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El TSJC considera que agarrar de la pechera al jefe y amenazarle con pegarle no es motivo de despido

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) considera en una sentencia que “agarrar de la pechera” y “amenazar con pegar con el puño cerrado” a un jefe no es motivo de despido, por lo que ha declarado improcedente el despido de un trabajador al que echaron del ayuntamiento de Abrera (Barcelona) por este motivo.

L D (Agencias) El trabajador, que trabajaba como peón en dicho ayuntamiento, interpuso un recurso contra la sentencia de un juzgado que consideró procedente el despido. El TSJC, sin embargo, considera que aunque la conducta del trabajador, aunque es grave y reprochable, no puede ser objeto de la “sanción máxima que extingue la relación laboral”.
 
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, recuerda que el empleado, Felipe F.R., llevaba casi ocho años trabajando de forma continuada mediante contratos temporales "sin haber sido sancionado en ninguna ocasión". Además del día en que amenazó a su jefe con darle un puñetazo tras agarrarle de "la pechera", según consta en la sentencia, el trabajador se había quejado, mediante varios telegramas dirigidos al consistorio, de que le asignaban tareas que excedían sus responsabilidades y que suponían un riesgo de accidente debido a su falta de preparación para realizarlas.

Sobre los telegramas, el fallo señala que constituían un "uso del derecho de libertad de expresión encauzada por la vía de la legítima protesta" sobre sus condiciones laborales, por lo que no podían suponer una conducta "sancionable con el despido".  Por todo ello, el Alto Tribunal catalán ha condenado al Ayuntamiento de Abrera a readmitir al empleado o a indemnizarle con poco más de 13.600 euros, además de los salarios que dejó de percibir.

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