Anda pecio, deja de querer desinformar a la gente:
Copiar, descargar, películas o música de Internet es LEGAL, porque no hay ánimo de lucro. Para entenderlo hay que leer los artículos 18, 31, 161 de la LPI.
Busquen en la Wikipedia o en la web de la asociación de internautas, no se fíen de lo que digan en un foro.
la noticia podrá decir misa en la interpretación de la sentencia, pero la ley de propiedad intelectual es muy clarita al respecto; que cada cual saque sus conclusiones:
Artículo 14. Contenido y características del derecho moral
Corresponden al autor los siguientes derechos irrenunciables e inalienables:
1. Decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma.
Artículo 17. Derecho exclusivo de explotación y sus modalidades
Corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización, salvo en los casos previstos en la presente Ley
Lo mejor es leer la ley
Se está soslayando al autor y empresas que son propietarios de la música, videojuegos, libros, etc. Y como propietarios, pueden decidir componer una canción y escucharla en su casa sin sacarla al mercado. O pueden decidir poner la música gratuitamente a disposición del público. O pueden decidir que por su música se paga un precio, que es lo normal.
Es decir, es el propietario quien marca las reglas del juego respecto a su propiedad, y si decide que la música se protege y los particulares tienen que comprarla y prohiben su libre distribución en redes P2P, está en su derecho, y en el precio del producto.
Por ejemplo, un autor podría permitir a los internautas la distribución en P2P de un disco después de que las aociaciones de internautas y usuarios le ingresen 60 000 euros, 6 000, ó 600 000 dependiendo de la fama y tirón. Pero como esto no sucede, sino que una canción vale en itunes un euro, es lógico que en dicho precio el autor no está cediendo la obra para que se regale o comparta libremente, sino para uso personal sin derecho a colgar en P2P. Lucro cesante.
Respecto a "gmolleda", que pide la prescripción de los derechos de autor en 10 años no sé muy bien por qué. Será el autor quien determine si cede su obra a los diez años, pues es su propiedad y está en su derecho de cobrar por ella no en diez, sino durante toda su vida.
PedroJos dijo el día 14 de Marzo de 2010 a las 17:51:55:
"El cuchillo es legal, pero clavarlo a alguien no."
Ahí te has pasado tres pueblos. En España es legal clavarle un cuchillo a un niño o a una niña no nacido/a.
¡Vaya por Dios! ¿Y quién es el criminal (no lo digo por ud., PedroJos, sino por el gobierno y sus cómplices) que me dice a mí que está peor copiar un CD que matar un niño/a?
Duplicar música es legal si compartes sin ánimo de lucro.
Es una estupidez eso de no dejar duplicar algo. Si yo pudiera duplicar mi coche, mi lavadora o mi vivienda, por un simple euro, por supuesto que lo haría y se la regalaría a mis amigos y familiares.
En ese caso no harían falta empresas que hicieran esos bienes, igual que no hacen falta empresas para producir el aire respirable o para salir a dar un paseo.
Si con Internet ya no son necesarias las multinacionales de la música, pues que se busquen otro negocio. Internet no necesita intermediarios, los autores pueden darse a conocer directamente por la web.
¿Y qué comen? Pues muy sencillo: conciertos. Si llenan un estadio de fútbol os aseguro que vivirán bastante bien.
Tratáis de confundir intencionadamente a los carroñeros que cobran el canon con las empresas que invierten en hacer una película, música o videojuegos, con el único fin de seguir con las descargas ilegales. El cuchillo es legal, pero clavarlo a alguien no. Las redes pueden ser legales pero descargar, copiar, que cada descarga es una duplicación expresamente prohibida en la ley en España, NO ES LEGAL. Cuando se descarga se duplica, no se comparte. Abrid bien las orejas, el juez dice que el p2p es legal porque eso es un sistema de transmisión de archivos, no dice que sea legal duplicar algo que pertenece a alguien.
A mí no me agrada esta sentencia, aunque tal vez lo que yo opino como justo (o lo contrario o algo equiparable) no entra en las posibilidades de la misma.
Mola, pero no me parece justo usar una obra sin pagar un duro por ella. Lo que me alucina es la enorme cantidad de intelectuales defendiendo dicha opción como justa. Con los mismos argumentos se podría defender la gratuidad de los muebles, las lavadoras, los coches o los explosivos. Me alucina la magnitud de la manifa que jalea como héroes a los ladrones de todas estas cosas, o de algunas de ellas.
Música, muebles, lavadoras, coches y explosivos tienen en común que cuesta trabajo fabricarlos y deben tener algún precio distinto a cero (las dos últimas materias citadas requieren cualificación especial, supervisión adicional, permisos específicos,... además del mero sentido común, pero eso no cambia mucho su naturaleza a estos efectos).
El segundo asunto que se debe abordar es la legitimidad de la SGAE (si se limitan a denunciar presuntos delitos como en este caso, no hay mucha legitimidad que discutir, claro).
Personalmente, en la época en que me ocupaba de comprar música (sobre todo ochentas y primeros noventa), mi principal dificultad práctica era conseguir nombrarla de forma que el vendedor me entendiera. En una discoteca o similar era casi imposible tomar nota, y aunque fuese a tales lugares armado de bolígrafo y libreta, dudo que mis notas sirvieran de mucho.
Nunca he sido muy cuarentaprincipalero, aunque sí les reconozco que son extremadamente eficientes especificando lo que debes pedir si te gusta lo que oyes. No todas las radios lo son.
(sigue)
En contra de lo que opina Pecio, yo opino que debe eliminarse el derecho a cobrar por contenidos pasados 10 años desde su publicación.
Los creadores pueden cobrar durante 10 años, que ya está bien, y luego su música debe ser de dominio público, permitiendo generar nuevos contenidos a partir de los anteriores, multiplicando la producción cultural.
Las películas de éxito recuperan sobradamente lo invertido en dos fines de semana, figurense en 10 años, sobrados.
La música de éxito, en un añito tienen de sobra para recuperar lo invertido, además pueden seguir ganando dinero dando conciertos, siendo esos 10 años que digo perfectos para tener el monopolio para cantar sólo ellos sus canciones.
Pasados 10 años, cualquiera debería poder, incluso con ánimo de lucro, realizar nuevas producciones basadas en las que ya tienen más de 10 años. Ello haría posible generar más riqueza, ya que cualquier grupo podría dar conciertos con letras y canciones de otros (con antigüedad de 10 años) sin pagar derechos a nadie.
Igual que los alumnos no pagan a los profesores cada vez que usan los conocimientos adquiridos en clase, o nadie paga a un carpintero cada vez que abre la puerta de su casa. De la misma forma es una estupidez pretender que paguen a alguien por un trabajo realizado hace 50 años como ocurre hoy día.
Todos, incluso los miembros de la SGAE, hicieron sus creaciones influidos por la cultura y la música que vivieron de pequeños, sin pagar a nadie por ello. Nadie reinventa la rueda gracias a que no hay patentes ni derechos de autor sobre ella.
Los derechos de autor actuales, se cargan la creatividad
Lapsus: donde dije "D. Jesús" quise decir "D. Raúl", el nombre del juez al que se refiere la noticia.
Doy las gracias a D. Jesús, porque gracias a él he dejado de ser un "delincuente" por compartir mis archivos y no cobrar por ello.
En cuanto a los capitostes de la SGAE, ni compro, ni veo ni escucho nada que venga de ellos. Y de hecho, borraré lo que tenga de ellos en mi ordenador. Con su pan se lo coman. Probablemente eso es lo que les duele.