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"No puede aceptarse la exclusividad del catalán como lengua vehicular"

El Tribunal Supremo ha difundido las sentencias que tumban la política lingüística catalana y que fueron adelantadas ayer. Ordena al Gobierno catalán, basándose en el nuevo Estatuto, que el castellano sea considerado "lengua vehicular" en los colegios.

nico9888 dijo el día 23 de Diciembre de 2010 a las 12:39:

No os preocupeis, dentro de poco hablaran en arabe.

nico9888 dijo el día 23 de Diciembre de 2010 a las 09:10:

Los politicos tienen bula, pero hay de ti si te pillan la mas minina, pasa lo mismo con sus pensiones de oro.

pozalmur dijo el día 23 de Diciembre de 2010 a las 09:06:

Si ser bilingue(Español más la lengua local) o trilingue (con el ingles),es una gran ventaja educativa y cultural;el que tanto los Nazionalistas como el PSOE y el PP(Galicia y Valencia por ejemplo) allá donde gobiernan,quieran por razones electoralistas,relegar al Castellano a ser una lengua residual, solo hablada en la calle y por los "parias";denota una falta de principios y una cortedad de miras,de tal envergadura,que sus resultados a medio y largo plazo,los pagaran y con creces.

De primera mano,imposibilitaran,por razones obvias,que sus ciudadanos,puedan optar a trabajar fuera de sus respectivas C.C.A.A.,en practicamente cualquier segmento laboral que requiera un minimo de lenguaje y expresión escrita.

Pero eso, a la mayoria de los votantes de las formaciones mencionadas, no parece preocuparles;alla ellos,el tiempo dara y quitara razones,y muchos pagaran en carne propia el delirio Nazionalista.

De momento,la balanza se equilibrara;pues si muchos de nosotros no podemos opositar u optar a un puesto de trabajo en las comunidades con lengua local;ahorra a ellos les pasara lo mismo en el resto;asi que aqui paz y mañana gloria.
Y como la vuelta atras en cuestiones linguisticas,por no mencionar otras muchisimas,es totalmente imposible,cuanto antes vayamos a una REPUBLICA FEDERAL,mejor;pues ahora "de facto",ya lo somos.

Pospores dijo el día 22 de Diciembre de 2010 a las 23:51:

Algunos dislates de la argumentación tramposa del TC en la STC 337/1994:

¿Qué es eso de "determinar el alcance de la COOFICIALIDAD" para restringir el derecho de elección lingüística de los ciudadanos? Si dos lenguas son COOFICIALES, son COOFICIALES. Como ocurre en todas las verdaderas democracias. No se puede tomar como rehenes lingüísticos a los ciudadanos en una democracia, y menos a los hablantes de una lengua diferente de la que se quiere “proteger”. Es algo indecente e intolerable. No existe legitimidad en las normas que amparen tal restricción.

¿Qué payasada es ésa de la "plena igualdad entre las dos lenguas"? ¿Igualdad de qué? De derecho no puede ser, porque las lenguas carecen de derechos. Y si es de estatus jurídico, pues eso se resuelve con la COOFICIALIDAD; pero la COOFICIALIDAD de verdad. Como en los demás países.

¿Qué payasada es ésa del equilibrio entre lenguas? ¿Qué significa ese “equilibrio”? Lo que hay que garantizar es la igualdad de derechos lingüísticos (que son de las personas, no de las lenguas), que no implica que las dos lenguas se conozcan por igual ni se usen por igual al margen de la libre opción de los ciudadanos.

¿Qué payasada memonazi es ésa de una lengua “perseguida”? ¿Cómo se puede “perseguir” una lengua? Se persiguen o vulneran los derechos de los hablantes de una lengua. En este momento los de los hispanófonos de Cataluña, y de otros sitios, como La Galicia del judas Feijóo, por ejemplo.

¿Qué delirio memonazi y estúpido es ése de “restablecer al catalán en el lugar que le corresponde como lengua propia de Cataluña”? ¿Va a determinar ese “lugar” el poder político a costa de la libertad de los ciudadanos? ¿Qué idiotez es ésa de “restablecer al catalán” como si fuese sujeto de derechos?

Y ojo ahora al parche: “a este fin, corregir positivamente una situación histórica de desigualdad respecto al castellano, permitiendo alcanzar, de forma progresiva y dentro de las exigencias que la Constitución impone, el más amplio conocimiento y utilización de dicha lengua EN SU TERRITORIO”. ¿Pero desde cuándo las lenguas tienen territorios y, lo que se infiere, derechos, ¿las lenguas?, a ser utilizadas por los habitantes de ¿SUS? Territorios. Esta payasada memonazi, asumida por el TC, es el colmo del disparate.


