Chaves decide qué sindicalistas deben ser "liberados" en la Junta de Andalucía
La Junta de Andalucía que preside Manuel Chaves ha concedido 60 "liberaciones" de sindicalistas en la Administración Pública, pero impone qué personas pueden ser liberadas. Estos hechos están recogidos en el acuerdo entre la Junta de Andalucía y los sindicatos.
LD (Pedro de Tena) Las fuentes sindicales han indicado que "este es al mayor escándalo sindical desde la constitución del 78." "Es decir, que es la Junta de Andalucía la que decide quién se "libera" o no de los sindicatos en la función pública, por primera vez en España. Esto debería servir de ejemplo a Esperanza Aguirre en Madrid, que mientras allí los sindicatos están levantados en armas, aquí firman todo lo que les diga don Manuel", según han comunicado estas fuentes a Libertad Digital.
En dicho acuerdo se contempla la creación de 60 nuevos liberados sindicales en la Junta de Andalucía, lo que significa que la Junta tiene que proveer 120 salarios para pagar a los que son liberados y además a los 60 que sustituyen a estos liberados en sus puestos habituales de trabajo.
Es decir, que la Junta pone en manos de los tres sindicatos firmantes del acuerdo, CCOO, UGT y CSI-CSIF una empresa de 60 trabajadores al servicio sindical sin gastos de personal y dotándolos de locales y medios para su funcionamiento al costa de una empresa de 120 trabajadores para la Junta. Si se tiene en cuenta que el tamaño medio de la empresa en Andalucía no llega a los 5 trabajadores, se comprenderá la importancia de esta medida. De hecho, el 99,12 por ciento de las empresas andaluzas no llegan a los 50 trabajadores.
Los firmantes de este acuerdo han sido "la Excma. Sra. doña Evangelina Naranjo Márquez, Consejera de Justicia y Administración Pública, con la representación legal que por su cargo tiene atribuida. De otra, don Antonio Tirado Blanco, Secretario General de la Federación de Servicios Públicos de UGT de Andalucía; don Felipe Falcó Hornos, Secretario General de la Federación de Servicios y Administraciones Públicas de CCOO de Andalucía; y don Rafael Hurtado de Mendoza y Alba, Presidente Autonómico de Andalucía de CSI-CSIF, con la representación legal que por sus cargos tienen atribuidas."
Según el texto de este acuerdo, que puede leer íntegramente aquí, la creación de estos nuevos 60 liberados sindicales se produce de este modo: "Cláusula segunda. Permisos sindicales por pertenecer a la Mesa General de Negociación de la Administración de la Junta de Andalucía, común para el personal funcionario, estatutario y laboral (art. 36.3, EBEP).
1.- En la Administración de la Junta de Andalucía, la Secretaría General para la Administración Pública concederá al personal que presta servicios en la Administración de la Junta de Andalucía propuesto por cada Organización Sindical firmante del presente Acuerdo y representada en la Mesa General de Negociación de la Administración de la Junta de Andalucía, común para el personal funcionario, estatutario y laboral (art. 36.3, EBEP), al objeto de que puedan realizar sus actividades en las estructuras sindicales y representativas, permisos para la realización de funciones sindicales relacionadas con dicho órgano de negociación.
2.- Se concederán, en los términos previstos en la normativa vigente y en el presente Acuerdo, hasta un máximo de sesenta permisos a tiempo completo para la realización de funciones sindicales relacionadas con la actuación de la Mesa General de Negociación de la Administración de la Junta de Andalucía común para el personal funcionario, estatutario y laboral (art. 36.3, EBEP), a distribuir de manera lineal entre las Organizaciones Sindicales que forman parte de la citada Mesa y firman el presente Acuerdo."
Es decir, que a UTG le corresponden 20 liberados, 20 a Comisiones Obreras y otros 20 a CSIF, salvo que se entienda que "lineal" se refiere a la proporción directa a la representación de cada una, y entonces esos 60 liberados se distribuirían en función del porcentaje de delegados totales en la Junta de Andalucía.
En dicho acuerdo, queda absolutamente claro que es la Junta quien decide, finalmente, qué trabajadores y sindicalistas podrán ser liberados. El órgano que concede esos permisos es la Secretaría General para la Administración Pública de la Junta de Andalucía. las organizaciones sindicales proponen sus correspondientes listas de personas, pero es la Junta, previo informe de los Centros Directivos la que decide finalmente qué sindicalistas son liberados y cuáles no.
Con toda claridad se dice en el siguiente apartado: "e) No podrá concederse el permiso sindical solicitado cuando el informe del Centro Directivo sea desfavorable y esté fundamentado en la negativa repercusión que la concesión del permiso tendría para el correcto funcionamiento de los servicios que preste la unidad administrativa de la que dependa. En este caso, la Secretaría General para la Administración Pública deberá comunicar de inmediato esta circunstancia a la Organización Sindical proponente para que, si lo estima conveniente, se efectúe nueva propuesta."
Según los disidentes sindicales presentes en Comisiones y UGT, tal medida de la Junta permite a Manuel Chaves condicionar los nombramientos sindicales pero permite, a la vez, a las actuales cúpulas sindicales primar a sus fieles y liquidar a sus disidentes.Lo más popular
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