Nomenclatura de las partes que intervienen en el interrogatorio:
A GONZALEZ Acusación Particular Ana Isabel González Picos y otros GB Presidente del Tribunal – Gómez Bermúdez
GB: Gracias, silencio por favor. La acusación particular constituida por doña Ana Isabel González Picos y otros tiene la palabra. Como creo que iba, corríjame si me equivoco, a distribuir su informe en dos partes...
A GONZALEZ: Sí, señoría, me gustaría acercarme al estrado.
GB: Bien pues por favor procedan al relevo. Bien, como le decía, creo que iban a distribuir su informe en dos partes ¿es cierto? Bien, pues comience y según veamos la hora interrumpiríamos al acabar la primera parte o cuando concluya totalmente.
(n.t.: Silencio durante unos segundos)
GB: Cuando quiera, señora.
A GONZALEZ: Con la venia de la sala y advirtiendo al Tribunal que este informe es un complemento y así debe ser entendido de los informes presentados por la Asociación 11 de Marzo Afectados del Terrorismo y por la A-4 de Pilar Manjón y otros. Se plantea asimismo como complemento al informe que realizará mi compañero José Maria Fuster Fabra inmediatamente después de esta letrada. En cuanto al relato de hechos de las anteriores acusaciones y la calificación jurídica que han realizado la A-1 y A-4, la A-7 y la A-9, se comparte plenamente y no vamos a entrar en reiteraciones sobre análisis de prueba y sobre la participación de los procesados que ya han sido ampliamente analizados por otros compañeros. Pero si queremos destacar y valorar en esta breve intervención tres elementos fundamentales, que entendemos que son la base de todo el sumario y estos elementos fundamentales son: En primer lugar, el tan manido tema de explosivos, en segundo lugar trafico de llamadas y en tercer lugar los hallazgos que resultan del desescombro de Leganés.
Esta parte, antes de proseguir, quiere agradecer a Doña Olga Sánchez todo el esfuerzo personal que ha realizado durante estos cuatro años y en este juicio toda la pasión que ha… que ha aportado a este procedimiento y toda la prefesionalidad del mismo y también queremos agradecer a don Juan del Olmo la meticulosidad con la que ha realizado la instrucción, el auto de procesamiento, que ha sido muy criticado, pero que ha sido un elemento muy importante para realizar las acusaciones y el auto que resuelve también los recursos de reforma contra este auto de procesamiento. Les damos las gracias desde aquí. El tema más discutido, uno de los temas más discutidos en este procedimiento ha sido el tema de los explosivos y parte la polémica del hallazgo de nitroglicerina en una de las muestras analizadas en el año 2007. El hallazgo de esta nitroglicerina ha dado lugar a las teorías más disparatadas sobre qué clase de explosivos estallaron en los trenes, porque la gran cuestión era ¿Por qué aparece nitroglicerina en los focos de las explosiones? Pero esta representación entiende que esa pregunta no está correctamente formulada. La pregunta es inversa ¿Por qué no puede aparecer nitroglicerina en los focos de las explosiones si tenemos en cuenta que en Mina Conchita había Goma2-EC y Goma2-ECO en el 2004, Que las condiciones de fabricación de la Goma2-EC y de la Goma2-ECO no están claras, las condiciones de almacenamiento y deposito tanto en los depósitos de fabrica como en Mina Conchita tampoco están claras?
Entendemos que de la prueba practicada no puede, ni con mucho descartarse la utilización de nitroglicerina en la fabricación de Goma2-EC, después del año 92. Hay nitroglicerina en diez de las muestras analizadas en el 2007, que es un elemento ajeno a la Goma2-ECO. Hay también DNT en cuarenta y seis de las muestras analizadas en el 2007, que es elemento ajeno a la Goma2-ECO, pero no es elemento ajeno a la Goma2-EC. Cuando los peritos realizan la pericia, los análisis de las muestras y la pericia en este plenario, no tienen toda la información, les falta información. Los peritos no conocen que la Goma2-EC había sido encontrada en Mina Conchita. Los peritos no conocen tampoco la fecha de esa Goma2-EC. Los peritos no conocen siquiera la composición, por lo menos hasta el 92 de la Goma2-EC. Tampoco saben las condiciones de almacenamiento y fabricación de esas dos dinamitas. Con esa falta de datos no se puede hacer una pericial correctamente ni plantear otras hipótesis de trabajo que las que se han… vertido en este, en este procedimiento.
Tenemos que destacar también, que se toman como paradigmas absolutos todas las afirmaciones que realiza la fábrica de dinamita. El día que termina la pericia, aparece un certificado de la empresa Maxam afirmando que la Goma2-EC no se fabrica con nitroglicerina desde el año 92. Al margen de que eso es un documento enviado por fax, con rubrica ilegible que no ha sido ratificado y que esta parte no va ni a valorar ni a impugnar desde luego, pero sí que vamos a poner en duda su contenido. Al margen de esto hay otros elementos que nos inducen a pensar que la Goma2-EC tenia nitroglicerina, la Goma2-EC de Mina Conchita tenia nitroglicerina y así el manual de explosivos de la Unión Española de Explosivos del año 2002, la edición revisada del año 2002, esta manteniendo que las dinamitas Goma reciben su nombre por su consistencia gelatinosa y se obtienen al mezclar nitroglicerina con nitrocelulosa. No está hablando de nitroglicol, está hablando de nitroglicerina. Esto es la edición del año 2002.
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En las composiciones editadas en el año 98 y al año 99 por parte de la Unión Española de Explosivos en las recomendaciones para el uso del manejo de explosivos de uso civil, se está hablando de que la dinamita Goma2-EC, lleva nitroglicerina en su composición en cantidades variables nitroglicerina y/o nitroglicol. En el año 98 y 99. El Manual de Riesgos Laborables de la Comunidad de Madrid, de prevención de riesgos laborables de la Comunidad de Madrid del año 2007 está advirtiendo de las precauciones que hay que tomar con el uso de estas dinamitas, porque llevan nitroglicerina en su composición.
Frente a ese certificado que afirma que la Goma2-EC se deja de fabricar con nitroglicerina en el 92, nos encontramos con otros cuatro documentos que haya encontrado esta letrada, pero entendemos que debe haber muchos mas, en los que se afirma que las dinamitas están hechas con nitroglicerina y las Goma2-EC tiene como componente básico la nitroglicerina. Pero es que además, los análisis realizados en el 2007, demuestran que las dinamitas utilizadas en las explosiones tenían nitroglicerina, DNT y nitroglicol, es decir una mezcla de Goma2-EC y Goma2-ECO.
No hay que buscar ningún elemento extravagante a los elementos que hay en el sumario para explicar el resultado de los análisis del 2007 y el resultado de los… de las… de los elementos que… que existen en esas bombas. Y no tenemos que buscar otro tipo de explosivos, como puede ser Titadyne, porque los explosivos que estallaron estaban en Mina Conchita.
