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Avalan el despido de un liberado que aprovechaba horas sindicales para su negocio

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJM) ha confirmado la procedencia del despido del delegado de personal de una empresa que aprovechó las horas sindicales para trabajar en su propio negocio, lo que fue descubierto por detectives privados.

El TSJM señala que la empresa en la que trabajaba, encuadrada en el sector de industrias cárnicas, tenía la sospecha de que su empleado hacía un uso irregular del crédito sindical al utilizar esas horas para trabajar en su propio negocio, dedicado a la preparación de cabezas de cordero para restaurantes.

Los detectives privados que por encargo de aquélla le hicieron un seguimiento haciéndose pasar por clientes interesados en la compra de una partida de cabezas preparadas, pudieron comprobar la presencia en su negocio en los días y en las horas en que el trabajador había comunicado a sus jefes que iba a estar dedicado a su labor como representante de los trabajadores.

El Juzgado de lo Social número 2 de Murcia, en sentencia de marzo pasado, declaró que "el despido del demandante fue procedente, quedando convalidada la extinción del contrato de trabajo, sin derecho a indemnización ni a salarios de tramitación, con absolución de la empresa de todas las pretensiones deducidas en su contra".

Ahora, al desestimar su recurso contra la anterior resolución, la Sala de lo Social afirma que "los hechos declarados probados dejan constancia de que el demandante simultaneaba trabajo por cuenta de la empresa con la explotación de un negocio propio", añadiendo que en dos ocasiones aprovechó las horas sindicales para dedicarlo a éste.

Para el TSJM, se ha demostrado que "el demandante priorizaba sus intereses privados para el uso del crédito horario, subordinando a ellos los derivados de su función".

El tribunal no considera creíble la alegación del trabajador despedido, que argumentó que uno de los días en que se le hizo un seguimiento sí hizo uso de la actividad sindical porque había acudido a una reunión a la Federación Agroalimentaria de UGT dentro de la función de representante de los trabajadores.

Frente a ello, dicen los jueces que esa "presunta presencia" es "singular", ya que no es normal que una reunión sindical comience a las dos de la tarde, además de que da la coincidencia de que a esa hora los detectives habían acabado la vigilancia y, por tanto, no podían verificar este extremo.

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