L D (EFE) Así lo acuerda la Sala de lo Penal del alto tribunal, lo que confirma la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona en abril del 2002 contra la acusada por un delito de estafa. La sentencia considera probado que la mujer no comunicó la defunción de su suegra, quien falleció en enero 1980, al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y a la entidad bancaria donde ésta tenía domiciliada su pensión y de la que ella también era titular, y estuvo cobrando su pensión hasta el año 2002.
Entre 1998 y 2000, a requerimiento del banco, la procesada aportó "diversas certificaciones de 'fe de vida y estado'" en las que constaba "bajo juramento" de la acusada que su suegra estaba viva. Al ser descubierto el fraude en 2000, el INSS suspendió el pago, hecho que motivó que la procesada se personase en las dependencias de este organismo en Barcelona, y solicitara la rehabilitación de la pensión, "aportando una nueva certificación entregada a partir de la declaración jurada de supervivencia de la suegra".
El INSS no accedió a su pretensión por lo que meses después se dirigió nuevamente al centro acompañada de una mujer que se hizo pasar por su suegra, "exhibiendo el documento de entidad de ésta, y poniendo la huella dactilar a modo de firma, al alegar que no podía firmar". El TS explica que la mujer actuó con "voluntad de engañar" a ambas entidades desde que comenzó a cobrar la pensión de su suegra, a la que no tenía derecho, por la muerte de ésta.
Ello, a juicio del tribunal, se puso de manifiesto cuando, después de llevar varios años cobrando el subsidio, le fue requerido la entrega de los citados documentos de 'fe y vida', en los que hizo unas declaraciones juradas falsas y señala que se trata de una "maniobra engañosa continuada en el tiempo, a lo largo de veinte años (...) de algo que debió decirse".
El INSS no accedió a su pretensión por lo que meses después se dirigió nuevamente al centro acompañada de una mujer que se hizo pasar por su suegra, "exhibiendo el documento de entidad de ésta, y poniendo la huella dactilar a modo de firma, al alegar que no podía firmar". El TS explica que la mujer actuó con "voluntad de engañar" a ambas entidades desde que comenzó a cobrar la pensión de su suegra, a la que no tenía derecho, por la muerte de ésta.
Ello, a juicio del tribunal, se puso de manifiesto cuando, después de llevar varios años cobrando el subsidio, le fue requerido la entrega de los citados documentos de 'fe y vida', en los que hizo unas declaraciones juradas falsas y señala que se trata de una "maniobra engañosa continuada en el tiempo, a lo largo de veinte años (...) de algo que debió decirse".