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Educación pretende reformar el sistema de evaluación e incorporar las calificaciones numéricas

Los cambios que contempla el Ministerio de Educación en el sistema de evaluación de la enseñanza pasan por eliminar la terminología actual, que considera imprecisa, y retomar las calificaciones de Insuficiente, Suficiente, Bien, Notable y Sobresaliente. Junto a esto, estudia introducir la calificación numérica y menciones honoríficas.

L D (EFE) El Ministerio de Educación ha remitido a la Comisión General de Educación, órgano de representación de las Comunidades Autónomas, su propuesta sobre cómo deberán ser evaluados los alumnos desde la educación Primaria hasta el Bachillerato. Según ha informado el Ministerio, esa propuesta se recoge en un proyecto de Orden Básica de desarrollo de la Ley de Calidad de la Educación, en el que se concretan además los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad de los alumnos.

Según este borrador, en Primaria se evaluará con el sistema de calificaciones (insuficiente, suficiente, bien, notable y sobresaliente); en Educación Secundaria Obligatoria esas calificaciones irán acompañadas de una puntuación numérica entre 0 y 10; y en Bachillerato será sólo con la calificación numérica. El proyecto establece los documentos oficiales que deberán ser utilizados en la evaluación para las enseñanzas de régimen general de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.

Entre estos documentos figura el "Expediente Académico", que deberá incluir los datos de identificación del centro y los datos personales del alumno, el número y la fecha de matrícula, la información relativa al proceso de evaluación con las calificaciones obtenidas, datos sobre promoción y titulación y las medidas de apoyo que haya recibido el alumno. Las "Actas de evaluación" se extenderán al terminar cada uno de los ciclos de la Educación Primaria y al final de cada uno de los cursos de la ESO, Bachillerato y FP, y en ellas se incluirán la relación nominal de los alumnos que componen el grupo junto con los resultados de la evaluación de las áreas, asignaturas o módulos cursados.

En el cuarto curso de la ESO y en el segundo de Bachillerato, las actas que recogerán también la nota media de la etapa deberán ser firmadas por el tutor en la Educación Primaria y por todos los profesores en la ESO, Bachillerato y FP, y contar con el visto bueno del director del centro.

El "Libro de Escolaridad de la Enseñanza Básica" es el documento oficial que refleja las calificaciones de cada alumno e informaciones como traslados a otros centros o promociones de curso, tiene un valor acreditativo de los estudios realizados, y se entregará al alumno al término de la enseñanza obligatoria. El "Libro de Calificaciones de Bachillerato y Formación Profesional" es el documento oficial que refleja los estudios cursados y las calificaciones obtenidas por el alumno en estas etapas.

Este Libro se entregará también al alumno al término de estas enseñanzas, según el Ministerio, que ha precisado que en las Comunidades Autónomas que tengan, junto con la castellana, otra lengua oficial propia, los Libros de Escolaridad y de Calificaciones serán redactados en forma bilingüe. Cuando un alumno se traslade a otro centro sin haber concluido el ciclo en la Educación Primaria o el curso en la ESO, Bachillerato o FP, se consignará en un informe de evaluación individualizado aquella información que resulte necesaria para la continuidad del proceso de aprendizaje.

El Proyecto de Orden especifica que los resultados de la evaluación de los alumnos se expresarán en la Enseñanza Básica en los siguientes términos: Insuficiente, Suficiente, Bien, Notable y Sobresaliente y que se considerará calificación negativa el Insuficiente y positivas todas las demás. En la Educación Secundaria Obligatoria, estas calificaciones irán acompañadas de una calificación numérica, en una escala de cero a diez: Insuficiente (0 - 4,9), Suficiente (5 - 5,9), Bien (6 - 6,9), Notable (7 - 8,4) y Sobresaliente (8,5 - 10). En Bachillerato y FP se utilizará la escala numérica de 0 a 10 sin emplear decimales y se considerarán positivas las calificaciones de 5 y superiores y negativas las inferiores a 5.

A los alumnos de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional que obtengan en una determinada asignatura o módulo la calificación de 10 se les podrá otorgar una "Mención Honorífica", y a los alumnos de Bachillerato cuya calificación final sea igual o superior a 9 se les podrá conceder "Matrícula de Honor", en las condiciones y con los efectos que determine la respectiva Administración educativa.

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