Colabora

Esperpento de Garzón: investiga el "alzamiento" del 36 y pide pruebas de que Franco ha muerto

Quiere instruir la Guerra Civil porque todo empezó el 18 de julio de 1936. Como en un proceso penal ha de haber delito y culpables pide el certificado de defunción de Franco, Mola y Queipo de Llano. Lo sucedido en Paracuellos no interesa porque no atentaba contra Altos Organismos de la Nación –el alzamiento sí– y por ello no es asunto de la Audiencia. Así es el auto de Baltasar Garzón que incluye sus propios libros y los de historiadores mayoritariamente pro-republicanos como "razonamientos jurídicos" para empezar a abrir fosas. El chivatazo a ETA sigue en el cajón. En la Audiencia han saltado todas las alarmas.

(Libertad Digital) Las 68 páginas del auto de Baltasar Garzón (Diligencias previas, procedimiento abreviado 399/2006 V) tratan de justificar por qué debería ser competente en el caso de las desapariciones, asesinatos y torturas ocurridas durante la Guerra Civil española y la posguerra. La clave es el 18 de julio de 1936. El auto tiene la intención de ir agilizando la exposición de razonamientos jurídicos y fundamentos de Derecho mientras se decide si procede o no competencia.
 
La resolución es anormal desde su encabezamiento –veremos después otras irregularidades–, ya que el propio membrete aparece primero su Juzgado y después el tribunal, la Audiencia Nacional. Comienza advirtiendo "el grado de dificultad que entraña una investigación como la que se propone en los escritos de denuncia". Pero, inasequible al desaliento, se pone manos a la obra.
 
La clave es el 18 de julio de 1936. Es en esa fecha cuando se produce el alzamiento contra un Gobierno legítimo, el de la Segunda República. Desde ahí, y apoyado en bibliografía, construye Garzón el resto de la resolución. Advierte el juez que los crímenes del "Terror Rojo" ya fueron juzgados en la Causa General pero los cometidos por el bando que se alzó, no. Es su premisa. La argumenta en varios pasajes de su auto:
 
 
 
 
 
Al citar las conclusiones de tal comisión en un pie de página aprovecha para rescatar un párrafo de un libro escrito por el propio Garzón: "Cuento de Navidad. Es posible un mundo diferente", publicado en Argentina. Más adelante citará otro para argumentar que no hay amnistía posible para delitos de genocidio: "La línea del horizonte" publicado hace tan sólo cinco meses.
 
Sigue explicándose el juez instructor, por si encontrara a quién imputar:
 
 
Para demostrar que esa intención fue expresada por el general Mola cita un libro de Joaquín Arrarás Iribaren, "Historia de la Segunda República española".
 
Pero no siempre recurre a supuestos documentos reflejados en la bibliografía que maneja. Otras veces bebe directamente de la opinión del historiador. Es el caso de Benito Díaz y su libro "El Período de los huidos en el centro de España", del que destaca que, siguiendo las instrucciones de Mola...
 
 
Sigue con Mola y con las citas de los historiadores para incluir como razonamiento jurídico que, según el libro "Las fosas de Franco, los republicanos que el dictador dejó en las cunetas", escrito por Emilio Silva y Santiago Macías, el general dijo que había que aniquilar a los enemigos. Sorprende que Garzón no necesite comprobar estos hechos citados por un historiador asumiéndolos como apoyo a sus razonamientos jurídicos y, por el contrario, requiera el acta de defunción de Franco y del propio Mola para partir de la base de que han muerto.
 
Agotado Mola, el siguiente protagonista de los razonamientos jurídicos del auto es Queipo de Llano y sus características soflamas de guerra en los micrófonos de Unión Radio Sevilla. Recoge unas cuantas en las que el general jura matar al enemigo y hasta duda de su virilidad. Para ilustrar este razonamiento jurídico, Garzón vuelve a dar cuenta de sus lecturas: Espinosa Maestre, "La Justicia de Queipo. Violencia selectiva y terror fascista en la II División". Por cierto, de Queipo también necesita certificar su muerte auque no dude de lo que un historiador dice que dijo.
 
