(Libertad Digital) El nombre de esta nueva forma de financiación es Línea de Avales ICO-Anticipos Empresas y Autónomos con Entidades Locales.
La finalidad de esta línea ICO es “la concesión de avales a las Entidades de Crédito para garantizar los impagos de facturas endosadas por las empresas y autónomos, correspondientes a obras y servicios prestados a Entidades Locales”. La dotación de esta garantía es de 3.000 millones de euros, que podrá ampliarse si es necesario en una cantidad que pudiera ser similar a la ya otorgada.
Según informa Riesgo y Morosidad, pueden acceder a esta línea los autónomos y empresas (de cualquier tamaño) que tengan facturas pendientes de pago (o certificaciones) por obras o servicios realizados para entidades locales y que se hayan entregado antes del pasado 23 de abril. Este punto me choca un poco, ya que en un principio esta medida era para ayudar a autónomos y a pequeñas empresas.
Pero resulta que no se hace distinción en tamaño de empresa. Por tanto ¿si una entidad de crédito tiene un límite determinado, se lo concederá a un pequeño cliente que aporta poco negocio para la entidad o a una gran empresa que puede presionar a la entidad?.
Aquellas empresas y autónomos que quieran acceder a esta financiación deberán endosar las facturas a las entidades de crédito, bien mediante el confirming o bien un simple acuerdo de cesión. Naturalmente, habrá de notificar al ayuntamiento esta cesión.
Ahora viene otro truco, que puede suponer una pequeña dificultad para algunas empresas o autónomos, y es que para que la entidad de crédito pueda aceptar el endoso de las facturas impagadas, la empresa o autónomo debe presentar una certificación del Secretario/a del ayuntamiento donde reconozca que efectivamente deben ese dinero.
Y segundo, deberá tener una notificación fehaciente a la Entidad Local de cada Acuerdo de Cesión efectuado por la empresa o autónomo y la entidad de crédito con la consiguiente toma de razón por parte de la Entidad Local. Es decir, que si el ayuntamiento no quiere reconocer la deuda, el autónomo o empresa se queda sin el aval público y sin poder ceder la factura al banco.
El máximo que podrá descontarse será de 300.000 euros (IVA incluido) y, eso sí, el banco (mejor dicho, entidad de crédito) podrá cobrar una comisión de hasta un 5% del importe de la factura o facturas que se cedan. Pero en fin, mejor “perder” un 5% que no un 100%, señala Riesgo y Morosidad.