L D (EFE) Así se pronuncia el SUP en una circular que ha enviado a los comités del sindicato, en la que recuerda que el juez de Elche (Alicante) que investiga las circunstancias de la muerte el pasado 9 de junio del joven nigeriano Osamuyia Akpitaye en el avión en el que era deportado tomará este jueves declaración como testigos a los policías que le escoltaban.
En la circular, titulada "Pautas de actuación para nuestra protección jurídica", el sindicato señala que la Policía no dispone de protocolos de actuación sobre cómo hay que detener, inmovilizar y trasladar a un detenido o cómo hay que actuar para expulsar a un inmigrante. "Aunque son acciones ordinarias que llevamos a cabo habitualmente lo hacemos sin ninguna protección jurídica y bajo nuestra responsabilidad, expuestos a decisiones posteriores de la Administración de Justicia", concluye el informe.
Para actuar con garantías jurídicas, según explican, si los agentes se encuentran con una orden para expulsar a un inmigrante ilegal en un vuelo regular el mando superior debe solicitar por escrito a la autoridad que ordena la expulsión las pautas de actuación con el mismo, "posible uso de la fuerza, intensidad de la misma y sistemas de inmovilización".
Tras ello, el responsable de trasladar la orden a los miembros de la escala básica debe recabar por escrito las órdenes y transmitirlas también por el mismo sistema, mientras que los agentes que van a materializar la expulsión deberán solicitar una orden por escrito explicando las pautas de actuación.
En la circular, titulada "Pautas de actuación para nuestra protección jurídica", el sindicato señala que la Policía no dispone de protocolos de actuación sobre cómo hay que detener, inmovilizar y trasladar a un detenido o cómo hay que actuar para expulsar a un inmigrante. "Aunque son acciones ordinarias que llevamos a cabo habitualmente lo hacemos sin ninguna protección jurídica y bajo nuestra responsabilidad, expuestos a decisiones posteriores de la Administración de Justicia", concluye el informe.
Para actuar con garantías jurídicas, según explican, si los agentes se encuentran con una orden para expulsar a un inmigrante ilegal en un vuelo regular el mando superior debe solicitar por escrito a la autoridad que ordena la expulsión las pautas de actuación con el mismo, "posible uso de la fuerza, intensidad de la misma y sistemas de inmovilización".
Tras ello, el responsable de trasladar la orden a los miembros de la escala básica debe recabar por escrito las órdenes y transmitirlas también por el mismo sistema, mientras que los agentes que van a materializar la expulsión deberán solicitar una orden por escrito explicando las pautas de actuación.
"En caso de no recibir las instrucciones claras y por escrito -argumenta- se aconseja contactar con el sindicato, elaborar una minuta explicativa de los riesgos que comporta la expulsión (...) y si la persona a la que vamos a expulsar está violenta y/o agresiva, no ejecutar la expulsión salvo con las garantías antes señaladas. En caso de duda nuestra seguridad jurídica debe ser protegida".
Además, indica que "cualquier orden verbal de inmovilizar o usar la fuerza contra un expulsado deberá ser rechazada, salvo que conste en un escrito previo sobre las condiciones de la expulsión porque quien lleva a cabo la actuación se hace responsable de la misma".
Además, indica que "cualquier orden verbal de inmovilizar o usar la fuerza contra un expulsado deberá ser rechazada, salvo que conste en un escrito previo sobre las condiciones de la expulsión porque quien lleva a cabo la actuación se hace responsable de la misma".