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Caamaño considera "mala suerte" que un policía descubra a un menor vendiendo éxtasis

El ministro de Justicia ha explicado por qué en la reforma del Código Penal se atenúan penas como el menudeo de droga. Puso el ejemplo de una persona que no consume, pero "tiene la mala suerte de intentar vender una sola pastilla de éxtasis justamente a un policía. Pues le pueden caer tres años".

El ministro de Justicia, Francisco Caamaño, aclaró este jueves que la reforma del Código Penal plantea que un delincuente multirreincidente especializado en cometer hurtos inferiores a 400 euros no será castigado con una pena de cárcel sino con la localización permanente. Además, destacó que las personas jurídicas también podrán ser consideradas autoras de un delito.

En una entrevista a la Cadena Ser recogida por Europa Press, Caamaño puso de manifiesto la multirreincidencia de personas que cometen hurtos inferiores a 400 euros y generan "sistemáticamente" una sensación de inseguridad en el centro de algunas ciudades. "Ésta imagen de que entran por una puerta y salen por la otra porque van por la vía del juicio rápido", expuso, para indicar que en ocasiones "volvían al trabajo para pagar la multa" que se les había impuesto.

Con la reforma del Código Penal, subrayó que el juez podrá tener en cuenta que esa persona es "casi un habitual, un profesional" de este tipo de hurtos y reaccionar con una pena "un poco más fuerte, que es la de localización permanente". "Tenerlo localizado en algún lugar sin libertad de movimientos y muy excepcionalmente, cuando reitere nuevamente, que esa pena tenga lugar en un centro penitenciario y en fin de semana", explicó, para añadir que esta medida es "muy gradual y muy proporcional". "No es pena de cárcel para quien robe y cometa hurtos pequeños sistemáticamente", remachó.

A su juicio, la reforma "oxigena" el Código, "rearmándose" en delitos como la trata de seres humanos, la corrupción – "que todavía tenía penas muy benignas"– o la agresión sexual a menores. Además, se atenúan penas que parecían "desproporcionadas" como el menudeo "muy pequeño" de sustancias estupefacientes.

En este sentido, puso un ejemplo muy clarificador de una persona que no consume drogas pero "tiene la mala suerte de intentar vender una sola pastilla de éxtasis, que le había dado un amigo en la discoteca, a otra persona". "La intenta vender y se la vende justamente a un policía. Pues le pueden caer tres años de prisión con el Código vigente", expuso.

Empresas, sujetos activos del delito

Además, destacó la importancia de introducir en el Código la posibilidad de que las personas jurídicas puedan ser sujetos activos del delito y no, como hasta ahora, las personas físicas. "Hasta ahora sólo podíamos cometer delitos las personas pero una sociedad anónima no podía cometer delitos", remachó.

Esto se traduce, según explicó, en que las empresas pueden ser autoras de injustos, como los delitos medioamentales, en los cuales a veces hay una responsabilidad compartida por una "especie de consentimiento tácito global". "Incorporar esto nos ayudará en la lucha, no sólo contra empresas pantalla, sino en la cultura empresarial", concluyó.

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