala por Cartagena, parece ser que Serhane, también tenía buenas relaciones con miembros de la UCIE y se había reunido con ellos, en una cafetería, a donde llegó acompañado de Said Berraj.

Hatem también confirma, lo declarado por Basel, en cuanto, que Serhane se estaba preparando para irse de España, para irse a Túnez y por eso, necesitaba el dinero. Otra prueba más, de que la relación de Basel con Serhane, era distante, es de que jamás, en el último año, se detectó a Basel Ghalyoun en el piso de Serhane “El Tunecino”. Desde que se casó, no se detectó, sólo una vez.

El Ministerio Fiscal en la Instrucción, en su conjunto, ha utilizado como la gran prueba de cargo en este proceso, la telefonía y todo lo relacionado con ella, terminales, tarjetas, BTSs, etcétera. Me extenderé con mayor profundidad en el informe de Jamal Zougam, aquí simplemente señalar, las grandes incongruencias, en lo referido a Basel Ghalyoun, y en desvelar la realidad, de su tráfico telefónico y a qué se reduce.

Está poniendo la Fiscalía, como evidencia incontestable de que Basel, pertenecía a una célula terrorista islamista, que había utilizado durante un tiempo, un terminal de Rifaat, cuyo mayor delito, demostrado hasta el momento, es haber fallecido en Leganés. Parece ser que a partir de la Instrucción de este sumario, va a cobrar todo valor incriminatorio, para incriminar a cualquier individuo en una causa penal, que ese individuo, que ese individuo, haya utilizado en algún momento de su vida, el terminal o la tarjeta, de otro individuo, que sí pueda estar implicado por otras razones, quizás de más peso en una causa criminal.

De este modo, va a ser sencillísimo resolver cualquier trama de banda organizada. Esto es lo que sucede con el terminal hallado en Leganés, propiedad de Asrih Rifaat, que tres meses antes había utilizado Basel Ghalyoun, porque, como ya explicó en sus declaración judicial, cuando le preguntaron, y nadie sabía nada, acerca de que lo hubiese usado, se le había roto el suyo. Vamos a ver, a mi cliente le asignan la utilización de tres terminales:

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Un Motorola, que mi cliente asegura no haber utilizado jamás. Pero lo que ocurre es que este Motorola, ha albergado la tarjeta, una tarjeta de Rifaat, y como la tarjeta de Rifaat esta, había estado en el Panasonic, que utilizó en su día Basel, resulta que relacionan, un Motorola, en el que jamás se introdujo la tarjeta de Basel Ghalyoun, con Basel Ghalyoun, simplemente porque Asrih Rifaat ha utilizado una tarjeta en él.

No sé si ha quedado muy claro, pero lo vuelvo a repetir por si, por si la Sala precisa una aclaración.

Se le adjudica en Motorola a Basel Ghalyoun, mi representado dice, que jamás lo ha utilizado. Y lo que parece que ocurre, es que Rifaat introdujo en ese Motorola, la misma tarjeta que utilizaba en el Panasonic, que durante un tiempo utilizó Basel. Este mismo traslado de la tarjeta del Panasonic de Rifaat, a otro teléfono, sirve al Ministerio Fiscal para asegurar que el Motorola V-3 670, está relacionado con Basel Ghalyoun. Y esto es literalmente falso.

El Panasonic EB-GD-52, encontrado en Leganés. Ese terminal, efectivamente, pertenecía a Rifaat, que se lo dejó a mi cliente en enero, cuando se fue a San Sebastián. Lo utilizó durante ese viaje y se lo devolvió a Rifaat, al llegar a Madrid. Lógicamente el terminal de Rifaat, se halló en Leganés, tras su fallecimiento. Por qué adjudican el Panasonic hallado en Leganés, a Basel, si era de Rifaat, es más, la prueba es, que en la agenda de teléfonos, figura el nombre de Basel. No creo que Basel se coloque el número de teléfono, en la agenda de su propio teléfono.

Y el Siemens, el Siemens S-35 es el único y verdadero teléfono de mi cliente. Y el que tenía cuando fue detenido.

