El Supremo condena al juez Urquía por cohecho y le absuelve de prevaricación
El Tribunal Supremo ha condenado al juez de Marbella Francisco Javier de Urquía por un delito de cohecho, aunque le ha absuelto de la acusación de prevaricación por el que fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
L D (Europa Press) La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo adelantó este jueves el fallo de la sentencia contra Urquía y Roca y señaló que se ratifica el delito de cohecho para ambos, sin embargo, no especifica si éste será mantenido en los mismos términos en los que fue determinado por el tribunal andaluz y se les confirmará la misma pena --dos años de prisión, multa junto a Roca de 73.800 euros y siete años de inhabilitación, en el caso del juez; y un año de cárcel y misma multa, en el del ex asesor marbellí.
De este modo, el Supremo anula la multa de 36.000 euros y diez años de inhabilitación que había impuesto el tribunal andaluz a De Urquía. Los argumentos de la resolución del Alto Tribunal serán hechos públicos en los próximos días, según informaron hoy fuentes del Supremo. La absolución a Urquía por el delito de prevaricación ha sido adoptada pese a que ayer la fiscal del Tribunal Supremo Pilar Valcárcel había pedido durante la revisión de la sentencia en casación, la ratificación de la condena impuesta en su día
Urquía fue condenado por recibir dinero de Roca, concretamente 73.000 euros, para comprar una vivienda en la urbanización marbellí La Azalea, a cambio de un trato favorable en los tribunales al ex asesor de urbanismo marbellí. Durante la vista pública de ayer, Valcárcel rechazó que la retracción de Roca durante la vista oral del juicio, cuando reconoció el pago de dicha cantidad al juez, hubiera supuesto indefensión para De Urquía, tal y como alegaba el abogado de éste, Nicolás González Cuéllar.
Por otro lado, la fiscal defendió la validez de las intervenciones telefónicas que fueron incluidas en esta causa, procedende del caso 'Malaya', ante el recurso presentado por el abogado defensor de Roca, José Aníbal Álvarez, que pedía la nulidad de las mismas al presentar, a su juicio, defectos en su realización y su control judicial.
La sentencia del TSJA considera probado que en marzo de 2006 De Urquía decidió comprar una vivienda unifamiliar en la Urbanización Azalea Beach, para lo cual encargó al francés Arnaud Fabrice, que fue posteriormente absuelto, que le buscara un abogado para que redactara los documentos necesarios para efectuar la compra. Así lo hizo transmitiendo el encargo a Roca, ya que ambos eran amigos.
En marzo de 2006 De Urquía pidió dinero a Roca para abonar la cantidad que se le pedía a la firma del contrato de compraventa de la vivienda a cambio de un trato favorable en asuntos judiciales y añade la sentencia que, para favorecerle, accedió a su petición de dictar un auto para suspender la emisión del programa televisivo 'Misión Imposible:JAR' alusivo a las actividades del ex asesor urbanístico de Marbella "sin diligencia probatoria alguna y sin constar recurso alguno de las partes".
Tras la suspensión del programa, Roca conversó varias veces por teléfono con el vendedor de la vivienda que iba a adquirir De Urquía y su hermano para redactar las condiciones de compra y saber el dinero que debía entregar a De Urquía a cambio de la resolución judicial que ordenó el cese de la emisión del programa.
En las conversaciones telefónicas acordaron que, al margen de la cantidad reflejada como precio de venta, el comprador debía abonar al vendedor 63.000 euros en metálico en el momento de la firma del contratado privado de compraventa y una cantidad de 10.800 euros correspondientes al importe por el precio aplazado.
Juan Antonio Roca confeccionó el contrato de compraventa y un recibo por los importes acordados y ese mismo día le entregó al juez la cantidad de 73.800 euros, "justo el dinero necesario para la firma del contrato de compraventa", aceptándolo éste justo el día después de suspender la emisión del citado programa televisivo. En concreto Roca le abonó dos sobres con 63.000 y 10.800 euros.
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