Pospores: Además de ignorante, faltón.No has rebatido ni una sola línea de lo que he dicho y que son principios básicos del derecho:
1ª.- Que las sentencias judiciales afectan a las partes del proceso y no a la generalidad de las personas, por mucho que sus situaciones sean iguales o semejantes.
2º.- Que el sistema de inmersión lingüistica por mucho que diga el Supremo, el Constitucional y el sumsum corda, terminará cuando haya una iniciativa legislativa, bien enmarcando su prohibición en la Constitución o bien una ley general que afecte a todo el territorio y añadía, en cuanto a este último supuesto, de dificil realización al estar transferidas las competencias en educación.Y es que la jurisprudencias no cambia las leyes, salvo en el supuesto de que el TC así lo declare y por si no te has enterado aún no ha declarado inconstitucional ninguna de dichas leyes que siguen vigente y bien vigentes.
Si tuvieras un poco, un poquito de idea de derecho, sabrías lo que en cualquier facultad te dicen en los primeros cursos:El derecho no es una ciencia exacta como las matemáticas, de forma que no se puede pontificar jurídicamente diciendo que 1+1 son 2. Pues en unas ocasiones serán 2 y en otras 22.
Por eso, al que es lego en derecho, como es tu caso, le maravilla y espanta que ante dos situaciones sustancialmente iguales los tribunales dicten sentencias que llegan a diferentes soluciones.Pero esto es una realidad incontestable y que no solo se da en España, las razones de ello, multiples y variadas pero que dentro de nuestro sistema jurídico tienen una lógica propia. Podremos discutir o no que eso no debería de darse, pero se están dando y ni es ilegal ni ilógico, por tanto como se da no vengas aquí dando clases de lo que es el derecho, sino mas bien dí que es lo que tú crees que debería de ser, lo cual sería tan discutible como la opinión contraria y probablemente mas perjudicial para la evolución del derecho.
Lamentablemente la jurisprudencia, en este tema de la inmersión lingüistica, ha sido cambiante y poco favorable a los que propugnan su prohibición o matización. El cogerse como un clavo ardiendo a sentencias que parecen dar la razón a los abolicionistas, cuando hay DECENAS que dicen todo lo contrario demuestra que sin saber a lo que te dedicas, te aconsejaría dirigieras tu profesión a otro ámbito pues está claro que el del derecho no es el tuyo.
Pospores: Además de ignorante, faltón.No has rebatido ni una sola línea de lo que he dicho y que son principios básicos del derecho:
1ª.- Que las sentencias judiciales afectan a las partes del proceso y no a la generalidad de las personas, por mucho que sus situaciones sean iguales o semejantes.
2º.- Que el sistema de inmersión lingüistica por mucho que diga el Supremo, el Constitucional y el sumsum corda, terminará cuando haya una iniciativa legislativa, bien enmarcando su prohibición en la Constitución o bien una ley general que afecte a todo el territorio y añadía, en cuanto a este último supuesto, de dificil realización al estar transferidas las competencias en educación.
Si tuvieras un poco, un poquito de idea de derecho, sabrías lo que en cualquier facultad te dicen en los primeros cursos:El derecho no es una ciencia exacta como las matemáticas, de forma que no se puede pontificar jurídicamente diciendo que 1+1 son 2. Pues en unas ocasiones serán 2 y en otras 22.
Por eso, al que es lego en derecho, como es tu caso, le maravilla y espanta que ante dos situaciones sustancialmente iguales los tribunales dicten sentencias que llegan a diferentes soluciones.Pero esto es una realidad incontestable y que no solo se da en España, las razones de ello, multiples y variadas pero que dentro de nuestro sistema jurídico tienen una lógica propia. Podremos discutir o no que eso no debería de darse, pero se están dando y ni es ilegal ni ilógico, por tanto como se da no vengas aquí dando clases de lo que es el derecho, sino mas bien dí que es lo que tú crees que debería de ser, lo cual sería tan discutible como la opinión contraria y probablemente mas perjudicial para la evolución del derecho.
Lamentablemente la jurisprudencia, en este tema de la inmersión lingüistica, ha sido cambiante y poco favorable a los que propugnan su prohibición o matización. El cogerse como un clavo ardiendo a sentencias que parecen dar la razón a los abolicionistas, cuando hay DECENAS que dicen todo lo contrario demuestra que sin saber a lo que te dedicas, te aconsejaría dirigieras tu profesión a otro ámbito pues está claro que el del derecho no es el tuyo.
El olor a podredumbre que sale de los tribunales de justicia es tal que no creo que haya nadie que pueda ya remediar esta situacion.La justicia se ha prostituido y los politicos son los proxenetas ante los que ella se abre bien de piernas para que la forniquen.
Esta es la demostración palpable y más escandalosa de la no justicia que rige España, toda ella practicamente se debe a los partidos políticos, especialmente los de determinadas comunidades nazis-nalistas, como la catalana
Mi confianza en la Justicia a día de hoy es nula.
juan2006.- De desmesura nada de nada (y lo que demuestras tú es verdadero analfabetismo jurídico). Una sentencia, ya no digamos una del TC, puede afectar a la interpretación de una norma para todos los casos a partir de cuando se dicte en firme. ¿Por qué no te lees bien la sentencia del TC sobre el Estatuto además de las que cito a continuación.