De las actuaciones practicadas en el sumario se observa al Tomo 106, que el 18 de Junio del 2004 se gira visita, se gira inspección por la Guardia Civil a Mina Conchita y se encuentran una bolsa de Goma2-ECO de color verde de dos kilos y medio y una numeración en la que no se pueden leer los últimos dos dígitos. Son diecisiete cartuchos de Goma2-ECO. Otra bolsa de Goma2-ECO, de color verde de dos kilos y medio que tiene dieciséis cartuchos. Hay otros dos cartuchos que no tienen una numeración legible. Una bolsa de Goma2-EC de color verde, dos kilos y medio, conteniendo nueve cartuchos con numeración Z7-F08-1. Los detonadores eléctricos y en el segundo nivel se recuperan dieciséis cartuchos de Goma2-EC, son restos de envoltorios que no tienen siquiera la numeración.
¿Cuál es el estado de estos explosivos según refleja el GEDEX al Tomo 106, Folio 36.011? ¿Cual es el estado de estos explosivos cuando los encuentran en el 2004? Están, que se recuperan en total treinta y tres cartuchos de Goma2-ECO y de estos treinta y tres cartuchos solo tienen numeración dieciséis cartuchos. Se recuperan también otros veintisiete cartuchos de Goma2-EC y de estos veintisiete cartuchos solo nueve cartuchos puede determinarse su numeración. También hay restos de dieciséis cartuchos de Goma2-EC, de los que solo se puede recuperar parte del envoltorio. Es decir estos cartuchos, del primer grupo de treinta y tres, hay diecisiete cuyas numeraciones no se leen.
El segundo grupo hay veintisiete, en los cuales solo nueve de ellos se puede ver la numeración. Y de los dieciséis cartuchos de Goma2-EC, tampoco se lee nada. No se sabe ni cuando ni donde han sido fabricados. Refiere el GEDEX que los cartuchos que se encuentran están perfectamente activos, no se produce apenas ninguna perdida de características explosivas y en cuanto a la Goma2-EC, aunque se encontraban bastante deteriorados y con una perdida de las tres cuartas partes del peso… eh… menciona que la gelatina que se recupera de estos treinta y siete cartuchos de Goma2-EC es básicamente nitroglicerina, nitroglicol, dinitrotolueno y nitrocelulosa. Además de otros componentes propios del explosivo. Y que el peligro de estas sustancias es prácticamente el mismo de el qué tendrían de ser fabricadas recientemente.
¿De donde vienen estos cartuchos de Goma2-ECO y Goma2-EC, hallaos en Mina Conchita en el 2004? Vienen de dos sitios diferentes, según obra al Folio36.022, los cartuchos de Goma2EC con la numeración Z7F081 vienen desde La Manjoya en el mes de Febrero del 96 de la fábrica depósito de La Manjoya.
Los cartuchos de Goma2-ECO, que tienen el numero de serie identificado son servidos de fabrica al deposito de Villanueva de Jamucen en León, de allí a Valdellano y de ahí a Mina Conchita. Hay otros dieciséis cartuchos de Goma2-EC, que al no tener los dígitos no se puede determinar ni la fecha de fabricación ni el lugar.
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Los cartuchos que se encuentran en Mina Conchita en el 2004, que obviamente no son los que se llevaron los terroristas para la elaboración de las bombas solo se pueden datar cuarenta y seis cartuchos.
Destacamos además, que la Goma2-EC, según refiere el TEDAX, el GEDEX, perdón, al Folio
36.022 se encuentra en una galería en un charco de agua, con la importancia que esto tiene, como veremos posteriormente. Con estos elementos entendemos que queda plenamente acreditada la composición de las bombas que estallaron el 11 de Marzo, con mezcla de Goma2-EC y Goma2-ECO. Goma2-EC y Goma2-ECO que tenían nitroglicerina ¿Y por qué lo entendemos así? En primer lugar porque de lo que acabamos de exponer no se puede descartar en absoluto que no haya habido una contaminación en la fabricación de la Goma2EC y de la Goma2-ECO. Si repesamos lo que acabamos de analizar la Goma2-EC se estaba fabricando en La Manjoya hasta el año 92 con nitroglicerina. La Goma2-EC que parte a Mina Conchita en el 96, se había depositado en La Manjoya, que era la fábrica que había hecho la Goma2-EC con nitroglicerina.
La Goma2-EC y la Goma2-ECO se almacenan conjuntamente en La Manjoya hasta por lo menos el año 2005, que es la fecha en la que, según el certificado aportado a las nueve y media de la noche por Maxam, se… se desmantela este deposito fabrica de La Manjoya. También tenemos que destacar que el guardia civil que depuso aquí mencionó que dentro de un cartucho de Goma, rotulado como Goma2-ECO tenia en su interior Goma2-EC. No tenemos absolutamente ninguna garantía, si no todo lo contrario de que no haya habido una contaminación en la fabricación de la Goma2-EC, con y sin nitroglicerina.
No tenemos tampoco ninguna posibilidad de descartar una contaminación en el almacenamiento en el deposito de La Manjoya entre la Goma2-EC con nitroglicerina y la Goma2-EC y Goma2-ECO sin nitroglicerina. Tenemos además las afirmaciones realizadas en el Manual de Explosivos del año 2002, las recomendaciones de uso del 98 y 99 y el reglamento de seguridad de la Comunidad de Madrid del 2005. Por lo tanto entendemos que no puede descartarse ni una contaminación en fábrica ni una contaminación en el depósito de esa fabrica, con respecto a la nitroglicerina.
Pero es que hay un tercer elemento, la contaminación en la propia Mina Conchita, las Gomas no son solubles en agua, la nitroglicerina es un aceite y flota en el agua. Cuando se produce un almacenamiento prolongado y sin las debidas condiciones se produce también un deterioro de la pasta que disuelve los componentes solubles y da lugar a separaciones y exudaciones. Esto viene referido con mucha claridad en el Manual de explosivos del año 2002. Lo que recomienda este manual para evitar la contaminación en caso de almacenamiento indebido o rotura de los envases es limpiar cuidadosamente todos los lugares donde haya sido depositada esas dinamitas, tanto Goma2-EC como Goma2-ECO. Parte de la Goma2-EC que hay en Mina Conchita se halla en un charco de agua. La nitroglicerina flota en el agua, no es soluble, es un aceite que flota. Creemos absolutamente acreditado por las más puras… eh… las más puras normas de la lógica, que perfectamente esa nitroglicerina que queda en el suelo de Mina Conchita puede haberse adherido a los cartuchos de Goma2-ECO y Goma2-EC, sin nitroglicerina en su fabricación o como hemos hablado antes haya habido contaminación en fabrica o en almacenamiento, con lo cual hay posibilidades de la existencia de nitroglicerina en la fabrica, hay posibilidades de existencia de nitroglicerina y DNT en el almacenamiento de esa fabrica y hay muchísimas posibilidades que serian muy altas de almacenamiento en Mina Conchita en condiciones y medidas que provocan una asimilación por parte de otros cartuchos de Goma2-EC y Goma2-ECO de la nitroglicerina que quedaba suelta.