Y hay más. Y encima retuercen y tergiversan, de manera desvergonzada, su propia jurisprudencia y la del TEDH de Estrasburgo. El TEDH falló que no se discriminaba – invocaba el derecho de igualdad – a dos alumnos belgas que querían recibir la enseñanza en francés – su lengua – SUBVENCIONADA; pero en un territorio en el que el francés NO ERA OFICIAL (sólo lo era el neerlandés), mientras que en Cataluña el español es lengua OFICIAL (y no siquiera se puede estudiar en español pagando una escuela privada que imparta las enseñanzas de la LOE, algo que sí se le ofrecía a el padre belga en cuestión ( o desplazarse unas decenas de km, ya que las dimensiones de Bélgica son las que son: Valonia es como Orense y Lugo juntas, mientras que Flandes es como Pontevedra y La Coruña juntas, además de tener como fronterizas a Francia –francés - y a Holanda - neerlandés). ¡Una desvergüenza!.

Y cuando en 1994 invocan la STC 137/1986, no lo hacen – como por cierto el TS le reprocha al TSJC, y que es otro acto de desvergüenza de éste por evidentes presiones políticas, ya que no pueden ser tan ignorantes en la jurisprudencia del TC – de manera completa, sino que “cortan” donde les “conviene”, cuando aparece la condición “SIEMPRE Y CUANDO..” para no incomodar a Pujol (en mayúsculas pongo la parte “cortada”):

“No puede ponerse en cuestión la legitimidad constitucional de una enseñanza en que el vehículo de comunicación sea el euskera, que es lengua propia de la Comunidad Autónoma Vasca y lengua cooficial en el territorio de dicha Comunidad, junto con el castellano, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 3.2 C.E. y el art. 6.1 EAPV. Tampoco puede decirse que la organización de enseñanzas en la referida lengua constituya DISCRIMINACIÓN del resto de la población que NO PUEDA O NO QUIERA UTILIZARLA. Es preciso reconocer la legitimidad constitucional de la coexistencia de enseñanza en euskera y enseñanza en castellano, SIEMPRE Y CUANDO QUEDEN GARANTIZADOS, EN IGUALDAD DE CONDICIONES, LOS DERECHOS DE LOS RESIDENTES EN EL PAÍS VASCO PARA ELEGIR CON LIBERTAD REAL UNO U OTRO TIPO DE ENSEÑANZAS.”. ¡Una desvergüenza!

Pospores dijo el día 22 de Diciembre de 2010 a las 23:49:

Hay aspectos positivos de la sentencia, pero el TS mete la pata cuando dice que la CE establece un modelo de conjunción lingüística (para todos los alumnos en donde hay dos lenguas oficiales), y eso es peligroso, porque además, puede ser aprovechado por el judas Feijóo (y su bilingüismo integral).

Me explico:

La CE no dice eso en ninguna parte: eso es "tirarse de la moto" señores, porque el artículo 3 dice lo que dice. Hasta el pastelero TC dice en la STC 337/1994, FJ 8, que es tan constitucional el modelo de conjunción lingüística (que de manera tramposa valida tal sentencia infame, saltándose a la torera principios básicos en materia de derechos lingüísticos) como el de libre elección de lengua (STC 137/1986, FJ 1, dos últimos párrafos):

"Tampoco puede decirse que la organización de enseñanzas en la referida lengua constituya discriminación del resto de la población que no pueda o no quiera utilizarla. El preámbulo de la Ley, que es indiscutible parámetro de interpretación de su sentido, dice claramente que el nuevo ordenamiento jurídico garantiza el respeto y la protección de las diversas modalidades lingüísticas así como la libertad de creación de centros educativos, no teniendo la Ley otro alcance que el de ofrecer soluciones institucionales que consoliden las aspiraciones populares contenidas en la experiencia del movimiento de las ikastolas.

Por todo ello es preciso reconocer que el Instituto que en la Ley aquí examinada se crea, puede promover la creación de ikastolas y atender a las ya existentes, sin perjuicio de que en esta actividad, como es lógico, hayan de respetarse las normas constitucionales, las Leyes Orgánicas y las demás reglas de Derecho estatal que sean aplicables. Asimismo es preciso reconocer la legitimidad constitucional de la coexistencia de enseñanza en euskera y enseñanza en castellano, siempre y cuando queden garantizados, en igualdad de condiciones, los derechos de los residentes en el País Vasco para ELEGIR CON LIBERTAD REAL uno u otro tipo de enseñanzas."

