L D (EFE) La sentencia establece que los hechos son constitutivos de dos delitos de obstrucción a la justicia, uno cometido antes de que se celebrara un juicio contra él por malos tratos en el 2001, y otro perpetrado tras la sentencia condenatoria, además de un delito continuado de amenazas. El texto de la juez recuerda que el acusado B.G.A., fue condenado a cinco años de cárcel el 27 de julio del 2001 como autor de maltrato habitual y de un delito de trato degradante y contra la integridad moral.
Las amenazas comenzaron el 30 de marzo del 2001, antes de que se celebrara la vista oral por los maltratos, cuando el acusado "efectuó numerosas llamadas telefónicas a su ex mujer" con el objeto "de que modificara su posición en el proceso" y le retirara la denuncia, valiéndose de frases tales como “retira el juicio” o “si yo voy a la cárcel, tú irás al cementerio”". Tras la sentencia condenatoria por los malos tratos, B.G.A., "como represalia" a la intervención de la víctima en el proceso judicial "y con ánimo de atemorizarle y de alterar su paz y su sosiego volvió a efectuarle llamadas de similar contenido a las anteriores".
El tribunal relata también dos episodios en los que el acusado le amenazó en persona, el 19 de noviembre del 2001, cuando le espetó en plena calle que no iría a la cárcel cinco años por malos tratos, sino diez porque "la iba a matar". En otra ocasión le abordó con su coche y le gritó "diez años, diez, diez años", tras lo que ese mismo día le llamó por teléfono y le dijo "puta, te mato". La sentencia valora el "alto grado de credibilidad" de la víctima y el "estado de miedo e intranquilidad que sufrió y que aún continúa sintiendo como consecuencia de la conducta del acusado", tras lo que cita el testimonio del hijo de la pareja, quien relató en la vista oral que él también había sido amenazado por su padre y que no dudaba del relato de su madre.
La juez considera que el acusado incurrió en dos tipos de delitos de obstrucción a la justicia, uno cometido por intentar con amenazas que la denunciante modificara su actuación procesal y retirara la denuncia y otro por ejercer represalias una vez dictada la sentencia. Por cada uno de estos dos supuestos del delito de obstrucción a la justicia, la juez ha dictado una pena de dos años y seis meses de prisión, mientras que por el de amenazas le impone 15 meses, además de ordenar la prohibición de aproximarse a la víctima en un periodo de cinco años.
Las amenazas comenzaron el 30 de marzo del 2001, antes de que se celebrara la vista oral por los maltratos, cuando el acusado "efectuó numerosas llamadas telefónicas a su ex mujer" con el objeto "de que modificara su posición en el proceso" y le retirara la denuncia, valiéndose de frases tales como “retira el juicio” o “si yo voy a la cárcel, tú irás al cementerio”". Tras la sentencia condenatoria por los malos tratos, B.G.A., "como represalia" a la intervención de la víctima en el proceso judicial "y con ánimo de atemorizarle y de alterar su paz y su sosiego volvió a efectuarle llamadas de similar contenido a las anteriores".
El tribunal relata también dos episodios en los que el acusado le amenazó en persona, el 19 de noviembre del 2001, cuando le espetó en plena calle que no iría a la cárcel cinco años por malos tratos, sino diez porque "la iba a matar". En otra ocasión le abordó con su coche y le gritó "diez años, diez, diez años", tras lo que ese mismo día le llamó por teléfono y le dijo "puta, te mato". La sentencia valora el "alto grado de credibilidad" de la víctima y el "estado de miedo e intranquilidad que sufrió y que aún continúa sintiendo como consecuencia de la conducta del acusado", tras lo que cita el testimonio del hijo de la pareja, quien relató en la vista oral que él también había sido amenazado por su padre y que no dudaba del relato de su madre.
La juez considera que el acusado incurrió en dos tipos de delitos de obstrucción a la justicia, uno cometido por intentar con amenazas que la denunciante modificara su actuación procesal y retirara la denuncia y otro por ejercer represalias una vez dictada la sentencia. Por cada uno de estos dos supuestos del delito de obstrucción a la justicia, la juez ha dictado una pena de dos años y seis meses de prisión, mientras que por el de amenazas le impone 15 meses, además de ordenar la prohibición de aproximarse a la víctima en un periodo de cinco años.