Todos estos elementos deben ponerse… deben ponerse en… deben unirse en… valorarse con otros elementos de prueba ¿Para que querían los terroristas más explosivos u otro tipo de explosivos? Según los informes de la Guardia Civil los terroristas pudieron presentar… transportar el fin de semana del 28 y 29 de Febrero hasta doscientos setenta kilos de dinamita. Los transportistas, calcula la Guardia Civil, que podían haber trasladado al menos cuarenta kilos de dinamita por orden de Suárez Trashorras. Los viajes conocidos, no hablamos de los viajes que no hemos podido acreditar. En los trenes estallan ciento treinta kilos de dinamita. En Mocejon, más o menos cálculos aproximados, en Mocejon diecisiete kilos, con seis en Leganes ¿para que necesitan los terroristas más explosivos con la cantidad de explosivos que tienen? ¿Para que necesitan otros proveedores que no sea Mina Conchita si ya tienen los proveedores que les facilitan todos los explosivos que necesitan?
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Con lo expuesto entendemos que, prescindiendo del nombre asignado a cada dinamita, lo cierto es que en los trenes estallaron dinamita y la dinamita que estallo es Goma2-EC y Goma2-ECO, Goma2-EC y Goma2-ECO que, o bien en la fabrica o bien en el almacenamiento estaba contaminada con nitroglicerina. Lo extraño no es que aparezca nitroglicerina en los focos de las explosiones, lo extraño es que no apareciera dadas las condiciones que estamos alegando. Y además los análisis del 2007 no dejan lugar a dudas sobre la composición de los explosivos que estallaron en los trenes.
¿Por qué aparecen en el 2007 Goma2-EC… perdón, por que aparece nitroglicerina y por que aparece DNT cuando no habían aparecido en el 2004? El DNT ya aparecía en el 2004 según han… aportado aquí los peritos que hicieron los informes en el 2004, pero los picos del DNT que salían eran extremadamente bajos y no fueron valorados y con la nitroglicerina pudo ocurrir perfectamente lo mismo. Eh… ha comparecido aquí un guardia civil que hablaba de que ellos no encontraron nitroglicerina en Mina Conchita en los análisis del 2004, pero sin embargo su base de datos sí que reflejaba los tipos de nitroglicerina.
El laboratorio de TEDAX en el 2004 el 11 de Marzo y el 12 de Marzo hacen unos análisis de urgencia y están buscando un componente mayoritario para determinar qué tipo de dinamita es y no está buscando la nitroglicerina, está buscando el componente mayoritario y el componente mayoritario es nitroglicol y por eso dice es Goma2-ECO. Para advertir a los compañeros que tengan que seguir en las labores de investigación y desescombro. En el año 2007 sí se busca la nitroglicerina y se encuentra. Se encuentran trazas mínimas, se encuentran pero trazas mínimas ¿Por qué? Porque están… eh… están con pequeñas trazas de contaminación.
Eh… los terroristas adquieren Goma2-EC, Goma2-ECO, mezclan las bombas de forma indiscriminada. Por eso también aparecen en unos focos más y en otros focos menos como decía… el señor Presidente en la pericial correspondiente como si fueran plastilinas, en unas bombas puede haber Goma2-ECO, en otras bombas puede haber Goma2-EC con Goma2ECO. Y eso es lo que estalla y eso es lo que demuestran las analíticas del 2007 y esa es la… la solución más lógica y basada únicamente en elementos que obran en el sumario.
Habíamos hecho una… un pequeño análisis para continuar con esta exposición de otro de los elementos del sumario que nos parecen muy importantes, que es el trafico de llamadas, pero entendemos que ha sido tan analizado por el resto de los compañeros que no vamos a entrar en ello, sin perjuicio de aportarlo como estructa y en cuanto a los elementos del desescombro eh… de Leganes, también arrojan unos datos importantísimos a la hora de acreditar la existencia de una red terrorista preordenada a la comisión de atentados en España, compuesta por los imputados que hoy están en la pecera y fuera de ella y por los muertos en Leganes. Pero no tenemos más remedio que eh… referirnos a algunas afirmaciones que se realizaron en la mañana de ayer… en la mañana o en la tarde de ayer. Fue una de las acusaciones, en cuanto que pone en duda elementos que están absolutamente claros de la instrucción practicada y que nos parece que lo único que intentan es socavar la instrucción con verdades a medias y vamos a recordar que en la “ mochila de Vallecas”, en la bolsa desactivada eh… no solo hay dinamita, que se halla dinamita Goma2ECO, también hay detonadores, también hay un detonador que está fabricado por Páramo de Masa y que había sido suministrado a Mina Conchita.
Vamos a recordar que el Skoda que se encontró con restos de nitroglicol estuvo aparcado mucho tiempo al lado de la vivienda de Serhane “el Tunecino”. Vamos a recordar también que la Kangoo fue robada al lado del locutorio de Jamal Zougam en la calle Aranjuez. Vamos a recordar también que no es cierto que en Villalobos hubiera explosivos en el domicilio del “chino” de Jamal Ahmidan, no es cierto. Vamos a recordar también por ultimo que la extrañeza ante las anotaciones de la venta de terminales por parte de Sindhu Enterprises eh...no deja de ser más que otro intento de socavar la instrucción con verdades a medias, porque todos esos apuntes fueron confirmados y así lo han ratificado en este juicio por los proveedores de esos terminales a Sindhu Enterprises.
Por lo tanto interesamos en vista de lo expuesto una sentencia condenatoria en los términos eh… que… constan en nuestro escrito de calificación, porque entendemos que todos y cada uno de los hechos referidos en ese escrito están perfectamente acreditados. Muchas gracias.
00:22:48
GB: Gracias, treinta minutos de descanso y continuamos. Perdón, dígame, dígame. Un momento, por favor.
(n.t.: Se escucha una voz al fondo, pero no se entiende)
GB: más que nada es por la extensión. Si va a estar… Preferible hacemos el descanso ahora, treinta minutos de descanso y seguimos, porque no vamos a poder prestar la atención suficiente. Gracias.
(n.t.: Descanso de 30 minutos)
GB: La acusación constituida por Dña. Ana Isabel González Picos y otros tiene la palabra para concluir con su informe.
A GONZALEZ: Con la venia de la excelentísima sala. Como ya ha recordado mi compañera anteriormente, hoy es el veinte aniversario del atentado de Hipercor. Forzosamente para este letrado tienen que ser sus primeras palabras de recuerdo a todas las victimas del terrorismo. Para este letrado alcanza además un detalle meramente simbólico que yo esté aquí hoy, en representación de victimas del 11 M y que esta tarde Pilar Manjón se desplace hacia Barcelona para estar con las victimas de Hipercor. Debe pues ser el primer recuerdo para todas, absolutamente todas las victimas del terrorismo. Este letrado se había reservado en su labor de acusación, se había reservado en su labor de acusación una parte limitada del informe ,exclusivamente relativa a las responsabilidades civiles en la distribución de trabajo que hemos hecho los compañeros de la A-1, A-4 y de la A-16, que se ha visto además reforzada por el apoyo y las magnificas intervenciones de los compañeros de la A-7 y de la A-9. Habíamos establecido diferentes criterios y habíamos establecido y estructurado nuestro informe en base a los diferentes elementos probatorios y criterios de imputación que se manifestaban en el procedimiento.
