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Un juez declara ilegal un vídeo de una boda que grabó la SGAE para cobrar derechos de autor

Un salón de celebraciones de Sevilla deberá pagar 43.179 euros a la Sociedad General de Autores y Editores de España (SGAE) por poner música sin pagar derechos de autor, aunque la sentencia declara ilegal el vídeo de una boda que fue aportado como prueba. La SGAE ha admitido que infiltró a un detective para que grabara el banquete, aunque el juez ha sentenciado que el vídeo "constituye una clara violación del derecho constitucional a la intimidad y a la propia imagen".

L D (EFE) El juzgado de lo Mercantil número 1 dice que una boda es un acontecimiento social "privado, propio y reservado" y sólo pueden asistir a él "quienes desean los contrayentes y son invitados". Por ello, el vídeo que realizó el detective por encargo de la SGAE, ejecutado "a escondidas, cuando la celebración estaba ya avanzada", ha sido declarado ilegal.

Aunque el juzgado ha declarado ilícita la prueba, ha condenado a La Doma de San José, ubicada en San Juan de Aznalfarache (Sevilla) a pagar los 43.179 euros reclamados por la SGAE por derechos de autor no abonados. El fallo se basa en el informe del detective, que testificó que el local tiene 350 metros cuadrados, que "organiza todo tipo de celebraciones" y que además posee aparatos de música ambiental, lo que "hace presumir" la emisión de obras protegidas "como un servicio más que se presta a la clientela".

El letrado del salón de bodas, Joaquín Moeckel, dijo que esta sentencia es pionera ya que la SGAE, en su lucha para conseguir el pago de derechos de autor, está aportando a juzgados de toda España pruebas similares grabadas por detectives, que son aceptadas. La SGAE ha defendido en ocasiones anteriores que este tipo de pruebas son "absolutamente lícitas y conforme a Derecho", pero la sentencia ahora emitida cree que se trata de una "intromisión ilegítima" en los derechos constitucionales "a la intimidad personal, familiar y a la propia imagen".
 
Moeckel indicó a Efe que va a recurrir ante la Audiencia provincial este fallo para que los jueces extiendan la ilicitud de la prueba y anulen también el pago de la indemnización.

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