INFORME DE CONCLUSIONES DEFINITIVAS DE LA ACUSACION PARTICULAR ANGÉLICA MARÍA GERIA CORTÉS Y SU HIJO MENOR DE EDAD.

  1. o En cursiva azul, las preguntas del Ministerio Fiscal y los abogados.

  2. o En normal negro, las respuestas.

  3. oLos comentarios del juez, comienzan por GB

  4. oEn rojo, lo que no se entiende bien y es de libre trascripción.

  5. o NOTA del Transcriptor (n.t.)

Nomenclatura de las partes que intervienen en el interrogatorio:

A GERIA Acusación Particular Angélica María Geria Cortés y su hijo menor de edad

GB Presidente del Tribunal – Javier Gómez Bermúdez

Informe de Conclusiones Definitivas. Acusación Particular de Angélica María Geria Cortés y su hijo menor de edad
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GB: ¡Silencio! Se reanuda la sesión. Tiene la palabra la Acusación constituida por Doña Angélica Geria Cortes y su hijo menor de edad, para informe.

A GERIA: Con la venia de la Excelentísima Sala y del Ilustrísimo Señor Presidente.

En primer lugar, y después del brillante informe de mi joven compañero de la Acusación A7, creemos que el nuestro va a quedar bastante reducido, porque no vamos a repetir mucho las cosas que ha dicho, simplemente decir que la juventud no está reñida ni con el buen trabajo ni con el desempeño profesional que ha tenido el compañero de la A7, que nos ha impresionado a todos.

Dicho lo cual, y ante esta situación, nosotros sí queremos dar una… un apartado de nuestras conclusiones.

Agradecer en primer lugar, la paciencia de la Sala que ha tenido con este letrado, creemos que hemos hecho muchas preguntas y después justificaremos por qué las hemos hecho, vinimos a acusar y como tal, teníamos que hacerlas.

También es necesario como acusación, dar las gracias por el trabajo de la totalidad de los miembros del Juzgado de Instrucción, Oficiales, Auxiliares, Secretario Judicial y Juez, no estaríamos aquí sin su trabajo.

También el de la Fiscalía, creemos que ha sido un brillante trabajo, muy, muy dedicado.

Es necesario también agradecer a los testigos que han superado el miedo para venir a declarar en esta Sede; algunos han hecho grandes esfuerzos para cumplir con su deber, otros han salido por otra vía, ya hablaremos de eso más adelante.

Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado han hecho un trabajo impecable a partir del día 11 de septiembre, serán criticados o no, por esta acusación, no lo van a ser, nosotros creemos que ellos han hecho aquel trabajo que les correspondía y más.

También voy a agradecer a mi representada o defendida Dona Angélica Geria Cortes, que me ha dado la libertad absoluta para ejercer esta función, mi función de acuerdo al artículo 46.1 del Estatuto General de la Abogacía Española, es decir, de tomar las decisiones profesionales que entendí correspondiente a mi papel como acusador.

Ya entrando en materia, creemos que es necesario adherirnos parcialmente o casi totalmente al Informe del Ministerio Fiscal, de la acusación A1, A4 y A7 que me han precedido, así como otras que vendrán después, con las cuales nuestras conclusiones no sólo no son contradictorias sino que son, son coincidentes.

Y decimos que una adhesión parcial, porque vamos a precisar algunas discrepancias, que no sólo son de hechos, son de Derecho, es decir en términos de calificación.

Para llevar un cierto orden, vamos a hablar primero de las cuestiones previas, creemos que don Carlos Bautista las ha señalado muy bien. Nosotros queremos profundizar un poco porque cree… estamos convencidos que es importante que se escuche los planteamientos de oposición que realizamos las mismas, y a ese respecto vamos a ir por aquellas defensas que han planteado…que lo planteado cuestiones de nulidad.

La primera, Rabei Osman El Sayed, Mohamed El Egipcio, Mohamed El Masri, muchos alias para un inocente.

Pero vamos a hablar primero de las cuestiones de nulidades que se plantean. Por una parte inicialmente se estructuró su escrito sobre la base de la vulneración del artículo 18 de la Constitución Española, vulneración que no se habría producido en España sino que en Italia,

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es decir, estamos superponiendo normas distintas de ordenamientos distintos; creemos que es una equivocación, que si se quería cuestionar las escuchas italianas, eso debía hacerse en la sede correspondiente, el procedimiento italiano, no el procedimiento español. Aquí se podría haber cuestionado su incorporación, que por cierto, se ha hecho con todas las garantías procesales, la prueba obtenida en el extranjero, hace prueba también en el Derecho español.

Se plantea, se plantea, por esa defensa, en un magnífico trabajo, todo hay que decirlo… Y antes de seguir con las cuestiones previas, queremos destacar una cosa, aquí vamos a discutir de Derecho, es un debate dialéctico, no un debate de personas ni de cuestionamientos personales, es simplemente diferencias de entendimientos de Derecho, unos en la postura de defensa, nosotros en la de acusación.

Plantea el compañero que se ha vulnerado el secreto de las comunicaciones y la inviolabilidad del domicilio del señor Rabei Osman El Sayed; una vez más pensamos que ahí hay un error de concepto, se hizo de acuerdo a la legalidad italiana, es más, no han sido anuladas por ningún tribunal italiano, que eran los únicos competentes para anular si entendían que su legislación no había sido la correcta.

Por un problema de traducción, que en el caso de Rabei, parece ser la constante, entendemos que la norma reclamada del código de procedimiento penal italiano, el articulo 467, no es la correcta, ni siquiera allí; ahora bien, quien alega Derecho extranjero deberá demostrar su vigencia, hemos terminado la fase de prueba, y no se ha demostrado la vigencia siquiera del Derecho que esta alegando el compañero, y por lo tanto, mucho menos, si no se ha demostrado la vigencia del Derecho, tampoco se puede haber demostrado la vulneración del mismo.

Se dice que también se ha vulnerado el secreto de las actuaciones , el derecho de defensa por el secreto de las actuaciones, nosotros creemos que no es así, es más, pensamos , y eso afecta a todas las defensas, el magnífico trabajo realizado por los abogados aquí presentes, y en especial los del Turno de Oficio, nunca bien tratados y siempre mal pagados, eh… es junto con la actividad del Juzgado de Instrucción y de este Tribunal, la mejor garantía de ese derecho que han tenido los justiciables, es justamente el trabajo de los compañeros, el que lo ha garantizado.

A todos nos ha afectado el tiempo que ha durado el secreto de las actuaciones, ahora bien, hemos tenido tiempo más que de sobra para preparar, las defensas y las acusaciones, prueba de ello, prueba de ello, son los múltiples planteamientos que realizan, incluida la defensa de Rabei Osman El Sayed, y los propios interrogatorios que se han ajustado al material obrante en autos.

Si el secreto hubiese afectado en alguna medida su derecho de defensa, evidentemente, no hubiese podido defender tan bien como lo han hecho, creemos que es una contradicción, criticar el no ejercicio de la vertiente material de un derecho que han sabido ejercer con mu… mucho mas allá de la dignidad, con una excelencia profesional exquisita.

Se dice que existe un problema de, eh…”Non bis in ídem” por parte de la defensa de Rabei, nosotros a ese respecto creemos que hay un error, y vamos a leer concretamente un punto que si queremos citar textualmente, de los planteamientos del compañero, para que no haya error al respecto:

“En suma, de los datos obrantes del proceso seguido en Italia, se revela una circunstancia fundamental, que en Italia se le ha juzgado por una presunta pertenencia a la llamada organización supranacional Al Queda, y por su presunta participación en los atentados sufridos en Madrid el día 11 de marzo del 2004, mismo sujeto y mismo objeto que lo que se está enjuiciando en España”

Continúa el compañero diciendo:

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“Así esta representación considera que el “Non bis in ídem” debe ser aplicado a todos los delitos por los que se está juzgando a mi representado, todos”

Bueno… nos quedamos sin palabras. Evidentemente, evidentemente, si lo que se pretende es un “non bis in ídem”, primero hay que reducirlo a lo que fue juzgado en Italia, y después, ver si realmente existe esa doble enjuiciamiento.

Como comprenderá esta Ilustrísima Sala, y nosotros creemos que lo tiene absolutamente claro, es impensable que un delito de pertenencia a banda armada, organización terrorista yihadista, juzgado en Italia, comprenda o subsuma 192 asesinatos terroristas y 1841 asesinatos en grado de tentativa.

El planteamiento, y lo ha citado textualmente, lo que viene a decir es “¿Por favor, ¿me pueden entregar una carta blanca para Rabei?” ¿Es eso el “non bis in ídem?, nosotros creemos que eso dista mucho de ser la garantía constitucional que se está reclamando, es más, a este respecto queremos profundizar porque entendemos que es un planteamiento serio, pero equivocado, serio porque lo hace un compañero que me merece todos los respetos, pero es equivocado porque jurídicamente, es erróneo.

Rabei fue enjuiciado exclusivamente por su pertenencia a una organización terrorista, que él estaba creando en Italia. Aquí en España se le está juzgando, no por la que creó en Italia, sino por la que creó en España, son dos organizaciones distintas, mas adelante, dentro de nuestra exposición, que intentaremos sea breve, explicaremos cuál es la estructura de estas organizaciones, pero le queremos recordar, que en la exposición del compañero de la acusación A1, Antonio Segura, él trajo a colación una… un diagrama que representaba uno de los documentos encontrados en el ordenador de Jamal Ahmidan, que explica cuál es la estructura integrada e integral de la organización terrorista.

Bien, tan es así lo que estamos diciendo, que parece ser que el planteamiento que se hace es, la autoridades italianas por un lado enjuician a Rabei, por pertenencia a organización terrorista islámica, y por otro lado, las mismas autoridades le extraditan a España para ser enjuiciado por lo mismo; bueno, evidentemente las autoridades italianas tienen un entendimiento distinto al del compañero de la defensa, porque ellos mismos no lo hubiesen entregado, esta Sala tiene la experiencia suficiente, y los conocimientos jurídicos van mucho mas allá los de esta Sala, para saber que un juez, no va a hacer con la mano derecha lo que va a negar con la izquierda, es evidente que no es así, son dos organizaciones distintas, no hay identidad de hechos, si hubiese una identidad de hechos, no habría problema, se admitiría.

Pero, ¿por qué fue entregado Rabei? Tan es así el entendimiento de las autoridades italianas, que la pregunta que cabe es… ¿Dónde está el joven ¿? ? Porque si fuese una única organización, el joven ¿? también tendría que responder aquí de los hechos de Madrid; ese es el contrasentido principal de este planteamiento, no se puede entender que el juicio en Italia, haya sido una excusa absolutoria, porque no se le puede llamar de otra forma, con respecto a lo sucedido en Madrid. Es más, los argumentos utilizados en la sentencia italiana, se corresponden con parte, de lo que no es más que un”Obiter Dicta” de la sentencia italiana, que por cierto, contienen algunos presupuestos muy interesantes, no sabemos si Rabei en, en el seno de su organización española, lo ha discutido con sus compañeros de banquillo, pero ese “obiter dicta” le relaciona directamente con Basel Ghalyoun y Fouad El Morabit, Y dice, con Serhane y Jamal, hechos que viene negando aquí, ahora, si Rabei pretende argumentar sobre la base de ese ”Obiter dicta”que ni siquiera es una (n.t.: ininteligible) de la sentencia, su exculpación de todos los hechos de España, tendrá que discutirlos con sus subordinados, creo yo, dentro de lo que es la organización española, porque les esta perjudicando directamente al inculparles y darlo como hecho la relacion existente entre ellos, relación que aquí han llevado al pla... al mero plano de la amistad, al mero plano de la amistad.

Nosotros entendemos que no se da el “Non bis in idem” o el “Bis in idem” que pide el compañero, pero más adelante nuestra posición, insisto, explicaremos, son dos organizaciones distintas. Ya lo decía la semana pasada el Abogado del Estado, de forma brillante el Abogado del Estado matizó, que no modificó, matizó lo dicho por el Ministerio Fiscal, el uso adecuado del lenguaje, es necesario en esta Sede, porque si no, incurriremos en errores serios. No estamos hablando de una célula, son grupos autónomos integrados e

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integrales distintos y separados, es decir, organización creada por Rabei en España, organización creada por Rabei en Italia, no sabemos qué más ha hecho Rabei en sus múltiples periplos por Europa, y si en Alemania o en Francia también habrá dejado algún regalo como el que dejó aquí en España, eso se verá más adelante, y no es competencia ni de este procedimiento ni de las autoridades españolas, pero si decir, se trata de dos organizaciones distintas.

Ahora bien, se plantea la comisión de la nuli... la nulidad de la comisión rogatoria, por el traslado de los documentos, o lo hemos entendido mal, o no existe causa de nulidad, la comisión rogatoria no se puede anular por quién traslada los documentos, entendemos que es un planteamiento de defensa, y como tal, bueno, tenemos algo que decir pero no hay mucho más que decir porque evidentemente no tiene asidero jurídico. Ahora si, se dice que no ha habido tiempo para defender, porque ha estado (n.t.: ininteligible) a disposición, nosotros creemos que el trabajo realizado por la defensa, y lo volvemos a insistir, acredita que ha sido tiempo suficiente, pocos, o ninguno puede quejarse de la defensa que han tenido, y creemos que si hay alguien que no se puede quejar de la defensa que ha tenido es Rabei, y es un cumplido para mi querido amigo y respetado compañero que lleva su defensa porque Rabei no se puede quejar de la defensa que ha tenido ni mucho menos de no haber tenido tiempo para defenderse, ha tenido todo y más, todo y más.

Con respecto a Yousef Belhadj, se plantea como cuestión de nulidad, el derecho de defensa y las traducciones, bueno, este es un proceso que evidentemente tiene problemas de traducciones, pero dice que no ha sido traducido y que no conoce la totalidad de la imputación , nosotros creemos que si, que la conoce, que la conoce de forma íntegra, la ha conocido a través del procedimiento, ha tenido cumplido acceso al mismo, a to... en todas y en cada una de sus fases, y es más, es sorprenderte que Yousef Belhadj diga que no conoce la acusación, es que ni siquiera usa auriculares para la traducción, eso es prueba practicada en este plenario.