Nos encontramos en primer lugar, con un excepcional informe realizado por los tres representantes del Ministerio Público al que más adelante me referiré. Pero además nos hemos encontrado como acusación con unas situaciones un tanto extrañas y un tanto peculiares. Entiende esta parte, entiende este letrado que estas situaciones extrañas que hemos vivido aquí, referidas a determinadas acusaciones suponen una situación procesalmente peculiar. Es muy probable que en los informes de las defensas oigamos continuamente, como muy bien ha dicho el abogado de la acusación tal, como muy bien ha manifestado el abogado de la acusación cual.
A mi, particularmente estos planteamientos por los cuales se dice: acuso por un lado y por otro ataco a la instrucción me recuerda o sucedería como si un defensa central de un equipo de fútbol le hiciese una falta al delantero para evitar que meta un gol, luego coge la pelota, chuta contra su propio portero y lo mete el. Porque realmente resulta muy extraño decir que acuso y al mismo tiempo ataco a alguno de los elementos bases de la instrucción. De todas maneras, señoría permítame que continúe con el símil futbolístico. Todos estos criterios de las extrañas conspiraciones o estos criterios de la cuarta trama a mi, dicho sea con todos los respetos me recuerda el gol de Messi en el Camp Nou, que puede parecer bonita, se hizo con trampa y al final no va a servir absolutamente para nada.
No obstante, no obstante y por si acaso y dadas esas posibles referencias que se pudieran hacer, este letrado se ha reservado de forma muy breve precisamente hacer un análisis de aquellos elementos de la instrucción que han sido más puestos en tela de juicio, que han sido puestos en mayor medida en tela de juicio. Voy a hablar en consecuencia de los TEDAX, de su función, de la UCO y su función y del informe TEDAX. En primer lugar respecto a los TEDAX. Bien, el comisario de los TEDAX yo creo que fue sometido a interrogatorios mucho más duros que muchos de los imputados. ¿Cuál fue realmente la actuación de los TEDAX? La actuación de los TEDAX se regula por una norma, que era la que establecía la norma, la actuación del servicio de la desactivación de explosivos que contenía las siguientes funciones:
Dice el apartado primero C: La realización de exámenes, análisis, investigaciones y estudios técnicos sobre los artefactos explosivos o incendiarios desactivados o neutralizados así como sobre los restos de explosiones emitiendo los oportunos informes técnicos periciales. Recalco el termino “restos de explosiones”. Añade más adelante en colaboración con el servicio Central de Policía Científica la investigación científica y técnica de los explosivos, restos de explosione, versus explosivos. Dice el intercambio de información técnica y científica con organismos nacionales y extranjeros especializados en explosivos. La recepción, análisis, evaluación y archivo de información sobre explosivos, utilización por los grupos terroristas, procediendo a su difusión en los distintos servicios nacionales y extranjeros y “la custodia y deposito” a disposición de las autoridades judiciales o administrativas de los elemento no explosivos de los artefactos explosivos o incendiarios, así como de los restos de las explosiones.
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Es decir, clarísimamente el TEDAX tiene encomendado los análisis de los restos de las sustancias explosionadas, mientras que a la Policía Científica corresponde el análisis de las sustancias explosivas. Es decir de aquellas materias que son susceptibles de explosionar, pero que todavía no han explosionado. Pero es el TEDAX y son los grupos TEDAX quienes tienen encomendada toda la cadena de custodia y quienes tienen encomendado además el remitir a la autoridad judicial los informes pertinentes ¿Y por que es el TEDAX? Algo dijo ayer un compañero de la acusación de una manera muy sensata y muy lógica. Porque realmente el TEDAX, hemos hablado mucho del laboratorio del TEDAX, el laboratorio de TEDAX no es más que una parte del grupo de investigación de TEDAX que hay en la Unidad Central, que tienen ellos en Centro Nacional de Datos de bombas. Son ellos quienes conocen los diferentes datos de las diferentes bombas y son ellos quienes pueden analizar para tratar de averiguar el tipo de explosivo, por una razón, como decía mi compañero, absolutamente lógica porque puede haber depositada otra bomba, de la cual va a ser desactivada por un funcionario TEDAX y lógicamente tiene que conocer, por lo menos de forma inmediata, rápida y lo más aproximada posible cual es el elemento que ha explotado anteriormente.
Es decir la cadena de custodia, el Centro Nacional de Datos de bomba, el depósito judicial y los primeros análisis. Por eso la Unidad TEDAX tiene una perito química con sobradísima experiencia que ha realizado múltiples informes, centenares de informes durante toda su vida profesional. Y como es la Unidad TEDAX la que remite a la autoridad judicial los informes, por eso hay decenas de escritos de remisiones hechos por el señor Sánchez Manzano a Policía Científica. Por eso hay decenas de escritos de remisión firmados por el señor Sánchez Manzano a la autoridad judicial.
Y si hubiéramos querido hubiéramos encontrado decenas de escritos realizados por el señor Sánchez Manzano de remisión a otras unidades de policía. ¿Qué remitió TEDAX para la realización de las pruebas periciales? No veintitrés muestras, como se ha dicho, sino veintitrés bolsas cada una de ellas con varias muestras.
Los TEDAX, in situ recogieron sacos de muestras. Los funcionarios TEDAX que estaban en el lugar de los explosivos... en el lugar de los hechos son los que seleccionaron aquellos restos que podían ser útiles para la realización de esos informes. Recordemos que son ellos quienes se juegan la vida, teniendo que desactivar si encuentran algún otro elemento explosivo, como aquí sucedió. ¿Qué es lo que hicieron los funcionarios TEDAX ese día? Pues lo mismo que han hecho siempre, recoger los restos que llegaban de las sustancias explosionadas, recoger lo que iba llegando de los diferentes elementos probatorios, tanto de los vehículos, de la furgoneta Kangoo, la bolsa… bomba desactivada en el Puente de Vallecas, todo lo que se fue encontrando en los diferentes puntos. Y elaborar el 27 de Abril del 2004, un informe pericial en el cual se hacían unos criterios de comparación y de coincidencia respecto a los detonadores, respecto a los explosivos, respecto a los cableados, etcétera.
Esa ha sido la función que ha realizado el TEDAX. Ha realizado, además otros informes. Hay un informe de 11 de Abril del 2004, de comparación entre el material de los elementos de explosión del 11 M y el aparcamiento de la calle Alfonso XIII de San Sebastián y un informe 10 del 4 del 2005, que es un informe pericial sobre teléfonos móviles utilizados en artefactos explosivos de ETA y el desactivado el día 12 de Marzo del 2004 en Madrid. Y un informe muy curioso, hay un informe muy curioso del TEDAX. El día treinta del 6… el día treinta de Junio del 2006 un determinado medio de comunicación, eh… saca una noticia, en la cual un programador de cocina que fue hallado en el piso Virgen del Coro, dice que tiene mucha similitud con eh… algunas anotaciones, con alguno encontrado en ETA. Si se mira ese informe la respuesta es realmente más cómica que seria, porque en ese informe lo que se confunde es la inscripción hecha a mano ST17 con una inscripción STA, que figura en algunas notas de ETA. Lo que sucede es que, como se coge deprisa, se mira deprisa, se confunde la A con el 1 y el 7, que es lo que puso el funcionario a mano y a partir de ahí metemos a la ETA por el medio.
