El Juzgado de lo Penal Número 13 de Madrid ha absuelto al vicepresidente de Libertad Digital, Federico Jiménez Losantos, de los delitos continuados de injurias y calumnias tras criticar la resolución de la Audiencia Provincial de Madrid archivando la investigación abierta al doctor Luis Montes por el escándalo de las sedaciones en el Hospital Severo Ochoa de Leganés (Madrid).
En la resolución notificada este martes -a la que ha tenido acceso Libertad Digital- se entiende que las comentarios sobre el archivo del 'caso Montes' que el director de Es la Mañana hizo en enero de 2008 en su entonces programa radiofónico en la cadena Cope están amparados en la libertad de expresión y opinión. Junto a Federico Jiménez Losantos, el doctor Luis Montes también se querelló por los mismos delitos contra las periodistas Isabel San Sebastián y Cristina López de Schlichting. Ambas han sido también absueltas.
Los hechos se remontan a marzo de 2005 cuando la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid informó a la opinión pública sobre una denuncia anónima en la que se acusaba al médico Luis Montes -entonces coordinador del servicio de urgencias del hospital Severo Ochoa de Leganés- de autorizar durante cuatro años homicidios de pacientes mediante sedaciones con la finalidad de acortar su estancia en el mismo. A raíz de esta denuncia se abrió una investigación judicial que finalizó tres años después con el sobreseimiento del caso por parte de la Sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid; la misma Sección que recientemente archivó el caso Sánchez Manzano.
Esta decisión judicial fue criticada en los micrófonos por Jiménez Losantos y sus compañeras. Unas opiniones que la juez de Madrid considera justificadas ya que "se trata de un tema de debate, de debate encendido, de gran controversia, entre los partidarios y detractores de su regulación -en referencia la eutanasia- y que se plantea, como es notorio, no sólo académica y científicamente, sino también desde perspectivas literarias, artísticas y religiosas, éticas e ideológicas y que, asimismo pertenece al elenco de asuntos tratados con asiduidad en los medios de comunicación".
Además, la sentencia recoge que debe atenderse también al momento en que fueron vertidos los comentarios por parte del vicepresidente de Libertad Digital, en enero de 2008, pocos días después de que se conociera la resolución judicial que puso fin al procedimiento iniciado por la sedaciones de Leganés, un asunto de interés público. "El caso había provocado, además de alarma social, un gran escándalo nacional durante mucho tiempo", subraya la juez.
La sentencia entiende que las palabras de Jiménez Losantos hacia el doctor Montes no fueron ni "vejatorias" ni "insultantes". "Deben ser entendidas como expresión del derecho a opinar libremente, y habiendo sido realizadas por periodistas en el transcurso de programas informativos versando sobre un tema polémico y de actualidad, como contribución a la ilustración de la opinión pública, que debe formarse también a través de la controversia", reza la resolución judicial.
"Debe llegarse a la conclusión de que las opiniones o manifestaciones de los acusados no tienen relevancia penal. Deben inscribirse al ámbito de la libertad de opinión, ya que no otra cosa manifiestan. Se inscriben en un apasionado debate público, con bandos enfrentados, en el que el querellante se vio envuelto y hubo de participar, pero no desbordan ese ámbito y dirigen su reproche a la judicial principalmente, juzgándola desinformada y desacertada", en referencia al auto de la Sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid que archivó el caso Montes, concluye la magistrada Celia Sáinz de Robles.
De esta forma, la Justicia vuelve a dar prioridad a la libertad de expresión ejercitada por el periodista Federico Jiménez Losantos. En consecuencia, el director de Es la Mañana queda absuelto de los delitos continuados de calumnias e injurias de los que le había acusado el doctor Luis Montes, quien pedía a la juez una condena con una multa millonaria para el periodista.