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La Junta acusa al TSJA de confundir "su papel" por la elección de centros concertados

La Junta de Andalucía ha criticado duramente al Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad tras haber dictado una sentencia que reconoce a unos padres el derecho a tener una plaza escolar en el colegio concertado que desean, pudiendo así elegir el tipo de educación en valores que crean adecuada para sus hijos. El vicepresidente de la Junta, Gaspar Zarrías, ha asegurado que el TSJA ha confundido "su papel" yendo más allá de lo que le corresponde. A su juicio, es "una decisión sorprendente" porque "rompe" con la Ley Orgánica de la Educación.

LD (EFE) El vicepresidente primero de la Junta de Andalucía, Gaspar Zarrías, considera que la sección Tercera de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confundido "su papel" y va más allá de lo que le corresponde. Se refirió así a la sentencia que reconoce a unos padres el derecho a tener una plaza escolar en el colegio concertado que deseen.
 
Ha asegurado que esta sala ha confundido su papel, "el papel de legislativo, que dictó unas leyes claras en este sentido, el papel del ejecutivo que establece la política educativa, a la hora de llevar a cabo y ejecutar las leyes con lo que tiene que ser el poder judicial, que puede decir que esté bien o mal una cosa".
 
En su opinión, la resolución del TSJA es "una decisión sorprendente" que "a cualquier jurista le ha dejado perplejo" porque significa "romper" tanto con lo que recoge la Ley Orgánica de la Educación, que es "la norma básica en nuestro país", como con los criterios y la ratio de la Ley de Educación de Andalucía.
 
Para el vicepresidente primero de la Junta de Andalucía, la sentencia del TSJA es "un paso" que incide "negativamente" en lo que tiene que ser la calidad de la educación, que al elevar la ratio desciende, al igual que al aumentar el número de alumnos por profesor. A su juicio, se trata de "un hecho aislado" que no afecta al resto de actuaciones que se están llevando a cabo, aunque no podrá ser recurrida, porque se trata de "una apelación a una resolución favorable a la Junta de Andalucía de un tribunal inferior".

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