Después Hasan El Haski, Hasan El Haski, no pide ningún tipo de, de, no plantea ninguna cuestión de nulidad, pero si pide que se nos condene en costas a las acusaciones, nosotros creemos que eso hay que rebatirlo inmediatamente, no es, no es, una acusación temeraria la de ninguno de nosotros, porque además viene avalada por resoluciones judiciales firmes, el auto de procedimiento determinó que existían indicios racionales de criminalidad en contra de Hasan El Haski y por eso hemos mantenido nosotros, en esa vía nosotros hemos encontrado indicios suficientes para llevarlo al plenario y tratar de transformarlo en prueba.

En cuanto a las cuestiones de nulidad planteadas por la, por la, por Basel Ghalyoun, nosotros creemos que básicamente son cuestiones de legalidad ordinaria, y como tanto, no son cuestiones de nulidad, son cuestiones de anulabilidad que no afectan al fondo del proceso, incluso su anulabilidad que no nulidad, que son cuestiones de legalidad ordinaria, no presenta ningún problema, las garantías se han cumplido en todos y cada uno de los hechos.

En cuanto al siguiente que plantea cuestiones de nulidadades Fouad El Morabit, dice que se genera indefensión por no leer la causa, vamos, si Fouad El Morabit, se leyó la causa, mejor que casi todos nosotros, o sea, eso es evidente, porque venia a este... a este procedimiento, con los hechos suficientemente sabidos, incluso para corregir hasta números de folios, en caso de que nos hubiésemos equivocado, Fouad El Morabit se leyó la causa.

Pero hay un dato que parece ser que se olvida y se omite, en pocos, sino en ningún procedimiento ha existido las garantías y facilidades que han existido en este para instruirse, y me refiero concretamente a medidas adoptadas por esta Sala como poner a disposición de los acusados un ordenador y la causa en los centros penitenciarios en que los cumplen.

Evidentemente es una medida extraordinaria que se adoptó a tenor entendemos, de garantizar el ma... al máximo el derecho de defensa y sobre todo, sobre todo, de permitirles

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un conocimiento del sumario, que por cierto, en un país donde la defensa es técnica y la ejercemos profesionales del Derecho, no obliga a que la conozcan los acusados íntegramente.

Esta Sala ha tenido el buen criterio de garantizar ese derecho más allá incluso de lo necesario, más allá de lo necesario.

En cuanto a Otman El Gnaoui, que es otro de los que pro... eh estable... alega causas de nulidad, básicamente dos, una la nulidad de las escuchas porque no consta el auto autorizándolo, ¿y por qué tiene que constar si no se ha autorizado en este procedimiento? Vienen incorporadas de otro procedimiento donde si consta el auto debidamente autorizado, nosotros creemos que no se produce ninguna escucha, en todo caso Otman El Gnaoui las ha introducido por la vía de sus propias declaraciones esas escuchas en este plenario, lo cuál convalida la prueba. Y también cuestiona la pericial por ser de perito único, nosotros creemos que nos causa indefensión no saber cuál de las periciales es la que viene cuestionada, perito único cuando hemos llegado a tener ocho, seis, cuatro, tres, dos... no sabemos cuál es la pericial cuestionada, evidentemente me imagino que lo plantearán con posterioridad, pero cuando lo planteen ya será tarde para que nosotros aleguemos, entendemos que debe de caer, de caer esa pretensión por el hecho claro y concreto que es una impugnación genérica, es una impugnación genérica, y por cierto, las periciales relevantes, han sido practicadas con garantías que van más allá de los requisitos mínimos establecidos entre la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la Jurisprudencia del Tribunal Supremo.

En el caso Rafa Zouhier, también se hace la misma impugnación creemos que es de aplicación lo mismo ahora.

En cuanto a Iván Granados se dice... se pide la nulidad de las declaraciones policiales y se alega falta de tutela judicial. Las declaraciones policiales quedaron plenamente ratificadas en este plenario por sus propias declaraciones, por sus propias manifestaciones y creemos que es evidente que deben ser consideradas como una prueba válida. ¿Que hubo algún problema con la pieza? Parece ser que hubo un problema con la pieza, ¿pero afecta eso a la declaración suya? Creemos que en absoluto, no afecta en absoluto. Ahora, si queremos decir una cosa, y esto afecta en términos generales a las cuestiones de nulidad, en la vida es importante ser coherente, pero cuando se hace una defensa procesal, lo es mucho más, y es necesario ser coherente. No se puede cuestionar la validez, la legalidad de una prueba y después introducirla en el plenario, eso es dispararse en el propio pie. O se cuestiona la nulidad de la prueba, y no se introduce en el plenario por ninguna de las vías, o ya cuestionemos lo que vaya saliendo, por si nos sirve de algo. Creemos que ha habido una falta de coherencia en términos generales en cuanto a esas nulidades.

Y concretamente, y volviendo al caso de Rabei, porque no me he olvidado de Rabei, se cuestiona también que existan incorporar estas actuaciones y se plantea como cuestión de nulidad, simples copias de audio y video, no valen, ¿valen para la pericia? Hay que ser coherentes, si se plantea que no tienen la calidad técnica para incorporarse al plenario, habrá también de cuestionarse si las mismas son bases suficientes para le pericia.

Tal vez, tal vez el compañero tenía razón y por eso no se escuchaban tan bien las traducciones aquí en España.

Y en cuanto a las prórrogas de resoluciones judiciales, se dice que rozan la ilegalidad, pero una vez más estamos en lo mismo, rozan la legalidad italiana, nos imaginamos que la defensa de Rabei en Italia, las habrá cuestionado, y por cierto, en la sentencia vienen desestimados sus cuestionamientos. Es decir, es decir, no vengamos aquí a cuestionar lo que no se ha generado aquí, y lo que aquí no se puede cuestionar.

Nosotros creemos que en términos generales, las cuestiones de nulidad son claras, deben ser desestimadas, deben de ser desestimadas porque la jurisprudencia es abrumadora, pero sobre todo Señorías, vuelvo a insistir, coherencia procesal, hay términos que parece ser que

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no gusta que se digan y no los vamos a decir, y nos comprometemos a lo largo de toda nuestra intervención no utilizarlos, digamos que ha faltado coherencia procesal.

Dicho lo cual, entramos en materia, nosotros creemos que es necesario, es necesario entender quienes son las personas que tenemos en el banquillo.

Se nos dice que son pobres inmigrantes, el vendedor de pañuelos, del que ya hablaremos posteriormente, nosotros creemos que no, la sociología alemana ha desarrollado ya el concepto aplicable a esta gente, el concepto sociológico del perdedor radical. Creemos que es el concepto adecuado para establecerlo, ¿quienes son estas personas y porqué actúan así? No se trata de buscar justificaciones, sino entender la etiología del hecho cometido, que es muy distinto. Ahora bien, perdedor radical no es lo mismo que derrotado radical, el perdedor radical viene definido con esa persona que dirige sus frustraciones en forma agrupal hacia determinados enemigos poderosos, en este caso, pues tocó a España. Ahora bien, se puede ser perdedor radical y también hijo del notario, no tiene nada que ver una cosa con otra, es un concepto determinado, es el concepto de estar en contra de algo. El Islam, en la versión torticera que representan algunos de los acusados, lo que hace, lo que hace, es establecer una... amalgamar motivaciones de carácter político, sociales y religiosos, que les permite utilizarlo como vehículo para canalizar sus frustraciones, pero no es más que eso, no es más que eso.

Ellos utilizan, utilizan una interpretación de una fe de segunda mano, de una fe de segunda mano para generar la justificación de sus actuaciones ¿Y porqué decimos una fe de segunda mano? Porque ninguno de ellos realmente cree en el Islam puro, hacen una versión torticera. Esta Sala ha dicho en reiteradas ocasiones a lo largo de este juicio, no se está enjuiciando el Islam, es que ni siquiera acusaríamos si se estuviera enjuiciando el Islam. Es una de las tres grandes religiones reveladas, la fe es algo íntimo del ser humano que no puede ser enjuiciado, aquí no se les enjuicia por creer en el Islam, se les enjuicia por la interpretación y sus acciones, sus acciones que son las penalmente comprometidas y analizar.

Se va a decir, y es cuestión que llegue el turno de las defensas, que estamos ante un derecho penal del enemigo, que se les está enjuiciando por la peligrosidad de estas personas y se le está aduciendo una dosis de peligrosidad que no tienen. Nosotros creemos que lo real, y lo que aquí se está enjuiciando no es a unas personas peligrosas, son unas acciones peligrosas, realizadas por unas personas, que tal vez individualmente, no representen ningún peligro; pero que cuando se juntan, y lo voy a decir claramente, nos lían la que nos han liado, porque esa es la verdad, esa es la verdad.

Nosotros creemos que si nos dirigimos un poco hacía Jacob, sobre todo en la, en el último trabajo que realiza, el artículo... el del parágrafo 121 del código penal alemán, entenderemos, entenderemos que aquí estamos ante un injusto autónomo independiente de otros delitos, y estamos refiriéndonos al delito de pertenencia a banda armada.

Nosotros, y compartimos los criterios del compañero de la acusación A7, aquí lo que se lesiona es la seguridad general y la paz ciudadana, y eso, eso, es lo que...a lo que se trata de proteger con el tipo penal de la pertenencia a banda armada, ahora, ahora bien, es un delito de mera adscripción a los fines de la organización, no es un delito de que requiere una actividad que vaya más allá de ello, es decir, basta con la adscripción a los fines de la organización ilícita, el injusto sistémico que va relacionado con la adscripción a esa organización y a sus fines.

Ahora bien, para entender lo que han hecho estas personas, creemos que es necesario remontarnos un poco más atrás. Cuando Al-Zawahiri y Osama Ben Laden se encuentran por primera vez en Peshawar en Pakistán, cada uno de ellos aporta a esa suerte de (n.t.: ininteligible) si se me permite el término, algo muy relevante, Al-Zawhiri aporta el conocimiento teológico, pero Bin Laden aporta la “Teoría de Redex” y esa “Teoría de Redex” Señorías, esa

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“Teoría de Redex es justamente la que explica porqué Rabei Osman El Sayed, Mohamed “el Egipcio”, es miembro de dos bandas distintas, las dos las ha creado él, Pero la “Teoria de Redex” lo que hace es explicar, ellos se transforman en una ge...en generadores de un paraguas ideológico del cuál se nutren grupos locales, es más, ya en el año 2001 cuando Ben Laden y Al-Zawhiri van en retirada en Afganistán, informan a sus bases, informan a sus bases de que se ven en la imposibilidad, en la imposibilidad de darles soporte material, técnico, económico y humano. ¿Qué hacen? Ahí es donde se rompe el núcleo, para poder hablar de que estamos... el vínculo para decir que estamos ante una única organización internacional.

No, Al Qaeda no es más que el paraguas ideológico del cuál se nutren los perdedores radicales que se nos han instalado en la sociedad española, que estan algunos ahí, otros faltan por venir. Nosotros creemos que bajo esa... ese paraguas ideológico ellos generan lo que es una estructura flexible, y que es el concepto que hay que entender.

Antonio Segura, de la acusación A1, nos diagramó la estructura de ellos, es una estructura integrada e integral, porque tienen su cúpula dirigente, su cúpula militar, sus áreas de trabajo de cada uno, son autónomos en su integridad, cada organización es integra y total, integrada y total, no necesitan a nadie más. Rabei, cuando viene a España, genera esto, y cuenta y él se incorpora por creación lo que es la “alta comandancia”. Iba creando la estructura hasta que esa estructura es capaz de funcionar de forma íntegra. Nosotros creemos que no es baladí hablar de lo que es la organización porque sólo así se entenderá como..., y hoy se ponía en cuestionamiento si estas personas eran capaces de hacer lo que se dice que han hecho, ¿como lo hicieron? Y lo hicieron con las sumas de pocos, es las sumas de los pocos de cada uno que lleva al conjunto, la teoría de conjuntos, vamos sumando. Aquí cada cual ha puesto algo, cada cual ha agregado algo que ha hecho posible esto.

Evidentemente, uno robó los coches, otro trajo el explosivo, otro consiguió los sterling, que por cierto, por la propia explicación dada por el propio compañero esta mañana, parece ser que es más fácil conseguir un sterling que buscar (n.t.: ininteligible)

Pero creemos que de ahí es de donde nace toda esta estructura, y sobre esa base debe de analizarse la participación de Rabei en estos hechos, tanto en Madrid cómo en Italia; la de Italia está enjuiciada, pero la de Italia, Señorías, y vamos a insistir porque creemos que es importante dejar claro que Rabei participa en los dos hechos distintos, Italia y España.

Y también queremos al respecto decir una cosa, Rabei está condenado a diez años en Italia, 192 asesinatos y 1.841 asesinatos terroristas en grado de tentantiva ¿a diez años? ¿Es eso proporcional? ¿Es eso lo que se pretende? Y digo si es eso lo que se pretende porque el compañero dice “todos los delitos por los que está juzgado mi representado, todos” No, no, en esto no le podemos dar la razón al compañero, porque creemos que ni es ajustado a derecho, ni es proporcional.

Ahora bien, hasta el momento, el Ministerio Fiscal y las acusaciones que me han precedido, han aportado y han analizado una serie de pruebas, nosotros no nos vamos a repetir, de hecho hemos descartado muchas de esas pruebas que teníamos previstas mencionar hoy, pero si queremos hacer alguna indicación porque parece que aquí no se entiende muy bien las cosas, se escucha por ahí, “no hay pruebas” ¡Hombre! En un delito de estas características, lo que no se puede esperar que esté el cadáver, el asesino y con el cuchillo ensangrentado en la mano. No, eso no se da en este tipo de delitos, hay pruebas directas, pero también hay pruebas...muchas pruebas directas o pruebas indiciarias.