Bien, realmente los funcionarios TEDAX han hecho siempre exactamente lo mismo, es decir, guste o no guste, los funcionarios Tedax siguieron el protocolo de actuación establecido en sus normas. Sea bueno o sea malo, pero era el que había. No se introdujo en los atentados del 11 M ningún tipo de modificación respecto a atentados anteriores cometidos por organizaciones terroristas. Lo que hicieron, bueno o malo es lo que habían hecho siempre. La especialidad TEDAX lleva treinta y dos años de funcionamiento, nunca nadie la ha puesto en cuestión.
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Los TEDAX es una unidad policial, que como en otras unidades policiales cada uno de ellos cumplió con su deber. Aquí como ha demostrado muy bien mi compañera Maria Ponte, se ha podido determinar el explosivo. Nosotros somos de los que creemos que el explosivo esta determinado. Por supuesto que asumimos plenamente las tesis de Maria Ponte. Pero a efectos meramente referenciales, por si alguien se le ocurren mantener todavía que no se pudo determinar el tipo de explosivos, cuestión por otra parte menos trascendente de lo que se quiere manifestar, como diremos más adelante, voy a dar una pequeña relación de aquellos atentados de la organización terrorista ETA en la cual no se pudo determinar el explosivo:
24 de Mayo del 91, Hotel Marbella de Alicante.
20 de Junio del 96, Hotel Cambrils Prince en Cambrils Tarragona.
17 de Marzo del 2001, Urbanización Santa Margarita en Rosas, Gerona.
10 de Junio del 2001. Torre Logroño, Logroño.
27 de Agosto del 2001 contra el aeropuerto de Barajas de Madrid.
12 de Octubre del 2001, coche bomba en el aparcamiento de la Plaza de Colon de Madrid.
1 de Mayo del 2002, coche bomba en la Avenida General Perón en el Paseo de la Castellana.
21 de Junio del 2002, coche bomba en el Hotel Las Pirámides de Fuengirola, Málaga, etcétera, etcétera, etcétera.
Y nunca la labor de los TEDAX fue puesta en tela de juicio, ni siquiera por los abogados de ETA. Esa es la realidad, si alguien quiere ver más atentados, ayer mi buen amigo Jesús Maria Zuloaga en su periódico sacaba la relación completa de los atentados de ETA, en los cuales no se había conseguido llegar a averiguar el explosivo que había estallado. Y aquí se ha llegado a averiguar.
Oigame, que más adelante con unos medios técnicos hipersofisticados, ocho peritos encontraran restos contaminantes como ha explicado muy bien mi compañera Maria Ponte, eso carece por completo de trascendencia a efectos de la labor absolutamente magistral, aplaudible y lejos de toda critica que realizaron los TEDAX en aquellos momentos. A partir de ahí, resulta que el señor Sánchez Manzano merece una deducción de testimonio, que se ha llevado los trenes a su casa, que se ha llevado las muestras en los bolsillos y que ha hecho no se cuantas barbaridades. Esto respecto a la Unidad TEDAX.
Vayamos con la UCO, la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil. Como quiero ser absolutamente riguroso, voy a decir paso por paso que es lo que hizo la UCO en relación con el confidente Rafa Zouhier. Por cierto, ayer de forma realmente irónica mi compañero Gonzalo Boyé, a quien quiero hacer una referencia muy especial porque Gonzalo Boye, en otro momento hubiera sido enemigo mío y hoy me honro y me precio con su amistad, dijo que “confidente ¿cómo confidente? Soplón o chivato”. Y es cierto, soplón o chivato. Aquí es que parece, le da a uno la sensación de que se maneja la cuestión de los confidentes, que se tiene la idea de los confidentes casi como si fueran miembros de un ejercito que han prestado un juramento y que están dispuestos a decir la verdad. Es una ignorancia supina, lo que a veces se ha puesto de manifiesto sobre los confidentes en determinados interrogatorios. Pero en fin, aceptemos, aceptemos lo relativo a la situación del confidente. Primera noticia que tiene la UCO sobre Rafa Zouhier: 28 de Junio del 2001 a través de otro colaborador. ¿En que fecha conocen a Rafa Zouhier? El 21 del 11 del 2001 en el Centro Penitenciario de Villabona, que es cuando se ofrece a colaborar. ¿En que servicios colabora? Da servicios sobre dos operaciones, la operación Hierro y la operación Merlín, que son investigadas por la Comandancia de Madrid. Primera información que facilita: 24-09-2002 sobre blanqueo de dinero y robos. Primera ocasión en que habla de armas: 27-12-2002, dos informaciones sobre armas que nunca dieron fruto. ¿Cuándo empieza a hablar de explosivos? A través de una llamada telefónica el 30 de Enero del 2003, donde habla de un tal Antonio, conocido alias “el toro” dice en ese momento, se queda la semana siguiente en Avilés. El 5 de Febrero del 2003 un grupo GOVA, que es un Grupo Operativo de Vigilancia y Apoyo acude a Asturias, se produce la entrevista con Rafa Zouhier, Es cuando Antonio Toro se comenta que podría vender 2,5 kilos de explosivos a cambio de un millón de pesetas o cinco
kilos, por un kilo de coca y se le entrega en ese momento por parte de la UCO a Rafa Zouhier ciento cincuenta euros en concepto de gastos. La primer vez que identifica a Emilio y que habla de los ciento cincuenta kilos de explosivos es el catorce de Febrero del año 2003 ¿eh? Donde dice que e… el cuñado de Antonio Toro pues podía conseguir los ciento cincuenta kilos de explosivos. Esto enlaza con la operación Pipol, etcétera, etcétera.
El veinte de Febrero del 2003 se produce la recogida de muestras en el PRI. Por cierto sobre estas muestras que entrega es una cosa muy curios, porque claro, si alguien tiene materialmente ciento cincuenta kilos de explosivos en buen estado no entrega una porquería de muestra de un supuesto explosivo que no sirve absolutamente para nada, pero en fin. El día 26 del 2 del 2003 hay una entrevista en el Campo de las Naciones, donde se dice que Toro estaba impaciente por el estado (n.t.: ininteligible) Bien, el 27 de Febrero del 2003 la UCO elabora la única nota informativa que elabora la UCO en relación con este asunto. Una única nota en la cual se hace referencia a todos los contactos que ha habido con Rafa Zouhier, la información obtenida respecto a Antonio Toro y también todos los datos relativos a la investigación que había hecho el grupo GOVA.
Se manda esta nota a Asturias ¿Por qué? Porque se habla de sujetos que viven en Asturias, que dicen tener explosivos en Asturias y que supuestamente trapichean con droga en Asturias. Esta nota contiene una serie de datos que, como se demostró posteriormente fueron imposible, fue imposible jurdiiciarlos .Hablamos de datos referenciales de un sujeto que no esta dispuesto a dar la cara y comparecer. Después de esta nota informativa el día 6 de Marzo del 2003 hay una conversación telefónica entre Rafa Zouhier, con Rafa Zouhier en la que habla una vez más de Antonio Toro, de Emilio, de que se podían conseguir los ciento cincuenta kilos, etcétera, etcétera.
