La concesión de este complemento conllevará el "adecuado" reconocimiento como mérito y, en particular, a efectos de su carrera profesional, las administraciones educativas determinarán el organismo o servicio encargado de la selección de las propuestas presentadas, su seguimiento y evaluación final, tal y como expresa el texto ministerial.
La selección de las propuestas se realizará antes del 31 de enero del curso escolar, atendiendo a la compatibilidad de las mismas con las propias de la actividad docente que corresponda al solicitante. Los efectos económicos de este complemento se entenderán siempre desde el 1 de septiembre del correspondiente curso escolar y hasta la finalización del mismo.
El Ministerio agrega que, como este decreto de desarrollo de uno de los puntos del acuerdo básico laboral docente comenzará a aplicarse con actividades ya programadas que se estarán realizando durante el curso 2006-2007, las que sean susceptibles de ser evaluadas y seleccionadas por la Administración educativa competente, tendrán su reconocimiento en los plazos que establezcan las administraciones educativas, siempre dentro de ese mismo curso escolar y con efectos retroactivos de 1 de septiembre de 2006.