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Absuelven al ex juez decano de Barcelona de maltratar a su mujer

La pelea conyugal que costó el cargo al ex juez decano de Barcelona, José Manuel Regadera, se ha saldado con una multa por una falta de lesiones para el magistrado, que afrontaba nueve meses de cárcel por un delito de maltrato con el que incluso se exponía a ser expulsado de la carrera judicial.

El juzgado de lo penal número 16 de Barcelona ha condenado a Regadera a una multa de 360 euros y a indemnizar con otros 210 euros a su ex mujer, María Rosa I., a la que absuelve de todos los cargos al considerar que arañó a su marido en legítima defensa para protegerse de su agresión.

La pelea ocurrió el 2 de abril pasado en el domicilio conyugal después de que María Rosa I., notaria de profesión, descubriera una infidelidad de su ex esposo, con el que había contraído matrimonio apenas unos meses antes, según la sentencia, que no es firme.

La discusión comenzó en el salón de la vivienda y prosiguió en el dormitorio, donde Regadera "agarró a María Rosa I. de las muñecas con fuerza, le separó los brazos y, sin soltarla en ningún momento, la empujó violentamente contra la pared y la puerta de la habitación con la intención de echarla", añade el fallo.

Según la juez, el acusado consiguió situar a su esposa en el umbral de la puerta e intentó cerrar ésta con fuerza, con lo que el brazo de la mujer quedó atrapado, y, posteriormente, volvió a agarrarla por las muñecas, momento en que María Rosa I. consiguió liberar una mano y arañarle.

La magistrada da así credibilidad a la versión de la ex esposa de Regadera, porque, en su opinión, es la que ha mantenido invariablemente desde el primer momento y porque las lesiones que padeció están corroboradas por los informes médicos: "La declaración de la esposa es convincente, firme y detallada", agrega.

Por el contrario, pone en duda los golpes y mordiscos que el ex juez decano dijo haber recibido de su esposa, cinturón marrón de kárate, y recuerda: "Si los hechos hubieran ocurrido como mantiene el señor Regadera necesariamente tendría que tener alguna marca de una patada o un rodillazo propinado por una karateka".

La juez descarta con un rotundo "ni mucho menos" que Regadera removiera en el cajón de los cuchillos con el propósito de matar a su esposa, como mantiene ella, pero cree que no hay ninguna duda de que María Rosa I. "estaba atemorizada", como lo demuestra que se encerrara en la habitación hasta que llegó la policía.

Respecto a los arañazos que admitió haber hecho a su marido Maria Rosa I., que afrontaba siete años de cárcel, la sentencia mantiene que se produjeron durante un forcejeo que "no puede desvincularse de la agresión inicial del esposo" y que no provocaron más que unas pequeñas erosiones, por lo que concurre la eximente de legítima defensa.

Pese a que la fiscalía acusaba a ambos cónyuges de un delito de maltrato en el ámbito familiar, concluye que se trató de un episodio "puntual y aislado" desconectado de las situaciones de "abuso, dominación, humillación, sometimiento o sojuzgamiento" propias de la violencia doméstica.

Además, para la juez, los dos cónyuges ostentan un estatus cultural y social similar y discutieron por una infidelidad, motivo que "no constituye una expresión de superioridad machista ni supone una manifestación de una situación de desigualdad".

La condena a pena de multa, pese a ser recurrible, garantiza la continuidad en la carrera judicial de Regadera, que incluso se exponía a perder para siempre su condición de juez ya que así lo prevé la ley en los casos de delitos dolosos que superen los seis meses de prisión.

Cuando menos, la pelea conyugal, que saltó a los medios comunicación en tan solo unas horas, forzó dos meses después la dimisión de Regadera por la "pérdida de confianza" en su persona que provocó su imputación en algunos de sus compañeros.

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