En la nueva sede de la Fundación FIASEP, Valentí Pich Rosell, Presidente del Consejo General de Colegios de Economistas ha presentado el estudio “Grado de utilización de la Auditoría Externa como Sistema de Control en el Sector Público” elaborado por el Registro de Economistas Auditores, del Consejo General de Colegios de Economistas (REA-CGCEE) con el apoyo de la Fundación FIASEP.
Valentí Pich ha señalado, que desde 2003, el CGCEE-REA, se planteó desarrollar acciones encaminadas a potenciar la revisión de la información económica y financiera presentada por los organismos que componen el sector público y dichas acciones se concretaron al conseguir el reconocimiento como primera y única corporación que participó activamente desde el año 2004 en la organización del I y II Congresos del sector público, así como en la creación de la Fundación FIASEP, como lugar de encuentro de los profesionales que ejercen la auditoría en el sector público.
El sector público, está teniendo un papel fundamental en los planes del Gobierno como dinamizador de la economía, lo que supone alcanzar un peso cada vez mayor en la economía nacional, tanto a través de organismos puramente públicos.
Se trata de ayuntamientos, comunidades autónomas y gobierno central; como a otros organismos semipúblicos directamente ligados a ellos, como fundaciones, entidades públicas empresariales o consorcios ya que todos estos organismos, además de gestionar importantes presupuestos, son generadores de una gran cantidad de documentación económico-financiera que -para mayor tranquilidad del contribuyente, en una sociedad democrática- debería ser sometida a verificación por terceros independientes, que dotarán de mayor transparencia, fiabilidad y control a la gestión pública.
A partir de las conclusiones del presente estudio se deduce “la urgente necesidad de incrementar de forma significativa el grado de control a través de auditorías en el sector público español, dado que la realidad en el año 2008, es que solo el 8% del total de entidades, organismos y empresas públicas españolas, auditan anualmente sus cuentas”.
En consecuencia, “consideramos que para cambiar esta situación es imprescindible llevar a cabo cambios legislativos que establezcan la obligación periódica de someter a una auditoria externa a las entidades públicas.”
El estudio
Elaborado y editado por el Registro de Economistas Auditores del Consejo General de Colegios de Economistas de España (REA-CGCEE) con la colaboración de la Fundación para la Investigación de la Auditoría del Sector Público (FIASEP), ante la ausencia de otros estudios en profundidad, sobre el grado de penetración de los sistemas de auditoría externa de la información económica presentada por los organismos que componen el sector público.
El estudio, coordinado por José Antonio Muñoz, tiene como objetivo, cuantificar el número de entidades públicas cuya información financiera no es objeto de una fiscalización externa y plantea un trabajo integral sobre el déficit de transparencia en la información financiera de las entidades que componen el sector público.
Se ha realizado mediante un análisis de la información existente en el Inventario de Entes del Ministerio de Economía y Hacienda y en otros inventarios estatales, autonómicos y locales, descubriendo que sólo están auditadas el 8% de las entidades públicas, de las que el 65% son estatales, el 29% autonómicas y que las entidades locales sólo llegan al 5%.
Esto revela que sólo están auditadas 1.719 entidades de las 20.630 inventariadas. Este inventario incluye: entes de derecho público, organismos autónomos, agencias, fundaciones, consorcios, empresas públicas, universidades, concesionarias de servicios públicos, preceptores de subvenciones, etc.
Conclusiones
La propia evolución económica, social, política y legal está creando una demanda de mayor exigencia en el control externo de las Cuentas Públicas.
Por esta razón los auditores consideran deseable un cambio legislativo, como en Alemania o en el Reino Unido, que obligue a las entidades del sector público a la auditoría, ya que sólo están obligadas las entidades que tienen forma mercantil.
En el caso de los ayuntamientos, se deberían realizar a partir de un determinado tamaño (por número de habitantes): una vez al año, cada dos años o una vez por mandato y se aplicaría de forma gradual (sirva de ejemplo, que un ayuntamiento de 100.000 habitantes puede tener entre ocho y diez estructuras jurídicas diferentes)