La Fiscalía de Sevilla ha anunciado este jueves la interposición de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS) contra la sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial que condenó a Miguel Carcaño a 20 años de cárcel como autor de la muerte de la joven Marta del Castillo y absolvió al resto de los acusados, al entender que se ha hecho una "inadecuada" valoración de la prueba presentada en el juicio.
La fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, y el fiscal del caso, Luis Martín, han informado a los periodistas de que, una vez han anunciado este mismo jueves el recurso "en coordinación" con la Fiscalía del Tribunal Supremo, será ésta la encargada de "formalizarlo", tras lo que ha reconocido que el recurso de casación "está muy limitado y tasado".
De este modo, ha indicado que el anuncio de recurso se fundamenta en tres motivos, los dos primeros por infracción de ley, relativos a la indemnización por la búsqueda del cuerpo en el río Guadalquivir y al hecho de que la Audiencia Provincial "no haya apreciado" el delito contra la integridad moral, mientras que el tercer motivo es por infracción de precepto constitucional en relación con los principios de seguridad jurídica y del derecho a la tutela judicial efectiva.
La fiscal jefe ha explicado que el tercer motivo "es el grueso" del anuncio de recurso y se basa fundamentalmente en la "inadecuada" valoración de la prueba presentada en la vista oral, ya que "en determinados puntos" la sentencia de la Audiencia Provincial "no cubre las expectativas de razonabilidad suficiente", sobre todo en lo relativo a la absolución de Samuel Benítez. No obstante, ha descartado que el recurso pueda atacar la absolución de María García.
Ven "más factible" la condena de Samuel
Segarra ha reconocido que, aunque el recurso "es frente a la absolución de los encubridores", como son, además de Samuel, Francisco Javier Delgado y María García, consideran "más factible" que el Supremo acepte la "inadecuada" valoración de la prueba en lo referente al primero de ellos, ya que, según ha comentado Luis Martín, el fallo "no valora como prueba de cargo suficiente" las dos declaraciones policiales en las que Samuel se autoinculpa en las tareas para hacer desaparecer el cadáver.
En este sentido, y tras descartar que recurran la absolución de Miguel por el delito de agresión sexual, han hecho mención también a la "distinta" valoración de la prueba que hizo en su sentencia el juez de Menores, que condenó al 'Cuco' y consideró probado que Samuel y el hermano de Miguel participación en la desaparición del cuerpo, y la que ha hecho ahora la Audiencia Provincial, que dice que únicamente participaron Miguel, el entonces menor de edad "y un tercero desconocido".
Han considerado que se trata de "contradicciones relevantes", a lo que se suma que Miguel "corroboró" en el juicio la participación de Samuel, algo que también hizo el 'Cuco' en sus declaraciones durante la fase de instrucción del caso. "No se trata sólo de una autoinculpación, sino que hay corroboraciones", ha aseverado Luis Martín, tras todo lo cual ambos se han referido también a los diferentes horarios en que ambas sentencias sitúan los hechos.
El testigo de la silla de ruedas
Así, la sentencia de la Audiencia considera que el cuerpo fue sacado del piso de León XIII en torno a las 22,15 horas del 24 de enero de 2009, mientras que la Fiscalía defiende que fue de madrugada, criticando en ese punto que la Audiencia no haya tenido en cuenta al testigo que dice que vio a Miguel sobre las 2,00 horas con una silla de ruedas. "Este es un testimonio que está valorado inadecuadamente", han señalado, criticando también que la sentencia ubique al 'Cuco' de forma "simultánea" en un 'botellón' y sacando el cuerpo de Marta.
Asimismo, y tras advertir de que las "contradicciones" entre las dos sentencias dictadas en este procedimiento "subrayan los problemas cuando en un mismo hecho comparten autoría mayores y menores", han cuestionado el relato de hechos que hace la sentencia en cuanto a la actuación de Miguel Carcaño. "Resulta difícil que pueda sacar el cuerpo, esconderlo y llegar a Camas" en la franja horaria de la que se habla, han dicho, una cuestión que "también forma parte de la valoración de la prueba, aunque no es la esencia del recurso".
No obstante, han descartado recurrir para que se tenga en cuenta la declaración del taxista que dijo haber trasladado al hermano de Miguel la madrugada de los hechos, ya que los motivos que la Audiencia Provincial da para no tener en cuenta el testimonio "son razonables; dan una explicación plausible", por lo que "no sería revisable en casación", han añadido.
Una sentencia "valiente"
Por último, han destacado que la sentencia de la Audiencia Provincial "es un texto bien construido, trabajado de forma honesta, íntegra y con convicción"; se trata de una sentencia "valiente", porque finalmente "se ha conseguido una condena meditada y muy trabajada por asesinato", por lo que "no nos tenemos que sentir defraudados" por el fallo en este último punto.
Asimismo, la fiscal jefe ha eludido pronunciarse sobre la manifestación convocada esta semana en contra de la sentencia, pues es una forma más que tiene la sociedad de "mostrar una crítica" contra un pronunciamiento que no comparte.