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Doctrina Parot

La doctrina Parot es el nombre con el que se conoce la jurisprudencia que estableció el TS por sentencia de febrero de 2006 en la que se resolvía el recurso del terrorista de ETA Henri Parot, según la cual la reducción de penas por beneficios penitenciarios se aplica respecto de cada una de las penas individualmente, y no sobre el máximo legal permitido de permanencia en prisión (30 años según el CP de 1973). En julio de 2012 el Tribunal Europeo de derechos Humanos resolvió un recurso de la etarra Inés del Río Prada estableciendo que la doctrina Parot viola la Convención Europea de DDHH.
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