Ahora pasaré al asunto de las tarjetas, que éste aún es más peliagudo. El asunto de las tarjetas telefónicas, en el caso de Basel Ghalyoun, es meridianamente claro y exculpatorio, en lo que respecta a mi cliente. Y de haberlo querido el Ministerio Fiscal, se hubiese dado cuenta hace mucho tiempo, que mi cliente nunca pudo estar, ni en los trenes, ni en Leganés.

Voy a ser conciso. En el folio 10.949, del tomo 39, señala claramente, que la tarjeta utilizada por Basel Ghalyoun, correspondiente al número de teléfonos 654 311 710, se encontró bajo las BTSs de Madrid capital, desde el 10 de marzo, hasta el 15 de marzo del 2005. En todo momento. Más claro imposible. Jamás pudo estar en los trenes, como le acusaba el Ministerio Fiscal, y como siguen acusándole algunas acusaciones.

La única vez que, perdón. En lo referente a las llamadas, mi cliente no mintió nunca. No mintió nunca. Existe perfecta correspondencia entre lo que dijo en su primera declaración policial y en todas las demás, acerca de las personas que conoce y las llamadas que tiene acreditadas, en los informes policiales. Nunca ha mentido, yo creo que es un, es un, es un dato a considerar importante, por el Tribunal. Mi cliente, antes de tener la Instrucción del Ministerio Fiscal delante, los datos de tarjetas telefónicas, sus enlaces, sus contactos, ya dijo a quién conocía. Y efectivamente, luego los datos de telefonía no han hecho más que confirmar estos temas.

Por ejemplo, en lo referente a llamadas: Entre el 20 de septiembre y el 5 de marzo, entre el 20 de septiembre del 2003 y el 5 de marzo del 2004, habló con Serhane diez veces. Quiero decir, que no parece que diez llamadas en siete meses, correspondan a una estrecha relación personal con Serhane. Sino más bien, correspondían a ese alejamiento de que Basel habló.

Las otras llamadas que son consideradas sospechosas por la Policía, por la Fiscalía, en referencia a este número de teléfono, son las realizadas a Fouad El Morabit, a Rifaat, a Asrih Rifaat Anouar, a Rachid Oulad Akcha, sólo dos veces y el mismo día, día 17 de octubre, que coincide con la fecha, en la que Asrih Rifaat se va a vivir, se va a vivir a Villaverde, con los Oulad Akcha, una fecha muy alejada de marzo del 2004, llamadas con Bilal, su hermano que estaba de viaje en Estados Unidos y con Adnan Waki, que es otro amigo que tiene en San Sebastián. Es decir, a todos ellos mi cliente, admitió conocerles en su primera declaración, no ocultó nada.

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En el folio 10.051, y analizando la otra tarjeta telefónica, correspondiente al número 658 622 198, que fue hallada en poder de Basel, se vuelve a confirmar por BTS y por la Policía, que desde el 9 de marzo, hasta el 15 de marzo del 2004, fecha en que comienza a trabajar en Ugena, Basel Ghalyoun no se mueve de Madrid capital. Respecto a sus contactos, son los mismos que en el otro teléfono. Menos Rachid Oulad Akcha, al que no llama nunca. Y a Serhane, que sólo le llama dos veces. En definitiva, en la primera declaración de Basel Ghalyoun, podrían haberse ahorrado el informe de telefonía, ya que coincide cien por cien.

Respecto al célebre gorro de Leganés, hemos tenido que escuchar a la Policía Científica decir, que cuando dicen que recogen muestras al azar del gorro, y sólo identifican la muestra genética de Basel, en su informe pericial, obrante al folio 27.033, del tomo 86, no significa eso. Cuando escriben, “se recogen muestras al azar”, no significa eso. Sino que significa que recogen todas las muestras que puedan encontrar y que realizaron un profundo estudio de todos los ADNs del gorro. Esta defensa entiende que no es razonable, que escriban en sus diligencias, en sus informes periciales una cosa, que luego al sumario, digan otra. Si en los informes señalan que al azar, recoger muestras al azar, no significa realizar un estudio detallado de todo el gorro. En ese mismo gorro que recogen en Leganés, esas dos muestras al azar del gorro, es decir, no recogen todas las muestras posibles que pueden existir en el gorro. Ese gorro venía una etiqueta que ponía “Abdalah”. Es evidente, que el dueño del gorro se llamaría Abdalah.

