Entra en vigor la reforma del Código Penal que sanciona con prisión a los conductores ebrios
La reforma del Código Penal, que modifica 166 artículos, ha entrado en vigor este viernes. Desde ahora, se castigarán con mayor dureza los delitos contra la seguridad del tráfico. En ellos se incluye que todos aquellos conductores que den positivo en la prueba de alcoholemia podrán ser castigados con una pena de cárcel. El ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, ha advertido de que en el caso de los ebrios, no podrá concederse un indulto porque es un delito especial "severamente censurado" por la sociedad.
LD (Agencias) Entre las novedades que incorpora la reforma al Código Penal que entra en vigor este viernes, destaca que todos aquellos conductores que conduzcan bajo los efectos del alcohol, drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas pueden ser castigadas con una pena de prisión de tres a seis meses o bien con una multa económica, que fijará un juez, que podría situarse entre 550 y 110.00 euros.
La reforma, que modifica 166 artículos de la Ley del Código Penal de 1995, establece también que deberán ser castigados con mayor dureza todas aquellas personas que practiquen una conducción temeraria o que no presten auxilio en caso de un accidente automovilístico.
Al respecto y en declaraciones a Radio Nacional de España, el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, ha advertido de que los conductores ebrios "no tienen por qué aspirar" a que les sea concedido el indulto, ya que es un delito "especial y severamente censurado" por el conjunto de la sociedad. En ese sentido, destacó que "estamos obligados a reaccionar ante una tasa de mortalidad en las carreteras que es absolutamente inadmisible".
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