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¿Cómo cerrar el caso Marta sin encontrar a Marta?

Finalmente será  un jurado popular el que juzgue a los cuatro adultos imputados en el crimen de Marta. El juez cree “evidente” que cometieron los delitos de asesinato, violación y encubrimiento, lo que supone una pena de 41 años, pero ¿qué ocurre si no aparece el cadáver?

Los implicados que serán juzgados son Miguel Carcaño, el ex novio de Marta; su hermano Javier Delgado, la novia de éste, María García y su amigo Samuel Benítez. Según el Código Penal en total los cuatro se enfrentarían a una pena de un máximo de 41 años. Si el juez finalmente también imputa a Samuel como autor de un delito de asesinato, la condena ascendería a casi 61 años de cárcel.

El delito de asesinato está penado con condenas que van de los 15 a los 20 años de prisión, el de violación oscila entre los seis y 12 años, mientras que el de encubrimiento supone una pena de entre tres meses y tres años. De esto informan todos los periódicos andaluces.

Pero la ausencia del cadáver -¿cuál es el grado de responsabilidad del Ministerio del Interior -, puede afectar a un caso en el que los culpables confesos pueden eludir las penas más graves debido a la imposibilidad de juzgar del propio jurado popular.

La decisión del juez se basa en una sentencia del Tribunal Supremo del pasado mes de junio en la que anuló un juicio a un acusado de violar y asesinar a dos policías nacionales en Barcelona porque no fue juzgado por un jurado popular. La decisión del Alto Tribunal estableció con esta sentencia un “claro criterio expansivo” de la competencia del jurado, que ha repercutido finalmente en este caso.

A las defensas no les gusta esta decisión y están estudiando la posibilidad de recurrir el auto de incoacción del jurado pero estos recursos no paralizarán el procedimiento del jurado y el juez ya ha citado para el próximo 9 de septiembre a los cuatro imputados a una vista previa, tal y como contempla la ley, en la que se deben concretar las imputaciones de cada uno de ellos.

Los implicados están citados a las 11 horas en el Juzgado de Instrucción número 4, con lo que el magistrado da por terminada la instrucción a falta de unas pruebas que se están realizando a unos pelos localizados en el vehículo de Javier. Los cabellos están siendo sometidos a la prueba del ADN mitocondrial, un proceso lento, que se está llevando en Madrid desde hace tres meses.

Tras esta vista, el juez debe dictar o el sobreseimiento del caso para algunos de ellos o el auto de apertura de juicio oral. Una vez superada esta fase llegará el momento en el que el fiscal del caso y la acusación presenten sus respectivos escritos, en los que reclamarán las penas. Posteriormente, serán las defensas las que presenten los suyos.

Hay un problerma: la segunda confesión de Miguel Carcaño. En un principio, cuando se autoinculpó de la muerte de Marta asegurando que le había dado un golpe en la cabeza, estaba claro que acabaría siendo juzgado por un jurado popular.

Sin embargo, después de que confesara que violó a Marta junto con El Cuco y que fue éste el que mató a la joven ahogándola con un cable, todo apuntaba a que sería un juzgado profesional el que se haría cargo del caso. Sin embargo, la sentencia del Supremo sembró la duda que, sin embargo, no se ha planteado en otros casos, como el de Mari Luz Cortés.

La decisión del juez se produce siete meses después de la desaparición de Marta, cuyo cuerpo, tras ser buscado durante dos meses en el río Guadalquivir y en el vertedero de Alcalá de Guadaíra, no ha sido localizado.

El único que no va a ser juzgado por un jurado popular es el menor implicado en el caso, conocido como El Cuco. El joven se encuentra en un centro de reforma desde que fuera detenido el pasado mes de febrero, al igual que Miguel Carcaño y Samuel Benítez, quienes también continúan privados de libertad.

Su juicio se celebrará en el Juzgado de Menores, después de que haya sido la Fiscalía la que se haya encargado de llevar toda la instrucción respecto a él. La vista deberá celebrarse antes del 19 de noviembre, fecha en la que se cumple el tiempo máximo de internamiento preventivo, o por el contrario saldrá en libertad provisional hasta que se celebre el juicio. La Ley del Menor contempla un tiempo máximo de privación de libertad antes del juicio de seis meses, prorrogables otros tres, lo que ya se produjo el pasado mes de julio en una comparecencia en la que el fiscal le imputó los delitos de asesinato y violación.

El Cuco niega ahora su participación en los hechos, después de que en la Policía contara lo ocurrido, implicando incluso al hermano de Miguel.

¿Y si no se encuentra el cadáver de Marta?

El homicidio y asesinato están contemplados en el Código Penal, artículos 138 y 139. Son los dos delitos a los que se enfrenta Miguel Carcaño, el ex novio de Marta del Castillo que el pasado 14 de febrero confesó su asesinato.

Los penalistas no están de acuerdo en su valoración de la ausencia del cadáver. Para algunos, aunque es muy difícil, Carcaño sí puede ser acusado de un delito de homicidio o asesinato. Para otros, sin cadáver no hay delito. El profesor de Derecho Penal y magistrado auxiliar de la Audiencia Provincial de Gerona, Gonzalo Arroyo. dijo en su día a El Mundo que el que el cuerpo no aparezca no supone que no se le pueda acusar de asesinato u homicidio siempre y cuando hayas pruebas suficientes. "Es difícil, pero se puede", aseguró. Además, explicó que la autoinculpación de Carcaño no es suficiente si no va acompañada de indicios externos que la corroboren. 