Si a lo anterior le añadimos y al haber explicado por esta defensa, en el escrito provisional de, de acusación de lo referente a la, a la, al posible viaje del gorro desde Virgen del Coro a Leganés, por parte de Asrih Rifaat, a que en Leganés se hallaron increíblemente doscientas diecisiete huellas digitales, doscientas diecisiete huellas digitales, entre ellas las de los siguientes individuos: Ahmed Nasser, Abdelkrim Beghadali, Mohamed Abduri, Ahmed Gefaf, Samira Aitamer, Mustafa Maymouni, Youness Raichi, Farouk Bouhafer y Driss Chebli. Más el omnipresente Safwan Sabagh, del que se detectaron dos huellas dactilares exteriores sobre un libro, que dice que entregó hace cinco años y no sabe cómo. Podemos decir que no se ha obrado con Basel, como con todos los demás, cuyo rastro se ha hallado. Es decir, a algunos le pueden prestar libros, pero Basel no puede utilizar gorros.

Además en el caso del ADN, el ADN se puede transportar por terceros, sobre todo tratándose de un gorro. La huella digital ha sido plasmada por el propio individuo, aunque también debe tenerse en cuenta, que todas las huellas lofoscópicas halladas en Leganés, son encontradas en libros, no se recogen ni siquiera una, sobre un pomo, un cuadro, una barandilla, un lavabo, etcétera.

Basel, evidentemente, ha sufrido un trato discriminatorio y perjudicial, cuando el hecho de que se hallare allí, el gorro con el ADN, ya lo había explicado Basel desde el primer día. La explicación más normal, como ya expliqué en mis provisionales, de que se haya encontrado en Leganés, el gorro con ADN de Basel, es que Rifaat lo hubiera transportado hasta allí, entre las pertenencias que recogió de Virgen del Coro, el 11 de marzo del 2004. Ya que a mayor abundamiento, en nuestra lógica, ningún rastro de mi cliente, quedó más en Leganés, ni huellas dactilares, ni pertenencias, ni reconocimientos de ningún habitante de la casa. Y de Basel si hay algo posterior de Leganés, se pueden decir muchas cosas, como se han oído en esta Sala, sería muy extenso de analizar, pero para ver la peculiaridad de lo ocurrido en Leganés y lo extraño de las circunstancias que aquello, se produjeron, basta reseñar algunos apuntes:

Desgraciadamente los fallecidos en Leganés, no han tenido abogado en este pleito. Mohamed Afalah alquiló un piso, que no estaba publicitado en periódico, o en sitio alguno. A una gestoría que sólo tenía ese piso en alquiler. Y las personas de esta gestoría aseguran no conocer a Mohamed Afalah, con anterioridad. Extraño alquiler.

El vecino del piso, donde supuestamente se suicidaron los fallecidos en Leganés, era un policía, parece que adscrito a la unidad de García Castaño, de seguimientos. Que tenía documentación de ETA. Extraño vecino.

En la explosión no se hallaron rastros de sangre en las paredes, ni en sitio alguno. Extraña muerte.

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No se realizó autopsia a los supuestos suicidas, por lo que no sabemos la hora real de su muerte. Al contrario que sí se realizó, al GEO fallecido Torronteras, al menos por dos veces.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal exige que se practiquen autopsias, no vale con exámenes suficientes.

Existen al menos cuatro testigos, que han prestado declaración en la causa, que sabían de la existencia del piso de Leganés mucho antes de las tres de la tarde, que es cuando se adjudica el mérito Gómez Menor, de haber localizado el piso. Y son, Cartagena, Sánchez Manzano, Abdelkader Kounjaa y un TEDAX que declaró que le llamaron para que estuviera listo, sobre las doce, porque iba a ocurrir algo gordo en Leganés.

No se sabe qué explotó en Leganés tampoco, sólo se hallaron envoltorios de Goma2-ECO, pero no se llegaron a hacer análisis de nada. Es otra mera deducción de lo que explotó en Leganés. No se hicieron análisis.

