Un hombre ha sido condenado por el Tribunal Supremo a un año de cárcel y al pago de 50.000 euros de indemnización por contagiar el sida a su mujer y a la hija de ambos. El ahora condenado había sido absuelto por la Audiencia Provincial de Madrid en una sentencia anterior, porque contó que había usado el preservativo.
La sentencia de la Sala de lo Penal del TS, de la que ha sido ponente el magistrado José Manuel Maza, ha estimado el recurso de Eva María S.R. contra el fallo que absolvía a su exmarido, Rodrigo M.L., a quien acusaba de no haberle avisado de que padecía sida, de haberle contagiado la enfermedad y, en consecuencia, transmitírsela también a la hija que tuvieron en común.
El Supremo explica que, aunque los protocolos médicos autorizan la relación sexual de un infectado por sida con el único requisito de hacer uso del preservativo, la excepción que supone una rotura del mismo se producía con frecuencia en el caso concreto de esta pareja.
Así, en el relato de los hechos probados por la sección primera de la Audiencia madrileña se especificaba esa rotura de preservativos en las relaciones sexuales de la pareja, lo que es definido por el Supremo como "un comportamiento descuidado".
La sentencia aprecia los requisitos de "previsibilidad" y "evitabilidad" en la acción del acusado, que tiene una relación directa con el contagio de la mujer y, a través de su embarazo y con motivo del parto, del contagio a la hija; ambas siguen desde entonces tratamiento médico.
Además de "imprudente", el Supremo considera "grave" la conducta del hombre por la importancia del riesgo ocasionado y el resultado potencial derivado del mismo.
El TS recuerda que la Audiencia Provincial de Madrid aceptó como hechos probados que la pareja mantuvo relaciones desde 1996, dos años después de que a él se le diagnosticara que estaba infectado con el VIH y era portador de anticuerpos, pero la mujer no lo descubrió hasta nacer su hija en 1997, caer ésta enferma y apreciarse que ambas estaban contagiadas.
Según informa Efe, desde el nacimiento de la menor la pareja siguió unida y contrajo matrimonio en 1999, pero se divorció en 2003 y tres años después Eva María S.R. presentó la querella contra Rodrigo M.L. por el delito de lesiones.
Durante la vista oral, celebrada a puerta cerrada el 14 de junio de 2010, Rodrigo negó que ocultara a su pareja que padecía el sida, mientras que Eva María dijo que él siempre negó este hecho durante su convivencia, según explicó la propia víctima a la salida del juicio, donde añadió: "Lo que tenga que pagar va a ser poco".
La Fiscalía pidió entonces veinte años de prisión para Rodrigo M.L. por dos delitos de lesiones con agravante de parentesco, la acusación particular veinticuatro años de cárcel y la defensa la absolución.