L D (EFE) Al respecto, López Guerra aclaró que en un trámite administrativo "es inaplicable" el derecho de objeción de conciencia "porque no ha lugar" y puso como ejemplo que un funcionario se negara a gestionar un expediente de divorcio por motivos religiosos, un caso similar contra el que tampoco se podría objetar, según explicó. También consideró "inadmisible" que la secretaria judicial argumente que la Ley puede ser declarada anticonstitucional -el PP ha anunciado que la recurrirá- para respaldar su decisión.
El secretario de Estado insistió en que no se puede apelar a este derecho en una tramitación administrativa porque "no hay ninguna intervención activa" por parte de la secretaria del juzgado y "lo que existe únicamente es un desacuerdo ideológico, religioso o moral".
La petición de Isabel López, quien alega su pertenencia a la Iglesia católica para rehusar a cursar la tramitación de un matrimonio homosexual, ha sido dirigida al secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) quien se pronunciará sobre su caso, señaló el secretario de Estado.
El Gobierno insiste en que el matrimonio homosexual no puede ser objeto de objeción de conciencia
Así lo dijo el secretario de Estado de Justicia, Luis López Guerra, porque entonces "estaríamos tolerando que la ley no es vinculante".
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