Y claro, le llega el turno a Francisco Franco. Aquí el apoyo documental es algo más rocambolesco. Cita una frase del general en una entrevista con el periodista Jay Allen, del Chicago Daily Tribune, recogida por Secundino Serrano en un artículo titulado "Génesis del conflicto. La represión de los huidos" que pertenece al libro colectivo "Federación guerrillera de León-Galicia. El último frente. La resistencia armada antifranquista en España 1939-1952". La documentación de Garzón termina apoyándose en una conclusión del historiador Santos Juliá que también da carta de naturaleza a las confesiones de Franco a Allen según las cuales Franco estaba "dispuesto a acabar con la mitad de los españoles".
 
Más entrevistas periodísticas convertidas en razonamiento jurídico: la realizada por John Whitaker al capitán Gonzalo de Aguilera: hay que "matar, matar y matar" a todos los rojos para librar a España de ratas y piojos. El periodista hizo la entrevista que sirve de fuente a un historiador (J. Casanova) y, al final, al propio Garzón. Todo ello para demostrar que el ataque al orden establecido por la República era un plan preconcebido que incluía una limpieza sistemática de sus representantes o simpatizantes. Lo concluye Garzón gracias a sus lecturas:
 
"El supuesto crimen de Paracuellos del Jarama"
 
Esta es la razón última de los 68 folios: Antes del 18 de julio de 1936 en España había un orden establecido legalmente que era la Segunda República. A partir de ese día se echó abajo. Los que se alzaron tenían un plan preconcebido que incluía asesinatos masivos y muchos de los cuerpos aún no han sido encontrados. Hay culpables y el delito se sigue cometiendo en la actualidad. Como los culpables han muerto –aunque hay que demostrarlo– no tienen ya responsabilidad pero las víctimas han de ser reparadas. Cualquier otra oleada de asesinatos, torturas o desapariciones forzadas cometidas por el otro bando (en concreto por el Frente Popular) no supone una insurrección contra el Gobierno de la nación y, por tanto, no es asunto que incumba a la Audiencia. Aquí entra, según Garzón "el supuesto crimen de Paracuellos del Jarama" que no fue planeado "contra instituciones legalmente establecidas o Altos Organismos del Estado". Es decir, que los asesinatos perpetrados en nombre de los que estaban en el poder antes del 18 de julio no son crímenes contra la humanidad por miles que sean y, desde luego, no son asunto de la Audiencia Nacional sino, si acaso, de jueces de zona. Se explica el juez:
 
 
Según el razonamiento garzonita, el PSOE y la Esquerra deberían estar incluidos en este mismo proceso u otro similar por su golpe de Estado de 1934 contra ese mismo orden legal de la Segunda República. Pero no es así.
 
Franco habrá muerto pero hay que demostrarlo
 
Aunque cada una de las 68 páginas del auto son un hito en la historia judicial de España hay una que es de chiste. Comienza bajo un epígrafe titulado: Sobre la identificación de las personas posibles responsables de los delitos que se describen en las denuncias. Por ajustarse a la ley, Garzón explica los objetivos de todo proceso penal y concluye que su auto cumple los requisitos. Veamos cómo:
 

 

Y, ¿dónde están los culpables? ¿Muertos? Pues que conste.
 
 
Más que un auto, "un guión para dar conferencias"
 
Fuentes judiciales consultadas por Libertad Digital explican que "la estructura de la resolución dictada por Garzón es antijurídica, no se acomoda a la LOPJ". Añaden que "jamás se ha visto en la historia de la jurisprudencia española una resolución como esta y que parece más un guión para conferencias que un texto encaminado al interés jurídico".
 
En efecto, la aparición de notas a pie de página con citas bibliográficas como razonamiento jurídico es algo completamente anormal. La Ley es clara al respecto de la redacción de resoluciones.
 
Artículo 248.2. de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ):
 
 

Temas

Ver los comentarios Ocultar los comentarios

Portada

Suscríbete a nuestro boletín diario