Y a esto se refiere también la infame y pastelera STC 337/1994 en su FJ 9:

"Al igual que hemos dicho, en lo que importa al presente caso, que no puede ponerse en duda la legitimidad constitucional de una enseñanza en la que el vehículo de comunicación sea la lengua propia de la Comunidad Autónoma y lengua cooficial en su territorio, junto al castellano (STC 137/1986, fundamento jurídico 1.), dado que esta consecuencia se deriva del art. 3 C.E. y de lo dispuesto en el respectivo Estatuto de Autonomía. Doctrina que, aunque sentada para UN MODELO DE BILINGÜISMO EN LA ENSEÑANZA BASADO EN LA ELECCIÓN DE LA LENGUA COOFICIAL EN LA QUE AQUELLA HA DE RECIBIRSE -como es el caso del País Vasco-, es igualmente aplicable a un modelo basado en la conjunción de ambas lenguas cooficiales, como es el que inspira la Ley 7/1983, del Parlamento de Cataluña."

En este sentido, pues, se "tira de la moto" el TS cuando dice que es inherente al hecho de que haya dos lenguas cooficiales el que ambas sean empleadas como vehiculares PARA TODOS LOS ALUMNOS (eso es lo que se deduce cuando se lee un fragmento de la sentencia). Eso es una tontería, ya que existen otros territorios en el mundo en los que existen dos - y hasta más - lenguas oficiales (con las correspondientes comunidades lingüísticas), y se da la casualidad de que en NINGUNO - España es la anomalía y la aberración - se impide que un alumno reciba la enseñanza en SU lengua, si ésta es oficial. No se obliga a TODOS a recibir la enseñanza usando las dos lenguas en un determinado porcentaje (salvo el caso de Luxemburgo, pero es muy especial: tres lenguas oficiales, pero la inmensa mayoría de sus nacionales tiene como lengua materna el luxemburgués, que se imparte como materia obligatoria, siendo la enseñanza en alemán standard - con similitudes con el luxemburgués - y a partir de cierto nivel en bachillerato, con dos materias en francés (que se estudia desde el principio como materia obligatoria).

Está disculpado el TS en lo que está constreñido por los verdaderos dislates jurídicos del TC en la STC 337/1994 (previa “visita” de Pujol a su presidente – un auténtico escándalo – cuando Felipe González necesitaba del apoyo de CiU para gobernar y Pujol amenazó con una crisis de estado y no obedecer la sentencia), con unas perlas que provocan carcajadas a quien no tengan que sufrir sus consecuencias (un análisis algo detallado lo hago en otro comentario).

atandoca dijo el día 22 de Diciembre de 2010 a las 19:56:

No van a hacer ni caso, pero es una muy buena noticia de todas formas.

Cualquie dijo el día 22 de Diciembre de 2010 a las 19:31:

Es el Supremo, no el Constitucional, al que se le puede tomar el pelo y de hecho se le toma; si no acatan la sentencia del Supremo, esto puede acabar en una guerra punica o incluso médica.

felician dijo el día 22 de Diciembre de 2010 a las 18:55:

Es un triunfo de la libertad, y debemos felicitar a los padres recurrentes.

conde_lu dijo el día 22 de Diciembre de 2010 a las 18:46:

me alegro infinitamente por la sentencia aunque eso no quiere decir que la cumplan como bien apuntáis.

hablando de lengua vehicular. hoy iba conduciendo y me he fijado (hasta ahora era algo más del "paisaje" catalán) que los mensajes de la carretera no se traducen, y según qué mensaje....

supongo que se pueden infringir normas de circulación por no estar puestas en español, no?

opq5 dijo el día 22 de Diciembre de 2010 a las 18:42:

Ya era hora que se empezara a meter mano en este lamentable recorte de derechos fundamentales que todas las generaciones de catalanes de los último treinta años han sufrido en sus carnes y que han tenido que tragar por el supuesto bien de la "nación", según Pujol, de la misma manera que el trio de la benzina Hitler, Mussolini y Franco pusieron en su tiempo lo que ellos entendían que eran sus respectivas naciones, por encima de los derechos humanos mas elementales.

Aunque aquí en Cataluña el tema empezaba a ser tan grave que de Fascilandia empezábamos a derivar hacia Talibandia, que viene a ser lo mismo pero en grado superlativo y mucho mas peligroso.

Que esto suceda aún en el siglo XXI es una vergüenza para Cataluña.

O al menos a mi me lo parece.