L D (EFE) El asesinato de la doctora Gloria Sanz se produjo el 18 de enero de 2003, cuando el taxista discutió con su novia, la estranguló y trasladó su cadáver a un paraje boscoso de Vallirana (Barcelona), antes de huir a Holanda, donde fue detenido.
El jurado considera probado por unanimidad que el acusado actuó con frialdad en los momentos posteriores a los hechos y que la estranguló con el objetivo de matarla, ya que persistió durante un minuto y que cuando la golpeó por primera vez y salió sangre de la cabeza tendría que haber cesado en su agresión y auxiliarla. Los miembros del jurado consideran no probados ninguno de los tres eximentes presentados por la defensa.
Respecto al eximente del trastorno mental, el jurado considera más convincentes los informes de los forenses que los de las dos psicólogas presentadas por la defensa. Tampoco ha tenido en cuenta que el acusado confesara los hechos para rebajar su responsabilidad penal y, respecto al tercer eximente (reparación de daños), el jurado considera que los 300.000 euros que depositó a disposición de la familia de la víctima deben ser únicamente destinados a reducir la responsabilidad civil, pero nunca la pena.