OK, gracias alpairo por el apunte ;-)
Por cierto, acabo de oir que la $GA€ ha perdido una demanda judicial contra FJL, y tendrán que pagar las costas de juicio. Me alegro infinitamente por estos mafiosos, que se creen impunes para intimidar y robar a su libre albedrío.
Vanos a ver: dentro de unos minutos, saldré hacia el instituto en que doy clases. Puedo ir en autobús (no sé lo que cuesta, imagino que 1,20€), o caminando.
1.- Si voy caminando, ¿debo compensar a la compañía municipal de autobuses, por el beneficio que dejan de percibir porque yo no cojo el autobús?
2.- Si voy caminando, ¿debo pagar algún tipo de canon al ayuntamiento, por hacer uso de las calles?
No hay que calentarse más la cabeza. El ánimo de lucro solamente existe cuando se pretende obtener algún tipo de beneficio económico. Si no, por mucho que intenten darle la vuelta al asunto, no lo hay por ningún lado, y el P2P seguirá siendo una actividad legal, lícita y buena.
Yo veo bien que se proteja la propiedad intelectual, pero de eso a condenar a una perosna por bajarse películas o música para ver u oir por el PC, va un abismo.
Este clan que se ha montado de las SGAE, es una cueva de ladrones y los bandoleros del s XXI , porque van asaltando a todo quisque, para vivir del cuento, y el trabajo de todos los españoles. No nos cobran ya por el hipotetico caso de que nos los bajemos, por eso del canon en TODO los que sea para grabar y material audio visual???et..etc., pues ya está bien de abusos de las SGAE.Si en mis manos estuviera, quien iban a vivir del aire, serian ellos, porque no iban a ver ni un euro, por sabandijas si le sgusta la buena vida, que TRABAJEN y no parasiten.
...quien roba a un ladrón...
Eso que pregunta, tiodelat, podría aclarárselo Terminat. En ausencia de él, le diré que las únicas sentencias que crean jurisprudencia vinculante son las del Tribunal Supremo. Nuestro Código Civil, al citar las fuentes del derecho, establece -- art. 1,6-- que "la jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que de modo reiterado establezca El Tribunal Supremo al interpretar la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho".
Si se ha descargado más de tres mil películas se ha ahorrado más de treinta mil euros, así a ojo. Si eso no es alguna clase de ánimo de lucro... pues que me dejen colarme en el cine, sin ánimo de lucro. Los polizones de los barcos tampoco tienen ánimo de lucro. Sólo quieren disfrutar gratis de aquello por lo que otros, más respetuosos con la ley, pagan.
Que conste que no estoy libre de estos pecados, pero llamemos a las cosas por su nombre, porque a veces parece que aquí sólo somos liberales con nuestra propiedad, y comunistas con la ajena.
Que nos eximan a todos de pagar, o que metan un paquete a los que no pagan, no cabe otra.
Hasta que no se enteren que los piratas son los productores que se enriquecen, los autores que pretenden trabajar una vez y cobrar toda la vida,las compañías suministradoras de Internet que cobran altas tarifas para proporcionar una calidad pésima y la mitad de la velocidad contratada porque se lo permite la ley¿?.Todos ponen como ejemplo de piratería casi nula a Japón ,pero no dicen que el acceso a Internet allí es universal y gratuito a una velocidad desconocida en España y que las descargas tan solo valen unos céntimos por una calidad estupenda, así cualquiera cumple con la legalidad. Además, nuca me cansaré de decir que con la descarga de una película o canción, los autores no pierden casi nada, porque si no fuera posible efectuar las descargas,la gente no iría corriendo a comprar originales o al cine (ir a ver una peli infantil una familia con "un" hijo sale por 21€ como poco), sino que lo más probable es que aumentase la compra en "Top manta" y eso es mucho peor porque qenera mafias delictivas y esclavitud de inmigrantes ilegales
Es que si lo hubieran condenado, deberían condenar a quien va al cine y paga por ver otra. Después de todo los dos pagan un canon, el uno por visualizar la copia comercial y el otro por el soporte en que la va a visualizar.
No es la primera vez que una sentencia absuelve a un internauta por no existir ánimo de lucro en la descarga de películas o canciones.
Y yo me pregunto, ¿no debería sentar jurisprudencia cualquiera de tales sentencias absolutorias?. entonces, ¿por qué se siguen admitiendo a trámite las denuncias contra usuarios de programas P2P que no tienen ánimos de lucrarse?.