L D (EFE) La sentencia desestima el recurso interpuesto por Repsol contra la dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de 2000.
Los hechos se remontan al 26 de agosto de 1996 cuando la explosión producida en una caldera de vapor de la citada empresa causó la muerte de cuatro trabajadores de dos empresas contratistas y lesiones a otros cuatro.
El Supremo fundamenta que la empresa tuvo plena oportunidad de alegaciones, por lo que estima que en la resolución sancionadora difícilmente puede apreciarse la indefensión que la misma alega como consecuencia de la falta de traslado de la propuesta de resolución.
Añade que en la resolución sancionadora están claramente reflejados los mismos comportamientos infractores que en el acta, "uno de ellos y el más grave, la no instalación en la caldera del correspondiente dispositivo de seguridad de corte automático de combustible para el supuesto de que en el curso de la puesta en marcha o encendido de la misma el combustible no inflame después de un tiempo determinado".
Los hechos se remontan al 26 de agosto de 1996 cuando la explosión producida en una caldera de vapor de la citada empresa causó la muerte de cuatro trabajadores de dos empresas contratistas y lesiones a otros cuatro.
El Supremo fundamenta que la empresa tuvo plena oportunidad de alegaciones, por lo que estima que en la resolución sancionadora difícilmente puede apreciarse la indefensión que la misma alega como consecuencia de la falta de traslado de la propuesta de resolución.
Añade que en la resolución sancionadora están claramente reflejados los mismos comportamientos infractores que en el acta, "uno de ellos y el más grave, la no instalación en la caldera del correspondiente dispositivo de seguridad de corte automático de combustible para el supuesto de que en el curso de la puesta en marcha o encendido de la misma el combustible no inflame después de un tiempo determinado".