El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León sigue confirmando que en España cabe la objeción de conciencia a Educación para la Ciudadanía. Y es que desde septiembre ha eximido de cursar alguna de las asignaturas de EpC a 171 alumnos mediante 88 sentencias.
De hecho, estas medidas afectan a 64 alumnos de Salamanca a través de 29 sentencias mientras que otras 28 eximen a 35 alumnos sorianos. Por último, en Valladolid, 72 estudiantes tampoco tendrán que asistir a EpC gracias a 31 resoluciones judiciales
En este sentido, en las próximas semanas se espera que el Tribunal siga notificando sentencias que permitan que sean cientos los niños que reciban autorización judicial para no cursar unas materias contrarias a la libertad educativa de las familias de dicha Comunidad.
El TSJCyL afirma expresamente que las asignaturas de Eduación para la Ciudadanía tienen una intensa carga ética, moral e ideológica y que inciden en la privacidad e intimidad de los alumnos; por ello reconoce el derecho a la objeción de conciencia de los padres, y establecen que los niños quedan exentos de cursar la materia sin que pueda tener consecuencias negativas para ello.
De este modo, pone en evidencia la debilidad argumental de las sentencias del Tribunal Supremo sobre objeción a EpC y recuerda que en España es el Tribunal Constitucional el intérprete auténtico de los derechos fundamentales tutelados en nuestra norma suprema.
En las próximas semanas se espera que otros Tribunales Superiores de Justicia como Madrid y Valencia se pronuncien reconociendo los derechos fundamentales de los padres y eximiendo a los alumnos de cursar EpC.