La, la reconstrucción de estos hechos hubiese sido muy sencilla y nos hubiésemos evitado casi cinco meses de juicio. Si nos hubiesen contado la verdad de lo que hicieron, no estaríamos discutiendo sobre pruebas directas o pruebas indirectas, el problema es que no la han contado, y por lo tanto esta Sala tiene que tener la función de reconstruir sobre esa base. Un respetado fiscal me explicaba que cada vez que aparece un indicio en contra de una persona, resulta que existe un menor porcentaje de inocencia de esa persona. En el Derecho alemán eso ya está desarrollado, la prueba pe... la prueba indiciaria tiene una forma de tajarse y transformarse en prueba, dos indicios, hacen prueba plena. En nuestro ordenamiento no existe eso, pero si existe la sana crítica y la experiencia del tribunal.

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Hay indicios, prueba indiciaria, muy cualificada contra algunos de los acusados junto con pruebas directas, y veremos cómo la Sala interpreta eso.

Ahora bien, dentro de lo que es el derecho fundamental reconocido en nuestra Constitución a no declarar, don Carlos Bautista la semana pasada hablaba de algunas sentencias que decían que los silencios podían ser interpretados.

La acusación A5, si no me equivoco, habló también de los silencios parciales, nosotros queremos profundizar muy poco más porque esta Sala, sabe lo que es un silencio parcial. Un silencio parcial, es un silencio culpable ¿porqué es culpable? Porque sólo se acoge a la primera premisa del Derecho, la de no declarar o declarar, han declarado, y la de no declararse culpable, esa son las respuestas que no contestaron. Aquí hay personas que han declarado parcialmente, silencio parcial, entendemos que es silencio culpable. Rabei Osman, hizo un silencio parcial, o visto desde la perpectiva de su defensa, contestó a algunas preguntas solamente. Es decir, contestó a todas aquellas que tenía preparadas, no a las que no estaban preparadas. Silencio parcial.

Lo mismo debemos de decir de Yousef Belhadj, Hasan El Haski también, ¡Hombre! Casi nada, la cúpula. Todos a una o... silencios parciales.

Pero hay más, Mohamed Moussaten, tampoco, tampoco contestó a muchas preguntas. Lo impidió desarrollar tal vez la contradicción que le hubiese ayudado porque entendemos que si no tenía nada que ocultar, que más daba contestar a todo.

Basel Ghalyoun, sí contestó a todo, no, casi todo. Cuando se le hizo una pregunta comprometida, Basel Ghalyoun no la pudo con... contestar. El Ministerio Fiscal le preguntó si era la persona que había sido reconocida en Atocha y él dijo: “Esa persona llevaba gorro y bufanda” es decir, conocía el sumario. Esta acusación le preguntó con posterioridad, “¿el gorro halla... suyo hallado en Leganés, es el mismo que el de la persona que estaba en Atocha? Dijo... a esa pregunta no contestó. Era tan sencillo cómo decir “no era el mío”, tan sencillo cómo decir no era el mío, pero él sin embargo prefirió acogerse al silencio, tal vez porque no, no quería mentir.

El acusado, el ex-acusado Brahim Moussaten, no declaró en este plenario, no vamos a valorar pruebas por tal ni muchos menos, pero si entendemos que lo hizo en el ejercicio legítimo de su derecho a no comprometer ni a su hermano ni a su tío, les protegió con su silencio, y eso creemos que es lo normal, son parientes, son hermanos, yo creo que es normal, no es criticable, pero sí entendemos que ese silencio ha de interpretarse.

Y también lo mismo sucedió con Mohamed Moussaten, creemos que también esta Sala tiene que valorarlo.

Dicho lo cual, creemos que hay algunas pruebas que no han sido mencionadas hasta este momento y que para nosotros son importantes, cómo prueba de cargo. Todos nos acordamos de Kamal Ahbard, Kamal Ahbar es el amigo de Basel Ghalyoun, el amigo de Larbi Ben Sellam, el amigo de Rabei, el amigo de Fouad, que vino aquí a encubrirles. No vino a mentir, vino a algo más allá de la mentira, que la mentira incluso, ¡pues mire, la podríamos haber justificado! Pero no, en este caso este señor vino a algo más allá, él vino a decirnos una cosa concreta, “los culpables son, los chivatos, los muertos y los españoles, pero todos mis amigos son inocentes y esto no es más que un montaje de la policía” lo cuál me recuerda a algunas cosas que hemos escuchado con anterioridad también, pero básicamente lo que han venido a decir es que esto era un montaje. ¿Eso qué es Señorías? ¿Es mentira o es encubrir? Nosotros creemos que es una prueba de cargo que debe ser valorada contra aquellos a los que vino a proteger, porque a los inocentes, les bastaba con su abogado.

También creemos que debe ser valorado como prueba de cargo, el testimonio del mal famoso Cartagena, y decimos mal famoso, porque nos hemos... sabemos que ha hecho en la

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vida para merecer fama alguna, en todo caso Cartagena vino aquí, vino aquí, a contarnos una película que ni un niño de cinco años se la creía. Que si Serhane en el VIP... que si “El Tunecino” esto... que si “El Chino” aquello, algo absolutamente distinto a lo que había dicho en la fase de instrucción, la pregunta es ¿Por qué lo hizo? Nosotros creemos que para beneficiar a alguno de los acusados si no a todos y no lo hizo por miedo ni mucho menos, escenificó aquí el miedo, no quería entrar a la Sala, tal vez no estaba seguro qué mentira nos iba a contar en ese momento, y ante eso, nosotros hablaremos con posterioridad de su... de lo que debe ser su situación, pero creemos que tiene una valor de prueba de cargo, porque han venido a tratar de exculpar a los acusados, a golpe de mentira.

Sobre la pericial de explosivos, esta parte no va a hablar, no va a hablar porque creemos que de lo que habíamos aprendido de una ciencia exacta hemos pasado a una ciencia confusa, y todavía no sabemos que pasó con esa pericial.

Si creemos que lo que dijo el Fiscal Jefe la semana pasada, es lo que hay que hacer, utilizar aquella ciencia menos exacta que la jurídica y la de la lógica, para llegar a la conclusión.

También proponemos el álgebra:1+1+1+x=4 creemos que la x sigue siendo 1, creemos que no hay que ir mucho más lejos para entender las cosa si se quieren entender, por supuesto.

Se ha hablado también del Skoda y la Kangoo, la furgoneta Kangoo, que pasaron los perros, que si no pasaron, que si aquí, que si allá, Señorías, hemos visto todos aquí un video con los perros arriba del agujero de los explosivos de Morata, y ningún perro se sentó, pues tal vez el compañero Andreas Chalaris tenía razón, que les han castigado por eso, por no sentarse, pero hay experiencia previa, hay experiencia previa, creo que más de alguno de los magistrados de esta Sala se acordará del atentado de hace cuatro o cinco años en la Plaza de Colón, 12 de octubre, el coche-bomba fue estacionado en la calle Alcántara, ante el video de seguridad pasean los perros alrededor del coche, el coche se lo lleva la grúa cuatro horas después por estar mal aparcado, y seis horas después, explosiona en la... en los bajos de Colón, bueno, como todos sabemos quién fue el autor de ese atentado, no hay que cuestionarse la capacidad de los perros ¿no? Pero creemos que eso son reglas de experiencia que esta Sala conoce, son reglas de experiencia que nadie les puede venir a ustedes a contar.

Los perros fallan, los perros fallan, ahora, si queremos ver una conspiración detrás de los perros, habría que saber qué alimentos se les dio la semana anterior.

Lo mismo con respecto al Skoda, pero si insistir, creemos que son cosas que están ahí, que van a ser valoradas y que esta Sala sabe lo que tiene que hacer.

Se dijo el otro día y no podemos menos que cuestionar lo que se dijo, y lo vamos a cuestionar desde una posición de que somos acusación, como acusación tenemos el deber de evitar que a las defensas les hagan el trabajo, y vamos a hacer eso.

Se habló del viaje por el puerto del Escudo, bien, parece que no nos hemos leído toda la causa. El viaje, según la BTS y el seguimiento, fue por Benavente y en Benavente atraviesan hacia la carretera de Burgos, ahora si queremos meter a presión el Puerto del Escudo por alguna razón inconfensable o poco clara, lo metemos, si da lo mismo, ya puestos a estas alturas, podemos hacer lo que queramos, pero sí queremos recordarles la prueba practicada y los obrantes en las actuaciones, obrantes en las actuaciones, el viaje fue por la carretera de La Coruña y en Benavente, a la altura de la BTS de Benavente es donde cogen la carretera, si no me equivoco mal, la A 62, ahora, ¿por qué hicieron eso? Tal vez para evitar los clásicos controles que hay en el peaje antes de llegar a Madrid, no lo sabemos, pero sí sabemos una cosa, que por el Puerto del Escudo, no vinieron, no vinieron, no es así.

En cuanto a la pericial de traductores, poco que decir, pocas veces, se introduce tantas veces una conversación que no queremos escuchar o que no queremos hacer parte del procedimiento, si decir una cosa, no confundamos lo que son los traductores de la Sala, con el trabajo pericial de esas mismas personas, son dos actividades absolutamente distintas, dos actividades absolutamente distintas, pero ahí tenemos que volver un poco atrás y

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recordar que es procesalmente hablando, poco coherente cuestionar el sustento, es decir, los vídeos y los CD’s en que vienen grabados esos documentos sonoros, y después utilizarlos cómo base par la traducción. Nosotros creemos que da lo mismo, ¿y por qué da lo mismo? Porque al final todo se ha quedado reducido a una palabra de una frase, de un paso de una de las múltiples traducciones, a eso hemos llegado.

Hay tantas pruebas de cargo contra Rabei, cómo analizaremos a continuación, que creemos que... ¡Entregamos la palabra, si nos da lo mismo! creemos que el resto de las conversaciones, que por cierto, han sido admitidas, y han sido admitidas por todos los traductores, porque insistimos, Señorías, miren de lo que estamos hablando, una palabra de una frase, de un paso de una de las múltiples traducciones, y de eso queremos sacar petróleo, buen intento.

Bien, sobre la prueba, y explicaba anteriormente lo que hablábamos de... cuando se trata de pruebas indirectas o pruebas indiciarias, creemos que hay algunas que son muy cualificadas, algunas que son muy cualificadas, pero también podemos aplicar la teoría que comentaba antes del Excelentísimo Señor Fiscal, que me la comentó, de como va reduciéndose la posibilidad de ser inocente cuan... a medida que van apareciendo las pruebas de indicio, evidentemente al cuarto o quinto indicio que aparece, las posibilidades de ser inocente, son casi iguales a cero.

Rabei Osman El Sayed, 17 pruebas en contra según lo que hemos ido contando de las pruebas practicadas en este plenario. Algunas, algunas, creemos que son relevantes.

Este señor debe ser el mago de las finanzas, y lo vamos a decir así, porque se nos lo presenta, nos los presentan, cómo un vendedor de pañuelos, serán pañuelos de oro y margina al 90 por ciento, porque si no, ¿cómo se explica que de la venta de pañuelos, este señor recorra media Europa? Que si viene de Alemania, que si va para Francia, que si vuelve a España, que si va a Italia, que si vuelve a venir a España antes del día 11 de marzo del 2004 cómo explicaremos después, porque ahí le pillaron. Muchos viajes para un vendedor de pañuelos! Debe ser que... Hay que interpretar qué significan esos viajes y quién los paga. Nosotros creemos, creemos que, el señor Rabei Osman El Sayed, alias Mohamed “El Egipcio”, alias Mohamed “El Masri”, se dedicaba a algo más que la venta de pañuelos, tal vez tenía algún negocio inconfesado, pero evidentemente, evidentemente, creemos que eso no es más que una tapadera, dentro de su estructura orgánica para mimetizarse en la sociedad en la que está trabajando, y lo explicaremos después por qué.

Hay un hecho fundamental, él cuenta en su primera declaración, que casi es la única que hemos tenido oportunidad de escucharle porque lo otro venía demasiado encorchetado para saberlo, él habla de que vivía en Alemania, que llegó de Egipto, iba a Polonia, pero se queda en Alemania sorprendentemente, y se queda en un sitio que no es menos relevante, y no es menos relevante porque varios de los acusados han pasado por ese mismo sitio cómo explicaremos después. Y él dice que las autoridades alemanas le dieron una “dooldon”, la “dooldon” no es más que un documento para acreditar la identidad de la persona indocumentada, valga la contradicción, en una región determinada, a la cual se está estudiando si se le da asilo, residencia o se le expulsa. Y la “dooldon” dice en tres idiomas, inglés, francés y alemán, que no permite salir del área geométrica asignada, es decir, no se le permite salir del Sarlam, la región que se le asignó a él. Pero este señor, como es el mago de las finanzas, y parece ser el mago de la documentación, llega hasta España, y llega aquí, y se instala aquí, se instala para la complexión del plan que él tenía diseñado, un plan de estructuración y creación de una organización terrorista en el seno de esta comunidad.

Ahora bien, prueba directa, lo hemos visto todo, dirigió y trató de chantajear a esta Sala con una huelga de hambre, porque no es eso lo que... él lo intentó, la Sala no lo permitió con buen acierto, pero la dirigía él, y casi nada, Yousef Belhadj y Hasan El Haski, “la crème de la crème” de esta organización. Y eso hay que valorarlo, porque fue una decisión de los tres, seguida por el resto de la organización, y vamos a decir el resto de la organización porque hubo otros acusados que no los siguieron, y que no son miembros de la organización, eso lo tenemos claro, no todos los que se sientan en el banquillo, son miembros de la organización. Ahora bien, creemos, que contra Rabei, las pruebas son abrumadoras, su relación con Serhane, su relación con Virgen del Coro, el compañero de la acusación A7 ha hecho una mención concreta a que fue reconocido en Morata de Tajuña, puede parecer un

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reconocimiento poco fiable, pero si ese reconocimiento lo encardinamos en la relación de pruebas que existen al respecto, tal vez ya no nos parezca tan poco fiable, y vamos a decir porqué, porque está su reconocimiento a finales de febrero, principios de marzo por esta persona, a ese hecho hay que añadirle que Rabei en una de las traducciones bien traducidas, dice que estuvo en España en el mes tres, marzo de 2004, dos hechos juntos, es reconocido, y él reconoce haber estado en España, y eso unido al mensaje de bienvenida del teléfono suyo español al llegar a Italia, creemos que es algo más que un mero... que una mera prueba indiciaria para decir que Rabei estuvo en España, días antes de los atentados. Pero es que no lo decimos nosotros Señoría, es un cúmulo de cosas que indican y posicionan a Rabei, si sólo tuviésemos el reconocimiento de esa vecina, nosotros diríamos, “estamos cojos” para acusarlo de ello, “estamos cojos”. Pero es que aquí, nos sobran los indicios o las pruebas indiciarias para establecer que Rabei si lo estuvo ¿qué más pruebas queremos que él mismo contándole a su joven discípulo que estuvo en el mes tres en España? ¿Necesitamos alguna otra prueba? Bueno, pues la tenemos, esa y la del teléfono. ¿A qué vino Rabei a España en el mes tres? A vender pañuelos, seguro que no.

