Claves para entender las triquiñuelas judiciales en torno al esperpento de Garzón
Corren tiempos revueltos en la Audiencia Nacional. Desde que el magistrado Baltasar Garzón decidió abrir una causa general contra el franquismo, la Fiscalía y el juez mantienen un pulso que muchos ya califican como un duelo de titanes. A continuación, se explican las artimañas que tanto Garzón como el fiscal están desarrollando en torno a una instrucción que, de llevarse a cabo, costaría 137 millones de euros al Estado.
(Libertad Digital) El duelo de titanes en la Audiencia Nacional está servido. Las triquiñuelas judiciales nunca han estado tan al orden del día como ahora en dicho tribunal. En los últimos días los dimes y diretes judiciales en forma de autos y recursos en torno a la causa general abierta contra el franquismo se suceden a diario en la sede de la Audiencia.
El pasado día 16, el juez Baltasar Garzón, dictó su “esperpéntico” auto mediante el procedimiento de diligencias previas. En él se declaró competente para abrir una causa general contra el franquismo y sus crímenes. De forma casi inmediata, la Fiscalía, encabezada por el fiscal jefe, Javier Zaragoza, anunció públicamente que recurriría dicha decisión.
Cuando el juez de instrucción conoció la intención de la Fiscalía, decidió cambiar el procedimiento de la investigación y convertir, mediante un auto, las diligencias previas en sumario. Garzón hizo esta maniobra para obligar al Ministerio Público a presentar un recurso de reforma, que tiene que resolver él mismo antes de que el asunto sea visto por la instancia superior. Mientras que por el procedimiento de diligencias previas la apelación directa se hubiera hecho ante el Pleno de la sala de lo penal, restándole este hecho margen de maniobra.
Garzón se niega a dar trámite al recurso de la Fiscalía
Sin embargo, el Ministerio Público defiende esta actuación y recusa en apelación, basándose en las diligencias previas que presentó a priori el magistrado. De esta forma, este recurso directo de apelación interpuesto por Zaragoza cuestionando la competencia del juez no tiene que pasar por las manos de Garzón.
Como respuesta a ello Garzón emitió este mismo jueves otro auto en el que se niega dar trámite al recurso de apelación presentado por la Fiscalía contra decisión de investigar los crímenes de la Guerra Civil y el Franquismo al considerar que debe ser primero él, y no la Sala de lo Penal, quien responda en primera instancia a las objeciones del Ministerio Público. Para ello el magistrado alega que debe seguirse el trámite previsto para las causas que ya se han transformado en sumario, es decir, que se aplique el recurso de reforma previo al de apelación interpuesto ya por el fiscal.
El magistrado de la Audiencia Nacional en su nuevo auto le da un plazo de tres días al fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, para que presente un recurso de reforma ante él.
La Sala debe decidir sobre el recurso de la Fiscalía
En este punto, el siguiente paso es que la Sala decida si desestima o no el recurso de acusación de la Fiscalía. De momento, este jueves los 16 magistrados reunidos en Pleno decidieron dar traslado al escrito que Zaragoza les presentó a las partes (asociaciones denunciantes y Garzón) para que expongan su opinión al respecto. El Pleno dice que, una vez recabados estos informes, volverá a reunirse en un plazo de unos veinte días para decidir si le corresponde resolver sobre la principal petición del fiscal: que se anule el auto de Garzón.
Si la sala de lo penal acepta la petición del fiscal, quedaría sin efecto la maniobra jurídica por la que Garzón transformó el procedimiento en sumario -se abrió bajo la fórmula de diligencias previas- para obligar al Ministerio Público a presentar un recurso de reforma. El revés al magistrado se traduciría en que sería la Sala quien deciciría sobre la competencia del juez para instruir "la causa general".
La segunda vía de la Físcalía
Además, la Fiscalía está intentando por otro camino anular el auto del juez. En un escrito emitido 24 horas después de presentar su recurso, el Ministerio Fiscal emplea la vía inédita del artículo 23 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) para pedir a la Sala que anule las decisiones del juez. Dicho artículo sostiene que "si durante el sumario (...) el Ministerio Fiscal o cualquiera de las partes entendieran que el Juez instructor no tiene competencia para actuar en la causa, podrán reclamar ante el Tribunal superior".
Tras recibir el escrito, el presidente de la Sala, Javier Gómez Bermúdez, pidió un informe al magistrado y le dio de plazo hasta el martes 28 para que se lo remitiese. Pero Garzón ha solicitado un aplazamiento debido a que el lunes debe someterse a una intervención quirúrjica. Gómez Bermúdez planteó ayer la situación al Pleno que ha suspendido el plazo sine die.
Si la aplicación de esta artículo de la LECrim se llevase a cabo, la Fiscalía conseguiría igualmente que su recurso cayese en manos de la Sala de lo Penal sin pasar por las del juez estrella. De momento, Garzón ha ganado tiempo, pero no la batalla.
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