La mayoría de los detonadores que se hallaron en Leganés, fueron hallados formando pelotas y no se encontró ninguno detonado.

Safwan Sabagh se hallaba en Madrid el 2 de abril, porque le había llamado Allekema Lamari, el 29 de marzo. Extraña presencia.

En la recogida de restos y efectos, no se guardaron todas las cautelas exigidas por la Ley de Enjuiciamiento Criminal, al haberse efectuado durante largo tiempo, en varias sesiones, y sin la presencia y garantía judicial presente.

Otra prueba de cargo presentada contra Basel Ghalyoun, es el, lo que, lo que denomina, porque se inventa el nombre el Ministerio Fiscal, Cuestionario de Intenciones. Cuestionario de Intenciones es un emborronamiento, por la parte de atrás, de un cuaderno de trabajo de Basel Ghalyoun. Esta representación niega categóricamente que el documento referido, sea un cuestionario de intenciones o algo parecido. Esos borrones junto a dibujos de estrellas, y firmas y letras sueltas, son producto de un, de un día de aburrimiento juvenil realizado dentro de la más estricta privacidad. Ese papel no tiene ningún destino y jamás se le dio ninguna importancia por la Policía, tal y como se desprende del informe de la Unidad Central de Inteligencia, de la Comisaría General, de la Comisaría General de Información del 3 de diciembre del 2004, al folio 29.132, del tomo 91, que señala que no se hallaron en los registros efectuados en Virgen del Coro, tras el 11 de marzo, ni vídeos yihaidistas, ni documentación comprometedora. Recordemos que el vídeo, el registro de Virgen del Coro se realizó, en el momento de la detención del procesado. Es decir, que desde la fecha del 3 de diciembre del 2004, desde esa fecha, hasta, el 3 de diciembre del 2004, cuando la Policía estuvo revisando, durante todo ese período de tiempo, la documentación incautada, no se halló ningún sólo papel, ni documentación comprometedora para Basel Ghalyoun. Esto sólo ocurrió en enero del 2006, cuando lo que nadie consideraba que era importante, ni irrelevante, ni siquiera que sirviera de indicio, se convirtió en ello.

Me gustaría estar de acuerdo con el Ministerio Fiscal, en que por muy musulmán que fuera una persona, aún puede escribir lo que quiera, como hacen los cristianos y los ateos. Continuamente repetimos y escribimos párrafos de la Biblia, que son violentos. La mera copia de un, de un escrito, o el mero, la mera designación, no puede convertirse en un indicio de pertenencia a banda armada, porque si no, ya estaríamos en un delirio permanente, en busca de indicios, hasta debajo de las piedras y que yo entiendo, esta defensa entiende que es, exacerbar el detalle, para conseguir las pruebas que consigan la condena. Pero entendemos que, que ese papel, en el que además, básicamente ese papel, estaba en la parte de atrás de un borrador, de un cuadrante de Basel de trabajo de hacía mucho tiempo, no puede formar parte del argumentario probatorio del Ministerio Fiscal.

Decía Salvador Pániker que la religión es un asunto muy personal, yo le pediría al Tribunal, que atienda sólo a las pruebas de cargo, que se presenten en el juicio por el Ministerio Fiscal y por las Acusaciones. Y que deje los pensamientos religiosos e íntimos de cada cual, fuera de la órbita punitiva. No podemos perseguir todo lo que escriba cada cual, por las esquinas de los escritorios, porque si lo encontramos, podemos enlazarlo con un ADN que se encontró en Leganés.

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Esta defensa solicita la libre absolución de Basel Ghalyoun, en virtud de todos los argumentos anteriormente expuestos, ya que no se ha desvirtuado, en ningún momento, la presunción de inocencia de Basel Ghalyoun, que la Constitución garantiza en su artículo 24 y otros concordantes.

Este, este letrado implora al Tribunal, que dicte una sentencia justa, en la que no tenga cabida el “da igual”, o el “vale ya”. Por el bien de la justicia, de los procesados, de las víctimas y de este país. Muchas gracias.

Libertad Digital