Nosotros creemos que Rabei a lo que vino fue a dar las últimas pinceladas a su plan criminal.

Pero es que no es solo Rabei el los que viene en esos días, también es Yousef Belhadj y Hasan El Haski, entonces, cuando tenemos esos tres individuos localizados en España antes de la fecha del atentado, eso debemos de ponerlo en relación con el documento intervenido en el ordenador de Jamal Ahmidan en la calle Villalobos, diagramado por el compañero de la acusación A1.

Vino la “Alta Comandancia” a revisar el trabajo de la “Comandancia de Lucha”, y después la “Alta Comandancia” en un ejercicio de valentía propio de este tipo, de actuaciones, se retira, ¡claro! se retiran y salen de España.

Unos a un sitio, otros a otro sitio, a ponerse a buen resguardo de lo que pudiese suceder.

No vamos a entrar en otros indicios y pruebas que se han interpretado por otros compañeros, creemos que respecto a Rabei, Señoría, lo hemos visto todo, todo y más. Rabei es, el dirigente, o uno de los tres dirigentes de esta organización, mantenía unas relaciones enfermizas con el grupo de Virgen del Coro para inducirles, sino organizarles de forma concreta los planes, y puso en funcionamiento la organización de Madrid. Eso es un hecho concreto, creemos que es un hecho demostrado.

Con respecto a Yousef Belhadj, por cierto, eh, y me puedo estar equivocando, el Ministerio Fiscal habló de los, gusanos goebbelsianos eso debe ser en directa relación con una cita que se hace en su escrito de defensa que no es más que un exceso dialéctico, estamos convencidos que el compañero nunca ha querido decir que somos propagandistas nazis por acusar a Yousef Belhadj, evidentemente eso no es así.

Yousef Belhadj tiene un papel dirigente, hay pruebas bastantes, hay declaraciones, y también, hay no declaraciones, no declaraciones interpretables. Es interesante coger las declaraciones de sus sobrinos, así cómo la no declaración de su sobrino Brahim, que se producen en distintos momentos del procedimiento, y ante eso, ante eso Señoría, la convicción de condena es clara, el Ministerio Fiscal habló de las declaraciones que implicaban a Yousef Belhadj, nosotros creemos que esas declaraciones son plena prueba de cargo para ellos, pero junto a Rabei ¡porque claro! Rabei aparece por todos los dados, es el máximo dirigente, es inevitable. Junto a Rabei dirigen la huelga de hambre, el chantaje a esta Sala, creemos que se practicó en el plenario, no sabemos si es prueba de cargo o un indicio muy cualificado, pero aquí se practicó ese chantaje por parte de los dirigentes de la organización.

Con respecto a Hasan El Haski, si bien es cierto que esta parte redujo la acusación contra él, no es menos cierto que lo hicimos por coherencia con respecto a nuestro propio entendimiento de lo obrante en las actuaciones, pero no es menos cierto que el Ministerio Fiscal y los compañeros que me han precedido tienen mucha razón cuando hablan de él, si contra él hay una prueba abrumadora, nosotros no fuimos capaces de entenderla de esa forma, y por eso solo hemos llegado hasta su pertenencia a la organización en grado de dirigente, lo cuál no excluye que nosotros evidentemente, apoyamos el planteamiento de los compañeros sobre esa base.

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Hasan El Haski es otro de los grandes directores de la orquestación de la huelga de hambre que, los compañeros dirán que era su derecho, sí, sí, sí, sí también ellos podían hacer lo que querían, pero aquí vinieron a chantajearnos con un planteamiento político en una Sala de Justicia, y eso es lo que ellos pretendían hacer, en un alarde desesperado, a la desesperada de salir de esta situación. Ahora bien, hay un dato, que Hasan El Haski seguro que se acuerda, él tenía una agenda electrónica cuando fue detenido en Canarias, esa agenda electrónica cuando se conecta, mensaje de bienvenida” Asturias Patria Querida”, si se acuerda, lo sabemos. Asturias patria querida, Asturias patria querida, mensaje de saludo de la agenda electrónica de Hasan El Haski, puede parecer anecdótico, pero es que aquí estamos hablando de 192 muertos y 1.841 heridos, no es anecdótico.

En una persona que tiene una interpretación torticera del Islam, que no permite la música, su mensaje de apertura de su agenda no es más que un agradecimiento al resto de las personas que le ayudaron a cometer este atentado, es decir a la “Trama Asturiana”, por que es extrañísimo, no es una coincidencia.

La teoría de las coincidencias a mí... es que me... las casualidades en realidad, ya estamos muy viejitos para creer en las casualidades, aquí cada cosa tiene su razón de ser y nosotros creemos que es importante que la Sala lo supiera porque además consta debidamente acreditado en las actuaciones, no es un dato menor y mi respetada... una respetada amiga mía me lo recordó, que no es un dato menor, y yo creo que es prueba de cargo a interpretar, aparte de las que se han dicho con anterioridad.

Con respecto a Ba... a Jamal Zougam, y vamos a ir por orden, ¡mire! Francamente, nosotros no podemos adherirnos a la acusación A6, no, y lo vamos a decir claramente, es que no vamos a hacerle el trabajo a las defensas, nosotros vamos a hacer lo que tenemos que hacer.

Contra Jamal Zougam, el compañero de la A3, si no me equivo...de la A4, decía que hay sacos de pruebas, sacos de pruebas y mucho más, ¡sacos de pruebas y mucho más! Señorías, si esto fuese un atraco a un banco, los reconocimientos ya hubiesen bastado para su condena, y aquí han habido reconocimientos plenos, ratificados, persistencia en la incriminación, reconocimientos en... por Comisaría, Sede Judicial cómo prueba preconstituida, y también en el plenario, gente que se ha ratificado y lo localiza en los lugares que lo tiene que localizar, creemos que es evidente que su madre lo ha venido a defender, y creemos que su madre cumplió con su deber. Decir lo que vio, vio a su hijo a las nueve de la mañana, yo no sé otros, pero yo si he llegado poco antes de que se levante mi madre y creo que las reglas de la experiencia dejan claro que el que su madre le haya visto en casa a las nueve de la mañana, nada implica, porque por cierto, las mochilas las puso antes de las ocho, las mochilas las puso antes de la ocho, estallando a las 7:40. Tuvo tiempo de sobra de llegar a su casa, si es que realmente estuvo en su casa cosa que no vamos a dudar porque eran las nueve de la mañana. Ahora bien, no creemos que hay que ir hasta Managua para seguir el hilo directo de la incriminación de Jamal Zougam con estos hechos, basta, basta Señorías con seguir el trazo de la mochila, la tarjeta telefónica hasta su locutorio, Jamal Zougam tenía el conocimiento tecnológico para manipular esos teléfonos, es más, el vivía de manipular teléfonos, ese era su profesión, solamente que aquí le dio un carácter criminal.

Jamal Zougam, Jamal Zougam, jamás pensó, jamás pensó, que de esa pequeña tarjeta, de esa mochila que no explosionó, se iba poder llegar hasta él, si no, evidentemente, aquí no estaría. Pero no es lo único que hay contra Jamal Zougam, los reconocimientos, la mochila, el que haya...el que haya suministrado los teléfonos, ¿no se acuerdan de la reunión en la cafetería de Tánger con Mohamed abdalah Abbas? Sorprendente para dos personas que apenas se conocen, se reúnen en Tánger. Eso hay que ponerlo en relación con el resto de pruebas.

Ahora bien, ahora bien, Jamal Zougam, cómo dijo mi compañero de la A7, no era una persona nueva en estas lides, Jamal Zougam era una persona investigada a petición de las autoridades francesas, por cierto, nada sospechosa de querer arruinarle la vida a él o de querer conspirar para arruinarle la vida a él. Las autoridades francesas en su día piden colaboración para investigar a Jamal Zougam, se le está investigando y por razones que después discutiremos creemos que se le dejó de investigar.

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El Ministerio Fiscal planteó con respecto a Jamal Zougam la posibilidad de que se haya sacado la protección que llevaba en la nariz y se haya cambiado de ropa, nosotros creemos que no, que no fue así. Jamal Zougam y Abdelmajid Bouchar sí es que son prácticamente idénticos, a la foto de Jamal Zougam cuando fue detenido, eso son las dos personas, y por eso hay esa confusión, son los dos reconocidos, son los dos reconocidos, no es que se haya confundido la testigo, es que ha visto a uno en un sitio y al otro se le ha visto en el otro, son parecidos físicamente, no ahora con el corte de pelo ni con la perilla pero sí en la foto que tiene Jamal Zougam el día de su detención, basta mirarle a él y a Adbelmahid Bouchar del que hablaremos con posterioridad, para tener claro que ese reconocimiento...ese otro también es válido, sólo que está mal asignado, y por eso no lo estamos alegando aquí, lo estamos llaman...les estamos llamando la atención.

Ahora, en el coche de Jamal Zougam, se encuentran unas huellas que hasta el día de hoy no han sido identificadas. Cuándo se produjo la pericial de dactiloscopia, este letrado hizo lo que se puede llamar la pregunta tonta, ¿cuándo fue la última vez que compararon las huellas del coche de Jamal Zougam con la base de datos de la Guardia Civil y la Policía Nacional? Y me dijeron, en resumidas cuentas, “prácticamente ayer”.

Bien, pero una semana antes este letrado había hecho la otra pregunta tonta ¿Dónde se habían puesto las reseñas necrológicas de las personas que murieron en Leganés? Y esas se pusieron en una tercera base de datos contra la cual no se han contrastado las huellas encontradas en el coche de Jamal Zougam. No es prueba, es un antecedente, y debemos decir que un antecedente porque toda la familia de Jamal Zougam, y sus amigos, socios... son residentes legales en este país, por lo tanto sus huellas sí están en la base de datos de la Policía, y no son esas las huellas porque ya se han contrastado, ¿de dónde salen esa huellas? Pues nosotros pensamos de que de alguna de las gestiones que hizo con sus otros compañeros, eso no es prueba bastante de cargo, pero el resto, sí.

Señorías, vuelvo al ejemplo del banco, las reglas de la experiencia, si a un atracador lo reconoce una o dos personas, esa persona queda condenada por el robo, aquí lo han reconocido, dos, tres personas, tiene otras pruebas incriminatorias, pruebas directas, Jamal Zougam es una de las personas contra la que hay más pruebas, y él lo sabe, y eso es supreocupación, él lo sabe, nos hubiese ayudado mu... Él fue de las personas que declaró, tenía su historia aprendida, la tenía bien cogida, sólo que no pensaba que iban a llegar a otras personas que iban a ratificar eso reconocimientos.

Basel Ghalyoun, bueno, Basel Ghalyoun vinculó su suerte a la de Fouad El Morabit, bueno, él sabrá. Con respecto a Basel Ghalyoun, hay pruebas directas, se en... entendíamos que había un gorro con unos pelos de Basel Ghalyoun hallado en Leganés, a fuerza de preguntar, al final descubrimos que el gorro estaba lleno de ADN de Basel Ghalyoun, porque era el arco sebáceo de la cabeza de la que se había tomado las muestras de ADN de Basel Ghalyoun.

Se nos dirá que el gorro voló de Virgen del Coro a... a Leganés, o fue llevado por Seur, o fue colocado ahí para perjudicarle, o que algún amigo se lo llevó, lo cierto y verdad es que ese gorro hay que relacionarlo con lo que hablamos antes, Basel Ghalyoun se negó a contestar y aclarar la pregunta concreta, si el gorro de Leganés era el mismo gorro que se vio en Atocha, tuvo su oportunidad y no sólo la despreció, sino que pasó de ella, pasó de ella.

Ahora bien, con respecto a Basel Ghalyoun, creemos que el Ministerio Fiscal especialmente, ha aportado suficientes pruebas de cargo que no vamos a entrar nosotros a interpretar, pero si, si, recordarles quién era el amigo de Kamal Ahbar, Kamal Ahbar el encubridor ¿eh? Y lo decimos sin género de dudas porque además nosotros explicaremos después porqué lo creemos así, pero Kamal Ahbar el encubridor, cuándo se le pregunta por Basel dice “¿Cuál Basel?” El del Teixeiro “¡Ah! ¡Ese Basel!” Sí, el de Teixeiro, el de Meco, esto, lo otro, su amigo Basel, que le vino a ayudar.

Él conoce perfectamente el sumario, se supo defender, se vino a defendrer, y así y todo creemos que no ha convencido a nadie. Fue reconocido, y en esta Sala, en esta Sala, la testigo varió su testimonio, eso es verdad, la testigo varió su testimonio. Queremos recordarles la máxima de la experiencia, “La psicología del testimonio”.

