La representación jurídica del ex presidente de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves, y del vicesecretario general del PSOE-A, Luis Pizarro, ha decidido finalmente no recurrir ante el Tribunal Constitucional (TC) la sentencia de la Audiencia de Sevilla que absuelve a los dos periodistas de El Mundo procesados por un presunto delito de injurias graves con publicidad, tras la denuncia presentada por ambos dirigentes socialistas a raíz de la publicación de una noticia en la que acusaban al actual vicepresidente tercero del Gobierno de haber ordenado espiar al entonces presidente de la Caja San Fernando, Juan Manuel López Benjumea.
En este sentido, el letrado de ambos dirigentes socialistas, Alfonso Martínez del Hoyo, dijo a los periodistas que, "aunque han fracasado en el ejercicio de la acción penal, que perseguía la condena de los periodistas", la sentencia de la Sección IV de la Audiencia "coincide sustancialmente con los pronunciamientos que buscábamos" al establecer la "completa falta de acreditación de la realidad de la información publicada", que la información tiene "un carácter objetivamente degradante y lesivo del derecho al honor de Chaves y Pizarro" y que la actuación de los periodistas "no cumple con el canon de diligencia profesional que exige el requisito de la veracidad de la información".
Chaves y Pizarro obvian que la sentencia también dice que "el conjunto de circunstancias concurrentes en la obtención, comprobación y publicación de la noticia determina que no puede considerarse que los periodistas querellados actuasen con temerario desprecio hacia la verdad, lo que conlleva que no hayan podido incurrir en la responsabilidad penal que en este proceso se dilucida". Y que "los dos periodistas querellados "actuaban dentro del ámbito de la libertad de información, constitucionalmente protegida cuando decidieron publicar la noticia de que López Benjumea había sido objeto de seguimientos o vigilancia". "La información, aunque no haya resultado acreditada en el proceso, había sido contrastada con la suficiente diligencia para cumplir el canon constitucional de veracidad", es otro de los párrafos que Chaves que no menciona.