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LA INDEMNIZACIÓN ASCIENDE A 8.903 EUROS

Condenado un empresario por despedir a una empleada que se negó a ser su amante

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a un empresario a pagar 8.903 euros a una empleada por despedirla de forma improcedente tras negarse a ser su amante. La empleada, que realizaba funciones de secretaria, solicitó la baja tras las insistentes insinuaciones de su jefe, que llegó a exigirle mantener relaciones sexuales de forma continuada. Al negarse, el empresario empezó a recriminarla y a criticarle por su trabajo.

L D (Europa Press) La Sala de lo Social del TSJC ha confirmado la sentencia de 5 de noviembre de 2033 del Juzgado de lo Social número 13 de Barcelona, que declaró "improcedente" el despido de la trabajadora. No obstante, el Alto Tribunal catalán ha corregido la cantidad concedida a la trabajadora por despido improcedente, que finalmente ha fijado en 2.903 euros en concepto de indemnización y por los salarios de tramitación y 6.000 euros por "los daños psíquicos y morales sufridos".
 
La trabajadora, M.J.S.O., de 38 años de edad, fue contratada el 14 de enero de 2002 por la empresa Foscin S.L., cuyo administrador era Luis G.A. El contrato era eventual, inicialmente, por "incremento de la producción" pero se alargó, de forma fraudulenta mediante la contratación de otra empresa cuyo administrador era la misma persona. Durante toda esta sucesión de contratos temporales, la trabajadora no dejó de prestar servicio de manera continuada realizando trabajos administrativos, bajo las órdenes de la misma persona, Luis G.A., su jefe.
 
"Según reconoce la sentencia del TSJC, "al inicio de su relación laboral, su jefe la halagaba con expresiones como 'tienes trabajo para toda la vida'; comentarios que realizaba delante de sus compañeros" y, posteriormente, "le dirigía piropos y le hacía galanterías, invitándola a su casa de Cunit, junto con su marido", llegando incluso a proponerle que su esposo dejase su trabajo, "ya que él le ofrecería mejor sueldo". Con el tiempo, el jefe empezó a llevarla a las visitas a los bancos, desplazamientos que aprovechaba para invitarla a desayunar y hacerle invitaciones para salir por la noche a cenar o bailar, a las cuales la empleada se negó siempre.
 
Temas sexuales
 
La mujer aseguró durante el juicio, que era costumbre de su jefe en las entrevistas previas a la contratación preguntar a las aspirantes sobre "su estabilidad de pareja, así como si eran fieles en su relación". Además, con frecuencia hablaba a sus empleadas sobre temas sexuales, como su capacidad sexual, o relataba detalles de las relaciones íntimas con su mujer y llegó a confesar que tenía la intención de contratar a una mujer para que "lo atendiese sexualmente por una paga mensual".
 
El día de su cumpleaños, el jefe le regaló un ramo de rosas, pero al enterarse la trabajadora que procedían de él, lo abandonó por sentirse muy incómoda. A partir de esa fecha, el administrador le ordenaba que le acompañara a las visitas a bancos "con mayor frecuencia", aprovechando dichos desplazamientos para hacer comentarios de tipo sexual. Días más tarde, el jefe le confesó a la empleada que había dejado a su mujer y que propuso ir a "poner unas cortinas a su piso", y luego le comentó que más tarde iría él y "estarían solos". La empleada rechazó fingiendo "sentirse mal" y se ausentó del trabajo para ir al médico.
 
En una ocasión que iban a Correos, le propuso, ya directamente, mantener relaciones sexuales de forma estable y "verse de vez en cuando", ya que "conocía sitios discretos" y que podía decirle a su marido que "estaba haciendo horas extra". Como la empleada le respondía con una negativa tras otra, la relación empeoró y la trabajadora empezó a recibir críticas y reproches de su jefe. La empleada cada vez tenía más miedo de cruzarse con su superior y al darse cuenta de ello, endureció todavía más las críticas por su "inutilidad laboral y sus fallos y negligencias".

Esta situación propició que el 7 de julio de 2003 la trabajadora cogiera la baja con el diagnóstico de "trastorno adaptativo con ansiedad y estado de ánimo depresivo". Una semana más tarde, el 15 de julio, le fue comunicado, por burofax, la rescisión de su contrato. La trabajadora acudió a los tribunales, que ya en primera instancia, le reconocieron la improcedencia del despido. La empresa impugnó esta decisión ante el TSJC, que la ha ratificado pese a que ha modificado la cantidad a pagar por el despido.

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