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La testigo inicialmente, y en eso discrepamos del Ministerio Fiscal en ejercicio legítimo de nuestro derecho a discrepar, aunque estamos de acuerdo en muchas cosas. La testigo inicialmente reconoció a Basel Ghalyoun, y en ese proceso, no de recuerdo, sino de construcción del recuerdo, que es muy distinto a recordar... No es lo mismo recordar que recrear un recuerdo, que eso la psicología del testimonio lo tiene muy claro. Nos dice que estudiando un libro, un libro al... cuya copia se le entregó a todos, llega al convencimiento de que su recuerdo era equivocado, y que el recuerdo actual, el construido, era el de (n.t.: ininteligible)

Nosotros creemos que, y por eso hemos mantenido la acusación íntegra contra Fouad eh...contra Basel Ghalyoun, creemos, creemos, que el reconocimiento inicial de la víctima tiene el valor de la espontaneidad, el valor de aquel testimonio no construido, y eso puesto en relación con ese silencio parcial, silencio culpable; es el que le da prueba de cargo bastante para acusarle de la totalidad de los hechos, junto con el hecho innegable... si recordamos el esquema, y perdónenme Señorías que sea tan pesado con el esquema de mi querido amigo Antonio Segura, pero creemos que ese esquema es vital para comprender la estructura de esta organización, y creemos que hay que incardinarlo en esa parte de la organización.

Pero aparte de eso, Basel es amigo de Rabei, de Fouad, de Mouhannad Almallah Dabas, de Serhane “El Tunecino”, vamos o sea, compañías peligrosas.

Evidentemente Señorías, ustedes saben lo que tienen que hacer respecto a Basel Ghalyoun. Nosotros creemos que no es desproporcionado, ni mucho menos injusto lo que estamos pidiendo, que valoren las pruebas de cargo que hay. Creemos que Basel es uno de los autores materiales de estos hechos.

Abdelmajid Bouchar, bueno, con respecto a él, esta mañana se han mencionado varios indicios, nosotros creemos que Abdelmajid Bouchar, sobran las pruebas, o sea, es que no hay por dónde, por dónde plantearse que Abdelmajid Bouchar no ha estado en la totalidad de los hechos el... el... Tiene ADN suyo en Leganés, tiene ADN en Morata, ¡Hombre! Lo único que faltó el ADN arriba de los trenes. Porque aparte de eso ha estado en todos los sitios, demostradamente de forma científica. A no ser que aquí también cuestionemos el sembrado de ADN, que debe ser una nueva política a seguir ¡Sembremos ADN!

Pero es más, nos ha venido a contar aquí una película increíble. Este joven se fue de España con 1.600 euros, y recorre toda Europa apuntando maneras para Ministro de Economía de República bananera. Una pluma muy sagaz dijo un día, con respecto a su actitud, que era la multiplicación de los peces y los panes, así es, sólo que no creemos en los milagros. Este señor se fue de España huyendo de Leganés, que no es un hecho menor, sale de España y hace un recorrido que sube hasta Holanda, y baja, miren por dónde a Alemania, por Alemania, donde mismo estuvo Rabei, hasta Serbia, y vuelve con 400 euros, bueno, nosotros creemos que eso... ¡eso si que es un milagro! Y en eso vamos a tener que creer porque ahí están los 400 euros que le intervienen en su detención

Pero dice que nadie le ayuda, sabemos una cosa cierta, su familia no le ayudó, basta ver la, la declaración y la actitud de su padre para saber que la ayuda para esa huida fantástica no fue de su familia, fue de la organización, pero de la organización vía Bélgica, vía Holanda, Abdelmajid Bouchar, Rabei Osman, bajando por Alemania hasta llegar a Serbia. No sé, creemos que no es necesario decir nada más respecto a Abdelmajid Bouchar, ustedes lo saben Señorías, cuarenta años de cumplimiento efectivo, porque él participó en todos los hechos y esa es la pena que nosotros solicitamos como límite de cumplimiento con respecto a Abdelmajid Bouchar.

Mouhannad Almallah Dabas, dirigía el centro logístico para el proselitismo de Virgen del Coro, que no es menor, y era un centro en el que pasó todo Dios que era importante en esta causa. Serhane “El Tunecino”, aquí vivieron dos inquilinos de Mouhannad Aldallah Dabbas que se les preguntó si habían escuchado hablar a alguien con acento tunecino, respuesta, Serhane, bueno, nadie les había preguntado por Serhane, creemos que es un testimonio lo suficientemente auténtico, espontáneo y natural como para tener valor incriminatorio bastante.

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Pero es que además de eso, él... y claro, él no pudo elegir a su hermano, pero pudo no ayudarle, él es el hermano de otro de los implicados en estos hechos que no va a ser juzgado en este procedimiento por haber llegado a España tarde, pero que sí va a ser juzgado por lo mismo. Mantenía una relación de amistad con Serhane “El Tunecino”, casi nada Señorías.

Él mantiene un hecho que nos llama la atención como parte de la organización describido anteriormente. Una vez detenidos Fouad y Basel, es la persona según consta en las actuaciones, que les visita, les lleva ropa, les lleva dinero, ¡vamos! El casero ideal, no se paga el alquiler y además les lleva ropa y dinero. Pensamos Señorías que eso ha... ha de valorarse en debida forma.

Vamos a ir un poco... lo más rápido posible Señorías, Fouad El Morabit.

Fouad El Morabit es el gran error que esta parte debe reconocer, he sido incapaz de leer en debida forma el sumario durante la fase de instrucción, para calificar el Fouad la conducta que él realmente comete. Nos hemos quedado en pertenencia en grado de dirigente, pensamos que su actividad va mucho más allá de eso, pero no tuvimos la capacidad, el conocimiento o la tranquilidad para haberlo evaluado a la vista de las pruebas y haberlo acusado por los hechos que consideramos que era culpable.

Se han dicho muchas cosas con respecto a... a Fouad El Morabit, Fouad El Morabit es ese perdedor radical hijo del notario al que me refería anteriormente. Él, según mi compañero Antonio Segura, y estoy se... y estoy claro que así es, es miembro de la Comandancia de Lucha de la organización que aparece descrita en el ordenador de Jamal Ahmidan. Cuando vino aquí el experto del instituto de Elcano, nos describió a preguntas de esta acusación, el perfil de la persona que realizó el documento “Mensaje al Pueblo Español”. Fouad El Morabit el Amghar reunía todos y cada uno de esos detalles. Fouad fue el que nos dijo aquí que hablaba seis idiomas, Fouad fue el que nos dijo aquí que estaba en España exclusivamente a la espera de la visa para ir a Alemania, Fouad fue el que nos dijo que había ido a Alemania, por cierto, y ahí entramos en el punto interesante, al mismo lugar dónde vivía Rabei, Sarlam, Sarbretem, eso es tanto como ir a una ciudad comunidad autónoma, es una región muy pequeña que se compone prácticamente de una única ciudad, y miren por dónde, todos pasaban por ahí, Fouad nos dijo eso. Pero es más, Fouad, y esta defensa...esta acusación le hizo una pregunta concreta: “Y usted que estaba esperando su visa a Alemania, ¿dónde queda la embajada alemana? Ese es un indicio muy cualificado Señorías, si se hubiera girado entorno a esa visa, lo menos que podemos esperar es que sepa dónde se la tenían que entregar, tal vez no era cierto, nosotros creemos que no era cierto, es más estamos seguiros que no era cierto, ha tenido de tres años y medio para aportar un papel de la embajada alemana que dijese, este señor desde tal fecha está tramitando su visa. Si hay algo en lo que los alemanes son buenos, es guardando papeles, guardan todo, peor que el Archivo de Indias, pero este señor en tres años y medio no nos ha aportado ni un solo papel para que le creamos mínimamente lo que nos ha venido a contar.

Él hospeda a Rifaat Anouar, pero no cualquier día, la noche del 11 de marzo, que se aloja en Virgen del Coro, hecho que también incrimina a Basel Ghalyoun del cual ya me estaba olvidando, pero a todo se llegará. Creemos que son hechos puntuales concretos que puestos en cadena lógica conllevan a aclarar la participación de esta gente.

El camino criminal o el no entiendo se compone de que cada paso es anterior al siguiente y previo al otro, Señorías, ellos dieron todos los pasos para llevar a cabo este hecho.

Con respecto a Otman El Gnaoui, lo mismo que con Fouad El Morabit, cometimos un error de calificación, lo senti... lo sentimos realmente... y, y creo que ha sido imperdonable porque él tiene una participación plena en la acción anti-jurídica y culpable global que lleva a cabo esta organización, Morata de Tajuña, prepara el escondite de los explosivos, viaja buscarles a Burgos, no por el Puerto del Escudo, por supuesto, pero viaja a buscarles a Burgos por la carretera de Burgos, valga la redundancia y, realiza todas y cada uno de los hechos que podría haber sido acusado, no lo supimos ver, nosotros no hemos querido modificar la calificación con respecto a él porque nos pareció que no era adecuado en este sentido desde el punto de vista jurídico. Ahora bien, ahora bien, cuidado, él tenía una relación bastante importante y acreditada con Hamid Ahmidan.

01:13:28

Hamid Ahmidan se va a cuestionar por su defensa, ya lo dijo el Ministerio Fiscal que era un magnífico planteamiento, nosotros lo compartimos que es un magnífico planteamiento, pero no estamos de acuerdo y estamos seguros que esta Sala tampoco va a estar de acuerdo conlas nulidades de entrada y registro en Cerro de los Ángeles.

Pero Hamid Ahmidan no es una persona menor en esta organización, no como parte de la organización, pero si como persona clara y concreta que aporta algo que es vital, esta mañana se planteaba “es que no creemos que ellos lo hayan podido hacer” no, no, si cada uno por separado no, aquí han sido todos de conjunto. Hamid Ahmidan aportaba la financiación mediante el tráfico de droga, y eso él lo sabe y su primo también, porque es su primo el que lo coloca en el trabajo de esta organización a esos efectos. Contra Hamid Ahmidan hay que tener claro, es que no es menor el tema de las drogas en la financiación de esta actividad criminal, cuentan con tantos recursos... ¡Miren! No porque se los manden Bin Laden desde las montañas de Tora Bora, porque no fue así, cuentan con tantos recursos, y recursos suficientes porque personas como Hamid Ahmidan se dedicaban a traficar con drogas para suministrarles a ellos esos dineros ¿a cambio de qué? De la protección y de la actividad de su primo.

Con respecto a Mohamed Bouharrat, Mohamed Bouharrat, se han dicho muchas cosas aquí, nosotros no vamos a reiterar, si llamar la atención, es otro más que dice que trabaja pero que no tiene actividad ni siquiera bancaria ni un sólo registro de sus ingresos, nada que acredite su versión de los hechos, nada Señorías, nada. Sus huellas están en el famoso Renault 19, reconoce un viaje el 11 de marzo a Teruel, que tiene su relación, y es la persona que estaba haciendo labores de información, colegio Brains de la Moraleja, labores de información, no un hecho menor, no un hecho menor y por eso creemos que hay pruebas de cargo bastantes, a nosotros nos sale muy cualificado, indicios, más de siete.

Rachid Aglif, ¡Hombre! Es que Rachid Aglif tiene una situación aquí, un tanto privilegiada, porque en realidad él participa casi con la misma intensidad que Rafa Zouhier en el total de las actividades imputadas a Rafa Zouhier, y sin embargo yo creo que nos hemos equivocado en la imputación hacia Rachid Aglif, que tenía que haber sido más intensa de acuerdo su participación en lo mismo. Estaba presente cuando le estalla el detonador a Rafa Zouhier mientras estaba probando el teléfono, estaba presente en el McDonald’s.

Miren Señorías, aquí no hay quién se crea que estaba presente en la mesa de al lado, y que estaba en la mesa de al lado y que no escuchó nada, y que no escuchó nada. Él estaba en funciones claras y concretas en la mesa de al lado, funciones de seguridad en la reunión y punto, eso es lo que él estaba haciendo, pero hace muchas más cosas; él está en casi todas las cosas en las que ha... participa y se le imputan a Rafa Zouhier. Su relación es clara, creemos que es evidente, nosotros creemos que él ha estado, aparte de muy bien defendido, oculta muchas cosas de su participación, pero decir que estaba en la mesa de al lado, pero que llegó con los de la mesa principal, bueno, no sabemos, estaba en las dos reuniones.

Con respecto a Saed El Harrak, aparte de lo que ya se ha dicho aquí, creo y corri... tal vez me estoy equivocando, pero hay un dato fundamental, su teléfono funciona en la BTS correspondiente a Carmen Martín Gaite el ocho de marzo, ¿es una mera coincidencia que ese día se mudaron los suicidas de Leganés a ese piso? Si, puede ser, pero es que aquí no hay “In dubio pro reo” Señorías, lo siento, pero es que aquí es claro y evidente lo que estaba haciendo él en Carmen Martín Gaite el día ocho de marzo, ayudar a insta... a instalarse, persona que por cierto, es de la absoluta confianza de la organización.

Él va a Barcelona, supuestamente, dice que se toma vacaciones en Semana Santa del 2004, viaje en el que pierde su documentación, su cartilla de ahorros, y que lo denuncia muchos días después, o varios días después en Parla, Madrid, bien, bien, nosotros creemos que no es un dato menor que haya perdido la documentación en Barcelona, cuándo otros miembros de la organización, estaban utilizando Barcelona para salir huyendo de España; ciudad por cierto jun...a la cuál estaban instalados Larbi Ben Sellam y Kamal Agbhar. La teo... ¡Miren! El problema es que las... las... las coincidencias aquí son abrumadoras, casualidades, ninguna, todo esto es parte de un plan preconcebido. Ahora bien, él dijo que se había tomado vacaciones y se había ido a Barcelona, cuándo vino aquí a declarar su jefe, dijo que no se había tomado vacaciones, ese es un dato a tener en consideración aparte de lo que ya se ha... se ha dicho.

01:18:39

Con respecto a Abdelillah El Fadoual El Akil, creemos que se ha dicho bastante pero Señorías, qué casualidad que en su coche hayan restos de explosivo, nosotros creemos que él cumplió una función concreta, que es el aprovisionamiento de medios de transporte. Y por cierto, y corríjanme si me equivoco, porque fue él o Rachid Aglif, uno de los dos, no lo tengo bien en la nota, pagó la fianza de Jamal Ahma... Jamal Ahmidan cuando estaba preso en Marruecos, bueno le decimos fianza, por hacerlo un símil al Derecho español, creemos que lo que pagó fue otra cosa, pero pagó la salida de Jamal Ahmidan de la cárcel.

