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Miguel del Pino

¿De quién son nuestros hijos?

Confundir propiedad con patria potestad es muy grave, tanto si el error procede de la ignorancia como si viene de una interpretación totalitaria.

Confundir propiedad con patria potestad es muy grave, tanto si el error procede de la ignorancia como si viene de una interpretación totalitaria.
EFE

Según las terroríficas declaraciones de la ministra Sra. Celaá, ratificadas por Doña Irene Montero en la misma rueda de prensa, los hijos "no son de los padres", y sentado este insólito principio, el Estado se encargará de su "formación" en los Centros escolares a través de la impartición de las llamadas "enseñanzas complementarias".

Pocas veces en mi vida he sentido el escalofrío del miedo, pero en esta ocasión algo parecido al pánico consiguió imponerse a mi impresión inicial de estupor; esta sensación se ha ido incrementando los días siguientes al comprobar algo todavía peor que el significado de estas manifestaciones ministeriales, hechas por añadidura de tres en tres; me refiero a la incapacidad de la oposición para darles cumplida respuesta.

Voy a justificar el término "terrorífico" que he empleado al comienzo de mi reflexión: sólo algunos de los regímenes totalitarios más peligrosos de la historia reciente del mundo se han atrevido a tratar de monopolizar la formación moral de los niños por encima del derecho de sus padres a la Patria Potestad. Conviene meditar en este sentido.

Sra. Celaá, por supuesto que la infancia no es propiedad de los padres ni de nadie, en el sentido de posesión considerando a niños y niñas como simples objetos, pero ¿ha oído usted el concepto jurídico de patria potestad? Y en cuanto a la llamada oposición, ¿A nadie se le ha ocurrido lanzar este concepto como escudo contra las tremendas manifestaciones emanadas de la prepotencia del reciente Gobierno?

La patria potestad

En el ordenamiento jurídico todavía imperante, la patria potestad se define como un conjunto de derechos y deberes. Ambos conceptos afectan y obligan a los padres con respecto a la formación de sostener física y moralmente a sus hijos hasta el momento de su emancipación o mayoría de edad, o permanentemente en caso de que tengan algún tipo de disminución invalidante. Este conjunto de derechos y deberes está recogido en nuestra Constitución y por tanto queda por encima de cualquier opinión, especialmente de aquéllas más extremistas.

Confundir "propiedad" con "patria potestad" es muy grave, tanto si el error procede de la ignorancia como si viene de la más totalitaria de las interpretaciones. Es en cualquier caso intolerable.

Aclarado este punto, recordaremos también que la patria potestad puede perderse fundamentalmente por dos razones: por abandono de la responsabilidad de los padres o por caer estos en conductas recogidas en el Código Penal que puedan afectar a la formación de los hijos. Estos extremos los recogen los Tribunales de Justicia: no los subjetivos calificativos de los políticos, por claras que algunos radicales crean tener sus ideas al respecto.

De manera que no se atreva ningún ministro, en este caso ministras, a desposeer a los padres de un derecho constitucional como es el de la patria potestad. Cualquier intromisión en este sentido es especialmente grave, antidemocrática e inhumana.

Los Planes de Enseñanza

Me gustaría aportar a esta grave cuestión alguna de las experiencias que he recogido a lo largo de mis casi cuarenta años de docencia, que se refieren a la diferencia entre planes de Enseñanza Oficial y proyectos de actividades complementarias en los centros docentes, y que pueden agruparse en torno a dos puntos: Programas Oficiales y Actividades Complementarias y Extraescolares.

En todos los países democráticos, por no decir simplemente civilizados, los programas de enseñanza de los diferentes cursos escolares son planificados por los correspondientes Ministerios de Educación, y en ellos participan todos y cada uno de los estamentos profesionales implicados en la formación escolar: una vez aprobados, y no sólo por mayoría simple, pasan a ser "Programas oficiales". Sobre los mínimos que se acuerden, se establecerán las pruebas para superar los conocimientos exigibles para promocionar de curso: así de sencillo.

Cuando en un país como el nuestro, la enseñanza de los adolescentes es obligatoria por Ley, los padres no pueden sustraerse a la obligación de escolarizar a sus hijos, salvo que pasemos al campo de la "objeción de conciencia" que, de forma tan equivocada invocan las ministras ponentes en la rueda de prensa a que aludimos; pero la obligatoriedad afecta a contenidos establecidos de manera profesional y democrática, no a cursillos, cursillitos, talleres o cualquier invención de un grupo de progres o de iluminados.

La confusión entre contenidos oficiales y actividades complementarias está en la base del problema que la ideología de ultraizquierda quiere crear. Las actividades complementarias no vienen dadas por Ley, sino que se establecen en los diseños curriculares de cada centro, y vienen influidos por sus respectivas ideologías o por las especiales habilidades o recursos de alguno de los miembros de la comunidad. En este sentido recuerdo un "taller de bailes de salón" que se estableció en el centro del que fui jefe del Departamento de Biología y Geología durante treinta años. Lógicamente bailar, aunque fuera como el mismísimo Gene Kelly no era una actividad obligatoria.

Ya sé que no hablamos de bailar, sino de temas que suelen estar profundamente cargados de ideología que puede no coincidir con la de los padres o madres, que, en defensa de su Patria Potestad, deben establecer cuantas acciones legales puedan ampararles para defender a sus hijos de la peligrosísima influencia que el Gobierno pretende ejercer sobre su formación.

Y que a nadie extrañe que esta semana no hablemos del mundo animal, porque, como decía frecuentemente Félix Rodríguez de la Fuente, "el animal que más nos importa y preocupa, y al que más queremos defender, es el cachorro de nuestra propia especie".

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