Consecuencia de esta conversación telefónica la sección de fuentes de la UCO, que no el mando de la UCO, que no el coronel Hernando remite un (n.t.: ininteligible), es decir un correo de Intranet, un correo interno de la Guardia Civil, que no es otra nota informativa sino que es una ampliación de la nota anterior en la cual se daban todos los datos. Y es una ampliación y no una nota posterior porque esa conversación, que es la única que hay entre nota informativa y el correo de Intranet no aportaba Rafa Zouhier ningún elemento nuevo. Esta nota, perdón esta nota, el correo no la nota es la que supuestamente produce esa situación de conflicto entre si se había ordenado destruir o no se había ordenado destruir. Es mucho más lógica la versión que da el alférez Víctor, que no trasciende a los medios de comunicación por una razón absolutamente lógica. Porque había una cantidad de filtraciones de todo lo que estaba aconteciendo en ese momento impresionante y porque no olvidemos y porque no olvidemos que el coronel Hernando estaba saliendo en los medios de comunicación que facilito la compra de explosivos para los atentados utilizando fondos reservados. Estaba saliendo y a pesar de que Rafa Zouhier le dio las claves de los explosivos no quiso investigar. Se llego a decir que el coronel Hernando fue posiblemente el que suicido a los terroristas de Leganes para evitar testigos incómodos y se llego a decir que el coronel Hernando amenazo de muerte a Rafa Zouhier, precisamente por estas filtraciones.
Ante este cúmulo de barbaridades ¿Cómo no había que tener cuidado con que nada trascendiera a los medios de comunicación? De todas maneras el coronel Hernando dijo la verdad, solo hay una nota y lo otro es una ampliación de la nota anterior. A partir de ahí, a partir de ahí y nos situamos en Marzo del 2003, un año antes de los atentados ¿Qué es lo que Rafa Zouhier facilita a la Guardia Civil? En 30 y 31 de Marzo del 2003 hay unas conversaciones telefónicas donde un individuo, donde habla un individuo que trafica con armas. El 4 del 12 del 2003 sobre una operación de… de hachís y las últimas informaciones, 17 de Febrero del 2004 una serie de llamadas en relación con la operación (n.t.: ininteligible). Rafa Zouhier no dice nada, absolutamente nada a la Guardia Civil de lo que estaba haciendo en relación con la venta de los explosivos que acaban produciendo los atentados del 11 de Marzo. ¿Qué sucede después del atentado? Después del atentado, al día siguiente del atentado, por una cuestión que no tiene nada que ver con el atentado, si no que obedece precisamente a una información solicitada por la zona de la Guardia Civil de Cataluña, Paco, el capitán Paco, Víctor, el alférez Víctor habla con Rafa Zouhier y Rafa Zouhier al día siguiente no dice nada del atentado. Hablan de la operación Chopo.
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La primera vez que da una referencia es el 16 de Marzo del 2004 cuando habla de Jamal “el Chino”. El 17 de Marzo del 2004 es cuando facilita el domicilio del “Chino” y posteriormente amplia datos para la detención del “Chino” y posteriormente es detenido el, el “Chino” y posteriormente se produce la detención de Rafa Zouhier.
Bien ¿Tenia algún sentido, tenia algún sentido que se ocultase la existencia de ese correo Intranet? Absolutamente ninguno, por dos motivos. El primero y esencial porque ese correo Intranet esta en el Intranet de la Guardia Civil, con lo cual hubiera sido imposible acabar ocultándolo. Pero es que además el 20 de Octubre del 2004 el testigo numero 198.662 la UCO remite a la autoridad judicial la totalidad de la documentación elaborada en relación con estos sucesos.
Sobre esta base se pide también la deducción de testimonio para el coronel jefe de la UCO. Desde mi punto de vista un autentico disparate y repito solamente voy a hablar de las unidades que han sido más puestas en tela de juicio.
Finalmente, tercera unidad, tercera cuestión: quiénes elaboran el informe sobre ETA. Bien, casi me da un poco hasta vergüenza hablar de ETA en este asunto, pero sí que creo que conviene dejar las cosas un poco claras, un poco más claras, si cabe. Siempre se ha dicho que al principio, cuando se produjeron los atentados, todos pensamos en que había sido ETA. Pues bien, a los verdaderos expertos de la lucha antiterrorista la duda de si había sido ETA, la tuvieron que tener forzosamente desde el primer momento. No solo porque los primeros análisis inducían que los explosivos no eran los utilizados por ETA, sino por algo mucho más importante y que algo ya introdujo el Fiscal Zaragoza. Por el modus operandi. Fijémonos bien, en España han operado organizaciones terroristas de todo tipo, ETA Político-Militar, Terra LLiure, el GRAPO, etcétera, etcétera. La única que estaba operativa cuando se produjo el atentado fue ETA Militar. ETA Militar, en el entrenamiento que da a sus miembros liberados y no liberados establece una norma taxativa, prohíbe terminantemente a sus miembros liberados y no liberados que actúe a la vez más de un comando. Nunca jamás en la historia de ETA ha actuado más de un comando a la vez. Sencillamente por una cuestión pura y simplemente de seguridad y aquí han hecho falta varios comandos para actuar al mismo tiempo. La vez que ha actuado la gente de ETA al mismo tiempo es en 1980 en el atentado de Hispaster, donde actuaron a la vez seis miembros de ETA. Dos tandas de tres grupos de etarras, que cada uno de ellos formaba parte, eran dos tandas de un mismo comando.
Y aquí los verdaderos expertos en la lucha antiterrorista en los primeros análisis que hacen, forzosamente tuvieron que entender que había algo raro para que ETA hubiese realizado un atentado en el que hubieran actuado varios comandos conjuntamente y trece personas. Pero es que, además, además de esto, además de esto, los análisis de los TEDAX, los explosivos de Vallecas, el hecho de que los temporizadores fueran teléfonos, normalmente los de ETA solían ser una especie de re relojes y además el hecho de que normalmente, salvo en unos supuestos muy concretos y muy antiguos, ETA avisa cuando coloca la bomba, aunque sea y aunque avise con un tiempo dando un dato de minutaje erróneo, con la finalidad de conseguir cazar a los TEDAX precisamente. Pero ETA avisa siempre cuando va a realizar un atentado. Desde el principio los expertos en la lucha antiterrorista tuvieron que suponer o intuir que algo extraño había en ese atentado, que se escapaba del esquema clásico de funcionamiento de la acción terrorista.
A pesar de ello ETA se ha investigado hasta la extenuación. Yo no se si lo que se considera es que ETA debiera ser investigada o no ser investigada. El caso es que se ha investigado y hay un informe de alguien, cuya labor también ha sido puesta en tela de juicio, que es el del comisario señor Pérez Castro. Bien, eh… este informe es puesto en tela de juicio. Si este informe es puesto en tela de juicio hay que explicar por que y hay que explicar porque esta equivocado. Si este informe sustituye, como se ha dicho a otro anterior, que tenia conclusiones diferentes… en todo caso habría que decir que podía sostener ese informa anterior. Que ese informa anterior existía solo ha dado como referencia el señor Díaz de Mera y sus tres referentes han negado la existencia de ese informe. Pero vamos a hacer un ejercicio kafkiano, surrealista y de mero ejercicio intelectual. Supongamos que ese informe existiera ¿Qué podía contener ese informe? ¿Qué ETA colaboro en el atentado? ¿En base a que? ¿Qué es lo que dice el informe que está que es falso? ¿Acaso es falso que la documentación incautada a ETA los últimos años no hay la más mínima referencia a contactos con islamistas?