Los tribunales no suelen condenar a alguien por asesinato sin el cuerpo porque no se quieren arriesgar a condenar a alguien por el asesinato de una persona que puede aparecer viva años después.

 La Ley de Enjuiciamiento Criminal española, de 1882, no está clara y acepta un vacío legal extraño. La Ley exige que el juez recoja todos los vestigios o pruebas materiales para el posterior juicio, pero el articulado no exige cadáver sino "pruebas razonables" de que el hecho se ha producido y pruebas que incriminen al autor o autores.

Por tanto, si hubiera suficientes pruebas materiales, como por ejemplo ADN de Marta o un arma, o los testimonios de cómo se deshizo del cadáver, sí puede ser acusado de homicidio. Sin embargo, para otros el hecho de que no aparezca el cuerpo permitiría a Miguel Carcaño poder rectificar su declaración en la que se confesó autor del asesinato y declararse inocente. Si así ocurriera sólo suficientes pruebas implicatorias podrían encausarle.

Para El Mundo, hay sentencias condenatorias de homicidio  pese a no encontrarse el cadáver pero hay otras en que por la falta de pruebas se ha quedado en delitos de detención ilegal. Algunos de los casos más famosos son, por ejemplo, el conocido como 'Crimen de Cuenca' y la desaparición del 'químico de Algete'.

El primero de ellos sirve de ejemplo para explicar la reticencia que hay en España a condenar a alguien por homicidio sin el hallazgo del cadáver, ya que se condenó a dos inocentes por matar a un hombre que se había ido a vivir al pueblo de al lado. Fue a principios del siglo XX. A los acusados se les torturó para que confesaran el crimen y se les condenó a 18 años de cárcel. Ocho años después se descubrió que, José María Grimaldos, la supuesta víctima, estaba vivo.

El segundo caso, por su parte, muestra el vacío legal que existe en casos como el de Marta del Castillo. El químico José Luis Zaragoza desapareció el 6 de octubre de 1996. No tenía razones para marcharse, desde entonces nadie ha utilizado su tarjeta de crédito y nadie le ha visto desde entonces. Pero, no son pruebas suficientes como para certificar que fue asesinado. Por ello y con las pruebas que había, al principal sospechoso sólo se le juzgó por detención ilegal, tenencia ilícita de armas y hurto. La familia del conocido como 'químico de Algete' lleva desde entonces luchando para que al principal sospechoso se le condene por asesinato.

En el pasado mes de enero, la diputada Rosa Díez, de Unión, Progreso y Democracia, presentó una proposición no de Ley en el Congreso para reformar la Ley de Enjuiciamiento Criminal y evitar que queden impunes los homicidios en los que el cuerpo de la víctima haya sido destruido u ocultado, siempre que existan suficientes indicios de delito.

En su iniciativa,  destacó que hasta ahora el Tribunal Supremo, en aras de del principio de inocencia y tutela judicial efectiva, ha exigido la presencia del cuerpo del delito como indispensable para acreditar la muerte y poder atribuir la autoría del delito a una persona. Sin embargo, Díez aportó que en Estados Unidos la ausencia del «corpus delicti» se ha salvado con el término legal «la prueba circunstancial o presunta fuera de toda duda razonable» ¿Qué pasará en el caso Marta si cuando se reúna el Jurado popular, ya aceptado,  no se hubiera encontrado todavía el cuerpo de Marta? ¿Podría condenar a los imputados?

En un premonitorio reportaje de María Jesús Pereira en ABC del pasado mes de febrero se hacía la pregunta de qué pasaría si el cuerpo de Marta no se encontrase jamás?"¿Qué pasaría si la búsqueda de Marta del Castillo fuera infructuosa y el cuerpo del delito no apareciera?", se preguntaba su autora. La doctrina penal en vigor parece considerar que sin cuerpo del delito presente será imposible condenar a los cuatro presuntos culpables del asesinato y su encubrimiento.

Sólo se cuenta con la autoinculpación de la muerte y la violación de Marta, probablemente interesada e inducida por terceros, realizada por el propio Miguel Carcaño, pero dado que este sujeto podría cambiar esa declaración en cualquier momento, tal inculpación no sería definitiva y en todo caso, los otros tres imputados quedarían en libertad sin cargos. El cuerpo del delito es imprescindible para asegurar sin duda razonable  la autoría del delito.

Pero hay quien cree que sin la aparición del cuerpo del delito podría condenarse a Miguel por homicidio o asesinato. Para ello haría falta cuanto menos que la silla de ruedas  presuntamente utilizada para trasladar el cadáver tiene restos biológicos. Igualmente, si su amigo Samuel B. P. mantiene su testimonio sobre la ayuda que prestó a Miguel para tirar a Marta al río podría haber sentencia condenatoria pero nada es seguro sin el cuerpo del delito.

Ni siquiera puede saberse al día de la fecha cómo murió Marta: si hubo violación, premeditación, si murió de un golpe o de varios, si murió ahogada, si fue asesinada por uno o por más.Si Marta del Castillo, por ejemplo,  murió ahogada en el río, Miguel Carcaño podría ser condenado por asesinato, ya que pudo haberla salvado y, sin embargo, le denegó el auxilio debido, demostrando alevosía en su comportamiento. Ni siquiera es posible saber si fue asesinato u homicidio, con lo que las penas serían sensiblemente diferentes.

¿Podrá cerrarse el caso Marta si el cadáver no es encontrado a tiempo?

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