Así consta en una providencia dictada este viernes por el magistrado instructor de la causa en la que también solicita a la Comisaría General de Información, a instancias del letrado, que detalle si el punto geográfico en el que se produjo la detención de los dos presuntos corsarios pertenece a aguas internacionales o a territorio de Somalia.
Fuentes jurídicas indicaron que el pabellón bajo el que navegaba el "Alakrana" es indiferente para el desarrollo de la instrucción, ya que a efectos penales, según esas fuentes, la competencia correspondería a la Audiencia Nacional porque el armador, el patrón y los miembros de la tripulación tienen nacionalidad española. El abogado sostiene lo contrario.
La resolución del juez se produjo después de que el letrado de 'Abdu Willy', Francisco Javier Díaz Aparicio, cuestionara que la justicia española sea competente para investigar estos hechos alegando que en el momento de la captura el barco llevaba una ikurriña, por lo que, según su interpretación de la legislación internacional, no navegaría "bajo pabellón español".
El juez también decidió dar traslado a las partes del recurso de reforma presentado por Díaz Aparicio a la providencia dictada este jueves por Pedraz en la que rechazó retirar la acusación por asociación ilícita que pesaba contra su cliente argumentando que "los hechos objeto de imputación se fijarán en el momento procesal oportuno".
Además, Díaz Aparicio presentó un escrito a la Fiscalía en el que que concrete qué miembro del Ministerio Público está encargado de la causa para "mantener una conversación tendente a discernir si el proceso puede finalizar inmediatamente o es preciso practicar la instrucción de mismo".
Tanto Cabduwelli Cabdullahi, alias 'Abdu Willy', como Raageggesey Hassan Haji, alias 'El Machote', están imputados por 36 delitos de detención ilegal, asociación ilícita y robo con violencia y uso de armas. El juez continúa la instrucción contra ellos y se plantea llamar a declarar a los infantes de marina que procedieron a su detención.
El delito de asociación ilícita está castigado con penas que van desde los seis hasta los doce años de cárcel mientras que el de robo con violencia y uso de armas conlleva la prisión entre tres años y medio y cinco, según consta en el Código Penal.
La detención ilegal, por su parte, está castigada con penas de entre seis y diez años, que podrían ser aplicadas en su grado inferior si el instructor considerara que los imputados actuaron como cómplices y no como autores de estos delitos. A este respecto, el letrado defiende que su cliente sólo habría participado en los secuestros durante dos días, ya que el rapto del Alakrana se produjo el 2 de octubre y él fue apresado el día 4.