(01-10-04) La reforma del Código Penal incluye la condena de cárcel por pornografía infantil
La entrada en vigor, este viernes, de la reforma del Código Penal puede provocar que cerca de un millar de internautas españoles sean detenidos por disponer de material pornográfico infantil. La reforma introduce penas de hasta un año de prisión por posesión de este tipo de imágenes, la mayoría captadas de Internet.
L D (EFE) Según datos difundidos por la End Child Prostitution, Child Pornography, and Trafficking of Children for Sexual Purposes (ECPAT) de España, con sede en Barcelona, un millar de internautas españoles están identificados como usuarios de alguno de los cuatro millones de sitios en Internet en los que se permite el acceso a pornografía infantil.
Según la ECPAT, en España es posible acceder a través de Internet a 27.000 fotografías y 500 vídeos pornográficos de menores, material que mueve muchos millones de euros de beneficios.
Un año de prisión
La Ley Orgánica del 25 de noviembre de 2003, que ha entrado en vigor este viernes, ha introducido las modificaciones en el Código Penal que contemplan, por primera vez en España, el delito de posesión de material pornográfico. Las penas por disponer de material pornográfico –fotografías, vídeos, imágenes reales digitalizadas, archivos electrónicos, etcétera– en cuya elaboración se haya empleado a un menor de 18 años
puede alcanzar hasta el año de prisión.
puede alcanzar hasta el año de prisión.
La ECPAT ha lamentado en un comunicado que la reforma "no penalice la posesión de pseudo-pornografía, no considera la pornografía virtual, ni tan siquiera los delitos de apología de la pornografía y la prostitución infantil, pese a que España ratificó el Protocolo Facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía de 2000 de Naciones Unidas".
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