Bien, algún tipo, relación comercial importante habrán tenido, algún montaje de algún locutorio, algún café comercial, algo estaban planificando, nosotros creemos que un atentado con 192 asesinatos y 1841 asesinatos en grado de tentativa, eso es lo que estaban planificando.

Mohamed Larbi Ben Sellam, Mohamed Larbi Ben Sellam es el gran amigo del encubridor, Kamal Agbhar, el que manda el teléfono a la familia de Afalah, para que se comunique desde Irak. Pero, Mohamed Larbi Ben Sellam, tiene dos grandes pilares en este juicio, dos personas que a nuestro juicio, y así hemos solicitado, se deduzca testimonio, vinieron a mentir para ayudarle Kamal Ahbar y Mohamed El Idrissi; ya hablaremos de Mohamed El Idrissi pero, bueno, evidentemente, si se necesitan dos que mientan para encubrirle o para sacarle de un lío como es... de estas características, muy metido tiene que estar porque con uno hubiese bastado, pues no, aquí dos.

Él cumple una función concreta y por cierto, este también vendía ropa, si aquí todos se dedican al ruro textil, sólo que no se le ha visto una sola prenda de ropa, no se le ha visto un sólo ingreso, uno vendía pañuelos, el otro camisetas, o, o, o... vaya usted a saber qué, porque en realidad era un cuento que se aprendieron hace poco, nosotros creemos que no vendían ni lo uno ni lo otro, él estaba en unas funciones concretas en Barcelona, y eran las funciones de la huida de la gente de España, esa era su función, y es una ruta hasta cierto punto lógica, no tan lógica como la que se vivió, siguió el joven Bouchar, la línea recta antiguamente era la distancia más corta entre dos puntos, y el joven Bouchar hizo la vuelta por todo Europa para llegar a Serbia, pero bueno, tal vez él eso no lo sabía. Pero si Barcelona es una rute de huida lógica de la gente que actúa en Madrid, y también es una ruta de acceso lógico a España procedente de Europa, creemos que su función ha quedado plenamente acreditada, plenamente acreditada con lo que se ha dicho en... en la Sala, y lo que ha... lo que ha aparecido aquí.

Se dice que era el mensajero de El Egipcio, el mensajero y se le ha tratado de hacer ver como que era la persona que llevaba cintas y videos, no Señorías, era el mensajero El Egipcio y llevaba información operativa de una sección de la organización a otra, esa era la misión de Larbi Ben Sellam, Larbi Ben Sellam, cumplía eso concretamente, y tenía contactos con Serhane, con Fouad y evidentemente con Basel, como no podía ser menos, ¿como no va a tener contactos con Basel? Si la suerte de Basel y la de Fouad están unidas, unidas, no porque lo digamos nosotros, porque lo dijo Basel en su propia declaración en esta Sala; dijo: “Si yo soy culpable, Fouad también” o lo dijo al revés “Si Fouad es culpable, yo también”, nosotros creemos que los dos son culpables, por lo tanto la suerte queda unida.

Con respecto a Nasredinne Bousbaa, se plantea, se plantea, que como tiene un problema a la vista, él no puede ser la persona que realizó las falsificaciones imputadas, es que, creemos que el problema de la vista lo tiene de tanto falsificar, no queda acreditado qué fue primero, si la falsificación o la enfermedad, pero sí tenemos un hecho concreto, tuvo más de cincuenta llamadas, cincuenta llamadas telefónicas con Jamal Ahmidan, las cuales por cierto no supo explicar para qué, y no supo explicar para qué, porque también se acogió a lo que hemos denominado el silencio culpable, él se acogió a declarar sólo a aquellas preguntas que le eran cómodas. Ante ello, cincuenta llamadas con Jamal Ahmidan, la explicación es clara, porque le estaban reclamando los documentos que faltaban, le estaba recu... estaban organizando y trabajando organizativamente, y si no es así, haberlo explicado cuándo tuvo su momento; tuvo su momento, queríamos preguntarle, queríamos someterlo a contradicciones en esta Sala, y que nos hubiese contado incluso una historia aunque no fuese creíble, pero que nos hubiese dicho algo, no lo dijo.

01:23:32

Bien, Rafa Zouhier, Rafa Zouhier, se presentó en esta Sala como superinocente, nosotros decimos superculpable y lo vamos a demostrar, es así.

Rafa Zouhier cumple la función de bisagra, jurídicamente sería el cooperador necesario perocreemos que al decir bisagra, se entiende gráficamente lo que él hizo. Él pone en contacto a los compradores con los vendedores, pero no es un mero contacto comercial, él realmente participa de toda la gestión del tema, participa a tales extremos, que incluso, y eso es nuestra teoría, creemos que Rafa Zouhier estaba probando para explicarles a otros como funcionaban los detonadores con un teléfono móvil, y eso es lo que le pasó, y lo que le explotó.

Rafa Zouhier, sí tenía conciencia de lo que estaba traficando, y tan es así que la tenía, como que le explotó a él mismo, es decir, cuando se habla del dolo eventual en el caso de Rafa Zouhier, nosotros estamos convencidos, estamos convencidos que es así Señorías, y creemos que se han practicado tal cúmulo de pruebas, es más, si Rafa Zouhier fuese inocente, porqué como consta acreditado en las actuaciones, le iba a tener que decir a su familia “Díganle a la cubana que se acuerde que estuve con ella el 28 y el 29” es decir, estaba preparando una más de sus coartadas; consta en las actuaciones, conversaciones intervenidas en el Centro Penitenciario, y, a ese respecto, a ese respecto, creemos que es claro, ¿para qué la cubana iba a tener que mentir? ¿Para qué había que recordarle la verdad? No, lo que había que recordarle, era justamente eso. Él participa en una... no en una, no en dos, en tres, en todas las reuniones, creemos que el compañero esta mañana lo ha expuesto de forma brillante el hecho porqué Rafa Zouhier debe ser condenado, él tenía un dominio funcional del hecho pleno, pleno Señorías. Es él, quién estructura los conocimientos, y es más, cuándo él deja de informar a la Guardia Civil, deja de informarlos por una razón concreta, porque si les informaba no obtenía su beneficio, no iba a informar de su actividad, ni con los asturianos, ni con Jamal Ahmidan ni con el resto, la gente... sino hasta aquél momento en que hubiese hecho la liquidación del activo, es decir, hasta el momento en que él hubiese sacado su beneficio. Cuando él se siente perseguido después de los atentados, después del 11 de marzo, es cuándo trata de colaborar, pero no es colaboración limpia y clara, es una colaboración con ánimo espurio, por lo tanto, no beneficiable del atenuante pretendida por su defensa, el ánimo espurio, ni siquiera es claro con la Guardia Civil, dice:”Te voy a hablar de una persona” no, el debería haber dicho, si era lo que pre...

GB: Siga, siga.

A GERIA: ...si era lo que él pretendía, si era lo que él pretendía realmente colaborar antes de que el procedimiento se dirigiese contra él, lo que tenía que haber hecho es una declaración íntegra, completa y clara. A estas alturas realmente creo, que es poco lo que podemos saber, poco lo que podamos saber con respecto a cuál fue el planteamiento que él se imaginó en su cabeza, ¿por qué? Porque después de tantas cartas, tantas declaraciones, es muy difícil, lo cierto y verdad Señorías. Él puso en contacto, y participa activamente, a Asturias con la trama criminal de esta organización, sin su participación esta puerta no se abría, por eso hemos dicho la bisagra. Es impensable, si hacemos como dijo don Carlos Bautista el otro día, la abstracción de sacar a Rafa Zouhier de estos hechos, nada se hubiese... nada hubiese sucedido, nada, nada, nada. Rafa Zouhier, cuándo vio que entregando la primera muestra de explosivo no había mayor interés en investigar dijo “¡Estaes la mía! Ahora voy a hacer yo un negocio” y es cuándo se estructura todo esto. Él sabía de la gravedad del hecho, tan es así, y les recuerdo las discusiones con... en presencia de Lofti Sbai, con Antonio Toro en la discoteca el día 14 de marzo del 2004. Él sabía, él sabía que los atentados los habían hecho sus amigos, da lo mismo lo que digan los peritos químicos; él lo sabía, y él sabía perfectamente que la... los explosivos los habían traído de Asturias sus amigos para sus amigos, con beneficio para él, la jugada le salió mal, le han pillado.

Nosotros creemos que la pena que hemos solicitado, y que por cierto, la hemos solicitado desde un inicio de estas actuaciones, de limitación de cumplimiento a los cuarenta años, es proporcionada, y es proporcionada porque sin él, nada de esto hubiese sucedido. No vamos a seguir hablando de Rafa Zouhier, si recordarles una cosa, “ni cuatro fiscales van a poder conmigo” no, es que ni habían cuatro fiscales en la Sala, sólo dos, contamos mal, Rafa Zouhier; y los únicos que pueden con él son ustedes, que son quienes tienen que imponer la pena y que la van a saber imponer. Porque esas cosas no son tolerables, su comportamiento no es tolerable, pero aquí no se está juzgando por su comportamiento en la

01:29:11

Sala, aquí se le está juzgando por la acción criminal de la cuál viene acusado, es decir, por la totalidad de los hechos objeto de este procedimiento porque él participó en la totalidad de los mismos, y así lo hemos hecho en nuestro Escrito de Conclusiones Provisionales y también el de Definitivas.

Con respecto a An... a José Emilio Suárez Trashorras, nosotros creemos que ya se ha dicho suficiente, si queremos recordar una cosa con respecto eh... José Emilo... sin José Emilio Suárez Trashorras estos hechos tampoco serían... serían posibles, si queremos recordar una cosa que hasta el momento no se ha dicho en relación a la pericial psiquiátrica. Esta Sala le preguntó al perito si... eh... de... de psiquiatría clínica, ¿distinguía entre el bien y el mal? No existe atenuante aplicable como pretende su defensa. Creemos que no es de aplicación la atenuante y que la pena es proporcionada.

Con respecto a Antonio Toro Castro, aparte de lo que ya se ha dicho, hay que recordar algunas cosa muy concretas y muy sucintas. Se le preguntó si su coche amarillo él se lo dejaba a otras personas, dijo que jamás, pues el coche amarillo fue el que estuvo en Las Rozas el día que se trajo la muestra de explosivo que se le entregó a Rafa Zouhier, si nunca se lo había dejado a nadie, evidentemente era Antonio Toro el que conducía ese coche. Antonio Toro y Suárez Trashorras vinieron a Madrid a Las Rozas y le entregaron la muestra de explosivo que... a Rafa Zouhier.

Pero es más, es más, nosotros ni siquiera nos creemos tanto esa mala relación con Suárez Trashorras, lo que creemos es que hay es una distribución de papeles dentro de esta organización.

Esta mañana, con respecto a Carmen Toro se ha dicho todo y más, o sea, nosotros no vamos a hablar de eso, pero sí creemos que en esa organización criminal, y esta parte acusa de la asociación ilícita en Asturias, exclusivamente a Carmen Toro, a Emilio Suárez Trashorras y a Carmen Maria Toro Castro, ¿por qué? Porque nosotros creemos que la auténtica asociación ilícita que existía en Asturias, era una de carácter familiar, criminal y permanente; familiar, criminal y permanente. No sabemos qué fue primero, si el huevo o la gallina, es decir, si primero se creó la organización y luego se incorporó Carmen Toro, o Carmen Toro participa en la creación de esta organización criminal de esta asociación ilícita, en la cuál, el vínculo entre su marido, o ex-marido, o marido a medias, o lo que sea, con respecto a su hermano es ella.

El compañero de esta mañana de la acusación A7, ha hecho un magnífico trabajo en exponer la relaciones de por qué Carmen Maria Toro Castro, cumple un papel esencial en esa asociación ilícita, que es, insisto, de carácter criminal, permanente en el ámbito de una familia, eso es lo que le da la protección.

Se ha dicho por la acusación A4 el otro día, y se ha reiterado, la famosa frase o ya tristemente famosa, “ cariño, di lo que sea, pero déjame afuera” afuera ¿de qué? Afuera ¿de qué? Afuera ¿de qué había que dejarla si no era parte de? Ella es parte de, ella tiene una parte importante en esta trama criminal, y ella debe responder por lo mismo. Nosotros no hemos modificado nuestra petición inicial, con respecto a Carmen Maria Toro Castro, porque creemos que es una parte fundamental de esta organización.

Con respecto a Raúl González Peláez, Iván Granados Peña, Sergio Álvarez Sánchez, Antonio Iván Reis Palicio y Javier Gonzáles Díaz, nosotros hemos reducido la petición de pena en nuestro escrito, acogiéndonos al principio acusatorio con lo cual, incluso podemos estar por debajo del margen mínimo legal, porque es nuestra petición, simplemente porque creemos que la intensidad de la participación de ellos en determinados casos es importante. Esta mañana se... y, y, y el, y la semana pasada se habló lo suficiente de las pruebas practicadas en su cargo, pero si queremos decir que con respecto a ellos nosotros creemos que lo proporcional es una pena de esas características. La actuación de ellos es antijurídica y culpable, debe ser sancionada, ahora, ¿hasta qué intensidad? Nosotros hemos hecho un planteamiento que la mayor parte de las acusaciones discrepan de nosotros y bueno, lo vamos a mantener. Si queremos decir una cosa, Antonio Iván Reis Palicio, plantea que ha sido su actuación en base al miedo insuperable, nosotros en gran medida le creemos, en gran medida le creemos, basta remitirnos a nuestro escrito de acusación, ¿y por qué le creemos a Antonio Iván Reis Palicio? Porque creemos a Antonio Toro capaz de hacer lo que

01:34:10

ha dicho Antonio Iván Reis Palicio que le hizo. Es que no sólo le amenazó, le pegó, le quitó la Playstation y le quitó la televisión; para que Antonio Toro no sea miembro de la asociación que vendió los explosivos, muchas actividades plegó a favor de esa asociación. Es decir en base del testimonio de Antonio Iván Reis Palicio, nosotros, que además le creemos, es creíble Señorías, es creíble, si esa es la cuestión, su testimonio es creíble.

