L D (EFE) Enero y julio de 2003 fueron los meses que registraron un mayor número de víctimas de violencia doméstica, con nueve cada uno, seguidos por mayo y junio, con siete mujeres muertas en cada mes. En febrero se produjeron tres asesinatos; en marzo, seis; en abril, cinco; en agosto, seis; en septiembre, cuatro; en octubre, dos; y en el presente mes de noviembre la cifra se sitúa en seis. El Centro Reina Sofía incluye en el concepto de "pareja" a los cónyuges, ex cónyuges, convivientes, ex convivientes, novios y ex novios.
Los agresores fueron en su mayoría los cónyuges de las mujeres -en 29 casos-, y los hombres que convivían con ellas (14 casos), seguidos de la pareja que había convivido con la mujer (8), ex novios (6), novios (4) y ex cónyuges (3). En la detallada relación de los asesinatos registrados en lo que va de año, destaca el número de víctimas cuya edad oscila entre los 30 y los 40 años, cerca del 50 por ciento del total de víctimas. Varios de los agresores tenían antecedentes policiales, dos de ellos por malos tratos y violencia doméstica.
Destaca del estudio realizado por el Centro Reina Sofía para el Estudio de la Violencia que seis de los agresores se suicidaron tras matar a su víctima. De las 64 víctimas, 12 se registraron en Andalucía y otras 12 en Cataluña; en la Comunidad Valenciana fueron asesinadas 7 mujeres y siguen en la lista Galicia (5), Canarias (4), Baleares (4), Madrid (3), Murcia (3), La Rioja (2), Castilla-La Mancha (2), Aragón (2), Asturias (2), Castilla y León (2). Las cuatro víctimas restantes se han registrado en Navarra, Ceuta, Cantabria y Extremadura.
Con los datos del Ministerio de Interior, el Centro Reina Sofía analiza también la evolución de las mujeres maltratadas desde 1997 hasta el 2002; en ese periodo los delitos aumentaron un 116,66 por ciento (7.295 casos en 2002) y las faltas un 61,06 por ciento (22.904 en 2002). La distinción entre delitos y faltas se hace en función de las penas que se establecen y de las consecuencias de la agresión; el Código Penal define la falta de lesiones por exclusión, es decir, toda agresión que causa lesión física y psíquica y que no es delito se considera falta.
Son faltas según estos criterios las agresiones que causan una lesión que no requiere objetivamente para su curación más que una primera asistencia facultativa, sin necesidad de tratamiento médico o quirúrgico y en este contexto el seguimiento o la vigilancia facultativa de la lesión no se considera tratamiento médico.