LD (Agencias) Entre las novedades que incorpora la reforma al Código Penal que entra en vigor este viernes, destaca que todos aquellos conductores que conduzcan bajo los efectos del alcohol, drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas pueden ser castigadas con una pena de prisión de tres a seis meses o bien con una multa económica, que fijará un juez, que podría situarse entre 550 y 110.00 euros.
La reforma, que modifica 166 artículos de la Ley del Código Penal de 1995, establece también que deberán ser castigados con mayor dureza todas aquellas personas que practiquen una conducción temeraria o que no presten auxilio en caso de un accidente automovilístico.
Al respecto y en declaraciones a Radio Nacional de España, el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, ha advertido de que los conductores ebrios "no tienen por qué aspirar" a que les sea concedido el indulto, ya que es un delito "especial y severamente censurado" por el conjunto de la sociedad. En ese sentido, destacó que "estamos obligados a reaccionar ante una tasa de mortalidad en las carreteras que es absolutamente inadmisible".