En el auto de apertura de juicio oral, compuesto por 50 folios y al que ha tenido acceso Europa Press, el juez Francisco de Asís Molina realiza un relato de los hechos, señalando que la joven se encontraba a las 17,30 horas del 24 de enero en su domicilio de la calle Argantonio chateando en el ordenador con una amiga, momento en el que llamó al porterillo electrónico Miguel, por lo que "accedió a salir a su encuentro y se lo comunicó a su madre aduciendo que tenía unas cosas que arreglar con él".
En este sentido, relata que ambos se marcharon del lugar en un ciclomotor, permaneciendo entre las 18,00 y las 19,00 horas en la Plaza Santa María de Orgaz junto a varios amigos, entre ellos el 'Cuco', y quedando con éste en verse posteriormente en la vivienda de León XIII, donde a su llegada coincidieron ambos con el hermano del asesino confeso, que "no tardó en marcharse".
Así, poco después se incorporó a la reunión el menor, que junto a Miguel "consumió algunos combinados de ron y cigarrillos de hachís, alcanzando un estado de euforia y cierta desinhibición, sin perder nunca el pleno control de sus actos", y señala que, "en un momento dado, sentados los tres frente a la TV, Marta rechazó, apartando la cara, un beso que intentó darle Miguel, el cual, despechado, se levantó del sofá".
Tras pedirle Marta que "no se enfadara", Carcaño, "encolerizado, asestó un primer puñetazo en la cara a la joven, que fue seguido por otros tantos golpes y puñetazos propinados por Miguel y el menor", mientras que, "acto seguido, guiados por el ánimo de acabar con su vida y atentar contra su indemnidad sexual, la llevaron al dormitorio de Miguel, le quitaron los calcetines, pantalones y bragas, la tumbaron por la fuerza sobre la cama y, para ahogar sus gritos, le introdujeron en la boca uno de los calcetines que le habían quitado".
Estrangulada con un cable eléctrico
En este punto, asegura que, "mientras el menor mantenía a Marta inmovilizada y la amenazaba con una navaja, Miguel" agredió sexualmente a la joven, tras lo cual ambos imputados intercambiaron los papeles, agregando que posteriormente "la bajaron al suelo y le ataron las manos a la espalda con cinta aislante por las muñecas, desenrollando un cable eléctrico tipo alargadera de la carcasa que lo cubría y rodeando con el cable el cuello de la menor, tirando de él con fuerza".
El juez instructor añade que los agresores "lograron consumar el estrangulamiento tirando con fuerza del cable, hasta apreciar espasmos en una de las piernas y apagar cualquier signo de vida, no obstante lo cual decidieron cerciorarse del fallecimiento utilizando un tensiómetro de muñequera", tras lo cual "decidieron deshacerse del cuerpo y de las pruebas que pudieran incriminarles, para lo que pidieron ayuda al imputado Samuel Benítez, al cual telefonearon".
De este modo, Samuel "decidió ayudar a sus amigos, para lo cual quedó con el 'Cuco' en el domicilio de éste último para recoger el vehículo propiedad de la madre del menor, que era del todo ajena a la situación", y, una vez en el piso de León XIII, "decidieron sacar el cuerpo de la menor utilizando para ello una silla de ruedas que había en la vivienda, coincidiendo, entrada ya la madrugada del día 25 de enero, con Francisco Javier y María García, que se había personado en la vivienda con la intención de estudiar en soledad".
Amenazas del hermano de Carcaño al menor
Según indica, "cuando Samuel y el menor llegaron con el coche, se encontraron con que Miguel y su hermano preparaban en el salón el cuerpo de Marta, y éste último, visiblemente nervioso, se dirigió al 'Cuco' y le dijo que si decía algo le iba a pasar algo muy grave a su familia", tras lo cual sacaron el cuerpo de la vivienda usando para ello la silla de ruedas.
"Los acusados dieron al cuerpo un destino buscado para evitar que fuera conocido o encontrado, destino ocultado al Juzgado que aún hoy se ignora", apunta el juez, quien agrega que "la natural repercusión pública y social de un caso tan trágico como la muerte violenta de una menor se ha visto acrecentada por el hecho de que desconozcamos la suerte o destino final del cuerpo, lo que procura la existencia de trascendentes interrogantes aún no despejados", calificando de "infortunio" no haber podido encontrar el cuerpo.
Tras ello, el juez hace un relato de las distintas versiones ofrecidas por Miguel en torno al paradero del cuerpo, aseverando que, "pese al tiempo transcurrido, y a pesar de ser conocedores de las erráticas versiones de Miguel y de Samuel, los restantes acusados tampoco han facilitado al Juzgado datos que permitan conocer a día de hoy la suerte o paradero del cuerpo, lo cual hubiera posibilitado que los familiares le hubieran dado sepultura", al tiempo que indica que todo ello "ha provocado en los padres un desmesurado sufrimiento y una situación de angustia permanente".
Dos delitos de agresión sexual, uno de asesinato, integridad moral y profanación
El juez considera que, "sin prejuzgar en modo alguno y a salvo de ulterior calificación", y teniendo en cuenta las peticiones de Fiscalía y acusación particular, a Miguel se le podrían imputar dos delitos de agresión sexual, uno de asesinato, otro contra la integridad moral y otro de profanación de cadáveres, mientras que a los otros tres imputados se le podrían imputar un delito de encubrimiento, otra contra la integridad moral y un último de profanación de cadáveres, añadiendo a Francisco Javier un delito de amenazas condicionales.
Sobre este particular, asegura que la apertura de juicio oral "está fundamentada en la existencia de suficientes indicios racionales de la participación en los hechos de los acusados", concretando que en el caso de Miguel "la sangre de Marta encontrada en la cazadora que vestía Miguel el día de los hechos constituye una prueba decisiva de su autoría material".
“Un hecho insólito en nuestra historia criminal”
El juez, que admite que "no se puede conocer con exactitud a qué hora exacta fue sacado del domicilio de León XIII el cuerpo, aunque desde luego se puede descartar que fuera a la hora que afirma Miguel para exculpar a su hermano y a María", también reconoce que "nos encontramos ante un hecho insólito o extraordinario en nuestra historia criminal, ante un acontecimiento que se ha visto rodeado de una serie de circunstancias y desgraciadas casualidades que han perjudicado notablemente la investigación policial y judicial".
En este sentido, califica de "pilar básico que sustenta toda la investigación" la declaración del testigo Diego C.M., "que permitió poner en duda la coartada de Miguel, pese a su solidez, acerca de que a las 21,35 horas del día 24 acompañó a Marta hasta escasos metros de su portal y se despidieron", posibilitando que Miguel "adquiriera la condición de sospechoso y pudiera planificarse una investigación" sobre la base de que el asesino confeso "mentía cuando negaba haber estado con una silla de ruedas León XIII en las primeras horas de la madrugada del día 25".
Así, recuerda que este testigo "ofreció datos que permitían formular la hipótesis de que Miguel estuviera implicado en la desaparición de la menor, porque no había razón alguna para que mintiera negando haber estado en el portal de León XIII con la silla de ruedas". En el auto, el juez instructor acuerda que el caso sea juzgado por un jurado popular, ya que es el "adecuado para enjuiciar los hechos".