L D (EFE) El Alto Tribunal absuelve al acusado, de 43 años, de los delitos referidos a dos de los menores al entender que se vulneró su derecho a la presunción de inocencia, ya que las dos víctimas no declararon en el juicio por estar supuestamente "en ignorado paradero" sin que, según el Supremo, quedara "razonablemente agotada la investigación tendente a localizarlos".
La Audiencia sevillana ha condenado a José Miguel basándose en las declaraciones efectuadas por los dos menores durante la instrucción de la causa, que fueron leídas en el acto del juicio, pero el Supremo entiende que no se cumple la excepción de la imposibilidad de la reproducción de la prueba en el juicio oral, que permite que una diligencia sumarial no sea practicada en la vista oral.
La Audiencia sevillana ha condenado a José Miguel basándose en las declaraciones efectuadas por los dos menores durante la instrucción de la causa, que fueron leídas en el acto del juicio, pero el Supremo entiende que no se cumple la excepción de la imposibilidad de la reproducción de la prueba en el juicio oral, que permite que una diligencia sumarial no sea practicada en la vista oral.