L D (EFE) Este real decreto, que fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 18 de julio, regula para 2003 un programa de ayudas económicas que también garantizará políticas activas para la inserción laboral de desempleados con especiales necesidades económicas, minusválidos, emigrantes retornados y víctimas de violencia doméstica, principalmente.
Las víctimas de violencia doméstica que hayan obtenido una orden de protección del juez, entre otros de los requisitos, podrán recibir esta renta a partir del día siguiente de su solicitud, sin necesidad de cumplir el periodo de espera de tres meses que observan el resto de los colectivos.
Esta medida complementa otra introducida en 2002, ya que, según el BOE, esta inmediatez en el pago se aplicará también a las víctimas que "se hayan visto obligadas a cambiar de residencia (...) sin que ello reduzca la duración máxima de dicha renta". Aunque la vigencia del programa se limita a 2003, se podrá prorrogar por disposición expresa del Gobierno y previa consulta a los interlocutores sociales.
Los desempleados y beneficiarios de esta ayuda deben asumir el compromiso de realizar actuaciones que favorezcan su inserción laboral. Este real decreto recoge aspectos incluidos en el programa de Inserción Laboral para trabajadores desempleados de larga duración, regulado en el año 2000, y en el Programa de Renta Activa de Inserción, aprobado un año después.
Las víctimas de violencia doméstica que hayan obtenido una orden de protección del juez, entre otros de los requisitos, podrán recibir esta renta a partir del día siguiente de su solicitud, sin necesidad de cumplir el periodo de espera de tres meses que observan el resto de los colectivos.
Esta medida complementa otra introducida en 2002, ya que, según el BOE, esta inmediatez en el pago se aplicará también a las víctimas que "se hayan visto obligadas a cambiar de residencia (...) sin que ello reduzca la duración máxima de dicha renta". Aunque la vigencia del programa se limita a 2003, se podrá prorrogar por disposición expresa del Gobierno y previa consulta a los interlocutores sociales.
Los desempleados y beneficiarios de esta ayuda deben asumir el compromiso de realizar actuaciones que favorezcan su inserción laboral. Este real decreto recoge aspectos incluidos en el programa de Inserción Laboral para trabajadores desempleados de larga duración, regulado en el año 2000, y en el Programa de Renta Activa de Inserción, aprobado un año después.