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¿Acaso es falso que no hay ningún contacto entre miembros y militantes de ETA y militantes de grupos islamistas, salvo los naturales y comunes en las prisiones? ¿Acaso nos vamos a creer que el aparato logístico de ETA envía delincuentes comunes a robar coches? ¿Acaso nos vamos a creer que va a comprar delincuentes comunes explosivo cuando en el año 1.999 había realizado ETA un robo de explosivos en (n.t.: ininteligible) Francia?
¿Nos vamos a creer que un comando de liberados se relaciona con delincuentes comunes contraviniendo todas las órdenes y todas las instrucciones que tienen todos los miembros de la organización terrorista ETA, de no poner jamás en riesgo su propia seguridad? ¿Hay algún dato objetivo que pueda contradecir lo que se ha puesto de manifiesto en la vista? ¿Vamos a ser tan ingenuos de pensar que la Guardia Civil o que la Policía no tenia escuchas, informes de las actuaciones y de las actividades de ETA en los tiempos inmediatamente anteriores como para haber detectado esos contactos?
¿Nos olvidamos de que precisamente en aquella época existía un gran nivel de información sobre lo sucedido, sobre todo lo que estaba sucediendo en el mundo etarra? ¿Haría falta ir más allá y llegar a averiguar cual fue la reacción de los miembros de ETA en el sur de Francia con relación al atentado del 11 M?
Sinceramente no quisiera seguir por esa línea, pero si hay algún dato que manifieste que ETA tiene algo que ver con este atentado que a nadie le quepa la menor duda que este letrado va a ser el primero, el primero en que si hay un único dato, un dato objetivo que conecte a ETA con este atentado seria el primero que hubiera pedido la investigación hasta las ultimas consecuencias. Pero desde mi punto de vista y es una opinión puramente personal flaco favor hacemos a la lucha antiterrorista si mezclamos etarras donde no lo están, flaco favor le hacemos a la lucha antiterrorista si metemos a ETA donde no está, flaco favor le hacemos a la lucha antiterrorista si damos pistas a abogados de ETA sobre como poner en tela de juicio informes policiales o informes de la Guardia Civil.
Yo, por lo menos particularmente en la lucha antiterrorista voy a estar donde he estado siempre, con la Guardia Civil, con la Policía y hasta las ultimas consecuencias.
Y voy a entrar ya finalmente y de forma muy breve en lo que iba a ser el elemento nuclear de mi informe y lo voy a hacer, repito, de forma muy breve. La responsabilidad civil y el acto terrorista. Bien, sobre la responsabilidad civil y el acto terrorista eh… voy a hacer una muy breve referencia histórica y fue la sen… partiendo de la sentencia 181 del 2000 del Tribunal Constitucional, donde establecía la aplicación del baremo obligatorio para accidentes de trafico y hacia una referencia al baremo y a los delitos dolosos.
Desafortunadamente en muchos delitos dolosos se ha venido aplicando el criterio del baremo. Recientemente el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que es la sentencia 47-2007, en la que tuve el honor de ser el recurrente, donde ha lanzado unas frases lapidarias contra la aplicación de baremo en los delitos dolosos. Y no hablo de casos de terrorismo, donde entrare a continuación. En esta sentencia, repito, la 47-2007 dice literalmente “La utilización de los baremos derivados de la Ley General de Contratos de Seguros nos parece inadecuada, no solo en el caso concreto que estamos examinando, si no en general referido a toda clase de delitos dolosos. La fijación de los baremos en el caso de responsabilidades civiles derivadas de los hechos que deberían estar cubiertos por la garantía del seguro responde no a criterios objetivos de justicia si no a cálculos matemáticos, obtenidos a partir de un estudio de posibilidades, en la cobertura técnica en función del mercado, las ramas de explotación de las reservas matemáticas que hay que contemplar para que el tema pueda subsistir sin riesgos inasumibles por los índices de cobertura. La fluctuación al alza o a la baja no responde a criterios equitativos si no a factores como al alza
o a la baja de la siniestralidad e incluso a ponderaciones mercantiles de cuotas de mercado”. Y añade,” en los delitos dolosos se rompe cualquier criterio de justa racionalidad y proporcionalidad y legalidad si se trasvasa sin más al criterio técnico y objetivo del contrato del seguro”. Continua más adelante diciendo “el articulo 115 del Código Penal concede la más amplia libertad a los jueces titulares para, declarar la esencia de la responsabilidad civil, avala la fiscalidad de los baremos en los delitos dolosos en base a la aplicación del Articulo 115 y termina diciendo que las obligaciones que nacen del delito se rigen por los parámetros derivados de la reparación, dolor causado y consecuencias derivadas del Derecho Civil”
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Esto para los delitos dolosos en general. No obstante en esto la Audiencia Nacional ha sido ya una avanzada. Nunca la Audiencia Nacional ha seguido los criterios de baremo con carácter general en la aplicación de las indemnizaciones en la responsabilidad civil ¿Y por qué? Porque yo creo que en el fondo subyace en el concepto jurídico de la victima del terrorismo una idea que podríamos definir como la idea de la doble victima ¿Por qué? Hay una diferencia esencial entre la victima del delito terrorista y la victima de otro delito doloso. La victima del delito doloso es victima directa del delincuente. El violador o el asesino provoca daño a la victima porque le quiere provocar daño a la victima.
La victima del terrorismo es receptora de un daño que no va directamente dirigido a ella, porque la finalidad que tiene el terrorista es, o bien alterar gravemente la paz publica o bien subvertir el orden constitucional. Utiliza el terrorista a la victima para provocar daño a la sociedad. Por eso la sociedad tiene que ser especialmente solidaria con la victima del terrorismo, porque a ellos se les hace daño porque se nos quiere dañar a todos nosotros y este criterio, este concepto jurídico de la doble victima, que me entusiasmaría sinceramente que fuera recogido en esta sentencia. Este criterio de la doble victima alcanza especial dimensión en estos atentados que tienen un carácter aleatorio. A nuestras victimas se les ha hecho daño porque lo que se ha pretendido es dañar a toda la sociedad. Por el motivo que sea, que no voy a entrar en él.
Por ello, por ello la victima del terrorismo merece un tratamiento especial y es que además nuestro Código Penal cuando establece en el artículo 115, la necesidad de justificar las bases podría llevarnos a un principio o a una idea desorientadora. Por una razón, porque justificar las bases significa dar los criterios, no que victima a victima tenga que justificarse base por base. Y esto tiene también una consideración muy sencilla. Nuestro Código Penal establece un criterio jerárquico entre la restitución, la reparación y la indemnización. Primero restituir, si no reparar y luego indemnizar.
