El CGPJ pide paralizar la reforma del matrimonio homosexual por considerar que lo "desnaturaliza"
Un informe del Consejo General del Poder Judicial sostiene que la reforma del Código Civil para abrir el matrimonio a las parejas homosexuales “adultera” y “desnaturaliza” el contenido de esta institución. El escrito pide paralizar la iniciativa y, en todo caso, excluir la posibilidad de adopción. El Gobierno no pidió consejo al CGPJ, ya que no está obligado a ello por ley.
Según el estudio al que ha tenido acceso EFE, llamar matrimonio a la unión de homosexuales es un "cambio radical", como lo sería llamar matrimonio a la unión de más de dos personas o la unión entre un hombre y un animal. Razona también que la satisfacción jurídica de una "parte mínima de la población no puede hacerse a costa de adulterar el contenido esencial de una institución ni a trastocar los fundamentos del Derecho de Familia".
"Fundar la reforma en bases movedizas como la conciencia o la demanda social o un mal entendido sentido de la dignidad de la persona o de búsqueda de la igualdad, dejan a nuestro ordenamiento sin resortes ni bases jurídicas para rechazar modelos matrimoniales ajenos a nuestra cultura jurídica que con entera facilidad acabarían por imponerse", como por ejemplo el matrimonio poligámico.
En cuanto a la adopción señala que "implica postergar el interés superior del menor, declarado como tal prioritario por los tratados suscritos por España en materia de derechos fundamentales y supedita ese interés a la necesidad de una minoría de que sus tendencias homosexuales sean homologadas". Aún cuando se regulase el matrimonio entre personas del mismo sexo, "en este momento y en esa norma debería excluirse expresamente la regulación de la adopción por esas parejas hasta que haya un pronunciamiento del Tribunal Constitucional y, en todo caso, hasta que la sociedad protagonice un debate profundo sobre la materia".
En el texto se sugiere "un mayor debate y reflexión y, por tanto, su paralización (de la reforma)" e invita a indagar en el diseño de figuras jurídicas que se ajusten a la regulación de una convivencia libre, basada en la unión por tiempo indefinido, sujeto a libre ruptura por causas legalmente previstas y con determinados efectos jurídicos.
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