L D (Agencias) El PP recurrió contra la citada norma el pasado 30 de septiembre con el argumento principal de que, según este partido, la reforma del Código Civil, que permitía casarse a las personas del mismo sexo, desnaturaliza "la institución básica del matrimonio".
La resolución del Constitucional, a la que tuvo acceso Efe, admitiendo a trámite el recurso, avalado con la firma de más de cincuenta diputados del PP, ha sido remitida este viernes al Gobierno, al Congreso y al Senado para que puedan presentar alegaciones en el plazo de quince días.
El tribunal no entra a considerar el contenido del recurso, sino que el mismo cumple los requisitos pertinentes y se remite para dilucidar sobre las cuestiones de fondo al "momento procesal oportuno".
El recurso del PP señalaba que la ley es contraria a la Constitución porque vulnera varios artículos de la misma, entre ellos el 32, por no respetar la definición constitucional del matrimonio como unión de un hombre y una mujer, y también por no respetar la garantía institucional del matrimonio reconocida por la Carta Magna.
Según este partido, la modificación de la Ley supone un cambio de la concepción del matrimonio a través de la inclusión de un segundo párrafo en el artículo 44 del Código Civil, que establece que "el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo".
"Aunque la apariencia de simplicidad en la técnica legislativa seguida pueda dar a entender otra cosa, el legislador está alterando con dos líneas de una ley ordinaria no sólo los elementos definitorios básicos de una institución fundamental, sino todo el conjunto normativo construido durante siglos alrededor de la misma", añadía el texto del recurso.
Los jueces del Registro Civil
Por otra parte, la Fiscalía General del Estado (FGE) considera que los jueces encargados del Registro Civil no pueden promover cuestiones de inconstitucionalidad a la Ley que regula el matrimonio entre homosexuales, sino sólo los jueces o tribunales que se encuentren en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales.
Así lo indica el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, en un informe que ha remitido al Tribunal Constitucional en respuesta a la petición del TC respecto a la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la juez de Primera Instancia e Instrucción número 3 y encargada del Registro Civil de Denia (Alicante), Laura Alabau, a la ley que regula el matrimonio entre homosexuales.
Por tanto, el fiscal general del Estado en este informe pide al TC que no admita la cuestión de inconstitucionalidad planteada por Alabau.