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¿Cómo desgravarse los ingresos de un inmueble alquilado?

En la reforma del IRPF del 2007 se creó la opción de practicar reducciones y deducciones en los alquileres de viviendas para los propietarios de los inmuebles. La página web Conoce tus impuestos explica cómo desgravarse una parte de estos ingresos en la declaración de la renta.

(Libertad Digital) Así la nueva ley del IRPF estableció una reducción del rendimiento neto derivado del arrendamiento de viviendas (ojo que cuando se habla de vivienda en Hacienda, se refiere a vivienda habitual del inquilino).

Esta reducción será por lo general del 50% del rendimiento neto, es decir una vez que se han calculado los ingresos brutos del arrendamiento - los gastos fiscalmente deducibles del mismo).

También hay que tener en cuenta que la reducción puede incrementarse hasta el 100% del rendimiento neto cuando cumplamos las siguientes condiciones:

  1. Que nuestro inquilino tenga una edad entre los 18 y los 35 años.
  2. Que el inquilino obtenga en el periodo impositivo unos rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas superiores al Indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM), para el 2007 eran unos 6.988,80 euros.

A parte de esto el reglamento establece que el inquilino deberá entregar entre el 1 de enero y el 31 de marzo del ejercicio siguiente al que se vaya a declarar una documento firmado, es decir, para la renta del 2008, el inquilino tendrá que entregar esta documentación al propietario antes del 31 de marzo 2009. Este documento deberá guardarlo el propietario y tenerlo a disposición de Hacienda.

Este documento debe incluir lo siquiente:

  1. Nombre, apellidos, domicilio fiscal y NIF del inquilino.
  2. Referencia catastral o dirección completa del inmueble arrendado.
  3. Declaración de tener una edad entre 18 y 35 años a lo largo del periodo impositivo, en caso de que haya entrado o salido en ese intervalo de edad durante el ejercicio, el número de días que ha cumplido el requisito.
  4. Declaración de haber obtenido los rdtos. netos del trabajo y de actividades económicas superiores al IPREM.
  5.  Fecha y firma del inquilino
  6.  Identificación de la persona o entidad destinataria de la comunicacion.

Otra cosa a tener en cuenta es que el reglamento del IRPF, establece que la reducción incrementada, la del 100% del rendimiento neto, no se aplicará cuando el rendimiento neto derivado de la vivienda alquilada sea negativo. Por lo que en estos casos sólo podremos aplicar la reducción del 50%.

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