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Pedro de Tena

La 'Administración paralela', ¿ha sido legalizada por el TC?

Uno de los pilares de la democracia es, sin duda, la existencia de una Administración pública profesional, eficaz e independiente.

Uno de los pilares de la democracia, junto a la división de poderes y la libertad de expresión, es, sin duda, la existencia de una Administración pública profesional, eficaz e independiente de los partidos que sirva a la legalidad y a los ciudadanos por encima de cualquier otro interés. El PSOE en Andalucía, una región donde logró un resultado electoral extraordinario en 1982, pudo haber erigido una Administración autonómica donde lo público estuviese por encima de lo partidario. Ni lo quiso ni lo hizo. Al contrario, siempre pretendió poner en pie una administración al servicio de su partido y penetrada por su partido desde su misma raíz, incluso antes del desarrollo del estado autonómico. De hecho, metió a dedo a los que se conocieron luego como "los preautonómicos", luego a los conocidos como "transitorios" y luego a muchos más. Se ha tratado y se trata de dominar, antidemocráticamente, los resortes de la Administración andaluza haciendo que el poder socialista se imponga al Derecho Administrativo y a la Constitución. Es lo que ha ocurrido desde 1979 y, lamentablemente, parece que es lo que acaba de consagrar el Tribunal Constitucional.

No es la primera vez. En 1991 el Tribunal Constitucional dictó una de esas sentencias vergonzosas que legitiman que se exija su desaparición. Desde 1979, el PSOE andaluz había invadido la Administración andaluza metiendo a dedo o con pruebas específicas ad hoc a sus afines. Se tardaron casi diez años en convocar oposiciones regladas, mientras la Administración autonómica crecía y crecía de forma irregular. De hecho, el Gobierno socialista trató de que se declararan empleados públicos sin más a todo aquel ejército al margen de toda legalidad constitucional. En 1991, con el PSOE al frente del Gobierno de la Nación, se produjo la sentencia, inolvidable sentencia, del Tribunal Constitucional (27/1991, de 14 de febrero) que dio validez a los empleos públicos obtenidos sin garantía alguna para la igualdad de los ciudadanos. La sentencia, inequívocamente política, se refirió al "carácter excepcional de dicho sistema de acceso, que, por una sola vez, ha de coexistir con el común de la convocatoria libre (procedimiento que, en lo sucesivo, habrá de utilizar la administración autonómica a fin de permitir el libre acceso de quienes no mantienen con ella relación alguna)". Y sentenció increíblemente que tales procedimientos no vulneraban el artículo 23.2 de la Constitución, que dice que los ciudadanos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes. O sea, que el dedo se convirtió en ley y los afines quedaron colocados como funcionarios o empleados públicos para siempre.

Pero la sentencia consideraba excepcional el procedimiento. O sea que para seguir colando afines en la Administración andaluza había que valerse de otro método. La piedra filosofal hallada por el PSOE andaluz desde 1991 fue la construcción de una Administración paralela donde los amigos, adheridos, afines y correligionarios entraran sin someterse a las pruebas que eran exigidas al común de los ciudadanos en el acceso a la Administración autonómica. Desde entonces, vía empresas públicas, fundaciones, luego agencias y entes públicos varios un nuevo contingente de 35.000 empleados, según UGT, fue contratado a lo largo de más de veinticinco años sustancialmente a dedo. José Antonio Griñán quiso legalizar al colectivo intruso mediante un decretazo convertido luego en Ley. Se trató de hacer empleados públicos de la Junta a quienes habían entrado en entidades paralelas a pesar de no haber realizado prueba homologada de aptitud alguna. Tal situación, unido a que esta Administración paralela usurpaba las funciones públicas de los funcionarios de carrera, la potestad administrativa entre ellas, provocó la indignación de los funcionarios y empleados públicos, que se manifestaron por decenas de miles en las calles andaluzas en un hecho histórico insólito y esperanzador. Sólo el PP y los funcionarios impulsaron o presentaron recursos de constitucionalidad.

Se acaba de emitir la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la ya famosa Ley del Enchufismo, recurrida por diputados del PP, con Soraya Sáez de Santamaría al frente, ante lo que consideraban una manifiesta inconstitucionalidad. Las primeras impresiones de los expertos son pesimistas. Se conocerá a fondo el significado del fallo del Constitucional en los próximos días, esto es, en plena campaña electoral. Tal y como ocurrió en 1991, la manipulación sectaria, la usurpación de funciones públicas por personas no cualificadas y la intromisión partidista en la Administración pública pueden ser legalizadas. Y va Ciudadanos, el señor Marín, y ya se alegra de sea así. Que Dios nos coja confesados el próximo día 20 de diciembre.

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