Por un vicio procesal hablamos siempre de indemnización, pero la indemnización es el último elemento, antes está restituir o reparar. Y cuando hablamos de reparación en un delito doloso el juez puede apreciar libremente como reparar el dolor de cualquier persona. Tiene un absoluto principio de libertad de la valoración de la prueba y máxime en un delito de terrorismo, donde precisamente se produce este efecto, como decíamos de la doble victima.
La parte puede, en consecuencia pedir libremente uno, diez o cien y el juez puede dar libremente uno, diez o cien. Porque el juez considera libremente que la reparación del daño vale tanto, y nadie se lo podrá discutir. Sólo seria discutible por agravio comparativo a la baja respecto a casos precedentes de terrorismo. Y así lo ha venido haciendo la Audiencia Nacional. Libremente la Audiencia Nacional estableció la cantidad de tres millones de euros en el caso Madina. Libremente la Audiencia Nacional ha pasado de una cuantía a otra cuantía en los supuestos de fallecimiento porque así lo ha considerado y así lo ha estimado necesario, Libremente el juez de la Audiencia Nacional en un delito de terrorismo puede valorar el daño como lo tenga por conveniente. Ni siquiera está obligado a diferenciar y a decir “tanto le doy por daño físico, porque no esta sometido a baremo, tanto le doy por daño moral, porque no está sometido a baremo y tanto lo doy por el motivo que alegue la parte”. No es posible distinguir el daño físico de perder una pierna del daño moral que supone exactamente la pérdida de esa pierna. En consecuencia, señorías, en consecuencia señorías, nosotros lo que hemos hecho ha sido establecer un criterio genérico, que lo hemos puesto en nuestro escrito, donde hemos considerado el daño físico, las consecuencias laborables, la incapacidad, etcétera, etcétera. Y en base a la consideración de cada uno de ellos hemos dado un resultante y su señoría puede analizar si el resultante le parece correcto o no y en consecuencia si ese resultante es consecuencia de las lesiones, los daños morales, los daños físicos y si su señoría lo entrega, su señoría habrá valorado el elemento de ese resultante y nadie en el Tribunal Supremos desde nuestro punto de vista se lo podrá discutir si alguien plantea ese recurso.
Y voy a ir a terminar mi informe, ya que reconozco que me he extendido un poco más de lo que pensaba. Me voy a dirigir en primer lugar a los acusados, a los procesados, a los procesados. Me gustaría que ellos, quienes simpatizan con ellos, quienes les aplauden y quienes les jalean aprendiesen una gran lección. El mundo libre les ha dado la oportunidad de una defensa justa en un proceso equitativo. Han tenido ustedes unos abogados de oficio, a los que en su trabajo les aplaudo, porque realmente han demostrado que el derecho de defensa es un
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derecho fundamental y han estado ustedes defendidos por personas a los cuales ha sido el propio Estado quienes les ha puesto unos medios escasos, pobres y han sido ustedes defendidos por excelentes profesionales con una gran entrega a la causa.
Quiero referirme también a mis compañeros de acusación a cuyas conclusiones no me he adherido. A mis amigos, porque son mis amigos que tantos años hemos luchado codo con codo en la lucha contra ETA y en la lucha contra el terrorismo. Me gustaría que en cuanto terminase este juicio volviésemos a estar Juan Carlos, Emilio, una vez más codo con codo en la lucha contra ETA y en la defensa de las victimas del terrorismo.
Me voy a referir también ¿Cómo no? A mis compañeros de acusación, Amanda, Paula, Maria, Antonio García y Antonio Segura. En su momento se me encomendó liderar un equipo de abogados para llevar esto hacia adelante. Ni he liderado nada ni he tenido la más mínima intención de hacerlo, porque a medida que los iba conociendo iba viendo su trabajo puedo afirmar que cualquiera de ellos es mejor letrado y más trabajador que el que ahora esta dirigiendo la palabra. Para mí, os lo digo sinceramente y quiero decirlo públicamente ha sido un honor simplemente ser uno más entre vosotros, el ultimo y el ultimo también en tomar el turno de palabra.
Otros compañeros de las acusaciones que me han sorprendido muy gratamente en sus intervenciones jurídicamente muy sólidas el Ministerio Público, el Ministerio Público, Olga Sánchez. Sencillamente gracias por tu trabajo, gracias por tu lucha, gracias por tu esfuerzo, gracias por tu sacrificio y vale ya de tanto halago, aunque tú los mereces. Y realmente lo único que pido es no tenerte nunca enfrente como fiscal cuando yo ejerza labores de defensa.
A Javier Zaragoza, tenias razón, da igual, da igual, hay elementos suficientes de incriminación como han puesto de manifiesto todos mis compañeros, da igual el tipo de explosivo, porque están las llamadas están las imputaciones, están absolutamente todo lo que aquí se ha dicho. Pero es que además, Maria ha dejado claro que el explosivo era el que era y además ha habido otras condenas, como acabamos de decir aquí que, en las cuales no se ha dado tanta vuelta, no se ha mareado tanto este tipo de situaciones y además como decíamos muy claro el modus operando era diferente. El fiscal Bautista qué soberbia lección magistral, magistral de todos los criterios de imputación.
Al Tribunal, al Secretario y al personal de la Sala. También las gracias, no solamente por como se ha llevado el juicio, porque yo creo que cuando todos nos metimos en este juicio lo que teníamos miedo era a estar aquí un año y pico, que realmente acabásemos en una situación caótica, eh… y yo lo digo con toda la sinceridad del mundo. Este juicio se ha llevado magistralmente y se ha llevado magistralmente como se tiene que llevar un juicio, con una mezcla entre dureza y esa palabra que tienen los franceses que es intraducible al castellano, que es el “savoir faire”, que por cierto tiene sentido una referencia ahora que he metido una palabra en francés. Es claro “savoir faire” es una referencia en francés, aquí antes se discutía y se hablaba de que la traducción en su contexto o en su no contexto, “savoir faire” palabra en castellano cuya traducción en castellano evidentemente no significa exactamente los mismo ¿eh? O en catalán “poca solta”. En catalán “poca solta” quiere decir poco suelto. Si un traductor en una conversación telefónica traduce diciendo poco suelto, ese traductor realmente anda mal. “Poca solta” es un concepto completamente diferente. Me ha venido al hilo. Y ratifico y reitero repito las gracias al Tribunal, a la Secretaria y al todo el personal de este juzgado.
A las victimas, a las victimas, gracias por vuestra confianza, por vuestro apoyo. Leí recientemente un artículo que me emociono de verdad. Somos un grupo compacto de abogado, de psicólogos, de victimas que hemos luchado, que hemos peleado y que hemos defendido nuestros derechos como mejor lo creíamos. A Pilar especialmente, por haber confiado en este letrado que vive lejos de Madrid. Gracias además por una virtud tuya que tanto nos ha unido y que realmente es muy desconocida, gracias por tu sentido del humor.
Y a todos cuantos habéis seguido este juicio solamente una ultima referencia y una ultima reflexión. Que la versión, que la visión de este juicio sea realmente una visión estrictamente jurídica, sin intereses políticos, sin intereses bastardos, sin intereses espurios. Que no se hagan lecturas interesadas, en definitiva que la oscura visión del pino no impida ver el bosque de la justicia. Muchas gracias.