Y desde el momento que asumimos su testimonio, tenemos que calificar la actitud o la participación de Antonio Toro Castro, en una medida distinta en que lo ha hecho el Ministerio Fiscal, porque lo que no es creíble es que Antonio Toro Castro, Antonio Toro Castro, no se aparte del beneficio de la venta de explosivos pero sea capaz de a cambio del traslado de los explosivos, condonar una deuda. Es decir, una cosa lleva a la otra, tal vez no ha quedado muy bien explicado, pero Antonio Toro Castro obliga en gran medida a Antonio Iván Reis Palicio a venir a Madrid a traer explosivo, hecho que ha determinado y ha...entendemos, cambiado la vida a Antonio Reis Palicio, igual que el de las víctimas, igual que la de las víctimas, que también ha cambiado, pero creemos que le obliga porque era la forma de colaborar en el plan criminal que tenían para la venta de estos explosivos, sino no se explica que Antonio Toro vaya a Las Rozas, lleve la muestra, discuta con Rafa Zouhier el día 14, y vaya a cobrar deudas a cambio de traer los explosivos a Madrid, creemos que esa es la explicación, y por eso creemos que es, en el propio testimonio de Antonio Iván Reis Palicio e incluso la cuestión de la atenuante planteado o eximente planteado por su defensa, en la que se debe sustentar el análisis crítico de la prueba a utilizar en contra de Antonio Toro Castro.

Ahora bien, con respecto a Emilio Llanos, Emilio Llanos Álvarez nosotros estamos convencidos que no sólo con una brillante defensa, sino que además la defensa va a hacer un planteamiento doctrinal, al cual este letrado no se encuentra en condiciones de alcanzar, creemos que doctrinalmente su planteamiento va a ser abrumador. Al respecto, sólo hacer una pregunta, las llaves de los minipolvorines, ¿le ponían en posición de garante o en una posición de garante reforzada? Si es de garante reforzada por tener las llaves, creemos que la condena es proporcional a la que pedimos, nosotros no vamos a discrepar de eso.

Sí decir que se ha planteado, se ha planteado, con respecto a Raúl González Peláez, lo hemos visto, ¿que ha habido un absoluto descontrol de los explosivos en Asturias? nosotros no discrepamos de eso, había un absoluto descontrol de los explosivos en Asturias, por eso que lo... por eso es justamente, que Raúl González Peláez, pudo sustraer los explosivos de la mina, no es por otra cosa, los sustrajo él, porque era fácil sustraerlos, en eso estamos de acuerdo con su defensa. Y eso con respecto Señorías, a lo que venimos a plantear de pruebas que hemos visto y que entendíamos que era necesario valorar eh... aparte de las valoraciones que ya han hecho otros compañeros.

No podemos, no podemos hacer abstracción de aquello que ha sucedido en el plenario, creemos que es necesario hacerlo.

Las acusaciones tenemos una función, una función establecida en el ordenamiento, existe un respaldo legal y un fundamento para su existencia. Según el artículo 125 de la Constitución española, y según el 101 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se genera la figura de la Acusación Popular, bien, nosotros creemos, y la doctrina, así parece avalarlo, que la Acusación Popular, en defensa de lo que es un interés general, viene a cumplir una función para igual, que no igual, a la del Ministerio Fiscal. En este caso, y es parte de lo que se ha visto en esta Sala, nosotros discrepamos abiertamente de que se mantenga una acus... acusaciones que no han mantenido, y no lo decimos específicamente con respecto a la Acusación Popular, creemos que la Acusación Popular ha terminado haciendo un planteamiento bastante concreto de acusación, pero si creemos que es necesario, necesario, que las cosas se digan por su nombre; cuando uno se queda callado, está y pasa a lo practicado.

Hoy hemos visto, y por eso hemos salido a contestar una serie de argumentos, hemos visto cómo se ha desarrollado en acusación, todos y cada uno de los argumentos de defensa que podía haber utilizado la defensa, valga la redundancia, de Rabei Osman El Sayed. Eso nos ha dado una ventaja también, que hemos podido contestarlo antes de que perdamos el turno de palabra.

01:39:42

Creemos que en este procedimiento, y en eso vamos a estar de acuerdo sin que sirva de precedente con el compañero de la Acusación Popular, que el otro día dijo que estábamos ante un juicio único, es único porque también se han visto cosas únicas.

Las acusaciones, tenemos un papel procesal, y un papel moral que cumplir desde el momento que asumimos la posición procesal, unos, y de hecho tan es así, exceptuando en esta Sala por razones prácticas, que se ocupan posiciones físicas enfrentadas, a los efectos de no confundir al justiciable, porque el que las acusaciones actuemos realmente como acusaciones, y las defensas como defensas, es parte de la garantía del justiciable, saber quién le acusa y quién le defiende. Creemos que aquí ha habido una serie de confusiones, que no es sano, no es bueno, entendemos que se...que esas posiciones no deben de darse en un procedimiento penal.

Creemos, y así ya lo ha hecho ver en alguna de las resoluciones esta Sala, pero creemos que en sentencia deben aclararse esas cosas; si es que cuándo asumimos una profesión procesal, asumimos una postura determinada con todas sus responsabilidades.

Al inicio de esta sesión de... de esta... de este informe, yo hablé de agradecerle a doña Angélica Geria y a su hijo menor de edad, Nacho, Ignacio. Agradecerle que me haya permitido ejercer esta acusación con absoluta independencia, yo no me voy a escudar en doña Angélica Geria, ni mucho menos, para sostener o justificar lo que este letrado ha hecho en el entendimiento de su acusación, pero si creemos, y Señorías, no estamos limitando a lo que se ha visto y se ha dicho, que no es sano para el procedimiento penal, que se confundan los posicionamientos procesales, creemos que se ha visto de todo.

Podemos discutir, podemos discutir Señorías, si el color de la pared es blanco, o es blanco mate, o es blanco satén, ahora, es una alteración de la percepción de la realidad, verlo rojo, eso es una alteración de la percepción, pero pintárnoslo de rojo en nuestras narices, es una falta de respeto al papel que tenemos que jugar cada cual en este procedimiento; y eso es lo que en algunos casos es lo que ha sucedido, que nos han pintado la pared de rojo, o nos la han querido pintar en nuestras propias narices, nosotros con eso no estamos de acuerdo y creemos que no es coherente.

Además de eso, Señorías, las propias víctimas necesitan, necesitan la tranquilidad psicológica, es parte del tratamiento al que son sometidas en estos casos, el que se establezca una determinada responsabilidad, no que se haga en un arte difuso. Nosotros creemos Señorías, y en eso vamos a discrepar nuevamente de algunos compañeros que... o de algunas acusaciones, no existen derechos, una sentencia abierta.

La sentencia abierta no es sentencia, la sentencia abierta es contraria a nuestro ordenamiento jurídico, esta Sala lo sabe de sobra, pero es claro y concreto que la sentencia que se construye sobre tres premisas, el silogismo propio de la sentencia, requiere que la premisa inicial, la premisa menor, la de los hechos probados sean claros y concretos, y sobre ella se estructure un desarrollo jurídico que justifique la última de las premisas, la de condena o absolución, el resultado de la misma.

Una sentencia abierta, no es correcto, si entendemos que el Derecho es una técnica resolución de conflictos, que duda cabe que la solución al conflicto es la sentencia, la resolución judicial. Desde esa perspectiva, nosotros estamos convencidos que la sentencia que dicte esta Sala tiene que ser sobre los hechos, clara, concreta y precisa, y cumplirá su función social, cumplirá la función social dentro de lo que es la prevención general, justamente por ser ajustada a Derecho, justamente por establecer unos hechos claros, precisos y concretos. Evidentemente, lo que no se puede pretender es que los hechos probados de la sentencia sean otra cosa que la verdad jurídica; la verdad jurídica no tiene porqué calzar perfectamente con lo que es la verdad material, insistimos, en hechos de estas características, la verdad jurídica y la verdad material, tienden a diferir. Ahora, ahora, que se pretenda dejar una sentencia abierta, sin hablar de política, pero que no tenga bien políticamente o una sentencia que sirva a la especulación permanente, constante, insidiosa, eso es algo que no se puede permitir, no se puede permitir porque ni siquiera es sano para las personas a las que les estamos pidiendo penas de cuarenta años de prisión de cumplimiento efectivo.

01:44:43

Creemos que no es correcto pedir cuarenta años, y déjenmela abierta por si... por si acaso. No, o pedimos pena y acusamos, o no pedimos pena y no acusamos, ahora bien, eso es imperdonable, creemos que es un error, creemos que es, responde a... a planteamientos ajenos al proceso penal, ajenos a esta Sala, y hasta ahí vamos a dejar estos planteamientos.

Se ha dicho, de forma constante, y permanente, queremos saber, ¡hombre! Yo creo que todos en esta Sala queremos saber.

Queremos saber quiénes, cómo y por qué. No el porqué de... del planteamiento criminal de esta gente, el porqué sucedan las cosas, las cosas no suceden por casualidad. Nosotros hemos hecho un planteamiento que tiene que ver concretamente con el porqué suceden, y eso entra dentro de lo que es la prevención general y la prevención especial de la setencia. La prevención especial vendrá dada por el mensaje de condena que hemos pedido hacia los acusados, la prevención general vendrá por explicar lo que no tiene que pasar, lo que no tiene que pasar. Se ha citado aquí a Cicerone, se han citado a muchos, yo soy americano y voy a citar a José Martí, José Martí decía que el poder irresponsable, sólo puede llevar a la destrucción, cita que viene exactamente a los hechos que vamos a hablar ahora, y que son parte de nuestro Escrito de Acusación.

Hay que dejar en claro una cosa, responsabilidad criminal exclusiva, ¡exclusiva! Con respecto a estos hechos, de quiénes están acusados aquí, así como evidentemente los que están en búsqueda y captura, los suicidados, que no tienen ya responsabilidad criminal, y las personas pendientes de determinar, pero no pendientes de determinar de forma esotérica; pendientes de determinar con huellas, ADN's, y otro... otras elementos más que están en... en las actuaciones.

Queremos una sentencia abierta para seguir investigando, 147/2006, ese es el procedimiento para seguir investigando. Este procedimiento termina en sentencia, no termina en una investigación permanente que dé juego a cualquier cosa, 147/2006.

Se ha dicho que no se ha podido participar en la instrucción, este letrado ha participado en la instrucción, me han dado diligencias y me han denegado diligencias, como casi siempre. Uno nunca tiene la razón, tampoco no la tiene nunca, sinceramente Señorías, basta remitirse a las actuaciones y saber quién pidió diligencias y quién no las pidió, creemos que es injusto, injusto, y no ajustado a la verdad, decir que no se dieron diligencias o que no se pudo participar en la instrucción.

Parte de la fase de instrucción, por ejemplo, son las declaraciones indagatorias, estuvimos siempre los...los de siempre, en las declaraciones indagatorias estuvimos lo de siempre, es más, yo pensaba que éramos tres acusaciones y he descubierto que somos veintidós, eso lo descubrí al inicio del plenario, y si a alguien le molesta, pues lo siento, no es un ataque personal, es una precisión con respecto a la verdad.

Ahora bien, dicho que la responsabilidad criminal de estos hechos, es exclusivamente de las personas que hemos determinado, aquí hay que determinar porqué pasan las cosas, y eso, es algo que nosotros venimos practicando como interrogatorio de prueba en este plenario de forma reiterada.

Nosotros creemos que ha habido una irresponsabilidad, ¡irresponsabilidad! muy elevada de quienes dirigían la política de seguridad y que es, antes de los atentados del 11 de marzo, se ha dicho, se ha dicho varias veces, se ha planteado que la guerra de Irak fue la causa. La guerra jugó un papel, pero nosotros creemos que el mero papel justificativo del ánimo criminal de los autores, es la excusa que necesitaban para autojustificarse, es la excusa que necesitaban; la causa de verdad, es su voluntad criminal y que se lo pusimos fácil, y vamos a explicar porqué se lo hemos puesto fácil. Aquí ha venido, y ahí vamos a discrepar de la Abogacía del Estado estamos seguros, aunque la Abogacía del Estado en el fondo reconozca que tenemos un punto importante de razón, pero cada cuál tiene que mantener su postura procesal, eh... Aquí se ha dicho claramente, claramente, y hasta la saciedad, que no había medios, no eran uno o dos o tres, eran tres guardias civiles para toda la comarca minera de Asturias, con la demarcación que estamos hablando, ¡claro! Vienen otros y dicen que la Guardia Civil es incompetente, ¡no señor! La Guardia Civil, no es incompetente, a la Guardia Civil le dieron escasos medios. Tres guardias civiles para la demarcación de Asturias, pero es más, aquí hemos descubierto un hecho

01:49:31

importante, ¿cómo iban a llevar un control importante de los explosivos? Si ni siquiera podían bajar a la mina por que no tenían cascos, Señorías, es prueba practicada en el plenario, ¡no tenían cascos! No podían entrar a las explotaciones mineras, que eran justamente, de donde Raúl González Peláez sacaba la dinamita que le vendía a Emilio Suárez, y que Emilio Suárez hacía transportar a estos...a lo a Iván Granados, a Iván Reis Palicio y a Sergio Álvarez Sánchez, etcétera, etcétera...para que los otros lo utilizaran. No había un control directo, la dinamita se controlaba virtualmente, date por controlado básicamente, eso es lo que había. Entendemos que eso es poner las cosas fácil, había una falta absoluta de medios para llevar esto adelante.

