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Imputan a Carlos Morín 115 abortos ilegales

Los abortos fueron practicados más allá de las catorce semanas de gestación.

La titular del Juzgado de Instrucción número 33 de Barcelona, Elisabet Castelló, ha imputado al médico peruano Carlos Morín y a una docena de sus colaboradores un total de 115 abortos ilegales más allá de las 14 semanas de gestación. Los abortos fueron practicados en sus dos clínicas, TBC y Ginemedex en 2007.

En el auto tras finalizar la investigación del caso, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez ve indicios de que los acusados pudieron cometer delitos de aborto ilegal, falsedad documental, intrusismo y asociación ilícita.

Considera que existía una asociación entre todos los imputados de manera permanente y estable para la práctica de abortos sin cumplir ninguno de los requisitos legales, todos ellos actuando bajo las órdenes de Morín.

La juez también ha resuelto archivar otro medio centenar de supuestos que serían legales de acuerdo con la ley del aborto que entró en vigor el pasado mes de julio.

Con este auto, la juez instructora remite la causa a la Fiscalía y al resto de acusaciones para que presenten escrito de calificación contra los trece procesados, a los que imputa los delitos de aborto ilegal, intrusismo, falsedad documental y asociación ilícita.

En esta causa judicial, destapada a raíz de un reportaje de la televisión danesa, se intervinieron 2.780 historias clínicas de pacientes sometidas a abortos en la clínica Morín, de las que finalmente acabaron investigándose 167.

Tras la entrada en vigor de la nueva ley del aborto, que los permite sin condicionantes hasta las 14 semanas de gestación y hasta las 22 en el caso de riesgos para la gestante o el feto, la juez ha acordado el sobreseimiento libre de una cincuentena de casos que ahora son legales, aplicando el principio de retroactividad de las leyes.

Concretamente, los casos archivados corresponden a abortos practicados a gestantes de hasta 14 semanas de evolución no apoyados en dictámenes que acreditaran algunos de los supuestos amparados por la antigua ley: riesgo físico o psíquico para la gestante, violación o malformaciones del feto.

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