Te repito que, según las sentencias del TC (que afectan a la interpretación de todas las normas), en las CAs en las que hay dos lenguas oficiales, hay dos modelos constitucionales (al considerar que de la CE no se desprende DIRECTAMENTE el derecho de elección de lengua, aunque yo considero que ni hace falta porque existen unos principios previos a la CE y no votables):
1) Modelo de libre elección mediante aprobación de una Ley al efecto. STC 137/1986. Lee bien el FJ ; pero léelo bien: sólo se podrá estudiar TODO en vascuence SIEMPRE Y CUANDO los que así lo desean puedan elegir, con libertad REAL, recibir la enseñanza, TODA, en castellano.
2) Modelo de "conjunción lingüística". STC 137/1994. Implica que TODOS los alumnos han de recibir la enseñanza usando las dos lenguas como vehiculares, correspondiendo a la Administración determinar en qué proporción se emplean, de manera que se permite que se use en mayor proporción (según las circunstancias) la lengua regional y SIEMPRE Y CUANDO no se excluya al castellano como lengua DOCENTE. Y según las sentencias del TS, el empleo del castellano como lengua vehicular no puede ser "mera apariencia".
A mí la argumentación de la STC 337/1994 me parece un verdadero dislate (además de tergiversar su propia doctrina al citar la STC 137/1986 y cortar la cita al llegar a "siempre y cuando..." y la TEDH de amnera grosera) porque implica aceptar que son las lenguas los sujetos de derecho y hasta habla de "lenguas en su territorio", me parece una sentencia infame dictada bajo las coacciones de Pujol al TC a través del gobierno en minoría de FG. Pero en todo caso, es lo que hay, así que eso de que la recientes sentencias del TS afectan sólo a los recurrentes es patraña jurídica.
O TODOS PUEDEN ELEGIR O TODOS HAN DE RECIBIR LA ENSEÑANZA EN LAS DOS LENGUAS. PUNTO PELOTA.
¿Alguien se ha leido la sentencia?
Los derechos, para unos pocos y los deberes para todos. ¡Vaya mierda de justicia!.
¡Vendidos, traidores!...
A veces el hecho de decir palabras gruegas no nos dan mas razón, por mucho que desde la lógica no jurídica, parece que son una verdad incuestionable, El salir diciendo que el Presidente del TSJC y el Ministro de Justicia son unos analfabetos jurídicos, por decir lo que dicen, es una auténtica desmesura y lo es porque JURIDICAMENTE, lo que están diciendo es así. En nuestro sistema jurídico las sentencia afecta UNICA Y EXCLUSIVAMENTE a quienes han formado parte del proceso. Por tanto la adaptación del sistema educativo catalán se ha de hacer CON RESPECTO A LAS FAMILIAS RECLAMANTES y para nadie más.Es decir, si mañana va otra familia y dice que quieren que le den a su hijo las clases en castellano, le van a contestar que nada de nada, que el sistema educativo catalán está hecho para ignorar olímpicamente el castellano y si quiere bien y sino ajo y agua.Bien es verdad que esas familias que quieran que se les aplique el criterio de la sentencia tienen mucho camino recorrido, pero no les va a evitar el tener que seguir el mismo calvario:Petición>denegación>recurso>denegación>TSJC y si como es previsible les da la razón, pedir ejecución de sentencia. ¿Cual es el problema? que eso no es cosa de 3 días, pueden pasar años y probablemente, como ha ocurrido en otras ocasiones, los chavales serán mayores de edad o habrán cambiado de ciclo y ya no les será de aplicación.
Antes que estas familias hubo otras, un tal Carmelo, médico canario, lo consiguió pero de poco le sirvió, bueno sí, que terminó separándose de su mujer, aburrido de C´S que le ninguneó y al final tuvo que marcharse a su tierra.
Hay demasiados intereses para mantener el aborregamiento de los castellano-parlantes y NO HAY tribunal, por como está montado el sistema judicial, que vaya a conseguir el terminar con esa lacra democrático denominada inmersión lingüistica. Y no porque no quieran, que tampoco tengo muy claro que haya muchos jueces dispuestos a ello, es que aunque quieran no pueden, por lo explicado anteriormente. Esto solo se solucionaría con una ley estatal, que consiguiera pasar los filtros de incostitucionalidad que se le plantearían, pero para ello ha de haber voluntad política. Yo no la veo ni en el PSOE ni en el PP, así que o mucho cambian las cosas y alguien del PP o PSOE da un puñetazo en la mesa y dice ¡¡ se acabó el cachondeo!! o le veo una dificilisima solución y es que ¿de verdcad? alguien ve , al mas que probable próximo presidente, con las agallas suficientes para dar ese puñetazo que remueva los cimientos de nuestro actual sistema. Yo no le veo, ni de broma.
... sigue:Por cierto, quien parece no haberse leido la sentencia del Estatut eres tú, si en algo coincidieron TODOS LOS ANALISTAS JURIDICOS, es que en el tema de inmersión lingüistica se había cargado LA TOTALIDAD, de las, para mí, acertadas razones y argumentos que expusieron los recurrentes, venir aquí y ahora poniendo como ejemplo dicha sentencia para cuestionar el sistema que se está siguiendo en Cataluña da risa. Y las sentencias forman parte de un Corpus, hay que leer todas las que han ido saliendo sobre el tema y , repito, lamentablemente las favorables a la inmersión lingüistica- aunque tambien para mi, con razonamientos jurídicos mas que discutibles- ganan a las contrarias por goleada. De ahí, que vuelvo a repetir que el camino para terminar con esa aberración jurídica que es la inmersión solo hay un camino, el legislativo y ahi me temo faltan agallas.