Hubo un Policía Nacional, como lo han habido muchos, la mayoría en este plenario, muy honesto que dijo: “Siempre fuimos un paso por detrás de ellos” ¡Hombre claro! Si no les dieron los medios para estar un paso por delante, y nos les dieron los medios para estar un paso por delante, porque incluso, incluso, dentro de lo que es todo ese dislate, porque es un dislate, de plantear que esto es una conspiración, no señor, no es una conspiración, es una falta absoluta de medios, falta absoluta de medios; teléfonos intervenidos que no hay traductor para traducir las conversaciones, ¿de qué sirvan las traducciones si no están traducidas? Bueno, en algunos casos, para intentar la absolución.

Nosotros creemos que hubo realmente una serie de errores cumulativos, no uno y otros, ha habido una falta de coordinación absoluta, la mejor demostración de la falta de coordinación absoluta es la creación del Centro de Coordinación Antiterrorista con posterioridad a los atentados del 11 de marzo, nadie en su sano juicio crea algo que no necesita, bueno, a veces los políticos sí, pero en este caso creemos que no. Se creó el Centro de Coordinación Antiterrorista porque había un fallo importante de... en... en materia antiterrorista. Creemos, creemos, que entre otras cosas había una política de seguridad unidireccional, tenemos una frontera importante con un problema importante, que es el de la aberración del yihadismo, y este problema no estaba debidamente controlado, no existía ninguna coordinación al respecto. Hay una serie de informes, los ha mencionado el Ministerio Fiscal, los ha mencionado algunas acusaciones; pero lo que no había es la estación final, el que se los leyese, esos informes, esos informes, tenía que leérselos el Ministro de Interior o alguien que se lo soplase al oído, no estaban siendo leídos ni... en debida forma, no se tenía una noción clara de lo que había que hacer con este problema, es más, creemos que parte de la información la manejaba la Policía Nacional, otra parte la manejaba la Guardia Civil, pregunta, ¿quién es el encargado de coordinar la información de los dos sitios? Pues todos sabemos quién es, y no lo coordinó, no lo coordinó, ¿por qué? Política de seguridad unidireccional. Teníamos dos grandes problemas de seguridad, que por cierto, los seguimos teniendo los dos grandes problemas de seguridad, y sin embargo, sólo se preveía de uno y se preocupa de uno, eso se llama ser irresponsable, hay que ser irresponsable para sólo ver uno.

También, también, y eso es prueba practicada en este plenario, no sólo está la culpa del Estado en la vigilancia, también en la elección, se elige una persona, se le pone a, a cargo de la Policía Nacional y la primera vez que comparece en un juicio se retracta en ese asiento, eso se llama “Culpa in eligendo”, falló la vigilancia, falló la elección.

Evidentemente, y ya hablaremos en su momento, el señor Díaz de Mera no es la persona adecuada para dirigir ningún cuerpo y fuerza... ningún Cuerpo de Seguridad de ningún estado, se vanaglorió de haber sido re... de haber sido felicitado a finales de marzo de 2004, por sus compañeros europeos por sus éxitos, ¡ No!, no son sus éxitos, son los éxitos de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, personas que a partir del día 11 de marzo cuándo les coordinaron, funcionaron perfectamente, funcionaron perfectamente; de hecho, ellos consiguieron un éxito rápido en el momento que se les coordinó y se puso todo sobre la mesa. Creemos que desde el pesimismo antropológico de Hobbes desde el Leviatán, Señorías, existía un pacto, hay un pacto por la cuál los ciudadanos hacemos una sesión de parte de nuestras libertades personales y de nuestra soberanía, y esa sesión la hacemos a cambio de algo.

Lo primero, seguridad, lo primero que se pide en ese Pacto del Leviatán es seguridad, y en eso, en eso, aquí, de las dos partes contratantes, unas cumplimos, seguimos parte de nuestros derechos, parte de nuestro ámbito personal, parte de nuestras libertades; y el otro, “el otro, el que nos tenía que dar seguridad, ese falló.

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Creemos que hay que restaurar el pacto, es necesario el pacto, es necesario, y nos referimos al Leviatán, ese pacto ciudadano por el cual el estado funciona, ahora, para eso lo que hay que hacer es revisar dentro de la prevención, dentro de la prevención general, que falló para que no vuelva a suceder. Si...todos tienen derecho a saber que falló, falló casi todo, sino todo; porque claro algunos se plantean, ¿cómo se ha podido co... ocasionar esto con la gente que tenemos ahí?

Bien, es que, fueron a atracar el banco pero les dejamos la puerta abierta, y mientras sonaban las alarmas, nos fuimos a comer, por eso que atracaron este banco, por que era (n.t.: ininteligible) no por otra cosa.

También faltaba, y creemos que se está mejorando, una regulación adecuada, la regulación de explosivo, el sólo hecho de modificarla indica que dentro de lo que es el normal funcionamiento de la administración, dentro de lo que es el normal funcionamiento, porque ha habido una norma que lo regulaba, la norma es... era evidentemente, insuficiente para controlar una materia tan delicada como los explosivos. La culpa, vuelve a ser de la misma persona, la responsabilidad criminal es de ellos, la culpa vuelve a ser de la misma institución.

Ahora, otro tema que no ha sido menor, el Ministerio Fiscal ya lo planteó en su día, y nosotros creemos que ese anteproyecto de ley de regulación de las figuras del confidente, es necesario que se tome en serio el tema, que se busque la creación de esa figura, y que no vivamos con situaciones como las actuales, porque en realidad el Ministerio Fiscal hablaba de confidentes, no, confidentes serán cuándo haya una legislación que lo regule, de momento es “chivato” o “soplones”. Pero se necesita que se regule la materia para que esa figura se encardine dentro de un marco legal, y no se den situaciones anómalas, extrañas eh... Manolón, Suárez Trashorras, Carmen Toro, eh... Rafa Zouhier “Víctor”, son situaciones que requieren una regulación para que no levanten ni suspicacias, ni sean utilizables de la forma que creemos que han sido utilizadas por las personas que aquí vienen acusadas.

No afecta al final de este procedimiento, ni la relación de Rafa Zouhier con “Víctor”, ni la de Suárez Trashorras con Manolón, eso puede ser parte de otro procedimiento y estamos seguros que tanto la Guardia Civil como la Policía Nacional, son los primeros interesados en aclarar ese tema.

Pero sí falta que el Estado se haga responsable de los problemas que tenemos, y este un problema concreto, sobre la responsabilidad civil Señorías nosotros nos remitimos a lo que consta en nuestro escrito de, de, de Conclusiones Definitivas, agradecemos al Estado español que haya adelantado parte de la indemnización y que gracias a ella eh...mi defendida haya podido subvertir sus necesidades, habida cuenta en, en, en la situación en que se quedó eh a partir del 11 de marzo de 2004, y con respecto a la que inicialmente fue nuestra reclamación en contra del Estado, nosotros hemos planteado que la diferimos, la razón de porqué la diferimos la, la ha expuesto la, la Abogacía del Estado la semana pasada y consta en nuestro escrito.

Con respecto a los argumentos jurídicos la responsabilidad civil, nosotros nos vamos a remitir a lo que va a decir eh... mi compañero de la acusación A16, el Doctor Fuster Fabra, que de eso sabe mucho más que este letrado y por eso nosotros nos vamos a adherir a sus planteamientos, vamos a explicar muy brevemente para no aburrir a esta sala, bueno, ya la tenemos aburrida, pero para no aburrirla un poco más; eh... lo que... las deducciones de testimonio que hemos planteado, creemos, que la solicitud de deducción de testimonio, tienen concretamente o cumplen la función, de denunciar ante la Sala lo que creemos que es una in...el inflingir una norma determinada. Nosotros creemos que no se puede solicitar deducciones de testimonio con carácter gratuito, si la solicitud de deducción de testimonio cumple la función de la denuncia, habrá de estarse y pasarse a las consecuencias de la solicitud falsa o infundada de la deducción de testimonio; cuándo solicitamos la deducción de testimonio entendemos, entendemos Señorías que estamos presentando denuncia ante la Sala, sus consecuencias jurídicas esta parte las asume porque vamos a explicar contra quién las hemos solicitado.

Cartagena, ¿a alguien en esta Sala le cabe alguna duda de que Cartagena mintió? Nosotros creemos que Cartagena mintió, contó un episodio en la ronda de Atocha, contó un episodio en el ma... en el VIP’S de Príncipe Vergara, contó un episodio en el Parque Azorín, que son

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episodios francamente increíbles y que posteriormente, y que posteriormente, han venido a ser desmentidos por los otros participantes de la situación.

Yahya Mawed Mohammad Rajed, el joven Yahya, nosotros entendemos que a pesar de prestar testimonio desde Italia, la sala, tal vez nos corregirá desde el punto de vista técnico, estamos casi seguros de que lo va a hacer, pero sí creemos que es importante una cosa, él desobedeció a la Sala de forma grave al negarse a declarar en su calidad de testigo, pero fíjense una cosa, es que no sólo se niega a declarar, se niega a declarar porque hubiese incriminado a Rabei en estos hechos; no es una negativa a declarar inocua, es una niga... es una negativa a declarar que tiene un determinado valor, no sólo desde el punto de vista de la imputación que se reclama contra él sino también de la que se reclama contra Rabei, ¿por qué? Porque él sí declaró en una... en una parte... en una fase inicial de este procedimiento, ha declarado y ha dicho cosas concretas; por ejemplo, que Rabei estaba preocupado por que le iban a caer treinta años, bueno Rabei se equivocó, son cuarenta no treinta, pero el hecho concreto es que él había hecho una declaración incriminatoria en contra de Rabei. Y entonces, él en ese momento cuándo recibe tal vez sus instrucciones desde su jefe de Madrid, o por alguna razón extraña, cuándo se da cuenta “no puedo declarar, porque voy a implicar a Rabei, me callo” y no declara.

Rachid Bendouda, nosotros solicitamos la deducción de testimonio porque el día que declaró aquí, él negó haber declarado lo que declaró en Sede Judicial, nos ha contado aquí que él jamás declaró eso, no sabemos si existe algún campo especial por el cuál la gente viene aquí y cambia su declaración, pero lo cierto y verdad es que esta sala, yo pedí la lectura de un párrafo concreto, se hizo constar por el Presidente que se trataba de una declaración en Sede Judicial y él seguía negando que era eso.

Mohamed El Idrissi, Mohamed El Idrissi no sólo cambió su declaración para favorecer a Larbi Ben Sellam, sino que llegó a tal extremo, que ante las insistencias, y pido que se recuerde, nos negó su propia firma de un folio a otro de su declaración, Señorías, es que era patética la escena.

Mohamed El Idrissi, no sólo vino a contar que no contó lo que había contado sobre su amigo Larbi, sino, que además nos decía “Es que no veo la firma” la vimos todos menos él, menos él, creemos, al igual que los anteriores Señorías, que es sano este juicio, lo dijo ya el compañero de la acusación popular y me permito volver a citarle, es sano que un juicio tan público, se tomen las medidas adecuadas en contra de aquellas personas... en contra de aquellas personas que han actuado de forma ilegal a la vista y paciencia de todos. No se puede permitir, las deducciones de testimonio no las pedimos de forma gratuita, creemos que es necesario por que la imagen que se transmite sino, es negativa.

Kamal Ahbar, nosotros contra Kamal Ahbar no hemos pedido deducción de testimonio por un delito de falso testimonio, valga la redundancia, sino porque creemos que su función como dijimos anteriormente, fue la de encubrir, él vino a encubrir, su... la intensidad de su ilícito es mayor, está comprendida en otra figura y deberá deducirse testimonio contra él.

Agustín Díaz de Mera, se le ha deducido testimonio por esta Sala por un delito de desobediencia grave al Tribunal. Bien, no era un episodio bíblico pero a él le negaron tres veces en esta Sala ¿eh? No era un episodio bíblico, le negaron tres veces. Las tres personas que él dijo que habían dicho lo que nunca dijeron, le negaron. Creemos que él mintió, y por eso nuestra solicitud de solicitud de deducción de testimonio, va hacia esa, hacia esa figura delictiva y no simplemente a la de desobediencia grave, no estamos diciendo que la de desobediencia grave no sea reprochable, simplemente que tal vez en realidad se negó para no seguir persistiendo en la actitud de contarnos una mentira, él mintió porque además todos los testimonios periféricos y directos rela... tenentes a su actuación lo han demostrado así.

Bien, nosotros vamos a finalizar ya Señorías, simplemente queremos decir que hemos intentado solicitar, plantear una cuestión de proporcionalidad de las penas que hemos pedido. Aquí hemos escuchado que se han pedido “Queremos una sentencia dura”, una sentencia dura no es una sentencia ajustada a Derecho, la sentencia ajustada a Derecho es la proporcional, evidentemente ante la gravedad de los hechos aquí cometidos, un límite de

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cumplimiento de cuarenta años, no es duro, es proporcional, eso es lo que tiene que regir la ponderación de las penas a solicitar.

La sentencia tiene que ser proporcionada, justa, ajustada a Derecho, pero sobre todo Señorías, queremos pedirle algo, la sentencia tiene que poder resistir el peso de los recursos y el paso del tiempo. Esa es la sentencia que de ustedes esperamos, sabemos que será así, que resista el peso de los recursos, que los habrán, pero sobre todo el paso del tiempo Señorías.

En este juicio todos hemos perdido algo, las acusaciones por que hemos perdido a las víctimas, los acusados, los acusados porque perderán durante muchos años su libertad, eso esperamos.

Recuerdo que uno de los mensajes de reivindicación de los atentados decía: “Vosotros amáis la vida, nosotros amamos la muerte y por eso venceremos” Grave error, nosotros sí amamos la vida, y ellos son la muerte por que han traído la muerte, pero vencer, va a vencer el Estado de Derecho, a pesar de las críticas acérrimas que se le han hecho incluso dentro de esta misma Sala.

Cuando se ataca a las instituciones se debilita el Estado de derecho, otros en este pleito Señorías han perdido hasta la vergüenza, y otros, los que han hecho de la tragedia del 11M un modo de vida, porque tendrán que buscarse un trabajo honesto.

Nosotros Señorías, pedimos una sentencia en los términos antes expuestos y muchas gracias por su tiempo.

GB: Gracias.

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